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miércoles, 23 de septiembre de 2026

A 53 años del horror: el día en que una patrulla ejecutó a plena luz al alcalde de Chillán y su familia

 


Carlos Lagos Salinas, Ricardo Lagos Reyes y Alba Ojeda Grandón.

El pasado 16 de septiembre se cumplieron 53 años del asesinato del alcalde de Chillán, Ricardo Lagos Reyes (47 años), su esposa Alba Ojeda Grandón (29), embarazada de seis meses, y uno de los hijos del edil, Carlos Lagos Salinas (19), en uno de los hechos más crueles ocurridos durante la dictadura en Ñuble.

El episodio está acreditado en diversas investigaciones judiciales, que culminaron con la sentencia del ministro de fuero de la Corte Suprema, Joaquín Billard, dictada el 20 de agosto de 2008 y ratificada por la Segunda Sala del máximo tribunal dos años más tarde.

Cinco días después del golpe de Estado de 1973, una patrulla de Carabineros llegó hasta el hogar del jefe comunal, militante socialista electo en 1970 y quien aún permanecía en el cargo, para allanar el domicilio “en busca de armas y explosivos”, según informaron las autoridades de la época.

El operativo se realizó cerca del mediodía, por lo que fue presenciado por buena parte de los vecinos del domicilio del edil, ubicado en la esquina de Avenida O’Higgins y calle Erasmo Escala, actualmente en la comuna de Chillán Viejo.

El hecho causó conmoción y permaneció invisibilizado durante años, oculto bajo el manto de la impunidad y el miedo.

El caso volvió a salir a la luz a inicios de los años 2000, luego de una querella presentada en nombre de la familia por el abogado chillanejo Eduardo Contreras Mella, quien, al igual que Lagos Reyes, había sido regidor de la entonces capital provincial de Ñuble. El profesional –quien presentó la primera querella contra Augusto Pinochet– sostuvo en su momento que el alcalde chillanejo no había sido incluido en ningún bando militar y que había sido ratificado en su cargo por el entonces jefe de plaza, Juan Guillermo Toro Dávila.

La causa avanzó durante los años siguientes mediante diligencias encabezadas por al menos tres ministros de fuero de la Corte Suprema. En ellas constan testimonios de testigos, excarabineros y vecinos, los que resultaron coincidentes.

Una vez acordonado el lugar, un grupo al mando de los tenientes de la Segunda Comisaría de Chillán, Luis Gajardo Arenas y Patricio Jeldres Rodríguez, ingresó al domicilio y ordenó a un grupo de trabajadores que realizaban reparaciones en el inmueble permanecer dentro de una bodega mientras duraba el procedimiento.

La familia, en tanto, fue conducida al patio y ubicada en la escalinata de acceso. En ese lugar fueron ejecutados mediante disparos de subametralladoras calibre 9 milímetros, según establecieron posteriormente las pericias balísticas y los informes del Servicio Médico Legal, descartando así la tesis del supuesto “enfrentamiento” comunicada en los bandos oficiales de la época.

Inicialmente, por estos hechos fueron procesados los dos tenientes mencionados, junto a los carabineros Juan Francisco Opazo Guerrero, Pedro Ernesto Loyola Osorio y Arturo Manuel Alarcón Navarrete. Finalmente, en su sentencia, el ministro Billard absolvió a los tres carabineros, al estimar que no existían pruebas suficientes para vincularlos directamente con los homicidios, pese a que se encontraban en el lugar.

En el caso de los tenientes, el juez condenó a Gajardo por tres homicidios calificados, debido a su responsabilidad de mando como jefe de la patrulla de Carabineros, mientras que Jeldres fue condenado como encubridor. Ambos recibieron penas de cinco y tres años, respectivamente, con el beneficio de la libertad vigilada.

Dos años más tarde, el 13 de julio de 2010, la Corte Suprema revisó la causa y estableció la condena de Luis Gajardo Arenas a cinco años y un día de presidio, como autor de los homicidios, mientras que Patricio Jeldres Rodríguez fue absuelto de la acusación de encubrimiento.

El nombre de Patricio Jeldres, sin embargo, volvería a aparecer en diversas causas judiciales abiertas posteriormente en Ñuble por violaciones a los derechos humanos.

El exteniente, quien alcanzó el grado de general de Carabineros y llegó a desempeñarse como jefe de la Zona Metropolitana antes de su retiro en 1999, fue condenado en enero de este año a dos penas de 15 años y un día de presidio efectivo: una como autor de los delitos de secuestro calificado de nueve personas y otra como autor de homicidios calificados contra tres víctimas.

El fallo fue dictado por el juez especial para causas de derechos humanos en Ñuble y Biobío, Carlos Aldana, y posteriormente ratificado por la Corte de Apelaciones de Concepción.

El entonces teniente Patricio Jeldres integró la patrulla de Carabineros. Fue absuelto en esta causa (Poder Judicial).

En el fallo de la Corte de Apelaciones de Concepción, dado a conocer por el medio Resumen.cl, se establece que, tras el golpe militar de 1973, en la Segunda Comisaría de Chillán se creó una Comisión Civil integrada por carabineros de esa unidad, destinada a perseguir a los partidarios del depuesto gobierno de Salvador Allende y/o a los adversarios del naciente régimen militar.

Esta comisión estaba dirigida por el entonces teniente de Carabineros Patricio Jeldres Rodríguez y la integraban, entre otros, Herminio Fernández Mercado (fallecido), Juan Francisco Opazo Guerrero (fallecido), Marqués Rodolfo Riquelme Echeverría (fallecido) y Pedro Loyola Osorio (fallecido).

Entre sus funciones represivas, estos agentes practicaban detenciones y secuestros, sometían a interrogatorios y torturas a las personas detenidas y, posteriormente, ejecutaban a algunos prisioneros y hacían desaparecer sus cuerpos.

Se estima en 94 el número de detenidos desaparecidos en Ñuble y en 86 el de ejecutados políticos durante la dictadura.

Pese a permanecer invisibilizado durante años, el asesinato de Lagos Reyes y su familia fue recordado este 16 de septiembre en una ceremonia oficial organizada por la Municipalidad de Chillán Viejo, en el lugar donde hoy se levanta una placa conmemorativa.

El hijo mayor del edil, Ricardo Lagos Salinas, integrante de la Comisión Política del Partido Socialista en la clandestinidad, permanece desaparecido desde 1975, luego de ser detenido por la DINA.


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