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viernes, 23 de octubre de 2026

ADMINISTRACIÓN ACTUAL CAMBIÓ EL CRITERIO Y CONCEDIÓ EL BENEFICIO SIN LITIGAR

 

Después de que se supo que el gobierno le rebajó la pena a 56 condenados por agresiones sexuales a menores de edad, el ministro de Justicia, Fernando Rabat, sostuvo que el beneficio también se otorgó a 275 personas bajo la administración anterior. CIPER constató que el gobierno de Boric rechazó estas rebajas de condena, obligando a que fueran revisadas por tribunales, donde el Ejecutivo litigó para evitar el beneficio. Para este artículo se revisaron 73 casos -presentados de 2022 a 2025-, comprobando que efectivamente el gobierno anterior se opuso: en 68 de estas causas fue la justicia la que finalmente lo obligó a conceder la rebaja, pero en cinco no la otorgó. La administración actual cambió ese criterio y aplicó el beneficio sin disputar en tribunales. El gobierno de Boric argumentaba en las cortes que, aunque estos reclusos cometieron el delito antes de la norma que en 2022 prohibió rebajar estas condenas, esa es una ley administrativa y no penal, por lo que se podía rechazar el beneficio.

Créditos imagen de portada: Agencia Uno.


El pasado miércoles 21, Interferencia publicó que entre el 11 de marzo y el 13 de septiembre de este año, el Ministerio de Justicia del actual gobierno otorgó 56 rebajas de pena a condenados por abuso sexual y violación contra menores de edad. La controversia surgió de inmediato y se tomó la discusión pública, debido a que en 2022 se promulgó una reforma legal que excluyó de ese beneficio a los agresores sexuales de niños, niñas y adolescentes (NNA). Este jueves 22, en un punto de prensa, el ministro de Justicia, Fernando Rabat, explicó que las rebajas se concedieron sobre la base de la jurisprudencia existente, la que no permite aplicar la prohibición adoptada en 2022 a quienes cometieron el delito antes de que esa reforma se promulgara. Además, explicó que “durante el gobierno anterior también se dictaron más de 275 resoluciones administrativas en que acogieron estos beneficios”. 

En contraste con las declaraciones de Rabat, dos exministros del gobierno anterior -Camila Vallejo (Secretaría General de Gobierno) y Jaime Gajardo (Justicia)- indicaron que, a diferencia de lo que ocurre ahora, bajo la administración del expresidente Gabriel Boric todas las solicitudes de este tipo fueron rechazadas. Esto obligó a los condenados a presentar recursos de amparo y en ellos el gobierno litigó en contra de aplicar el beneficio. 

CIPER constató que, efectivamente, el gobierno anterior se opuso a conceder estos beneficios. Para este artículo se analizó una muestra de 73 recursos de amparo -presentados entre 2022 y 2025- interpuestos por condenados por agresiones sexuales a NNA que reclamaban porque sus peticiones fueron rechazadas. Estos expedientes son públicos y se encuentran en los registros de diversas cortes de apelaciones. En todos estos casos el Ministerio de Justicia defendió en el tribunal su decisión de rechazar la entrega de este beneficio penal. En 68 de las causas revisadas, el condenado finalmente obtuvo una rebaja porque la Corte Suprema falló a su favor e instruyó al Ministerio de Justicia para que le otorgara el beneficio. 

Pero, en cinco casos el resultado favoreció al gobierno de Boric, rechazando la aplicación de la rebaja. Este punto es relevante, porque la administración actual desistió de litigar y concedió la autorización de inmediato. El ministro Rabat ha dicho que esto se hizo así por la jurisprudencia en la materia, es decir, porque los tribunales siempre fallan a favor del condenado. Pero, la revisión hecha por CIPER muestra que hay casos en los que la justicia no acogió la solicitud.

En todos los recursos de amparo la defensa del condenado argumentó que no se podía aplicar la restricción promulgada en 2022, pues habían cometido el delito antes de la vigencia de esa norma. En contraparte, el Ministerio de Justicia del gobierno anterior fundamentaba su oposición en que la reforma de 2022 es una modificación de normas penitenciarias, por lo que se debe aplicar desde el momento que se promulga, y no es una norma penal, por lo que no aplicaría el principio de irretroactividad.

En respuesta a uno de los recursos, el ministerio planteó que la ley “regula la etapa de ejecución penal integrando el Derecho Penitenciario, cuya naturaleza jurídica es de carácter administrativo, por lo que el principio de irretroactividad de la ley penal no alcanza a estas leyes, pues por su naturaleza, deben ser entendidas como leyes administrativas que rigen in actum”. 

En los 68 casos en que las cortes aceptaron la rebaja, el argumento fue el mismo: “La pena con que un delito ha de ser castigado debe estar establecida en una ley con anterioridad a la perpetración del hecho”.

En los cinco recursos revisados por CIPER en que la Corte Suprema le dio la razón al Ministerio de Justicia, el argumento fue que las solicitudes de rebaja de condena se habían realizado posterior a la modificación de la ley, por lo que se podía aplicar la exclusión. Por ejemplo, la corte de Punta Arenas argumentó que el recluso había presentado la petición luego de febrero de 2022, por lo que estaba en conocimiento de la modificación, estableciendo que “al momento de efectuarse la solicitud a la autoridad, el condenado se encontraba excluido de la posibilidad de optar al beneficio de rebaja de condena conforme al actual texto del artículo 17 de la Ley 19.856, la decisión de desestimar dicha petición se ajustó a derecho y a la Ley vigente a la época en que correspondía su resolución”. 

DIFERENCIAS DE INTERPRETACIÓN

Cada año Gendarmería elabora una lista de personas que cumplen los requisitos para solicitar una rebaja de condena. Entre estos se encuentra haber cumplido la mitad de la pena, buena conducta y voluntad de rehabilitación. Esa nómina luego es revisada por la Unidad de Reducción de Condenas de la División de Reinserción Social del Ministerio de Justicia. La cartera analiza cada caso y resuelve otorgar o rechazar las solicitudes. Y, ante un rechazo, el condenado puede presentar un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones.   

Desde febrero de 2022 se incluyó una cláusula a esa norma: todos los condenados por delitos sexuales contra menores de edad quedaron impedidos de optar al beneficio. Esa modificación fue introducida al final de la segunda administración de Sebastián Piñera (vea esa ley). 

El exministro de Justicia, Jaime Gajardo, en entrevista con Radio Infinita explicó que en el gobierno anterior, la posición del Ministerio de Justicia ante las solicitudes de condenados por este tipo de delitos siempre fue rechazarlas y defender esta posición en los tribunales cuando se presentaban recursos de amparo.

Sobre la decisión del actual gobierno de otorgar 56 rebajas sin oponerse, el exministro comentó: “La diferencia es sustantiva, una cosa es otorgarles inmediatamente, facilitándole la vida a estos criminales, permitiéndoles que con la sola presentación les otorguen, sin que tengan que recurrir, sin que tengan que enfrentar al Ministerio de Justicia en un proceso. Y otra cosa es rechazarla para proteger a las víctimas, y defender esta posición del Ministerio de Justicia [en los tribunales]”.

Además, el exministro explicó que la ley que excluye a los condenados de este tipo para la rebaja de condena es una modificación en la Ley Penitenciaria, por lo que -a su juicio- se debe aplicar desde el momento en que se publica y no rige para ella el principio de irretroactividad. 

El pasado jueves el ministro Rabat manifestó que, si bien “el año 2022 se efectuó una reforma legal que excluye a todos aquellos que se encuentren condenados por delitos sexuales de obtener este tipo de beneficios”, quedó un vacío en esa norma. Al respecto, la autoridad de justicia defendió que su administración entregó esos beneficios porque “hay una jurisprudencia bastante generalizada que ha acogido recursos de amparo respecto de personas que durante muchos años solicitaron este beneficio y les fue rechazado. Lo que ha hecho el Ministerio de Justicia es recoger el principio constitucional que está establecido en el Artículo 19 N°3 -sobre la igualdad de la ley en la protección de los derechos-, y también ha fundado en la jurisprudencia existente”.

El miércoles 21, el senador republicano Arturo Squella anunció en sus redes sociales que junto a los senadores Andrés Longton (RN), Iván Flores (DC), Karim Bianchi (IND) y Pedro Araya (PPD), presentarán un proyecto de ley para “asegurar la efectiva aplicación de la exclusión del beneficio de reducción de la pena a condenados por delitos sexuales contra menores de edad”. Además, al día siguiente, el ministro Rabat anunció que el gobierno le dará suma urgencia a las iniciativas legislativas que se presenten en el Congreso con este mismo objetivo.

En la mañana de este viernes, el Ministerio de Justicia informó a través de un comunicado que suspendió la tramitación de los decretos de rebaja de condena, para “abordar este problema, promoviendo y dando urgencia a una serie de proyectos de ley para impedir que se sigan otorgando estos beneficios a personas condenadas antes del año 2022”. 

Presupuesto 2027: rechazan fondos para Plan Nacional de Búsqueda y dejan en $1.000 sitios de memoria

 

Presupuesto 2027: rechazan fondos para Plan Nacional de Búsqueda y dejan en $1.000 sitios de memoriaPAÍSArchivo


La Tercera Subcomisión Mixta aprobó la partida de Justicia, pero rechazó glosas para peritajes del SML y labores del Plan Nacional de Búsqueda. También redujo a $1.000 una transferencia para sitios de memoria. Las partidas objetadas deberán continuar su tramitación.


Resumen

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La Tercera Subcomisión Mixta de Presupuestos despachó este jueves la partida del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos correspondiente al Presupuesto 2027, pero rechazó recursos destinados al Plan Nacional de Búsqueda de Verdad y Justicia y modificó el financiamiento para sitios de memoria, en medio de cuestionamientos de organizaciones de derechos humanos por los ajustes presupuestarios propuestos por el Gobierno.

Según consta en el registro oficial del Senado, la sesión del 22 de octubre terminó con la aprobación del resto de la partida por cuatro votos a cero, mientras que las disposiciones relacionadas con las iniciativas de derechos humanos también fueron rechazadas por unanimidad.


Una de las modificaciones afectó al Servicio Médico Legal (SML), específicamente los recursos asociados a las pericias forenses del Plan Nacional de Búsqueda, iniciativa destinada a esclarecer las circunstancias de desaparición y el destino de las víctimas de desaparición forzada durante la dictadura.

En el capítulo 03, correspondiente al SML, se rechazaron los recursos vinculados a tareas de peritaje contemplados en la Glosa 02, letra D, relativa a personal, y en la Glosa 03, letra D, correspondiente a pericias.


En tanto, en el capítulo 06, programa 02, correspondiente al Programa de Derechos Humanos de la Subsecretaría de Derechos Humanos, se rechazaron los recursos destinados a la continuidad de las actividades del Plan Nacional de Búsqueda.

Las disposiciones objetadas corresponden a la Glosa 02, letra A, asociada a gastos de personal, y a la Glosa 03, letra B, relativa a bienes y servicios necesarios para ejecutar las labores del programa.

La subcomisión también modificó el financiamiento destinado a los sitios de memoria. En el capítulo 06, programa 01, de la Subsecretaría de Derechos Humanos, se redujo a $1.000 la asignación 029 del subtítulo 24, ítem 02, correspondiente a una transferencia al Ministerio de las Culturas, las Artes y el Patrimonio.

La decisión se produce después de que organizaciones de familiares de detenidos desaparecidos y agrupaciones vinculadas a sitios de memoria advirtieran sobre las consecuencias de los recortes incluidos en la propuesta presupuestaria del Ejecutivo para 2027.

De acuerdo con antecedentes difundidos por Interferencia y BioBioChile, 128 organizaciones de derechos humanos, sitios de memoria y agrupaciones de familiares denunciaron una disminución de los recursos destinados a diligencias y peritajes forenses del Plan Nacional de Búsqueda.

Según sus cálculos, el presupuesto consolidado para estas tareas disminuiría en aproximadamente $391 millones respecto de 2026, equivalente a una reducción real del 27,71%.

En particular, los recursos destinados a diligencias del Programa de Derechos Humanos pasarían de aproximadamente $1.037 millones a $844 millones, mientras que el financiamiento para pericias forenses del Servicio Médico Legal disminuiría de $490 millones a $291 millones.

Las organizaciones advirtieron que estos ajustes podrían afectar las investigaciones en terreno, la recolección de testimonios, las prospecciones y los análisis destinados a identificar restos de personas detenidas desaparecidas.

La presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos Liquiñe, Claudia Bascuñán Álamos, manifestó su preocupación por las consecuencias que las reducciones presupuestarias podrían tener sobre las investigaciones.

“Estas decisiones afectan directamente a las familias que siguen esperando respuestas y ponen en riesgo avances que han costado años de lucha”, afirmó a BioBioChile.

La representante agregó que “la verdad, la memoria y la justicia no pueden depender del presupuesto disponible ni de la voluntad del gobierno de turno. La búsqueda de nuestros detenidos desaparecidos es una responsabilidad permanente del Estado, no una opción”.

Las críticas también apuntaron al financiamiento de los sitios de memoria. Según los antecedentes presentados por las organizaciones, la propuesta del Ejecutivo contemplaba una disminución real del 36,74% en los recursos conjuntos del Programa de Sitios de Memoria y los aportes canalizados mediante el Servicio Nacional del Patrimonio Cultural.

En cifras, los fondos pasarían de aproximadamente $2.888 millones a $1.879 millones, mientras que el programa específico de sitios de memoria registraría una reducción real del 60,69%.

Las agrupaciones también cuestionaron la eliminación de la línea de inversión destinada a proyectos de conservación, rescate arqueológico y mejoramiento de infraestructura.

Consultada anteriormente por BioBioChile, la Subsecretaría de Derechos Humanos reconoció una disminución en el presupuesto propuesto para el Plan Nacional de Búsqueda, pero aseguró que las diligencias continuarían desarrollándose.

La repartición explicó que, considerando los recursos para personal y bienes y servicios, el presupuesto del programa pasaría de $1.242 millones en 2026 a $1.187 millones en 2027, equivalente a una reducción nominal del 4,47%.

Según la subsecretaría, la diferencia respecto de las cifras denunciadas por las organizaciones se explica por los componentes incluidos en cada cálculo. Mientras las agrupaciones consideran los recursos destinados específicamente a diligencias y pericias, el Ejecutivo incorpora también los gastos de personal.

La autoridad señaló que los recursos para personal aumentarían de $205 millones a $343 millones, mientras que los destinados a bienes y servicios disminuirían de $1.036 millones a $843 millones.

El Gobierno atribuyó este ajuste a una mejor planificación y optimización de gastos, incluidos los viáticos, y sostuvo que se mantendrían los recursos necesarios para realizar las diligencias de búsqueda.

Respecto del Servicio Médico Legal, la subsecretaría informó que el proyecto contemplaba $777,3 millones para el Plan Nacional de Búsqueda, manteniendo una dotación de 14 profesionales asociados a esas funciones. También vinculó la reducción de determinadas partidas a recursos que no fueron ejecutados durante 2026.

Las decisiones adoptadas por la Tercera Subcomisión Mixta corresponden a una etapa de la discusión legislativa del Presupuesto 2027, por lo que las modificaciones y rechazos todavía deben continuar su tramitación en el Congreso antes de que se determine el financiamiento definitivo de estas iniciativas.

Senador Iván Moreira expresa profunda decepción y desilusión con gobierno de Kast tras reducir penas a pedófilos y abusadores: "Rebaja de penas colmó el vaso" dijo

 23 October 2026

El senador Iván Moreira (UDI) dijo sentir «una profunda desilusión» con el gobierno tras la reciente controversia originada por la decisión del Ministerio de Justicia de conceder rebajas de pena a condenados por delitos sexuales contra menores de edad.

En una publicación en X y sin referirse de forma directa al episodio, el parlamentario de la región de Los Lagos señaló que «por lealtad defenderé al presidente José Antonio Kast en las buenas, en las malas, en los momentos difíciles que han sido muchos».

No obstante, admitió que «de corazón he sentido una gran desilusión con mi gobierno y también con el oficialismo».

Moreira confió en que el próximo año se cumpla lo que promete el mandatario y que «todo va a estar bien». «Por Dios que lo necesitamos», agregó.

Al ser consultado por BioBioChile sobre qué lo tiene desilusionado, el senador explicó que es «por todo lo que está ocurriendo en distintos ámbitos y que este asunto de la rebaja de penas colmó el vaso».

Director de Amnistía por libertad de abusadores de menores: "Kast no queda muy bien parado" ya sea por conocer los decretos o, si no sabía, "que algo tan importante, no tenga ningún antecedente".

 23 October 2026

El director ejecutivo de Amnistía Internacional en Chile, Rodrigo Bustos, criticó la firma del decreto, por parte del Ministerio de Justicia, que permitió rebajar la pena a 56 condenados por delitos sexuales contra menores de edad, enfatizando que el titular de la cartera, Fernando Rabat, "eligió una interpretación dentro de las distintas posibles".

Bustos enfatizó que "cada día se plantean argumentos más erráticos" por parte del secretario de Estado, argumentando que "la Corte Suprema fue muy tajante diciendo que (las rebajas) es la decisión plena del ministerio que firma".

"Cuestión distinta es lo que dice el ministro, que todo esto habría sido una jurisprudencia mayoritaria de la Corte", añadió. 

En ese sentido, el experto enfatizó que "el ministro de Justicia eligió una interpretación dentro de distintas posibles interpretaciones", aseverando que incluso la misma Corte Suprema ha fallado en contra de estos beneficios pese tener "una interpretación mayoritaria" en favor a casos anteriores a 2022.

"La Corte Suprema ha tenido fallos en un sentido opuesto, denegando esas rebajas de condena. Entonces, lo primero es aclarar. Aquí el ministro de Justicia, Fernando Rabat, del gobierno del presidente Kast, decidió por vía administrativa conceder 56 rebajas de pena: 29 a violadores de niños y niñas y 27 a otras personas que han cometido distinto tipo de delitos sexuales en contra de niños y niñas de este país", subrayó.

"El Presidente no queda muy bien parado"

Igualmente, Bustos destacó que "el Presidente Kast no queda muy bien parado", independiente de cómo se dio la polémica firma de decretos.

Lo anterior, dijo el directivo, se produce "si es que sabía que el ministro estaba firmando (decreto que concede las rebajas) o, si no sabía, al menos llama la atención que algo tan importante ocurra en su Gobierno y no tenga ningún antecedente".

"En cualquier caso, lo complejo es que se haya hecho; es algo que no se puede revertir", finalizó.

Los unió gravisímo error y horror: Todos los partidos de oposición exigen a Kast la renuncia del ministro de Justicia por rebaja de penas a pedófilos. También estudian acusación constitucional

 23 October 2026

No se veía hace mucho tiempo esta unidad de criterios políticos, pero este viernes se materializó.
Todos los partidos de oposición emitieron un comunicado en el que piden que el Presidente Kast remueva al ministro de Justicia, Fernando Rabat, y anunciaron la "preparación para la presentación de una acusación constitucional" por la "indignante decisión" del Gobierno de rebajar penas a 56 abusadores y violadores de niños.
La misiva, firmada por las bancadas de diputados del Frente Amplio, Partido Socialista, Partido Comunista, Democracia Cristiana, Partido por la Democracia y del Partido Liberal, también apunta a las "constantes iniciativas del Gobierno y el oficialismo para promover la impunidad de violadores de DD.HH.".

El primer punto del documento señala que el "Presidente Kast debe asumir su responsabilidad y tomar acciones. Él no es un observador, es el jefe de Gobierno. Si el ministro Rabat está en el cargo fue porque el Presidente lo nombró. De la misma forma, puede comenzar reconociendo el error y hacer valer las responsabilidades políticas que corresponden en estos hechos que han conmocionado al país y generan temor en muchas víctimas".

"Por eso, exigimos al Presidente Kast que remueva al ministro Fernando Rabat de su cargo. Hasta ahora, la respuesta del Gobierno ha sido tardía, insuficiente e irresponsable, además de errónea jurídicamente. Es momento de hacerse cargo", agrega.

En segundo término, las bancadas opositoras acordaron "impulsar, en primera instancia, una Sesión Especial para el día miércoles 28 de octubre con el objetivo de que el Ministro Rabat dé cuenta al Congreso Nacional de este cambio de criterio y le explique al país sus razones".

Finalmente, los partidos anunciaron que iniciarán "el trabajo de preparación para la presentación de una AC. Estaremos analizando argumentos jurídicos y dialogando con todos los sectores políticos que tengan un compromiso claro con defender a los niños y niñas de estos perversos abusos. Una vez recabados los antecedentes, anunciaremos nuestra definición conjunta el día miércoles 28 de octubre en el Congreso Nacional".

El comunicado concluye con un llamado "a toda la ciudadanía y sectores políticos a la unidad para defender a la niñez de Chile. No podemos permitir que se deje a las víctimas en la indefensión y con miedo".

La diputada Emilia Schneider, jefa de bancada del FA, señaló que el Presidente Kast "debe tomar una decisión: ¿se pone del lado de las víctimas o sigue defendiendo a su ministro?".

Por su parte, el diputado Raúl Leiva, jefe de bancada del PS, explicó que "entendiendo la gravedad, inconsistencia y grave daño a la institucionalidad, iniciaremos en los análisis y fundamentos políticos y sobre todo jurídicos de una acusación constitucional".

Este viernes, Kast se reunió en La Moneda con los timoneles del oficialismo. Tras la cita, los dirigentes respaldaron al ministro y atribuyeron la controversia a la falta de claridad de la ley y a las distintas interpretaciones de los tribunales.

"Aquí la primera responsabilidad es de la ley, que no fue lo suficientemente clara. La segunda responsabilidad es de los tribunales de justicia, que han interpretado la ley como una ley que no se puede aplicar hacia atrás en este caso", dijo el diputado Guillermo Ramírez, presidente de la UDI.

Por su parte, el senador Arturo Squella, presidente del Partido Republicano, sostuvo que es "evidente que frente a algo así, una persona que lleva muchos años en política habría dicho: 'mire, si yo firmo esto como me mandata la ley, en el fondo me van a cuestionar, así que prefiero lavarme las manos y que sea el tribunal el que me mandate. Eso efectivamente se le ocurre a alguien que lleva más años en política".

Rabat, exabogado de Pinochet, rebajó condenas a presos de Punta Peuco y enfrenta una posible acusación constitucional

 

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El ministro de Justicia confirmó que firmó decretos que beneficiaron a dos internos de Punta Peuco condenados por secuestro calificado y tortura. Un tercer decreto favoreció a otro condenado por secuestro calificado. Las resoluciones se suman a las 56 rebajas concedidas a agresores sexuales de menores y profundizan una controversia que ahora amenaza con llegar a una acusación constitucional. El pasado de Rabat como integrante de la defensa jurídica de Augusto Pinochet adquiere renovada relevancia política.

La crisis que enfrenta el ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, adquirió una nueva dimensión después de que se conociera que su cartera también redujo condenas a internos de Punta Peuco, el recinto penitenciario donde cumplen penas numerosos exagentes de la dictadura condenados por graves violaciones de derechos humanos.

El propio secretario de Estado confirmó que firmó dos decretos que beneficiaron a personas condenadas por secuestro calificado y tortura. Los antecedentes conocidos incluyen un tercer decreto por secuestro calificado, aunque todavía no se ha establecido públicamente dónde cumple su condena el beneficiario.

La revelación llega apenas un día después de conocerse que el Ministerio de Justicia concedió 56 reducciones de pena a personas condenadas por delitos sexuales contra menores de edad, entre marzo y septiembre de este año.

La controversia ha dejado de concentrarse exclusivamente en la interpretación de las normas sobre beneficios penitenciarios. Ahora alcanza la trayectoria del ministro, las decisiones políticas del Gobierno de José Antonio Kast y las responsabilidades constitucionales que podrían derivarse de los decretos.

La Democracia Cristiana anunció gestiones para evaluar una acusación constitucional, el Partido Socialista exige revisar e invalidar las resoluciones cuestionadas y el Frente Amplio ha solicitado la salida del ministro.

La crisis también ha provocado cuestionamientos desde sectores del oficialismo, aunque sus representantes han privilegiado la presentación de iniciativas legales destinadas a restringir los beneficios.

Tres decretos por secuestro y tortura

La información fue revelada por BioBioChile a partir de un oficio de la Subsecretaría de Justicia, encabezada por Luis Silva.

El documento registra tres decretos de reducción de condena dictados desde el 11 de marzo por delitos de secuestro calificado y tortura.

Dos corresponden a personas recluidas en el Centro de Detención Preventiva de Til Til, conocido como Punta Peuco. Una fue condenada por secuestro calificado y la otra por tortura.

El tercer decreto corresponde a otra condena por secuestro calificado, pero los antecedentes difundidos no identifican el establecimiento penitenciario del beneficiario.

Tampoco se han publicado los nombres de las tres personas, las causas judiciales específicas ni el tiempo de condena que les fue descontado.

Esta falta de información impide establecer, por ahora, los efectos concretos de las resoluciones y si alguno de los beneficiados se encuentra próximo a recuperar su libertad.

La Ley 19.856 contempla mecanismos de reducción de condena por comportamiento sobresaliente, sujetos a requisitos y exclusiones legales. Su aplicación exige revisar los antecedentes penitenciarios y jurídicos de cada postulante.

El Ministerio de Justicia sostiene que, cuando se cumplen esas condiciones, corresponde conceder el beneficio.

Sin embargo, el hecho de que los decretos hayan sido dictados por la administración no elimina la necesidad de conocer sus fundamentos ni de establecer si se aplicaron correctamente las normas correspondientes.

Uno de los beneficiados por las decisiones del Ministerio de Justicia es César Luis Acuña Luengo, exagente de la CNI condenado por el secuestro calificado de cinco integrantes del Frente Patriótico Manuel Rodríguez, considerados los últimos detenidos desaparecidos de la dictadura. Según reveló BioBioChile, mediante un decreto firmado el 20 de mayo de 2026 por el subsecretario Pablo Mira Hurtado, en calidad de ministro subrogante, se le descontaron 19 meses de una condena de diez años y un día, adelantando su fecha de término desde mayo de 2027 hasta octubre de 2025.

Las víctimas —Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola— fueron secuestradas en septiembre de 1987 por agentes de la CNI y posteriormente arrojadas al mar frente a Quintay; sus restos nunca fueron encontrados. El decreto invocó jurisprudencia de la Corte Suprema para justificar el beneficio, aunque la Corte de Apelaciones solo había ordenado al ministerio pronunciarse sobre la solicitud, no concederla. El abogado Francisco Bustos, del estudio Caucoto, denunció que los familiares de las víctimas no fueron informados de la postulación ni de la resolución. La rebaja situó el término de la pena antes de la fecha del propio decreto, por lo que corresponde esclarecer cuándo se produjo efectivamente la excarcelación del condenado.

Rabat defiende las rebajas y cita a gobiernos anteriores

Consultado por los decretos de Punta Peuco, Rabat reconoció su existencia y sostuvo que se trata de beneficios contemplados en la legislación chilena.

El ministro afirmó que durante los últimos veinte años distintas administraciones concedieron reducciones de condena a militares y exagentes condenados.

También señaló que, durante el gobierno de Gabriel Boric, se rechazaron solicitudes que posteriormente habrían sido acogidas por la Corte Suprema.

Su argumento es que el Ministerio de Justicia no puede excluir arbitrariamente a determinados grupos cuando la legislación reconoce la posibilidad de solicitar un beneficio.

La explicación abre una discusión jurídica que no puede resolverse solamente a partir de las declaraciones políticas.

Las normas sobre reducción de condenas deben examinarse junto con las obligaciones del Estado respecto de las graves violaciones de derechos humanos, especialmente cuando se trata de crímenes cometidos durante la dictadura.

La prohibición de la impunidad y el deber de cumplir efectivamente las sanciones por graves violaciones de derechos humanos constituyen elementos relevantes del derecho internacional. Sin embargo, determinar si una reducción concreta de pena vulnera esas obligaciones requiere conocer la naturaleza del delito, las condiciones del beneficio y sus efectos sobre el cumplimiento de la condena.

Por ahora, esos antecedentes no están disponibles públicamente en los tres casos cuestionados.

La discusión tampoco debe confundir una reducción de condena con un indulto. Se trata de instituciones jurídicas distintas, aunque ambas pueden modificar el tiempo efectivo de privación de libertad.

El ministro que defendió a Augusto Pinochet

La revelación sobre Punta Peuco adquiere una dimensión política particular por la trayectoria profesional de Fernando Rabat.

Antes de ingresar al gabinete de Kast, el actual ministro integró el equipo de abogados que defendió a Augusto Pinochet en distintas causas judiciales.

Como integrante del estudio Rodríguez, Vergara y Compañía, participó en la defensa del exdictador en procesos relacionados con la Operación Colombo y el caso Riggs.

La Operación Colombo fue una operación de desinformación organizada por la DINA en 1975 para encubrir la desaparición de 119 opositores a la dictadura.

El caso Riggs, por su parte, investigó el origen y movimiento de fondos vinculados a Pinochet, así como delitos económicos asociados a su patrimonio.

Rabat también participó, junto con Pablo Rodríguez Grez, en la representación de Lucía Hiriart ante la Corte Suprema, en gestiones relacionadas con el decomiso de bienes y recursos del exdictador.

Pablo Rodríguez, fallecido en diciembre de 2025, fue uno de los fundadores del movimiento Patria y Libertad, organización de extrema derecha que desarrolló acciones de sabotaje contra el gobierno de Salvador Allende.

La participación de Rabat en la defensa jurídica de Pinochet constituye un antecedente profesional documentado. Por sí misma, no demuestra que las decisiones adoptadas ahora como ministro sean ilegales ni que hayan respondido a motivaciones personales.

Pero el antecedente sí tiene importancia política e institucional.

Rabat no ocupa actualmente el papel de abogado defensor de un particular. Dirige el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, una cartera responsable de ejecutar políticas públicas y cumplir las obligaciones del Estado frente a las víctimas de graves violaciones de derechos humanos.

Es precisamente esa transición desde la defensa privada hacia la responsabilidad pública la que ha vuelto a instalar el debate sobre su nombramiento.

Las advertencias comenzaron antes de asumir

Las organizaciones de derechos humanos cuestionaron la designación de Rabat desde enero, cuando Kast anunció la composición de su gabinete.

Agrupaciones de familiares de detenidos desaparecidos y ejecutados políticos rechazaron entonces que el Ministerio de Justicia quedara bajo la conducción de un abogado que había integrado la defensa de Pinochet.

Sus críticas se relacionaban con la preocupación por eventuales cambios en las políticas de memoria, verdad, justicia y reparación.

En marzo, más de un centenar de organizaciones reiteraron su rechazo a los nombramientos de Rabat y del ministro de Defensa, Fernando Barros, quien también participó en la defensa del exdictador.

Aquellas objeciones fueron formuladas antes de conocerse los decretos de reducción de condenas.

Ahora, la confirmación de beneficios para internos de Punta Peuco devuelve esas advertencias al centro de la discusión pública.

La cuestión política no consiste en atribuir automáticamente al ministro una intención de favorecer a antiguos agentes de la dictadura. Consiste en determinar si el Ministerio aplicó criterios jurídicos consistentes, transparentes y compatibles con las obligaciones del Estado, y si las autoridades adoptaron resguardos suficientes frente a posibles conflictos de interés.

Hasta ahora, no se ha acreditado que Rabat haya mantenido una relación profesional con los beneficiarios específicos de los decretos.

Por eso resulta indispensable conocer sus identidades, las causas judiciales y los antecedentes utilizados para resolver las solicitudes.

El pasado de Kast y la discusión sobre Punta Peuco

La controversia también alcanza al Presidente de la República.

José Antonio Kast ha expresado públicamente, a lo largo de su trayectoria política, posiciones favorables a distintos aspectos del régimen militar y ha cuestionado el tratamiento judicial y penitenciario de antiguos agentes condenados.

En 2017 visitó Punta Peuco durante su campaña presidencial y sostuvo que debía garantizarse justicia a los militares y civiles condenados.

Esas posiciones forman parte de su trayectoria política y explican por qué las decisiones actuales del Ministerio de Justicia generan una atención especial.

No obstante, la responsabilidad presidencial respecto de los decretos debe examinarse a partir de los procedimientos administrativos efectivamente utilizados.

Las reducciones se conceden mediante decretos exentos dictados bajo la fórmula «Por orden del Presidente de la República», dentro de las facultades delegadas a la autoridad ministerial.

Esa fórmula no demuestra que Kast haya revisado personalmente cada expediente.

De hecho, Rabat señaló que el Presidente no estaba informado de las resoluciones específicas cuando estalló la controversia.

La distinción es relevante: una cosa es la responsabilidad política general del Gobierno y otra la participación concreta del mandatario en decisiones administrativas particulares.

Sin embargo, una vez conocidos los antecedentes, corresponde al Ejecutivo explicar si respalda los criterios aplicados y qué medidas adoptará para revisar las resoluciones cuestionadas.

La acusación constitucional entra en escena

El conflicto ha comenzado a trasladarse al Congreso.

El jefe de bancada de la Democracia Cristiana, diputado Jorge Díaz, anunció conversaciones con otras fuerzas de oposición y con el Partido de la Gente para evaluar una acusación constitucional contra Fernando Rabat.

La iniciativa se fundamentaría en las rebajas de condena concedidas tanto a agresores sexuales de menores como a personas condenadas por graves violaciones de derechos humanos.

El diputado socialista Daniel Manouchehri también ha planteado que existen antecedentes que justifican estudiar la responsabilidad constitucional del ministro.

Desde el Frente Amplio se ha exigido su renuncia, mientras parlamentarios del Partido Comunista solicitaron una sesión especial de la Cámara para examinar los hechos.

La presentación de una acusación constitucional todavía no está confirmada. Se encuentra en una etapa de evaluación política y jurídica.

Para prosperar, una acusación contra un ministro de Estado debe fundarse en causales previstas por la Constitución, como infringirla, dejar las leyes sin ejecución o cometer determinadas infracciones en el ejercicio de sus funciones.

La Cámara de Diputadas y Diputados debe pronunciarse sobre su admisibilidad y procedencia conforme al procedimiento constitucional. Si la acusación es aprobada, corresponde al Senado actuar como jurado y resolverla.

En consecuencia, la controversia pública o la desaprobación política de una decisión no bastan por sí solas para establecer responsabilidad constitucional.

Quienes promuevan la acusación deberán identificar las normas presuntamente infringidas y explicar de qué manera las decisiones ministeriales configurarían alguna de las causales establecidas.

El ministro, por su parte, tendrá derecho a presentar su defensa y los antecedentes que respalden la legalidad de sus actuaciones.

La presión también proviene del oficialismo

La situación presenta dificultades políticas para el Gobierno porque las críticas no se limitan a la oposición.

La presidenta del Senado, Paulina Núñez, de Renovación Nacional, presentó una iniciativa para restringir el acceso a reducciones de condena en determinados casos de delitos sexuales contra menores.

La excandidata presidencial Evelyn Matthei también manifestó su desacuerdo con los decretos concedidos a condenados por esos delitos.

Otros representantes de la derecha han planteado que la legislación debe modificarse para impedir nuevas rebajas.

Estas posiciones no equivalen necesariamente a un cuestionamiento integral de la gestión de Rabat. Algunos parlamentarios respaldan la interpretación jurídica del Gobierno, pero consideran necesario cambiar las normas.

Sin embargo, revelan una tensión política para un Ejecutivo que ha situado el endurecimiento de las penas y la seguridad pública entre sus principales compromisos.

El problema se agrava porque el debate reúne situaciones jurídicamente distintas: delitos sexuales contra menores, secuestros calificados y torturas cometidos durante la dictadura.

Aunque todos los casos involucren mecanismos de reducción de condena, las reglas aplicables y las obligaciones estatales pueden variar.

Por eso, una reforma legislativa anunciada para enfrentar las rebajas a agresores sexuales no resolvería necesariamente la controversia sobre condenados por crímenes de la dictadura.

El Partido Socialista exige revisar los decretos

El Partido Socialista emitió una declaración pública solicitando revisar e invalidar las resoluciones que beneficiaron a condenados por delitos sexuales contra menores y a responsables de violaciones de derechos humanos.

La colectividad destacó especialmente el pasado de Rabat como abogado de Pinochet y cuestionó que su ministerio haya adoptado estas decisiones.

La petición de invalidación abre otro frente jurídico.

Los decretos administrativos no pueden dejarse sin efecto exclusivamente porque provoquen rechazo político. Su eventual invalidación requiere identificar vicios de legalidad y respetar los procedimientos y derechos que correspondan.

También podrían ser objeto de revisión por la Contraloría o de impugnaciones judiciales, dependiendo de sus características y fundamentos.

La exigencia socialista apunta, por tanto, a que el Ejecutivo publique los antecedentes y determine si existen razones jurídicas para revisar las resoluciones.

Ese examen deberá distinguir entre las decisiones administrativas válidamente adoptadas y aquellas que eventualmente pudieran presentar irregularidades.

Los antecedentes que el Gobierno debe transparentar

La crisis ha puesto en evidencia una carencia de información pública sobre las reducciones de condena.

En el caso de Punta Peuco, todavía falta conocer los nombres de los beneficiarios, los delitos y causas judiciales precisas, las fechas de las sentencias y la extensión de las rebajas.

También resulta necesario establecer qué informes emitieron las comisiones de reducción de condenas, qué verificaciones realizó la Subsecretaría de Justicia y cuáles fueron los fundamentos de los decretos firmados por Rabat.

En particular, debe aclararse si alguno de los beneficiarios tuvo vínculos profesionales anteriores con el ministro o con el estudio jurídico al que perteneció.

No existen antecedentes públicos suficientes para afirmar que haya ocurrido tal situación. Precisamente por eso, su esclarecimiento contribuiría a despejar dudas sobre la imparcialidad de las decisiones.

También corresponde establecer si las organizaciones de familiares y las víctimas fueron informadas de las resoluciones y qué mecanismos existen para examinar sus efectos.

La transparencia de los expedientes, respetando las restricciones legales pertinentes, permitiría distinguir entre una controversia por la aplicación de la ley y eventuales responsabilidades administrativas o constitucionales.

Una crisis que trasciende al ministro

El Gobierno de Kast enfrenta ahora una controversia que conecta tres asuntos políticamente sensibles: la seguridad pública, la protección de las víctimas y las políticas de memoria y justicia por los crímenes de la dictadura.

La defensa jurídica de Rabat se apoya en que el Ministerio debe aplicar la legislación vigente y respetar las decisiones de los tribunales.

Sus críticos cuestionan tanto la interpretación adoptada como el criterio administrativo que permitió conceder los beneficios.

La revelación de los decretos de Punta Peuco incorpora un elemento adicional: el pasado profesional del ministro y las advertencias que organizaciones de derechos humanos formularon cuando fue nombrado.

Ese antecedente no reemplaza la necesidad de demostrar eventuales infracciones. Pero explica por qué la discusión ha dejado de ser un problema estrictamente técnico y se ha convertido en una controversia sobre la orientación de la política de justicia y derechos humanos del Gobierno.

La posibilidad de una acusación constitucional dependerá de que la oposición logre reunir los apoyos necesarios y, sobre todo, construir una fundamentación jurídica consistente.

Mientras tanto, la continuidad de Rabat se ha transformado en un asunto político que deberá resolver el Presidente.

La pregunta inmediata es si el Gobierno hará públicos los antecedentes completos de los decretos y ofrecerá una explicación suficiente sobre sus fundamentos.

La pregunta de mayor alcance es cómo garantizar que las decisiones sobre el cumplimiento de condenas por graves violaciones de derechos humanos se adopten con independencia, respeto a la legalidad y consideración de los derechos de las víctimas.

La respuesta no puede descansar solamente en declaraciones ministeriales. Requiere documentos, procedimientos verificables y un examen institucional de las decisiones adoptadas.

 

Redacción del Clarín

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