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viernes, 6 de noviembre de 2026

2026 NOVIEMBRE 6 MINISTERIO DE JUSTICIA Y JUECES REBAJARON EN 30 MESES LA CONDENA DE UN PEDERASTA SIN CONSIDERAR INFORMES QUE ALERTABAN “RIESGO DE REINCIDENCIA”

 


Ministerio de Justicia y jueces rebajaron en 30 meses la condena de un pederasta sin considerar informes que alertaban “riesgo de reincidencia”

Gabriel Reyes Rebolledo, condenado a 15 años de prisión por violación y abuso sexual de una niña de cuatro años, se benefició de un decreto firmado por el Ministerio de Justicia que redujo en 30 meses el tiempo que debía permanecer en la cárcel. Desde agosto está en libertad. Y a pesar de que la ley lo exige, el proceso de evaluación no consideró los informes psicosociales de Gendarmería que advirtieron que Reyes podía ser un peligro en la calle, porque presenta riesgo de reincidencia de violencia sexual contra menores. El presidente de la comisión que revisó su situación le confirmó a Reportea que Gendarmería no les exhibió esos documentos. Debido a esos antecedentes, que esta vez no se consideraron, entre 2024 y 2026 a Reyes Rebolledo le negaron cinco veces el beneficio de la libertad condicional.

Los informes psicosociales de Gendarmería sobre Gabriel Reyes Rebolledo son claros en señalar que su libertad podía representar un peligro. “Niega / minimiza / externaliza su responsabilidad, con tendencia a justificar los hechos, sustentado desde el juicio de sostener una relación sentimental consentida con la víctima, sin cuestionarse diferencia de edad, expresando que ella se le insinuaba, denotando nula conciencia del delito y de la gravedad del mismo, viéndose como víctima de los hechos, sin apreciarse algún tipo de remordimiento por su conducta”, señala un informe de 2025.

Gabriel Reyes Rebolledo hoy tiene 79 años. Su víctima tenía cuatro cuando él comenzó a violarla y abusarla, agresiones que se extendieron durante ocho años, según estableció el fallo del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Quillota, que en septiembre de 2014 lo condenó a una pena de 15 años por los delitos de abuso sexual y violación reiterados en contra de una niña.

Con ella, Reyes Rebolledo dijo que tenía una relación “consentida”. En otros pasajes de los informes psicosociales se indica que él también mencionó que la niña “lo seducía”.

Gabriel Reyes completaba su condena el 24 de enero de 2029, pero gracias a un decreto firmado por el Ministerio de Justicia, logró abandonar la cárcel a mediados de agosto, 30 meses antes de lo previsto.

Es uno de las decenas de pederastas que lograron beneficios gracias a los decretos firmados por la cartera liderada por el ministro Fernando Rabat,  quien insiste en que no tiene atribuciones legales para negarles las rebajas de condenas a los presos por delitos sexuales contra niños y adolescentes (vea investigación de Reportea).

El condenado Gabriel Reyes Rebolledo estaba intentando salir de la cárcel desde inicios de 2024, cuando postuló por primera vez al beneficio de la libertad condicional, que se rige por una ley distinta a la que permite las rebajas de condenas para presos que mantengan buena conducta. Pero nunca lo logró por esa vía. La Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso rechazó cinco veces entregarle ese beneficio entre 2024 y 2026. El motivo fue siempre el mismo: los informes psicosociales que alertaban del riesgo de reincidencia de violencia sexual contra menores.

“Ante la falta de una base suficiente que acredite un cambio conductual y cognitivo sólido, no resulta posible proyectar un cumplimiento de la pena en libertad que garantice la seguridad de la comunidad y la prevención de nuevos ilícitos”, menciona la resolución de la Comisión de Libertad Condicional del 15 de abril pasado, cuando rechazó por quinta vez su solicitud.

Pero, en paralelo a ese rechazo, Gabriel Reyes logró que le reconocieran su buen comportamiento al interior de la cárcel, y así recortar la duración de su condena. El 6 de junio fue la última vez que fue evaluado por la Comisión de Rebaja de Condenas del sector Cordillera de la Región de Valparaíso, la que forma parte de la estructura creada por la Ley 19.856, que permite a los presos salir antes de la cárcel si se portan bien.

En teoría, esa comisión debió haber tenido a la vista los informes psicosociales elaborados por Gendarmería que alertaron del riesgo de reincidencia. Lo dice el artículo 13 de la ley: “La Comisión deberá tener en consideración informes sociales y psicológicos relativos a las personas condenadas, elaborados previamente para la postulación a algún beneficio intrapenitenciario o a la libertad condicional”.

Pero cuando el 6 de junio la mentada comisión evaluó a Gabriel Reyes, esos informes no estuvieron a la vista. En el expediente respectivo no consta ninguna mención a ellos. Gendarmería solo incorporó evaluaciones sobre el comportamiento del condenado al interior de la cárcel de Petorca, donde cumplía su pena. El presidente de la comisión, el ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Pablo Droppelmann, se lo confirmó a Reportea.

“El informe de Gendarmería para afirmar que no procedía concederle la Libertad Condicional, difiere de lo que, en su oportunidad, informó a la Comisión de Rebaja de Condenas que me tocó presidir”, aseguró el ministro.

En todo caso, el mismo artículo 13 de la ley 19.856, establece que los integrantes de la comisión deberán solicitar los informes sociales y psicológicos a Gendarmería. Cosa que esta vez no ocurrió.

Gendarmería no estuvo disponible para entregar una versión inmediata sobre estos hechos.

Desde el Ministerio de Justicia se desligaron de cualquier responsabilidad. En una respuesta por escrito, indicaron que el organismo encargado de ponderar los antecedentes de los presos que postulan al beneficio es la Comisión de Rebaja de Condena, integrada por ministros de corte, abogados de la respectiva seremi de Justicia (que en todo caso dependen de la misma secretaría de Estado), y por peritos de Gendarmería.

El ministro de Justicia, Fernando Rabat, desde junio pasado argumenta que él no tiene facultad legal para rechazar solicitudes de rebaja de condena que ya vienen visadas por las respectivas comisiones. Aunque esa versión se contrapone con decenas de casos en los que el ministro tomó una definición distinta a la sugerida por la comisión.

El ministro de la Corte de Valparaíso, Pablo Droppelmann, también discute la lectura que hace Rabat de sus atribuciones: “Yo entiendo que el ministro tiene la facultad de rechazar las solicitudes, porque eso está contenido en un artículo de la ley que dice que él puede revisar los requisitos objetivos que se solicitan”.

La responsabilidad que nadie asume

Reportea consultó al Ministerio de Justicia por el caso particular de Reyes Rebolledo, específicamente, por qué no se habían considerado los informe psicosociales de Gendarmería donde se advertía que Reyes presentaba «riesgo de reincidencia general y específico de violencia sexual«.

En una respuesta por escrito, desde la cartera indicaron que la evaluación de esos antecedentes le correspondía a la Comisión de Rebaja de Condenas y que “el ministro de Justicia no tiene atribuciones para sustituir la evaluación de la Comisión ni volver a ponderar los antecedentes de cada condenado”.

El ministro Pablo Droppelmann, que considera que Rabat sí tiene facultades para ponderar los antecedentes, también le dijo a Reportea que cuando en la Comisión de Rebajas de Condena que le tocó presidir evaluaron la situación de Gabriel Reyes, si bien no tuvieron a la vista los informes psicosociales de Gendarmería, sí consideraron otros antecedentes:

“Mediante recurso de amparo, y en contra de la opinión del informante y, de la mayoría de los miembros de la Comisión, se determinó con anterioridad por un Tribunal Superior de Justicia, que el sentenciado tenía derecho al beneficio de la rebaja de condena”.

Reportea pudo comprobar que en ese punto, el ministro tiene razón. A fines de 2023, la comisión presidida por Droppelmann excluyó a Reyes del beneficio de rebaja de condena, porque una modificación a la ley, promulgada en febrero de 2022, incluyó a los agresores sexuales de menores entre quienes están impedidos de acceder al beneficio. Con esa decisión, también borraron los meses de descuento de su condena que llevaba acumulados desde que fue calificado como un preso con buena conducta.

Reyes presentó un amparo ante la Corte de Valparaíso para anular esa decisión, y ganó, con el voto en contra de Droppelmann, el único juez que estuvo por mantener su exclusión del beneficio.

Además de ese antecedente, Droppelmann indicó que también “se informó a la Comisión por Gendarmería de Chile que el condenado presentaba un bajo compromiso delictual; que éste tenía once calificaciones de conducta sobresaliente anteriores” y que ya había accedido a una serie de beneficios intrapenitenciarios, bien evaluados. Por eso, dice, y ante la ausencia de los informes negativos, la solicitud de rebaja de condena siguió su curso.

Salida dominical para predicar en las plazas

Dentro de prisión, Reyes postuló a todos los beneficios posibles: fue acumulando meses de rebaja gracias a sus calificaciones de “muy buena” conducta, y apenas cumplió los requisitos postuló a las salidas dominicales, a la salida controlada de lunes a viernes y también a la libertad condicional, para terminar de cumplir su pena fuera de la cárcel.

Los informes psicosociales, a los que Reportea tuvo acceso, reportan que Reyes Rebolledo no recibió una intervención especializada en delitos sexuales, porque la cárcel de Petorca, donde cumplía su condena, no cuenta con ese programa ni con especialistas en el área. Durante un mes, en 2022, fue trasladado a la cárcel de Limache para recibir ese tratamiento, pero solicitó volver a Petorca porque, según se recoge en uno de los documentos, no estaba cómodo en las nuevas instalaciones.

Los informes con la evaluación de los peritos de Gendarmería fueron consistentes en señalar que Reyes Rebolledo podía ser un peligro fuera de la cárcel si no se tomaban precauciones: “(posee) rasgos sexistas/machistas y controladores a la base de su conducta, con tipo de pensamiento rígido, amplificado por su edad avanzada y credo evangélico (…) cuyos delitos sexuales, resultan ser crónicos en el tiempo, con escalada en su violencia sexual (…) y con elementos de coerción psicológica”.

Para este reportaje omitimos los detalles más crudos que aparecen en los informes, así como cualquier antecedente que pueda ayudar a identificar a la víctima.

Pero las alertas de Gendarmería sobre el riesgo de reincidencia de Reyes tampoco impidieron que esa misma institución lo beneficiara con otras medidas mientras estuvo en la cárcel. En 2024, Reyes consiguió la salida dominical. Un informe de ese año indica que dedicaba esos días a participar de un culto de una iglesia evangélica en La Ligua, además de predicar en las plazas. Pero otro informe, elaborado ese mismo año por Gendarmería, describe lo que pensaba Reyes respecto a sus delitos, después de 10 años en la cárcel:

“Si bien reconoce su participación en los hechos, minimiza su responsabilidad, atribuyéndolo a la víctima (…) siendo incapaz de visualizarse en el rol de agresor sexual, con nula empatía y baja conciencia de delito y daño (…) Gabriel es un sujeto que manipula con una imagen ejemplar de padre presente y buen esposo (…) normalizando la mentira y el engaño como forma habitual en su comportamiento. Se advierte que se relaciona de manera superficial e instrumental, siendo incapaz de establecer vínculos seguros y profundos en el tiempo”.

Desde inicios de 2025, Reyes también había logrado la salida controlada a la calle de lunes a viernes, lo que sumado a las salidas de fin de semana lo tenían prácticamente fuera de la cárcel. La última vez que intentó obtener el beneficio de la libertad condicional fue en marzo de 2026. Pero la Comisión de Libertad Condicional de Valparaíso lo rechazó por la misma razón que las cuatro veces anteriores: riesgo de reincidencia en violencia sexual.

Reyes ingresó un recurso de amparo para revertir esa decisión. En esa causa, Reportea halló el último informe de Gendarmería que ahonda en la reflexión de Reyes respecto a los delitos sexuales que cometió. En ese documento, fechado en marzo de este año, mostró una leve mejoría:

“Respecto a la conciencia de la gravedad del delito cometido y del mal causado, se aprecia mayor reflexión respecto de las consecuencias desprendidas de su comportamiento, tanto para sí mismo como para terceros involucrados, comprendiendo transgresión de norma social, rechazando de forma explícita la comisión de actos de igual significancia a futuro”.

Pero nada asegura que esa “reflexión” fuera producto de un arrepentimiento real, y no un movimiento calculado para obtener la libertad. La Corte de Valparaíso finalmente rechazó el recurso de amparo, y luego la Suprema respaldó esa decisión.

Pero después de ese rechazo, el condenado consiguió un beneficio incluso mejor.

El 4 de junio de este año, mismo día en que la Comisión de Rebaja de Condenas calificó su comportamiento al interior de la cárcel como “sobresaliente”, Gendarmería envió la postulación de Reyes Rebolledo a la seremi de Justicia de Valparaíso para iniciar el trámite de reducción de su condena. Justo ese mes, el ministerio dirigido por Fernando Rabat había impuesto el nuevo criterio y estaba aprobando todas las solicitudes de rebajas de condena de pederastas que llegaban desde distintos lugares de Chile.

Poco más de dos meses después, el decreto del Ministerio de Justicia le otorgó la libertad. En ningún punto durante ese proceso hay constancia de que se hayan considerado los informes psicosociales que advertían sobre los riesgos de reincidencia de Reyes.

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