Vistas de página en total

miércoles, 7 de febrero de 2018

Enero 2018 - RESUMEN DERECHOS HUMANOS EN CHILE

Ordenan al fisco indemnizar a hermana de detenido desaparecido
 
03 de enero: La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 15 millones de pesos a hermana de Mario Quezada Solís, detenido desaparecido a partir del 12 de diciembre de 1975.
 
“Que se tiene por acreditado que Mario Quezada Solís fue víctima de secuestro calificado a manos de agentes del Estado de Chile y víctima en consecuencia de la violación de sus DDHH” y “que la presente acción es de carácter reparatoria por derivar de la violación a los DDHH en crímenes de lesa humanidad, la que se rige por preceptos del derecho internacional que consagran la imprescriptibilidad, la que debe regir en el ámbito penal, cuanto en el civil”.
 
Corte Suprema condena a oficial del ejército por homicidio
 
03 de enero: La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al oficial del Ejército ® Carlos Arredondo González a la pena de 10 años y un día de presidio, como autor del delito de homicidio calificado de Juan Díaz Fierro. Ilícito perpetrado en septiembre de 1973.
 
“Juan Díaz Fierro fue detenido ilegalmente el día 19 de septiembre de 1973, fue llevado hasta la Academia de Guerra del Ejército, al día siguiente fue encontrado muerto en las inmediaciones de dicho recinto militar, siendo su causa de muerte una herida de bala cráneo encefálica con salida de proyectil”, sostiene el fallo.
 
La sentencia ratificó la acción indemnizatoria y ordenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 50 millones de pesos a familiares de la víctima.
 
Condenan a ex miembros DINA por el homicidio de Miguel Enríquez
 
03 de enero: El ministro Mario Carroza, condenó a Miguel Krassnoff, por el delito de homicidio calificado de Miguel Enríquez Espinosa, dirigente del MIR, perpetrado el 5 de octubre de 1974, a la pena de 10 años y un día, en calidad de autor del delito; en tanto, los agentes de la DINA Teresa Osorio y Rodolfo Concha a 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, como cómplices
 
En el aspecto civil, el fallo condenó al fisco a pagar millones 50 millones de pesos a cada uno de los dos hijos de la víctima.
 
Ordenan al fisco indemnizar a familiares de detenido desaparecido en Parral
 
05 de enero: El Sexto Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 100 millones de pesos a la madre y hermanos de Luis Aguayo Fernández, detenido desaparecido a partir del 26 de septiembre de 1973 en Parral, Séptima Región.
 
En el fallo, se estableció la responsabilidad del Estado por el actuar de sus agentes y descartó la prescripción de la acción civil por tratarse de un crimen de lesa humanidad.
 
Corte Suprema confirma fallo que condenó a ex conscripto
 
05 de enero: La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a Carlos Abatte a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, como autor del delito de homicidio simple del suboficial de la FACH Hugo Huerta. Ilícito perpetrado el 23 de enero de 1974.
 
De acuerdo a la investigación, la víctima que se desempeñaba como escolta del Ministro de Obra Públicas, General Sergio Figueroa, y luego de cumplir sus funciones en un vehículo fiscal, mientras se desplazaba, al no detenerse, recibe un impacto de bala en el cráneo por un integrante de una patrulla de la Escuela de Telecomunicaciones del Ejército, siendo llevado por su compañero a la Posta Central, pero sus heridas finalmente le provocan la muerte.
 
En el aspecto civil, el fallo confirmó que el Estado de Chile deberá pagar una indemnización total de 110 millones de pesos a familiares de la víctima.
 
Ordenan al fisco indemnizar a familiares de detenidos desaparecidos de Chihuío
 
05 de enero: El Primer Juzgado Civil de Valdivia condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 3.320 millones de pesos a las esposas e hijos de los trabajadores agrícolas, pertenecientes al sindicato campesino “La esperanza del obrero” del Complejo Agrícola y Forestal Panguipulli, que fueron ejecutados y luego desaparecidos a manos de agentes del Estado en 1973, en el sector Baños de Chihuío, Futrono.
 
Condena a miembros del ejército por secuestro y aplicación de tormentos a Luis Corvalán Castillo
 
05 de enero: El ministro Leopoldo Llanos, condenó a 13 miembros del Ejército ® por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado y aplicación de tormentos a Luis Corvalán Castillo, detenido en el Estadio Nacional y el campo de prisionero de Chacabuco, entre septiembre de 1973 y octubre de 1974.
 
En el fallo, se condenó a Pedro Espinoza a 10 años y un día de presidio, como autor de secuestro calificado; y a 4 años de presidio, como autor de aplicación de tormentos.
 
En tanto, Napoleón Bravo, Raúl Jofré, Hernán Chacón, Patricio Vásquez y Francisco López deberán purgar 3 años y un día de presidio, en calidad de cómplices de secuestro calificado; y 541 días de presidio, como cómplices del delito de aplicación de tormentos.
 
Los ex uniformados Eugenio Covarrubias, Jaime Ortiz, Federico Antilén y Luis Zamorano fueron condenados a penas de 3 años y un día de presidio, en calidad de autores de aplicación de tormentos, y a 541 días por su responsabilidad como encubridores del secuestro calificado.
 
De acuerdo a la investigación, Luis Alberto Corvalán Castillo, de 27 años de edad, ingeniero agrónomo, militante del PC e hijo del Secretario General del mismo partido, Luis Corvalán Lepe, fue detenido ilegalmente en un allanamiento masivo efectuado por el Ejército el 14 de septiembre de 1973 en el sector de las Torres de San Borja, donde tenía su domicilio, y trasladado al Estadio Nacional donde fue duramente torturado por el solo hecho de ser el hijo de Corvalán Lepe.
 
Al cierre del Estado Nacional como recinto de detención, Corvalán Castillo fue trasladado, junto a numerosos otros detenidos, al campo de prisioneros de la ex salitrera “Chacabuco”, en el norte de Chile.
 
Finalmente, fue liberado el 30 de julio de 1974, pero expulsado del país, trasladándose primero a México para luego radicarse en Bulgaria, donde fue examinado medicamente constatando secuelas de sus torturas.
 
Luis Corvalán Castillo falleció en octubre de 1975 en Bulgaria. Conforme al informe de autopsia, la causa de muerte fue una enfermedad cardiaca que lo llevó a una insuficiencia aguda-vascular, pero tomando en cuenta su joven edad – “para llegar a estas fatales condiciones han incidido particularmente el gran desgaste físico y psíquico, como resultado de las torturas y represiones, que él ha experimentado en los últimos años”.
 
En el aspecto civil, el fallo condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 480 millones de pesos a familiares de la víctima.
 
Corte de Apelaciones de Iquique acoge recurso y ordena nuevo proceso de consulta indígena
 
09 de enero: La Corte de Apelaciones de Iquique acogió el recurso de protección presentado en contra la Secretaria Regional Ministerial de Desarrollo Social por comunidades, organizaciones y personas naturales de Tarapacá, por vulneración a la garantía constitucional del derecho a la igualdad ante la ley, ordenando dejar sin efecto el proceso de consulta indígena. Se ordenó la realización de una nueva consulta sobre las medidas legislativas para el reconocimiento constitucional y participación política de los pueblos indígenas.
 
“Que de los antecedentes allegados al recurso y atento a las reclamaciones contenidos a este respecto en el mismo, apreciados conforme a las reglas de la sana crítica, es posible concluir  que el procedimiento empleado no se ajustó a las particularidades del o los pueblos indígenas consultados, y no se consideró debidamente la naturaleza, contenido y complejidad de la medida a ser consultada”.
 
Ordenan al fisco indemnizar a familiares de ejecutado político en Pisagua
 
10 de enero: El Undécimo Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización 180 millones de pesos a la cónyuge, hijo y hermanos de Mario Morris Barrios, quien fue detenido en septiembre de 1973 y ejecutado meses después en el campo de prisioneros de Pisagua.
 
En el fallo se acogió la demanda presentada en contra el fisco, tras establecer que el homicidio constituye un crimen de lesa humanidad.
 
Ordenan al fisco indemnizar a víctima de torturas
 
12 de enero: El Sexto Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 60 millones de pesos a Agneo Osses Beltrán, víctima de apremios ilegítimos en los centros de detención de Bahía Catalina, la Base Aérea de la FACH en Punta Arenas y la Isla Dawson.
 
Los apremios que sufrió Osses Beltrán son crímenes de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptibles en el ámbito civil y penal.
 
Corte de Santiago confirma condena de ex agente de la DINA
 
12 de enero: La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo que condenó al ex agente de la DINA César Manríquez a la pena de 13 años de presidio, por su responsabilidad en el secuestro calificado de Antonio Cabezas Quijada, ilícito perpetrado a partir del 17 de agosto de 1974, en el marco de la denominada Operación Colombo.
 
En el aspecto civil, la Primera Sala condenó al fisco a pagar una indemnización total de 300 millones de pesos a la cónyuge, hijos y hermanos de la víctima.
 
Ordenan al fisco indemnizar a hermana de víctima de la operación Colombo
 
15 de enero: La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 70 millones de pesos a la hermana de Rodolfo González Pérez, detenido desaparecido a contar del 23 de julio de 1974, en el marco de la denominada Operación Colombo.
 
En fallo dividido, ratificó la sentencia impugnada, dictada por el 22° Juzgado Civil de Santiago, que acogió la acción civil por tratarse de un crimen de lesa humanidad.
 
Decretan arraigo nacional y arresto domiciliario de Francisca Linconao
 
15 de enero: El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco decretó las medidas cautelares de arresto domiciliario parcial nocturno y el arraigo nacional de Francisca Linconao; y el arresto domiciliario total y arraigo nacional de Aurelio Catrilaf y Eliseo Catrilaf, acusados por el Ministerio Público como autores del delito de carácter terrorista de incendio con resultado de muerte de Werner Luchsinger Lemp y Vivian Mackay González. Ilícito perpetrado la madrugada del 4 de enero de 2013, en el fundo La Granja Lumahue, ubicado en la localidad de General López, comuna de Vilcún.
 
Consejo del INDH nombra a Consuelo Contreras como directora del organismo
 
16 de enero: El Consejo del INDH, nombró a Consuelo Contreras como la nueva directora del organismo.
 
Ella es Trabajadora Social, con vasta experiencia en DDHH e Infancia y perfeccionamiento profesional en políticas públicas de niñez y adolescencia.  
 
Confirman condena de oficial por apremios ilegítimos a matrimonio
 
17 de enero: La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al oficial ® del Ejército Víctor Echeverría a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva, por el delito de aplicación de tormentos a matrimonio de abogados al interior del regimiento Buin, en octubre de 1973.
 
En fallo unánime se confirmó la sentencia impugnada, que condenó al ex oficial por los tormentos aplicados a Mercedes Bulnes y Roberto Celedón.
 
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que ordenó al sentenciado y al fisco pagar una indemnización total de 150 millones de pesos a las víctimas y sus hijas -una de ellas en gestación al momento de los hechos-, por concepto de daño moral.
.
Condenan a ex agentes de la CNI por homicidios en Fuenteovejuna
 
17 de enero: El ministro Mario Carroza, dictó sentencia en contra de 20 ex agentes de la CNI, por su responsabilidad en los homicidios calificados de Lucía Vergara Valenzuela, Arturo Vilavella Araujo y Sergio Peña Díaz, ilícitos perpetrados el 7 de septiembre de 1983, en calle Fuenteovejuna de la comuna de Las Condes.
 
En el fallo se condenó como autores de los homicidios calificados a Roberto Schmied a la pena de 15 años y un día de presidio, a Aquiles González, Álvaro Corbalán, Norman Jeldes y Manuel Laureada deberán purgar 10 años y un día,
 
De acuerdo a la investigación, para la detención de los miembros del MIR que se encontraban en la casa de Fuenteovejuna los agentes de la CNI instalaron frente al inmueble una ametralladora Rheinmetal, calibre 7,62 mm, montada en el techo de un jeep.
 
Se ordena, por el oficial al mando, dirigirla y disparar contra la casa por cerca de un minuto, esto es, unos 500 tiros. Luego detienen su acción y mediante altoparlantes conminan a los ocupantes del inmueble a entregarse.
 
“Uno de ellos, Sergio Peña Díaz, decide entregarse y sale con las manos en la nuca, pero en los momentos en que caminaba hacia los agentes, éstos le disparan y sus heridas le provocan la muerte, lo cual incita la reacción de la única mujer del grupo, que les enfrenta con un arma; ante esta reacción, Álvaro Corbalán da la orden de disparar en dirección al inmueble, lo cual provoca no sólo la muerte de Lucía Vergara Valenzuela, por heridas de bala, sino también el incendio de la casa y la calcinación del tercer integrante del movimiento, Arturo Vilavella Araujo”.
 
En el aspecto civil, se condenó al fisco a pagar una indemnización total de 335 millones de pesos a familiares de las víctimas.
 
Ordenan al fisco indemnizar a hija de detenido desaparecido de Isla de Maipo
 
18 de enero: El Vigésimo Quinto Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 10 millones de pesos a la hija de Juan Salinas Salinas, detenido en Isla de Maipo, el 14 de septiembre de 1973.
 
En el fallo se acogió la acción judicial, tras establecer que Salinas fue víctima de un crimen de lesa humanidad y, por lo tanto, imprescriptible.
 
Condena a miembros de la PDI por secuestro calificado en Lautaro
 
22 de enero: El ministro de la Corte de Apelaciones de Temuco, Álvaro Mesa, condenó a dos miembros de la PDI ® a José Figueroa a la pena de 12 años de presidio efectivo, en calidad de autor, y a Jorge Barriga a 3 años de presidio, con el beneficio de la remisión, como encubridor, por el  secuestro calificado de Segundo Llancaqueo Millán. Perpetrado en abril de 1975 en la comuna de Lautaro.
 
Ministro Carroza condena a agentes de la DINA
 
22 de enero: El ministro Mario Carroza, condenó a tres agentes de la DINA a Pedro Espinoza, Miguel Krassnoff y Rolf Wenderoth a penas de 5 años y un día de presidio, en calidad de autores por el  secuestro calificado de Humberto Cerda Aparicio. Ilícito perpetrado a partir de febrero de 1975.
 
De acuerdo a la investigación, el 10 de febrero de 1975, Humberto Cerda Aparicio, 20 años de edad, militante del MIR, estudiante, fue detenido en la vía pública por agentes de la DINA y trasladado hasta la Villa Grimaldi o Cuartel Terranova, centro de encierro y tortura de este organismo de inteligencia, donde se le mantuvo privado de libertad sin derecho ni orden legal, que lo justificase, encierro que pudo comprobarse por declaraciones de testigos, ignorándose desde fines de febrero su paradero, así como la suerte que haya corrido.
 
En el aspecto civil, el fallo condenó al fisco a pagar una indemnización de 40 millones de pesos a familiares de la víctima.
 
Ordenan al fisco indemnizar a familiares de ejecutada política
 
24 de enero: El Décimo Quinto Juzgado Civil de Santiago condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 150 millones de pesos al viudo e hijos de Enriqueta Reyes Valerio, quien perdió la vida en un falso enfrentamiento registrado el 1 de noviembre de 1975, en la Casa de los Padres Columbanos.
 
En el fallo se estableció la responsabilidad del Estado en el homicidio calificado de la asesora del hogar, ilícito perpetrado por agentes de la DINA en un operativo de búsqueda de la doctora británica Sheila Cassidy.
 
Carroza condena a ex agentes de la DINA como cómplices del secuestro de profesor universitario en 1974
 
25 de enero: El ministro Mario Carroza, condenó a dos miembros del Ejército ® y ex agentes de la DINA, a Manuel Carevic y Patricio Silva Abarca  a penas de 541 días de presidio, en calidad de cómplices, con el beneficio de la remisión condicional, por 3 años, por el secuestro calificado del profesor de artes musicales Gonzalo Toro Garland, detenido el 4 de abril de 1974 y de quien se pierde el rastro desde el interior del Hospital Militar de Santiago el 1 de agosto de dicho año.
 
En tanto, el médico Patricio Silva Garín fue absuelto por falta de participación en los hechos.
 
En el aspecto civil, se condenó al fisco a pagar una indemnización de 60 millones de pesos a hijo de la víctima.
 
Operación Colombo: Corte de Santiago dicta sentencia por el secuestro de Bernardo de Castro López
 
29 de enero: La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a 20 ex agentes de la DINA por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Bernardo de Castro López, ilícito perpetrado a partir del 14 de septiembre de 1974.
 
En fallo unánime se condenó a los ex agentes: César Manríquez, Pedro Espinoza, Gerardo Urrich, Manuel Carevic y Raúl Iturriaga, a penas de 10 años y un día de presidio, en calidad de autores del delito.
 
En tanto, Orlando Manzo, Pedro Alfaro, Armando Cofre, Héctor Flores, Enrique Gutiérrez, Hugo Hernández, Manuel Rivas, Risiere Altez, Juan Duarte, Manuel Avendaño, Alfredo Moya, Alejandro Astudillo, Demóstenes Cárdenas, Hernán Valenzuela y Alejandro Molina, fueron sentenciados a la pena de 5 años y un día de presidio.
 
De acuerdo a la investigación,  Bernardo de Castro López, militante del PS, fue detenido en su domicilio y llevado a un cuartel de la PDI donde fue interrogado y luego entregado a agentes de la DINA, quienes lo llevaron al recinto de detención clandestina denominado “Venda Sexy”, donde fue sometido a torturas, posteriormente es trasladado al recinto de detención clandestino denominado “Cuatro Álamos”.
 
La última vez que la víctima fue vista con vida por otros detenidos, ocurrió un día no determinado del mes de octubre de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha. Su nombre figura en el listado de los 119 u Operación Colombo.
 
Corte de Concepción confirma fallo que condenó a oficiales de la armada por aplicación de tormentos a profesor de Tomé
 
29 de enero: La Corte de Apelaciones de Concepción condenó a dos ex capitanes de la Armada, Omar Dapick y Aníbal Aravena, a penas de 3 años y un día de presidio, como autores del delito de aplicación de tormentos, con resultado de muerte, del profesor Héctor Velásquez Molina, ilícito perpetrado en noviembre de 1973, en la ciudad de Tomé.
 
De acuerdo a la investigación, la víctima fue detenida e interrogada en la tarde del 7 de noviembre de 1973 por funcionarios de la Armada de Chile. Posteriormente, en su celda de la Cárcel Pública, comenzó a quejarse intensamente de dolores producidos por  la jornada de interrogación, hasta que alrededor de las 20 horas de ese día, sufrió una pancreatitis aguda con hemorragia, que le produjo un shock que le provocó la muerte.
 
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización total de 440 millones a familiares de la víctima.
 
Corte de Santiago eleva condenas por secuestro calificado de ciudadano francés en Temuco
 
29 de enero: La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a nueve funcionarios ® de la FACH por el delito de secuestro calificado del ciudadano de origen francés Etienne Pesle de Menil. Ilícito perpetrado a partir del 19 de septiembre de 1973, en la ciudad de Temuco.
 
En fallo unánime, se elevó de 5 años y un día a 10 años de presidio, las penas que deberán cumplir, como autores,  Emilio Sandoval, Crisóstomo Fernández, Jorge Valdebenito, Heriberto Pereira, Luis Yáñez, Luis Soto, Enrique Rebolledo, Leandro Reyes y Jorge Soto. En tanto, rebajó de 800 días a 541 días de presidio las penas que deberán purgar  por  asociación ilícita.
 
En la etapa de investigación, se logró establecer que Pesle de Menil fue detenido el 12 de septiembre de 1973 por personal policial, quien luego fue liberado por resolución de la Fiscalía Militar de la época y dejado bajo custodia del director de la empresa Copalca, Luis Hoffman Gómez Contreras (ya fallecido), custodia que se ejecutó hasta el 19 de septiembre de dicho año.
 
El mismo día lo trasladan hasta la Base Aérea Maquehue, donde lo mantienen amarrado de las manos y con su vista vendada, y le interrogan en el pabellón de la Comandancia bajo tortura. Lugar desde donde no se tienen más  conocimiento de su existencia.
 
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar una indemnización por daño moral de 50 millones de pesos a la cónyuge de la víctima, y de 40 millones de pesos para cada uno de sus dos hijos.
 
Condenan al fisco a pagar indemnización a detenida que fue violada al interior de comisaría de carabineros
 
29 de enero: La Corte Suprema condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 50 millones de pesos a víctima del delito de violación. Ilícito perpetrado al interior de la Primera Comisaría de Carabineros de Santiago en 1984. El nombre se ha omitido.
 
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió recurso de casación tras establecer que el delito corresponde a un crimen de lesa humanidad, tanto en el aspecto penal como civil.
 
Formalizan a carabinero por apremios ilegítimos contra comunero mapuche
 
30 de enero: En el Juzgado de Garantía de Temuco se formalizó al funcionario de carabineros de iniciales L.L.R. por el delito de tormentos y apremios ilegítimos en contra del comunero mapuche Alberto Curamil Millanao. El tribunal fijó un plazo de 90 días de investigación y decretó la medida cautelar de arraigo y prohibición de acercarse a la víctima. 
 
Según la narración de Curamil, consignada en el escrito presentado por el INDH, al ser detenido fue esposado y lanzado a un carro policial donde le propinaron “innumerable cantidad de golpes de pie y, mientras permanecía con su cara pegada al piso, un carabinero le dio un golpe en los testículos. Luego lo dieron vuelta y comenzó a recibir nuevamente golpes de patadas. Además, un carabinero se sentó encima de su estómago, así -mirándolo de frente- comenzó a propinarle golpes de puño en su rostro”.
 
Declaran Monumento Nacional Archivo y sede de FASIC
 
30 de enero: Mediante el Decreto N° 509, del Ministerio de Bienes Nacionales, del  22 de diciembre de 2017, se ha declarado “Monumento Nacional”, en la categoría de Monumento Histórico, a la Sede de  la Fundación de Ayuda Social de las Iglesias Cristianas y a su Archivo, el que está conformado por las Series Testimonios, Carpetas de Beneficiarios, Sábanas, Calugas, Documentos de Trabajo, Prensa Alternativa, Arpilleras, Tarjetas de Navidad, Relegados, Audiovisual y Archivo Judicial, ambos ubicados en  Manuel Rodríguez 33, comuna de Santiago.
 
Recordemos que el registro sistemático de la asistencia que proporcionó FASIC a las víctimas y a sus familiares, durante la dictadura, constituyen la base del patrimonio documental de la institución, el que fue reconocido por la UNESCO, en agosto del 2003, como Registro de la Memoria del Mundo.
 
---

El presente Resumen Mensual Derechos Humanos en Chile es elaborado por FASIC. Se agradece compartir con otros y otras y/o publicar siempre citando la fuente. Recuerde visitar nuestro nuevo sitio en Internet: www.fasic.org

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Seguidores