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viernes, 10 de noviembre de 2023

Plan Nacional de Búsqueda creará nóminas, reconstruirá rutas y restituirá restos de víctimas

 Por: Kathia Cancino Rojas | Publicado: 10.11.2023

Plan Nacional de Búsqueda creará nóminas, reconstruirá rutas y restituirá restos de víctimasPlan Nacional de Búsqueda (Imagen referencial) | Agencia Uno
Para cumplir con sus objetivos, el Plan Nacional de Búsqueda desarrollará distintas acciones. Entre ellas considera crear una nómina única de víctimas de desaparición forzada de acceso público y planes de trabajo forense.

En el mes de septiembre el gobierno oficializó el Plan Nacional de Búsqueda (PNB) de Verdad y Justicia, el cual busca esclarecer las circunstancias de desaparición y/o muerte y posterior destino de las personas víctimas de desaparición forzada.

En ese sentido, el plan se elaboró en base a tres objetivos concretos: Esclarecer las circunstancias de desaparición y/o muerte de las víctimas y su paradero; garantizar el acceso a la información y participación de familiares y la sociedad respecto de los procesos de búsqueda de víctimas e implementar medidas de reparación y garantías de no repetición de la comisión del crimen de desaparición forzada.

Así, el plan no solo trazará la ruta de la desaparición de las víctimas sino que colaborará con las investigaciones judiciales y ayudará a configurar la memoria y la garantía de no repetición, sin perjuicio del establecimiento de responsabilidades penales.

Algunas de las acciones para concretar el plan serán las siguientes:

1.- Reconstruir trayectorias de desaparición

Se realizará a través de tres acciones:

– Crear una nómina única de víctimas de desaparición forzada de acceso público, con sus trayectorias de desaparición reconstruida en base a información oficial: 

  • Sistematizar el universo total de víctimas de desaparición forzada de la dictadura civil militar en Chile calificadas por las comisiones de verdad.
  • Elaborar un mecanismo estandarizado para la incorporación de víctimas no calificadas a la nómina respecto de las cuales se reúnan antecedentes suficientes para afirmar tal calidad.
  • Actualizar la nómina de manera periódica, con la información correspondiente a las trayectorias de desaparición de cada persona víctima desde fecha y lugares de detención, victimarios, sitios de inhumación/exhumación ilegales y potenciales destinos, desde un sistema cerrado de fuentes oficiales.

– Identificar, acceder y organizar archivos generados por personas naturales e instituciones públicas y privadas, que contengan documentación que permita reconstruir las trayectorias de personas víctimas de desaparición forzada. 

  • Elaborar un plan de relevamiento documental según tipo de procedencia que identifique documentación de interés para la elaboración de un Catastro Nacional de Archivos.
  • Elaborar un plan de acceso o transferencia documental de los fondos o series del Catastro Nacional que se definan prioritarios, con la participación de las organizaciones de la sociedad civil.
  • Elaborar un plan de trabajo de descripción de la documentación relevada para su organización en un repositorio digital que considere transferencia de recursos a organizaciones de la sociedad civil con archivos de Derechos Humanos.

– Identificar las hipótesis investigativas y patrones macrocriminales recopilados a través de la reconstrucción de rutas y trayectorias de personas víctimas de desaparición forzada. 

  •  Elaborar y consolidar una base de datos interoperable para la investigación de casos en la que se ingrese la información obtenida del análisis de la documentación contenida en la repositorio digital.
  • Trazar la trayectoria de las personas sometidas a desaparición forzada durante la dictadura civil militar.
  • Elaborar informes de hipótesis de investigación y patrones macrocriminales de desaparición forzada asociados a personas víctimas de la nómina única.

2.- Establecimiento en verdad judicial y responsabilidades criminales

También se realizará a través de tres acciones:

– Establecer mecanismos y procedimientos de articulación, coordinación e intercambio de información entre el Poder Judicial y el trabajo que se realice en el marco del Plan Nacional de Búsqueda

  • Establecer mecanismos de coordinación y traspaso de información entre el Poder Judicial y el Plan Nacional de Búsqueda.
  • Elaborar y proponer protocolo de tramitación de causas sobre desaparición forzada que recoja buenas prácticas y estándares internacionales sobre la búsqueda de personas víctimas de desaparición forzada.

– Reabrir investigaciones judiciales, en los que se determine, por delitos asociados a la desaparición forzada de personas en base a la generación de nuevos conocimientos producidos por el PNB

  • Identificar todas las causas judiciales por delitos asociados a la desaparición forzada de persona que se encuentran sobreseídas temporalmente o definitivamente y que sean susceptibles de reapertura.
  • Solicitar la reapertura de las causas judiciales por delitos asociados a la desaparición forzada de personas que sean susceptibles de reapertura.

– Iniciar nuevas investigaciones judiciales, en los casos que se determine, por delitos asociados a la desaparición forzada de personas en base a la generación de nuevos conocimientos producidos por el PNB. 

  • Identificar de nuevos hechos susceptibles de ser perseguidos penalmente a partir de los informes de patrones y los informes de resultados.
  • Presentar nuevas querellas criminales por hechos no investigados previamente.

4.- Ubicar, recuperar, identificar y restituir los restos de víctimas

– Comprobar las hipótesis de desaparición forzada de las víctimas, realizando los trabajos en terreno para su comprobación. 

  • Elaborar un catastro de sitios de inhumaciones y exhumaciones ilegales de personas víctimas de desaparición forzada o involuntaria y de otros patrones de desaparición forzado, georreferenciando su ubicación en un mapa digital.
  • Convocar una red de expertos, académicos y científicos para la evaluación, proposición y realización de diligencias de alta complejidad científica.
  • Desarrollar trabajos en terreno para la comprobación de hipótesis.
  • Garantizar el acceso y resguardo de los recintos fiscales donde posiblemente se hubieran practicado inhumaciones y/o exhumaciones ilegales para la realización de diligencias de investigación extrajudicial.
  • Implementar el protocolo de acción para instituciones públicas que auxilian a la justicia en la búsqueda e identificación de víctimas.

– Implementar un plan de trabajo para la identificación forense de las víctimas de desaparición forzada. 

  • Mejorar la infraestructura de datos de identificación forense, completando el registro de datos genéricos, antropomórficos, culturales y dactiloscópicos.
  • Periciar las osamentas que se encuentran en dependencias del Servicio Médico Legal en el futuro y determinar si corresponden o no a víctimas de desaparición forzosa o involuntaria.
  • Certificar internacionalmente lo procesos asociados a la identificación forense en el Servicio Médico Legal y otro servicio o institución en asociación con este.

– Realizar procesos de restitución digna de restos óseos identificados a sus familiares, de carácter simbólico y con respaldo y reconocimiento público de las autoridades, si las familias así lo solicitan. 

  • Establecer protocolo intersectorial para la restitución digna con la participación de familiares y agrupaciones.

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