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viernes, 4 de junio de 2021

Mayo 2021 - RESUMEN DERECHOS HUMANOS EN CHILE

 

Ordenan indemnizar a padre e hijo detenidos y torturados en Comisaría de Rahue en 1973
 
03 de mayo: En fallo unánime (causa rol 1.047-2021), la Segunda Sala del tribunal de alzada fijó en 90 millones de pesos el monto total que el Fisco deberá pagar, por concepto de daño moral, a José Ochoa González y a su hijo Rodrigo Ochoa Busch, detenidos y torturados por personal de la Comisaría de Rahue, Osorno, en septiembre de 1973.
 
Conversatorio “Realidad de la Población Refugiada y Migrante en el Contexto Actual de Chile”
 
05 de mayo: FASIC realizó el conversatorio “Realidad de la Población Refugiada y Migrante en el Contexto Actual de Chile” que contó con la participación de Víctor Hugo Lagos, Jefe Regional Arica y Parinacota del INDH y de Elizabeth San Martín, encargada del Programa de Refugio y Migración de la oficina de FASIC en Santiago. Vea Conversatorio en: Youtube-FASIC aquí….
 
Condenan a Carabineros por apremios ilegítimos y secuestro calificado de detenido desaparecido
 
05 de mayo: En el fallo (causa rol 114.051), el ministro Álvaro Mesa Latorre, condenó a dos ex oficiales de Carabineros, Eduardo Riquelme Rodríguez y Gonzalo Arias González, a las penas de 3 años y 12 años de presidio efectivo, como autores de apremios ilegítimos y secuestro calificado, respectivamente, cometidos en contra del obrero y dirigente social, de 21 años de edad a la época de los hechos, José Muñoz Concha. Ilícitos perpetrados en la capital regional de La Araucanía, en septiembre de 1973.
 
En el aspecto civil, se condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 900 millones de pesos, por concepto de daño moral, a familiares de la víctima.
 
INDH presenta Amicus Curiae en litigio de Humedal Mallinko Abtao Lawal
 
06 de mayo: El INDH presentó un Amicus Curiae (“Amigo de la Corte”), ante la Corte Suprema, para entregar su opinión jurídica en materia de DDHH, en un litigio que enfrenta judicialmente a la comunidad huichille con la Ilustre Municipalidad de Puerto Montt y la Inmobiliaria Pocuro Sur SpA.
 
El Amicus Curiae es presentado en el contexto de la apelación a la sentencia tras una acción de protección, en contra de la Municipalidad e inmobiliaria, por el loteo y construcción de 233 viviendas y otras dependencias que denuncian estaría dentro de la zona misma de conservación del humedal urbano “Mallinko Abtao Lawal” o “Artesanos de Alerce”.
 
Por este motivo, la comunidad huilliche apeló al fallo ante la Corte Suprema, alegando que la autorización para construir, otorgada por la Municipalidad, vulnera el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), suscrito por Chile, el cual exige la consulta indígena a proyectos que les afecten directamente.
 
La presentación del INDH, tiene por objetivo ilustrar los alcances del derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación y los deberes del Estado relativos a dicha obligación; el derecho-deber de consulta indígena; y los estándares sobre tierras y territorios indígenas.
 
Corte Suprema rechaza recursos de nulidad y confirma sentencia de carabineros en caso Catrillanca
 
06 Mayo: La Segunda Sala Penal de la Corte Suprema, rechazó los recursos de nulidad presentados por la defensa de los carabineros condenados por el homicidio de Camilo Catrillanca y confirmó la sentencia dictada por el Tribunal Oral de lo Penal (TOP) de Angol, por los hechos ocurridos el 14 de noviembre de 2018 en la comunidad de Temucuicui.
 
Corte de Santiago confirma fallo que condenó al Fisco a indemnizar a víctima de tortura en regimiento de Quillota
 
06 de mayo: En fallo unánime (causa rol 11.673-2020), el tribunal de alzada  confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de 40 millones de pesos a Omar Orellana Labra detenido ilegalmente, el 24 de diciembre de 1973, por efectivos militares, quienes lo condujeron al regimiento de Ingenieros “Aconcagua” de Quillota donde fue sometido a sesiones de tortura.
“Que así, en el caso sub lite, la detención y torturas propinadas al actor, constituyen en el hecho actividades ilegítimas llevadas a cabo al margen de la juridicidad y constitucionalidad, por ende, se trata de un crimen de lesa humanidad, que de acuerdo al Derecho Internacional a través de normas de Ius Cogens, del Derecho Consuetudinario y Derecho Convencional donde se ha declarado su imprescriptibilidad, sin distinción alguna”, señala el fallo.
 
Corte de Santiago ordena al Fisco indemnizar a familiares de miembros del GAP detenidos desaparecidos o ejecutados ilegalmente
 
07 de mayo: En fallo unánime (causa rol 1568-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la responsabilidad del Estado en la ejecución de crímenes de lesa humanidad, perpetrados por sus agentes, y ordenó al Fisco indemnizar, por la suma total de 1225 millones de pesos, por daño moral,  a familiares de los detenidos desaparecidos Domingo Blanco Tarrés y José Carreño Calderón; y de los ejecutados ilegalmente Gonzalo Jorquera Leyton, Carlos Cruz Zavala, Luis Gamboa Pizarro, Pedro Garcés Portiagliati, Óscar Marambio Araya, Edmundo Montero Salazar, Jorge Orrego González, William Ramírez Barría y Enrique Ropert Contreras.
 
Las víctimas eran miembros del denominado “Grupo de Amigos Personales” (GAP) del Presidente Salvador Allende, detenidos el 11 de septiembre de 1973, en las inmediaciones del Palacio de La Moneda.
 
Corte de Apelaciones de Santiago ordena al fisco indemnizar a familiares de dirigente sindical ejecutado en 1973
 
11 de mayo: En fallo dividido (causa rol 11.772-2020), el tribunal de alzada  condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 90 millones de pesos a familiares de Ernesto Vásquez Godoy, dirigente sindical de la empresa Airolite SA, detenido y ejecutado el 19 de septiembre de 1973 por personal de la Quinta Comisaría de Carabineros de Conchalí.
 
Condenan a ex agentes de la DINA por secuestro calificado y aplicación de tormentos
 
11 de mayo: En el fallo (causa rol 12-2015), la ministra en visita Marianela Cifuentes Alarcón, condenó a César Manríquez Bravo, Ciro Torré Sáez, Klaudio Kosiel Hornig, Raúl Quintana Salazar y Vittorio Orvieto Tiplitzky a las penas de 6 años y 3 años de presidio, en calidad de autores de secuestro calificado y de aplicación de tormentos, respectivamente, a Luz Ayress Moreno. Ilícitos perpetrados a partir de enero de 1974.
 
En el aspecto civil, se condenó al Estado a pagar una indemnización de 100 millones de pesos, por concepto de daño moral, a la víctima.
 
Corte de Santiago condena al fisco a indemnizar a víctimas de detención ilegal y torturas en Punta Arenas
 
12 de mayo: En fallo unánime (causa rol 6.928-2020), la Séptima Sala del tribunal de alzada ordenó al Fisco pagar una indemnización total de 420 millones de pesos a siete víctimas, seis de ellas menores de edad a la época de los hechos, sometidas a sesiones de torturas en centros de detención ilegal de la Región de Magallanes, entre diciembre de 1973 y julio de 1974, tras establecer que los demandantes fueron víctimas de crímenes de lesa humanidad, imprescriptibles en el ámbito penal y civil.
 
“Que, en consecuencia, en este tipo de delitos cuya acción penal persecutoria es imprescriptible, no resulta coherente entender que la acción civil indemnizatoria esté sujeta a las normas sobre prescripción establecidas en la ley civil interna, pues tal interpretación contraría la voluntad expresa manifestada por la normativa internacional sobre Derechos Humanos que consagra el derecho de las víctimas y otros legítimos titulares a obtener la debida reparación de los perjuicios sufridos a consecuencia del acto ilícito, por lo que resulta contrario a derecho declarar prescrita la acción intentada por la actora contra el Estado de Chile”, sostiene el fallo.
 
Corte Suprema rechaza recursos de casación y mantiene condenas por secuestro calificado en Iquique
 
13 de mayo: En fallo unánime (causa rol 23.301-2018), la Segunda Sala del máximo tribunal rechazó los recursos de casación en el fondo deducidos en contra de la sentencia que condenó a efectivos del Ejército y Carabineros ® por su responsabilidad en el secuestro calificado de Marcelino Lamas Largo. Ilícito perpetrado en la ciudad de Iquique, en diciembre de 1974.
 
Se confirmó la decisión del ministro Mario Carroza, que condenó como autores al ex oficial del Ejército Miguel Aguirre Álvarez y a los exfuncionarios de Carabineros Daniel Barraza Quintero y Froilán Mondaca Sáez a penas de 8 años de presidio efectivos.
 
Se eligen las y los representantes constituyentes
 
15 y 16 de mayo: Durante dos días se realizaron en Chile elecciones de gobernadores, alcaldes, concejales y, especialmente, de constituyentes. Estos últimos, 155 en total, que incluyen representantes de los pueblos originarios, con paridad de género, tendrán la misión de redactar una propuesta de Constitución para Chile la que irá a plebiscito.
 
Corte de Santiago condena al Fisco a pagar indemnización a hermanos de detenido desaparecido
 
17 de mayo: En fallo unánime (causa rol 3.140-2020), la Séptima Sala condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 150 millones de pesos a los hermanos de Ernesto Torres Guzmán, obrero, detenido por una patrulla de carabineros y militares, en la ciudad de Chillán; el 4 de octubre de 1973, fecha que se pierde su rastro.
 
Corte de Santiago confirma fallo que condenó al Fisco a indemnizar a víctima de detención ilegal y torturas
 
18 de mayo: En fallo unánime (causa rol 877-2021), la Quinta Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de 40 millones de pesos a José Morales Lizana, quien fue detenido ilegalmente por la Policía de Investigaciones, y sometido a torturas, en diciembre de 1983.
 
Condenan al Fisco a indemnizar a víctima de detención ilegal y tortura en Valparaíso
 
24 de mayo: En la sentencia (causa rol 28.544-2019), el Cuarto Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización de 50 millones de pesos a Gilberto Hernández Vera, detenido ilegalmente por infantes de marina y sometido a torturas, en octubre de 1973, en Valparaíso.
 
Corte Suprema anula sentencia de Consejo de Guerra de Valparaíso dictada en 1973
 
24 de mayo: En fallo unánime (causa rol 79.499-2020), la Segunda Sala del máximo tribunal acogió recurso de revisión y anuló la sentencia impugnada, dictada por el Consejo de Guerra, de noviembre de 1973, que condenó al recurrente a 10 años de presidio, como autor del delito previsto y sancionado en el artículo 13 de la ley 17.798 (ley de control de armas).
 
Se estableció la obligación de los tribunales nacionales de interpretar las normas internas sobre delitos de lesa humanidad, a la luz de la legislación internacional sobre derechos humanos.
 
Condenan a ex agentes de la DINA por homicidio calificado en Avenida La Paz en 1976
 
25 de mayo: En fallo unánime (causa rol 32.784-2018), la Segunda Sala del máximo tribunal confirmó la sentencia que condenó a los agente Orlando Altamirano Sanhueza y Guillermo Díaz Ramírez a 10 años y un día y 5 años de presidio, respectivamente, como autores del homicidio calificado del militante y miembro de la comisión política del PS Luis Charme Barros; ejecutado, en septiembre de 1976, en la vía pública, en la comuna de Recoleta.
 
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar indemnización total de 120 millones de pesos a familiares de la víctima.
 
Confirman condena a oficial de Ejército por apremios ilegítimos a detenidos en Fiscalía Militar de O’Higgins
 
27 de mayo: En la sentencia (causa rol 4.261-2019), la Tercera Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó al entonces teniente Luis Medina Aldea a la pena de 5 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por el delito reiterado de apremios ilegítimos y vejaciones a detenidos que eran conducidos para ser interrogados, hasta dependencias de la Fiscalía Militar en la Región de O’Higgins, tras el 11 de septiembre de 1973.
 
“Que en consecuencia, las testimoniales rendidas por las propias víctimas, aunado a lo depuesto por los funcionarios de Gendarmería, del Ejército y Carabineros, permiten tener por cierto que, al interior de la Fiscalía Militar, se realizaron múltiples interrogatorios, imputándoles a Medina Aldea junto a otros dos sujetos –Fagalde y Acevedo–, apremios ilegítimos y vejámenes sexuales, circunstancias que por lo demás se encuentran corroboradas entre sí, otorgándole credibilidad a sus asertos”, indica el fallo.
 
En el aspecto civil, con el voto en contra del ministro Mera, se confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar indemnizaciones, por concepto de daño moral, a las víctimas que se detallan en el fallo.
 
Corte de Temuco confirmó la prisión preventiva de teniente del Ejército imputado por torturas en Los Pinos
 
29 de mayo: En fallo unánime (causa rol 571-2021), la Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la prisión preventiva del teniente del Ejército J.A.S.C., imputado por el Ministerio Público como autor del delito consumado de tortura. Ilícito perpetrado en octubre del año pasado, en el sector Los Pinos de la comuna de Collipulli.
 
Según el ente persecutor, en horas de la noche del 13 de octubre de 2020, cinco jóvenes mapuches –tres varones y dos mujeres– concurrieron hasta el sector Los Pinos, comuna de Collipulli, lugar donde fueron abordados por una patrulla del Ejército, a cargo del teniente J.A.S.C. e integrada por otros 10 efectivos del Ejército, quienes se movilizaban en un camión militar, en horario de toque de queda.
 
Una vez en el lugar, los efectivos militares, actuando conjunta y coordinadamente y abusando de sus cargos, descendieron del vehículo portando armas de fuego con las que apuntaron a las víctimas, obligándolas a lanzarse al suelo con las manos en la nuca, insultándolos y maniatándolos con amarras plásticas.
 
Luego, los imputados procedieron a romper los vidrios y neumáticos de los dos vehículos en que se movilizaban las víctimas, propinaron golpes a los detenidos, los pisotearon e insultarlos por ser de la etnia mapuche, amenazándolos con matarlos si se movían.
 
Posteriormente, los militares obligaron a las víctimas a subir al camión castrense, ordenándoles a viva voz tenderse boca abajo, cargando con los pies los cuerpos de los jóvenes, a quienes trasladaron hasta un predio forestal, ubicado en un sector despoblado distante a 2,5 kilómetros, donde les ordenaron descender del camión y lanzarse al suelo. Posición donde los rociaron con un líquido, presumiblemente un acelerante, señalando uno de los soldados: “hay que quemarlos”.
 
Finalmente, estando las víctimas de espalda y maniatadas, los militares realizaron un simulacro de fusilamiento, procediendo a “pasar bala” para, finalmente, cortar las amarras plásticas de las muñecas de los jóvenes mapuches, ordenándoles no mirarlos o, de lo contrario, los matarían; en tanto, uno de los soldados les quitó los teléfonos celulares, aparatos con los que procedieron a retirarse del predio en el vehículo militar dejando abandonadas a las víctimas, tres de las cuales, los varones, resultaron con múltiples lesiones.
 
Corte Suprema acoge recurso de amparo y deja sin efecto expulsión del país de ciudadana haitiana
 
31 de mayo: En fallo unánime (causa rol 34.400-2021), la Corte Suprema acogió el recurso de amparo deducido en contra de la Intendencia Regional de Valparaíso, que dispuso la expulsión del país de una ciudadana haitiana, que cuenta con familia residiendo en Chile.
 
La Segunda Sala del máximo tribunal estableció que el actuar de la autoridad recurrida al ordenar la expulsión de la amparada atenta contra el principio constitucional de reunificación familiar.
 
“El principio de reunificación familiar, ya que de mantenerse la decisión de la autoridad administrativa ocasionará la separación de ella, al residir parte de la familia de la amparada en Chile, por lo que la concurrencia de tal supuesto implica que la medida de expulsión infrinja lo dispuesto por el artículo 1° de la Constitución Política de la República, en sus incisos primero y último, en cuanto establecen que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado darle protección”, señala el fallo.
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El presente Resumen Mensual Derechos Humanos en Chile es elaborado por FASIC. Se agradece compartir con otros y otras y/o publicar siempre citando la fuente. Recuerde visitar nuestro nuevo sitio en Internet: www.fasic.org

 

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