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lunes, 29 de abril de 2024

IMPUNIDAD EN CHILE

 

El caso Yáñez y el delito de omisiónOPINIÓN

El caso Yáñez y el delito de omisión

Neftalí Carabantes
Por : Neftalí CarabantesAbogado, secretario general de la Universidad Central, ex subsecretario General de Gobierno de la administración de Michelle Bachelet.
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Estamos frente a un caso complejo, de relevancia nacional, y de alta trascendencia jurídica, que representa importantes desafíos para el Gobierno, el Poder Judicial, el Ministerio Público, Carabineros y la dogmática penal.


La Fiscalía ha solicitado formalizar al general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, el 7 de mayo próximo, por su eventual responsabilidad en el delito omisivo de apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio, durante su gestión, al momento del estallido social.

Por su parte, el Gobierno había establecido un criterio que prescribía –hasta antes del triple homicidio cometido contra tres suboficiales de Carabineros en Cañete– que el hito procesal de la formalización en contra de determinados funcionarios públicos, entre ellos, el actual general director de Carabineros, marcaba un punto de inflexión que significaba su alejamiento de la institución.

Sin perjuicio de que dicho criterio se flexibilizó ayer, a raíz de la contingencia, vale la pena detenerse y preguntarnos: ¿de qué tipo de delito estamos hablando?

Valga indicar que en los delitos de omisión (propia o impropia) se hace responsable a alguien de la producción de un resultado por incumplimiento de un deber de actuar; más aún, se le hace responsable con la misma valoración que si lo hubiera causado activamente. Ahora bien, hacer responsable a alguien por un resultado no evitado se presenta, de entrada, como una interpretación amplia de la tipicidad que requiere una sólida base legal.

La doctrina en materia penal, al referirse a los delitos omisivos, suele efectuar la distinción entre los llamados delitos de omisión propia y los de omisión impropia. Los primeros son aquellos que están expresamente tipificados en la ley como delitos de omisión, por ejemplo, la omisión de socorro, previsto en el artículo 494 Nº 14 del Código Penal; en cambio, los segundos –delitos de omisión impropia– no están expresamente consagrados en la ley como delitos omisivos, sino que se llega a ellos mediante la inversión de un tipo activo, en tanto corresponde al quebrantamiento de una posición de garante y al incumplimiento de una norma que se enfoca en la prohibición de un resultado de un caso en específico.

En cuanto a la estructura que tendrían los delitos de omisión impropia, en la mayoría de los países, incluido el nuestro, dicha construcción es una obra casi exclusiva de la doctrina, lo que ha generado que exista divergencia en torno a los elementos que componen dichos delitos. No obstante, es posible percibir coincidencia sobre algunos de sus elementos.

Así, el profesor Santiago Mir Puig señala que: “El tipo de comisión por omisión muestra en su parte objetiva: a) situación típica; b) ausencia de la acción determinada; c) capacidad de realizarla; pero completada con la presencia de tres elementos particulares necesarios para la imputación objetiva del hecho: la posición de garante, la producción de un resultado y la posibilidad de evitarlo”.

Por su parte, el profesor Juan Pablo Mañalich expresa: “Los delitos de omisión impropia son, estructuralmente, delitos especiales, en el sentido que solo puede ser autor de un delito de omisión impropia quien se encuentre en la correspondiente posición de garantía”, es decir, para Mañalich, como para muchos autores, la posición de garantía es aquel elemento, que, junto a otros, posibilita la equiparación de la omisión con la acción.

De otra parte, el profesor Jean Pierre Matus agrega que se trata de delitos basados en el incumplimiento de una “obligación legal o contractual especial” de evitar un resultado descrito en un tipo penal, y que requieren, además, tres condiciones: i) la efectiva asunción de esa posición de garante, ii) la producción causal del resultado, y iii) que el resultado sea imputable objetivamente a la omisión.

Para cristalizar su planteamiento en contra del general Yáñez, la Fiscalía, con el apoyo de la dogmática penal, la doctrina especializada y de la jurisprudencia emanada de sentencias que han reconocido la configuración de la omisión impropia a partir del año 2017, con motivo de la importante reforma realizada por la Ley N° 20.968, que regula la tortura, los apremios ilegítimos y otros tratos degradantes, deberá demostrar, entre otras cosas, que se produjo un resultado propio de un tipo penal preciso descrito en términos activos por la ley.

Asimismo, tiene la tarea de acreditar que el general Yáñez omitió una acción que se encuentre en relación de causalidad hipotética con la evitación de dicho resultado (lesiones graves y muertes durante el estallido), exigiendo que la evitación del resultado equivalga a haberlo causado. A su vez, deberá probar que el omitente –el general– tuvo que haber estado calificado para ser autor del tipo penal activo, y que debió haber estado en condiciones de realizar, de forma voluntaria, la acción que habría evitado o dificultado el resultado. Por último, la omisión que se le atribuye al general Yáñez tiene que suponer la infracción de un deber jurídico de actuar, debiendo probarse, además, que en esa época tenía perfecto conocimiento de los hechos ocurridos durante el estallido social y que ejercía una función que lo obligaba a dar protección del bien jurídico afectado, o que estaba en una posición de garante legalmente reconocida respecto del bien jurídico lesionado.

La tipificación del delito de “apremios ilegítimos” que persigue la Fiscalía está regulado en el artículo 150 D del Código Penal, cuyo sujeto activo de naturaleza omisiva es: “El empleado público que, conociendo de la ocurrencia de estas conductas, no impida o no haga cesar la aplicación de los apremios o de los otros tratos, teniendo la facultad o autoridad necesaria para ello y estando en posición para hacerlo”. De lo anterior, se colige una suerte de posición de garante, que se traduciría en una forma especial de “responsabilidad por el mando”, cuya construcción teórica ha desembocado en la “responsabilidad del superior” como categoría dogmática del Derecho Penal Internacional.

Además, en cuanto a lado subjetivo del tipo penal antes descrito, la Fiscalía deberá probar que se está frente a una omisión de naturaleza dolosa, es decir, que se actuó con dolo omisivo (según parte de la doctrina con “dolo directo”), lo que equivaldría a decir que el general Yáñez “sabía lo que hacía y quiso deliberadamente omitir una acción” que, en definitiva, condujo a los apremios ilegítimos con resultado de lesiones graves y homicidio. De tal forma, con su actuar, habría concretado los dos elementos del dolo: el intelectual y el volitivo.

Finalmente, el asunto versará sobre si se incumplieron o no Reglamentos, Protocolos o las Reglas del Uso de la Fuerza vigentes durante el periodo que corre entre octubre de 2019 y marzo de 2020, en el marco del estallido social.

Complejiza aún más la discusión, si se cita la opinión del profesor Mario Durán Migliardi, quien manifiesta que “… el gran problema dogmático del art. 150 D es la (no) definición de sus verbos rectores. Al establecer su contenido, de manera residual y subsidiaria, lo que debe y lo que no debe entenderse por apremios ilegítimos u otros tratos crueles, inhumanos o degradantes, necesariamente deberá interpretarse en relación tanto respecto del tipo de torturas como respecto de todas las demás figuras de maltrato introducidas por la Ley N° 21.013. Lo que, si no se sistematiza e interpreta correctamente, puede acarrear problemas de error de tipo y, principalmente, de legalidad”.

Por tanto, en el presente asunto cobrará especial relevancia analizar si el delito de apremios ilegítimos, en su faz omisiva, ¿satisface el estándar que exige el principio de legalidad y el de tipicidad? No olvidemos que en el ámbito penal el principio de legalidad es conocido por el aforismo nullum crimen, nulla poena sine lege, el cual exige que los delitos y las penas deben estar claramente establecidos en la ley. Así, para cumplir con la exigencia que impone el principio de legalidad, se debe cumplir con los criterios de lex praevia, lex stricta, lex scripta y lex certa. Es decir, solo se permite la sanción de conductas que en el momento de su comisión estuvieran descritas como delictivas en una ley escrita (lex scripta), anterior a los hechos (lex praevia), que las describa con necesaria claridad y precisión (lex certa) y de modo que quede excluida la aplicación analógica (lex stricta).

En suma, estamos frente a un caso complejo, de relevancia nacional, y de alta trascendencia jurídica, que representa importantes desafíos para el Gobierno, el Poder Judicial, el Ministerio Público, Carabineros y la dogmática penal.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

Argentina. Convocan este lunes frente al Congreso para repudiar la “Ley Bases” y la reforma laboral

 By  on 28 abril, 2024

Resumen latinoamericano, 28 de abril de 2024.

La Coordinadora por el Cambio Social que reúna al FOL, FPDS Corriente Plurinacional, FAR. Marabunta, FOB Autónoma, MULCS, Organización 8 de Abril, OLP-Resistir y Luchar, Arriba las Que Luchan, Juana Azurduy, convoca este lunes a Congreso a repudiar el paquete de leyes que intentará aprobar la ultraderecha con la complicidad de sectores del radicalismo y el peronismo colaboracionista.

En un documento de la Coordinadora se plantea:

La ley bases es un ataque directo al movimiento obrero y al pueblo y además garantiza el blanqueo a las mafias.

1) La desaparición del monotributo social y el incremento de los costos de otros tipos de monotributo atenta incluso contra las formas más precarias del trabajo. Cómo, por ejemplo, la creación de la figura de “trabajador independiente” condenándonos al trabajo en negro.
2) La falta de penalización a los empresarios frente al trabajo en negro (eliminación de indemnizaciones agravadas por empleados no registrados) o la creación de fondos de cese laboral. Legaliza el trabajo esclavo. ¿Quién le va a poner freno a la voracidad sin límites de los capitalistas?
3) Además acentúa la tendencia histórica donde las mujeres son las más afectadas en una situación salarial precaria, desocupación y pobreza (la feminización de la pobreza)
4) El incremento de la edad jubilatoria de las mujeres, ante la eliminación de la moratoria, condena a qué cientos de miles de compañeras no logren llegar ni con los años ni con los aportes suficientes, pasando a la PUAM que rige desde los 65 años, no se acumula con pensión y es 20% menor que la jubilación mínima. Permitiendo de esta forma a los empleadores hacerlas trabajar hasta parir.
5) En contraposición, a los narcos, y empresarios inescrupulosos los beneficia con un amplio y generoso blanqueo de capitales no regularizados generando las condiciones para que las mafias se instalen y desarrollen en nuestro país.
6) Las facultades delegadas que le estarían dando a Milei, a través de los artículos 3 al 6 permiten que todas las instituciones, aun las que están excluidas en otros párrafos puedan ser DESFINANCIADAS, INTERVENIDAS Y REFUNCIONALIZADAS. Es decir que la situación es peor que en enero. En síntesis, gobierna por decreto. ¿Alguien cree en serio que no le llegara “el agua al cuello”?

Por todo ellos, desde la Coordinadora por el Cambio Social, convocamos a movilizarnos en Plaza Congreso este lunes 29 a las 16 horas, para repudiar esta ofensiva contra los sectores populares.

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También estarán movilizándose organizaciones combativas que vienen reuniéndose en la sede del Sindicato ADEMYS y que han dado a conocer otro comunicado:

Comunicado de organizaciones combativas que convocan a movilizar este lunes desde el mediodía.

Movilización de trabajadores contra el ajuste.

Ante la obtención del dictamen para llevar al recinto de Diputados la Ley de Bases del gobierno, incluyendo el paquete de ajuste fiscal y la reforma laboral antiobrera, organizaciones piqueteras, sindicatos comabtivos, agrupaciones estudiantiles, asambleas barriales y de la ultura convocan a marchar al Congreso.

Publicamos fragmentos del comunicado:

Los sindicatos, seccionales, internas y delegados combativos, movimientos piqueteros independientes, asambleas vecinales, sectores en lucha del movimiento estudiantil que viene de protagonizar una jornada enorme con sus centros y estudiantes autoconvocados, de la cultura, en defensa del ambiente, del movimiento de mujeres y disidencias de derechos humanos, de jubilades, personas con discapacidad en lucha y partidos de la izquierda abajo firmantes, reunidos en la sede de Ademys, convocamos a movilizarnos masivamente a la Plaza de los dos Congresos frente a una nueva tentativa de imponer la “Ley de bases”, aunque más acotada que la derrotada inicialmente, pero también pérfida, contra toda la población trabajadora de la Argentina. Y les exigimos a la CGT y la CTA la convocatoria a un paro general activo de inmediato, con una masiva movilización a rodear el Congreso, frente al tratamiento de la Ley, y la puesta en pie de un plan de lucha nacional sistemático hasta derrotar el plan global de ataque a todo el pueblo por parte del gobierno de Milei, rechazando el conjunto de la ley y cualquier tipo de reforma laboral y por la anulación del mega-DNU y el protocolo de Bullrich.

Luego de la movilización en defensa de la educación pública más masiva que se tenga registro en la última etapa, que marca el ingreso del movimiento estudiantil a la lucha, y abrió una crisis política en el gobierno, este junto a la “oposición” colaboracionista se apuran para tratar de darle tratamiento al paquete de reformas, y dar un paso más en el brutal ataque al pueblo trabajador, con el visto bueno del Congreso. Las mismas fuerzas políticas que, sin vergüenza, se mostraron en la calle junto a los centenares de miles de estudiantes y trabajadores de la educación de todo el país, se aprestan a darle algunas herramientas legales al gobierno de Milei para que avance contra los derechos y conquistas de los trabajadores y toda la población explotada de la Argentina. Nuevamente y alarmados por el proceso de movilización en curso, la UCR, el PRO y sus aliados se disponen a intentar asestar este golpe, con un PJ maniobrando de opositor, mientras deja pasar la ofensiva contra los trabajadores. Todos los que han gobernado, por acción o por omisión, actúan para darle “gobernabilidad” a Milei y apostar a “volver” luego de dejar pasar este ataque histórico que intentan perpetrar.

La mentada “Ley de Bases” contiene enormes condonaciones de deudas a los capitalistas, como el blanqueo de capitales y la reducción y beneficios en el impuesto a los “bienes personales” y una moratoria con grandes beneficios a los grandes deudores y evasores. Contiene además, mayores facilidades para avanzar en la destrucción del ambiente para propiciar la megaminería, el fracking y el extractivismo. Mientras se otorgan todo tipo de beneficios a los capitalistas, la ley avanza en la posibilidad del gobierno de cerrar o reducir drásticamente institutos del Estado que albergan a miles de trabajadores como es el caso del Inti (Instituto Nacional de Tecnología Industrial), el Incaa y otros, profundizando los despidos en curso. Delega facultades al Ejecutivo e insiste en meter mano y saquear los 43.291 millones de dólares del Fondo de Garantía y Sustentabilidad de los jubilados. Si bien tuvieron que retroceder de 40 a 18, plantea la privatización total o parcial de numerosas empresas, como Aerolíneas, Trenes Argentinos, YCRT o Aysa. El fin del “Estado presente” no es la ausencia del Estado en beneficiar a los capitalistas, sino la de liquidar miles de puestos de trabajo, la educación y la salud pública en la Argentina.

A esto se suma con el paquete fiscal, el retorno del mal llamado “impuesto a las ganancias” sobre los salarios. No sólo pretenden imponer un tope a las paritarias frente a la inflación, sino que le intentan meter la mano en el bolsillo al conjunto de los trabajadores que luchan por conquistar un salario que les permita sostener a sus familias, mientras que a la par condonan impuestos a los más ricos con bienes en el exterior.

Por si esto fuera poco, a último momento, el gobierno y los bloques que colaboran con la “gobernabilidad” de Milei, acordaron incorporar diferentes puntos de una reforma laboral exigida por las patronales nacionales. Con la UCR y el PRO, y el visto bueno del bloque liderado por Pichetto, se pretende imponer una reforma laboral que extiende los períodos de prueba a los trabajadores, la eliminación de multas a las empresas por trabajo no registrado (las empresas podrían mantener el trabajo en negro sin ningún tipo de consecuencias), la eliminación de la posibilidad del trabajador de ser reinstalado por la justicia frente a un despido discriminatorio por actividad sindical, y terminar con el régimen de indemnizaciones por despidos, entre otros puntos antiobreros que la CGT venía negociando a cambio de que les mantengan la cuota sindical “solidaria”. Pretenden la penalización con años de cárcel a los trabajadores que realicen asambleas o se organicen frente a los atropellos patronales al igual que la penalización de acciones que corresponden al derecho de huelga.

Más que nunca queda claro que el gobierno de Milei representa los intereses de los grandes empresarios, las multinacionales, bancos y el FMI, quienes le han declarado guerra a las y los trabajadores y a las mayorías populares. Con esta ley pretenden darle anclaje legal a su plan autodenominado “motosierra” y “licuadora”, que pulveriza salarios, jubilaciones y planes sociales, fomenta despidos de decenas de miles de trabajadores y ahoga la educación y la salud públicas. Un plan de pobreza planificada, con recesión y una inflación que es la más alta del mundo y que incluye el cese de envío de alimentos a los comedores populares. Un plan criminal que elimina los medicamentos oncológicos para pacientes graves.

El tan mentado “déficit cero” lo consiguen a costa de haber pulverizado los haberes jubilatorios, los planes sociales y los salarios estatales, un ajuste insostenible a las provincias, a la salud y a la educación, el parate de la obra pública, y con una nueva emisión multimillonaria de deuda para continuar destinando recursos para financiar el pago de la deuda externa y todo tipo de beneficios a los capitalistas. Los despidos, retiros voluntarios, jubilaciones adelantadas y suspensiones derivados de la violenta recesión económica con la que se pretende moderar la inflación, ya suman centenares de miles y recién comienza. En cambio, aumentan escandalosamente los salarios de altos funcionarios y de los senadores.

Todos a las calles. Paro general activo inmediato y plan de lucha hasta derrotar la ley y el plan de Milei. Continuidad garantizando el paro del 9 de Mayo.

 on 28 abril, 2024

¿Por qué eludir la reforma política?

 

Politicos
 

Abraham Lincoln fue Republicano, como Trump. Biden es Demócrata, como lo fue Harry Truman... ¿Quién es quién? Macron gobierna en Francia gracias a una murga de "socialistas" y "derechistas" que lo único que tienen en común es que andan en busca de $u de$tino. En Japón, o en Corea del Sur estas cuestiones no se toman en cuenta: hay demasiados marines yankees en sus territorios. ¿Y en Chile?


Bandera partidaria



escribe Juan Pablo Cárdenas S.


A objeto de darle prioridad a otras iniciativas legales, el presidente Boric desestimó emprender por el momento las reformas políticas que son necesarias para la consolidación de la democracia.

Sin embargo, esta postergación seguramente nos va a llevar a elecciones municipales y legislativas que mantengan los vicios y abusos existentes que impiden el pleno ejercicio de soberanía popular.

La experiencia de los últimos años indica la necesidad urgente de aprobar reformas que le pongan freno a la política cupular para darle mayor injerencia a los ciudadanos en la marcha política, económica y cultural de la nación.

Es cuestión de revisar lo que ha pasado con numerosos parlamentarios, alcaldes y otros que con el correr de sus funciones han renunciado a las colectividades que los designaron como candidatos.

Al mismo tiempo que podemos comprobar la completa falta de pudor de los supuestos representantes del pueblo a la hora de buscar perpetuarse en sus cargos mediante negociaciones espurias en que ya resulta muy difícil distinguir entre oficialistas y opositores, derechas e izquierdas.

Recién, solo por un voto de ventaja los partidarios del Ejecutivo lograron instalar una nueva mesa de la Cámara de Diputados, debido a que un diputado opositor llegara atrasado a sufragar. Para ello, además, desde la propia Moneda de impulsaron oscuros acuerdos para este cometido, convenciendo incluso a uno de los parlamentarios más cuestionados por sus propios pares que accediera a sentarse como vicepresidente al lado de la primera comunista que en la historia llega a dicha testera parlamentaria.

Ello originó, veinticuatro horas después, la presentación de un voto de censura que, gracias a los nuevos manejos injerencistas del Ejecutivo, no alcanzó los votos necesarios para derribar a los recién elegidos.

Nos dicen que la democracia consiste en votar y que quienes ganan pueden legitimarse con apenas un voto de ventaja, pero lo cierto es que el acuerdo logrado fue muy feble y poco confiable por la insolvencia ética de algunos de los que accedieron a conducir la cámara baja.

Es un secreto a voces que el mismo Boric resultó elegido no tanto por su trayectoria y convicciones, sino para impedir un mal mayor como se esperaba del triunfo de sus adversarios. Ello explica que a varios meses de la renovación del Poder Legislativo y a dos años de las nuevas elecciones presidenciales, la efervescencia cupular se ponga de manifiesto y ya se discurren las más extrañas e, incluso, repugnantes alianzas para arribar nuevamente a un gobierno derechista o darle continuidad a quienes actualmente nos gobiernan.

Los partidos políticos han demostrado ser completamente erráticos tanto en sus ideologías y acciones, por lo que el mapa electoral está poblado de expresiones de muy poca o nada raigambre popular. Decenas de referentes que esperan sumarse a cualquier pacto si eso los lleva posteriormente a participar en el botín o repartija de cargos públicos, recursos fiscales y numerosas prerrogativas.

De allí que, apenas en marcha el actual gobierno, estallaron millonarios fraudes al fisco protagonizados por quienes pocos meses antes prometían sanear la política, así como a nivel municipal los escándalos no cesan de descubrirse gracias al papel de los periodistas dignos y las denuncias de los propios ciudadanos.

De esta forma es que los que venían a purificarlo todo incurrieron muy velozmente en todos los despropósitos cometidos de derecha a izquierda por los gobiernos de la Posdictadura.

Es evidente que si el sufragio fuera voluntario, muy pocos concurrirían a votar ante el descrédito general de la política y la corrupción entronizada a todos los niveles de la administración pública. Incluyendo también a la Judicatura, las Fuerzas Armadas y policías, donde no pocos oficiales, jueces y fiscales están altamente cuestionados y lluevan las indagatorias al respecto que, como tantas veces ha ocurrido, muy posiblemente terminen en la impunidad.

Urgente sería remover todo el sistema de partidos a fin de que prevalezcan solamente aquellas colectividades constituidas a nivel nacional, a lo sumo regional, y desaparezcan las múltiples e insolventes expresiones.

También parece necesario que quienes sean elegidos militando en los diversos partidos se obliguen a permanecer en ellos durante todo el período de sus funciones. O, en su defecto, se obliguen a abandonar sus cargos para declararse “independientes” o militar en otro referente.

Hay quienes postulan, además, la prohibición de ejecutar pactos electorales de forma que todos los partidos compitan entre sí y demuestren su verdadera representatividad, lo que hoy se hace imposible saber, por ejemplo, respecto de cuantos podrían ser en Chile los socialistas, comunistas, democratacristianos, frenteamplistas o partidarios de los numerosos partidos de derecha, donde la confusión ideológica realmente campea, aunque el origen común de estos últimos sea el pinochetismo.

Además de sus declaraciones de principios, los partidos debieran obligarse a exponer nítidamente sus programas de gobierno. Esto podría obligar a los que lleguen a La Moneda, el Parlamento o las municipalidades a cumplir y responder por lo comprometido.

Para lo cual la Ley debiera definir, también, expeditas maneras de destituir a los que incumplan o cambien de posición conforme a la influencia que se les ejerce desde los poderes fácticos, en concreto de lo más poderosos empresarios que suelen asumirse como financistas de los partidos. En la corrupción que ahora tantos reconocen que existe en el país.

Entre otras tantas reformas, también aparece razonable acotar la iniciativa del Ley del Poder Ejecutivo para darle mayor sentido a los legisladores del Parlamento que, con frecuencia, quedan de manos cruzadas o se sumen en sus devaneos cuando La Moneda no los interpela en este sentido.

Los ciudadanos, como tantas veces se ha postulado, deben tener la posibilidad de postular reformas y leyes que obliguen a las autoridades a darles curso. Así como la consulta popular debiera ser frecuente y efectiva como ocurre en países como Suiza que en esta materia tienen un sistema democrático muyo más consistente.

A pesar de que se ha avanzado en el control del gasto electoral, la verdad es que todavía la suerte de nuestro sistema político descansa demasiado en el poder económico de sus actores, así como en la influencia de un sistema comunicacional que propende a la concentración mediática y conspira contra la diversidad informativa, pilar fundamental de toda democracia seria.

Cuestión que tampoco la clase política muestra disposición a corregir. Menos cuando arriban a La Moneda donde la práctica nos indica que se prefiere “encantar” a los medios existentes antes que afianzar el pluralismo ideológico.

 

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viernes, 26 de abril de 2024

APARECE COMO JEFE OPERATIVO EN MODALIDAD DE TELETRABAJO

 

Oficial en prisión preventiva por apremios ilegítimos sigue cumpliendo funciones en la 20° Comisaría de Puente Alto

Abril 2024

Fuente: CIPER CHILE.

Por Daniel Meza y Nicolás Sepúlveda

El 5 de abril la medida cautelar fue aplicada al mayor Gonzalo Andrés de la Costa Lara, funcionario que es investigado por dos homicidios frustrados y por disparar contra un manifestante que perdió el 70% de la visión de su ojo derecho. Carabineros decidió mantenerlo como jefe operativo de la unidad dependiente de la Prefectura Cordillera, esto bajo la modalidad de teletrabajo. Situación que vulnera la normativa interna de la institución y también los dictámenes emanados desde la Contraloría.

El mayor Gonzalo Andrés de la Costa Lara es el actual jefe operativo de la 20° Comisaría de Puente Alto, su trabajo consiste en dirigir y coordinar en terreno las operaciones que los carabineros de su unidad realizan contra la delincuencia. Desde hace dos semanas que el oficial ya no cumple con esa labor en las calles, actualmente se encuentra teletrabajando desde el Centro de Detención Pudahuel. El pasado 5 de abril se dictó prisión preventiva en su contra. Desde 2020 es investigado por su responsabilidad en el disparo que impactó a Claudio Araya: manifestante que perdió el 70% de la visión de su ojo derecho. 

Aquella no es la única investigación en su contra, la Fiscalía Especializada en Delitos Violentos le imputa ser el responsable de dos homicidios frustrados en el contexto del estallido social. Uno de ellos contra una niña de 12 años. Ese proceso judicial se encuentra en etapa de preparación de juicio. En 2022, mediante la Resolución Exenta N° 1, el general Ricardo Yáñez estableció que los funcionarios que “se hallaren en prisión preventiva u otras medidas cautelares que impidan su desplazamiento, no podrá acceder a las remuneraciones correspondientes”. 

CIPER accedió a las nóminas de “distribución de los servicios diarios” del mes de abril de la 20° Comisaría de Puente Alto, unidad dependiente de la Prefectura Cordillera de Carabineros. Aquellos registros internos dan cuenta que De La Costa desde prisión sigue desempeñando su cargo. Información que fue confirmada por el Departamento de Comunicaciones Sociales de Carabineros.

“Sí, efectivamente el Mayor de la Costa  está recluido en un recinto institucional destinado para el efecto. Se encuentra activo, porque no se ha dictado una sentencia al respecto en su caso y por el momento se encuentra en la modalidad de trabajo”, indicaron por escrito desde la institución.

En los registros internos de la 20° Comisaría de Puente Alto, se consigna que De La Costa se encuentra en modalidad de teletrabajo, y se inserta un número de celular para contactarlo. Eso implicaría que el oficial detenido estaría en poder de un equipo celular en su lugar de reclusión.

En el 12° Juzgado de Garantía de Santiago se siguen otros procesos penales en contra del mismo oficial de Carabineros: dos homicidios frustrados que habrían ocurrido mientras De La Costa cumplía labores de control de orden público en la comuna de San Joaquín, en el marco de las protestas del estallido social iniciado en octubre de 2019. 

COMBATIR EL DELITO DESDE LA PRISIÓN

El cargo de jefe operativo es el segundo de mayor importancia en una comisaría. En 2012 la orden institucional N° 2.110 definió así sus funciones: “Analizar, planificar, dirigir y controlar la correcta ejecución de las operaciones policiales” (lea acá el documento).  Un oficial explicó a CIPER que el cargo es fundamental en el trabajo cotidiano, ya que es el nexo entre lo que ocurre en el territorio y los encargados de cada unidad (comisarios).

Dos funcionarios de la 20° Comisaría de Puente Alto fueron consultados por la situación del mayor Gonzalo de la Costa, los cuales explicaron que hace al menos dos semanas no ha cumplido funciones presenciales en la unidad. Agregaron que esto se debería, según la información de la cual dijeron disponer, a que el oficial se encuentra en un “proceso” (judicial).

Por protocolo, explicaron en la unidad policial dependiente de la Prefectura Cordillera, son los oficiales de mayor rango los que deben suplir la ausencia del jefe operativo. En este caso confirmaron, vía telefónica, que el teniente Jaime Muñoz fue el encargado de asumir aquellas funciones inicialmente. El funcionario, uno de los dos encargados de elaborar la nómina de los efectivos que deben prestar servicios en la 20° Comisaría de Puente Alto, dijo desconocer si De La Costa cumple funciones vía teletrabajo ahora. Aseguró desconocer si el comisario Mario Ugarte Valdés le ha asignado en las últimas dos semanas trabajos al oficial detenido. 

CIPER solicitó conversar con el comisario Ugarte para confirmar la información disponible en las nóminas de servicio del mes de abril, pero los funcionarios de turno transmitieron que el encargado no se encontraba en la unidad. Se les dejó el requerimiento y un número de contacto, al cierre de está edición aún no existía respuesta. 

LAS ACUSACIONES

Hoy la justicia investiga al mayor De La Costa por tres supuestos delitos, agrupados en dos causas judiciales. La primera es la que lo tiene en prisión preventiva, y tiene relación con el daño ocular provocado por un perdigón de la policía contra Claudio Araya, un manifestante que resultó herido en una protesta en la Población La Legua, en San Joaquín.

Según la querella que inició esa causa penal, la noche del viernes 11 de septiembre de 2020, Carabineros dispersó una manifestación en La Legua. Claudio Araya, uno de los manifestantes, escuchó disparos y entonces dudó hacia qué dirección correr. En ese entonces, dice la querella que ingresó en el 12° Juzgado de Garantía, se percató que dos funcionarios de carabineros le apuntaban. Dice que cuando intentó salir de ese lugar, un policía “me miró, apenas levantó la escopeta y disparó directo hacia mí”.

El pasado 5 de abril se realizó la audiencia de formalización contra el presunto responsable del trauma ocular sufrido por Araya, quien perdió el 70% de la visión de su ojo derecho.  En la instancia, el juez Marcelo Ovalle Bazán decidió dejar en prisión preventiva al mayor De La Costa. Desde ese día el imputado por apremios ilegítimos debe cumplir la medida cautelar en el Centro de Detención Pudahuel, dependiente de la 26° Comisaría de Pudahuel. 

La otra investigación penal comenzó antes. Se investiga el delito de homicidio frustrado en contra de Miguel Ramos, quien resultó herido con una bala en su pie derecho (terminó con fractura expuesta), luego de que Carabineros disparara a una multitud que se encontraba cerca del supermercado Mayorista 10 en la comuna de San Joaquín. El otro caso agrupado en esa misma causa, es el de una niña de 12 años, quien a las 21:30 del 2 de marzo de 2020 recibió una bala en su muslo. Según la querella respectiva, la niña “recibió un disparo que le penetró un muslo, le fracturó la pelvis, le dañó el tejido perianal y se detuvo en el otro muslo, a centímetros de la arteria femoral”.

El 20 de diciembre de 2021, la fiscal Paula Díaz Obilinovic concluyó que De La Costa fue el responsable del disparo.

La investigación que agrupa ambos casos se encuentra en etapa de preparación de juicio oral, para lo cual es requisito notificar al denunciado, en este caso, al mayor De La Costa. Según consta en el proceso judicial, el pasado 8 de abril la 20° Comisaría de Puente Alto respondió que “no se logró la citación del mayor (a la audiencia), (…) en atención a que se encuentra en prisión preventiva”. 

El próximo 14 de mayo se realizará la audiencia de preparación de juicio oral, donde la fiscalía acusa a De La Costa por dos delitos de lesiones graves, dos de disparos injustificados en la vía pública, y otros dos de apremios ilegítimos cometidos por funcionarios públicos.

NORMATIVA VIGENTE

La circular N° 1.859 de Carabineros (22.04.2021) estableció que los funcionarios que “sean notificados de una resolución judicial, (…) tienen la obligación de informar por escrito a su jefatura directa” (lea acá el documento). Es decir, existe un monitoreo y registro institucional de los procesos judiciales contra los policías.

No es la primera vez que Carabineros enfrenta una polémica por el pago de sueldo a un funcionario de sus filas en prisión preventiva. Aunque en 2015 fue al revés. En 2015, la institución se negó a pagar el salario de Andrés Provoste Toledo, funcionario que no ejercía funciones por encontrarse detenido. El caso fue llevado a Contraloría, la cual a través del Dictamen N° 45.570 señaló: “Si un empleado ha sido sometido a prisión preventiva durante un juicio criminal, y por ello se ausenta de sus labores, no puede percibir rentas. (…) Por consiguiente, cabe concluir que el actuar de Carabineros de Chile se ha ajustado a derecho”. El Dictamen N° 3.726 de 2020 reafirmó aquel fallo (revise acá).

Los funcionarios de Carabineros y las Fuerzas Armadas en prisión preventiva solo pueden recibir su sueldo una vez finalizado el proceso judicial, según los criterios establecidos por la Contraloría: “Si el proceso aludido termina por absolución o sobreseimiento definitivo, procede el pago de dichas sumas. Ya que en ese evento debe estimarse que el referido servidor ha estado impedido para desempeñarse en razón de un acto de autoridad constitutivo de fuerza mayor, acorde con lo prescrito en el artículo 45 del código civil”.

En marzo de 2021, ocho diputados de la UDI cuestionaron la normativa de Contraloría y presentaron un proyecto para que los carabineros en prisión preventiva recibieran sus salarios: “Venimos en proponer un proyecto de ley que obliga el pago de las remuneraciones de los funcionarios de Carabineros de Chile que se encuentran suspendidos de sus funciones por encontrarse en prisión preventiva, habida consideración del derecho de presunción de inocencia”.

La moción de los diputados de la UDI se archivó cuatro semanas después. Pasado menos de un año, el general Ricardo Yáñez suscribió la resolución exenta basada en los dictámenes de Contraloría.

La defensa del oficial detenido llevó el caso a la Corte Suprema. El 22 de abril ingresaron un recurso argumentando que el proceso judicial, en la investigación por apremios ilegítimos, no ha precisado el reglamento que De La Costa debía cumplir y que “existe una contradicción en la cantidad de impactos balísticos” informados en los peritajes. 

25.04.2024

El litio para los nietos de Pinochet

 


Con el reciente reingreso de los hijos de Julio Ponce Lerou a los directorios de las sociedades a través de las cuales controla SQM, que mostró a Francisca Ponce Pinochet como la escogida, se consolidó la presencia de los nietos del ex-dictador entre las cinco fortunas más grandes de Chile. La presentación fue precedida del cierre sin culpables del Caso Cascadas y antecede la polémica decisión de prolongar la participación de la compañía en la explotación del litio junto a Codelco hasta el 2060.

Julio Ponce Lerou no da tregua, aprovecha las oportunidades y siempre apuesta a ganador. Y esta vez la hizo de nuevo. Apenas dos días después de que trascendió que había sido sobreseído por el Caso Cascadas, retomó el control familiar en los directorios a través de los cuales controla SQM, instalando a tres de sus hijos. Copó así la agenda mediática, obliterando el escándalo de que resultara absuelto por un traspaso fraudulento de acciones dentro de las sociedades a través de las cuales controla SQM, realizado en 2011. La triangulación acabó afectado a los accionistas minoritarios, entre los cuales estaban las AFPs y los fondos mutuos.

Tras diez años de tramitación, en un documento presentada ante el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago el 14 de marzo reciente, el fiscal regional Xavier Armendariz, informó que cerraba la investigación y no iba a perseverar en la causa contra el ex-yerno de Pinochet, argumentando que “durante la investigación realizada no se han reunido antecedentes suficientes para fundar una formalización o acusación”.

Ponce Lerou consiguió desviar la atención del Caso Cascadas, colocando las luces en la junta anual que debía renovar los directorios de las cinco sociedades a través de las cuales controla SQM. Así la noticia económica del día de ayer fue la vuelta al directorio del clan Ponce Pinochet, representado en los tres nietos del ex-dictador: Francisca, Alejandro Augusto y Daniela, quienes pasaron a integrar el directorio de Pampa Calichera, Nitratos de Chile, Potasios de Chile, Norte Grande y Oro Blanco, las cinco principales sociedades cascadas que le permiten mantener el dominio en la compañía minera.

EL CASO CASCADAS O COMO EXPRIMIR A LOS ACCIONISTAS MINORITARIOS

Iniciado en 2016, el denominado Caso Cascadas deriva su nombre de la estructura que ideó Ponce Lerou para mantener el control de SQM, a través de varias sociedades repartidas que se iban integrando a medida que iban subiendo río arriba.

El complejo esquema tiene a Pampa Calichera con un porcentaje mayor al 21% de la propiedad de SQM. A su vez, Pampa Calichera es controlada por Oro Blanco con más del 88% accionario. Más arriba, Norte Grande tiene más del 75% de Oro Blanco.

Dentro de este complejo esquema, a fines de marzo de 2011 se produjo una extraña venta de un paquete de cinco millones de acciones de la Serie A de SQM por la sociedad de inversiones Global Mining Chile a Linzor Capital Return Fund. Lo que llamó la atención fue que ese mismo día una de sus sociedades, Pampa Calichera, hizo un préstamo a su propietario, la sociedad Oro Blanco, lo que permitió comprar el conjunto de acciones a Linzor Capital por un precio mayor al impuesto al comienzo de la venta. También la venta de las acciones fue a un precio que no bajara de los $21.100 por acción. Hecha la triangulación Oro Blanco compró las acciones a un precio de $27.138,5.

La ex Superintendencia de Valores y Seguros (hoy CMF) realizó una primera indagatoria, la que concluyó aplicando una multa de 62 millones de dólares contra Ponce Lerou en septiembre de 2013, en calidad de autor y principal beneficiario del Caso Cascadas. Sin embargo, en octubre de 2020, pese a ratificar la existencia de un esquema para operar de manera fraudulenta en el cual se consideró a Ponce Lerou como el “ideólogo”, la Corte Suprema rebajó la multa a 3 millones de dólares.

Es decir, fue reducida a un 4,83 del monto original.

Un año después, las investigaciones en torno al financiamiento irregular de la política chilena, dieron cuenta de que SQM entregaba dinero a varios partidos políticos, desde la UDI hasta el Partido Socialista, usando el mecanismo de boletas por servicios que jamás se habían prestado.

Ya en 2019 había sido absuelto el ex gerente de las Sociedades Cascadas, Aldo Motta, por infracción a la ley de Mercado de Valores. Motta era considerado en la época el principal asesor de Ponce Lerou.

Dicho escándalo provocó que en las negociaciones de 2018 por la renovación del contrato de explotación del Salar de Atacama a Corfo, se exigiera que Ponce Lerou y sus familiares hasta segundo grado de consanguinidad no participaran de los directorios de las sociedades a través de las cuales controla SQM hasta el año 2030, que es cuando vence el acuerdo de arriendo de las pertenencias mineras en el acuífero.

El mismo escándalo provocó que Ponce Lerou fuera sancionado en 2017 por el Departamento de Justicia y la Security and Exchange Comission (SEC) de Estados Unidos, obligándolo a pagar US$30 millones al haber violado la Foreign Corrupt Practices Act (FCPA) al haber realizado “pagos indebidos”, estimados por la justicia norteamericana en US$14,7 millones, entregados a los diversos partidos políticos durante al menos un período de siete años.

EL CONTROL FAMILIAR DE SQM

Formalmente Ponce Lerou dejó la presidencia de SQM en 2015 y, posteriormente, abandonó en 2018, el control de la minera, año en que también entró en la propiedad la china Tianqi Lithium Corp, tras comprar la participación de la canadiense Nutrien, lo que le permitió acceder al 24% del capital accionario, transformándose en el socio mayor luego de las sociedades cascadas.

Sin embargo, todo fue una tapadera. Por detrás de la cobertura presentada por la prensa económica, que destacaba que tras décadas Ponce Lerou dejaba el negocio, interesado ahora en los caballos y los viajes, por detrás no dejó de administrar sus negocios. Lo hizo a través de Patricio Contesse Fica, abogado e hijo de Patricio Contesse González, quien hizo carrera a la sombra de Ponce Lerou desde que éste dirigiera Conaf, en la década de los setenta, llegando a ser gerente general de SQM durante la post-dictadura.

De igual modo, los hijos de Ponce Lerou fueron entrenados desde hace más de una década asumiendo roles en los directorios de las sociedades cascadas. Desde 2010 ya figuraba Francisca Ponce como directora en Norte Grande (estuvo hasta 2019), cargo que también desempeñaba junto a Julio César Ponce en Oro Blanco. En tanto, Daniela Ponce era directora en Pampa Calichera y Potasios, una filial de SQM, donde también figuraba Alejandro Ponce.

De todos ellos, según recientes señales como acompañar a su padre en un seminario organizado por una agencia de inversiones, aparece como la elegida Francisca Ponce, de 44 años y, según La Tercera, viviendo entre Canadá y Chile.

Entre 2017 y 2023, Francisca Ponce Pinochet fue gerenta general de Inversiones SQYA, una más de las sociedades de su padre, además de haber sido la nominada por su madre, Verónica Pinochet Hiriart, de recibir su parte de la herencia.

Pese a la prohibición en la participación del clan Ponce Pinochet de manera directa en los directorios que controlan SQM a partir de 2018, todo indica que para el jefe del clan, el plazo se cumplió.

Todo este movimiento en las piezas de ajedrez se produce en momento de amplio cuestionamiento al acuerdo que Codelco pretende implementar con SQM y que prolongaría la participación de la compañía de los nietos de Pinochet en la explotación del Salar de Atacama hasta el año 2060.

En abril de 2023, la revista Forbes estimaba que Julio Ponce Lerou era la cuarta fortuna más grande de Chile, con US$ 3.300 millones acumulados. Gran parte de dicha fortuna es por la explotación de litio del Salar de Atacama.

Un nuevo cálculo elaborado por CEO World Magazine en enero de 2024, estimó la riqueza de Ponce Lerou en 2,5 mil millones de dólares, siendo la quinta más grande de Chile, luego de Iris Fontbona (Grupo Luksic), Jean Salata (dueño de la agencia de inversiones Baring Private Equity Asia que opera en Hong Kong), Horst Paulmann (Cencosud) y el fallecido Sebastián Piñera.

Julio Ponce está viejo, tiene 77 años de edad. Al presentar a su hija Francisca como la nueva jefa del negocio familiar, acompañados de sus hermanos Julio César, Alejandro y Daniela, está galvanizando uno de los negocios más oscuros de la dictadura y de los 35 años de la transición: se caen las máscaras y la sociedad chilena debe asumir, en pleno gobierno de una coalición de izquierda, que los nietos de Pinochet son dueños de una de las cinco fortunas más grandes de Chile.

Mauricio Becerra R.
El Ciudadano

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