El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar reveló la sentencia bajo la modalidad de libertad vigilada a los dos funcionarios de Carabineros por delitos de disparos injustificados contra quienes se manifestaban en el estallido social.

Según detallaron, el sargento M.A.A.G. fue condenado a tres años y un día por disparos injustificados, y a 600 días por lesiones graves, mientras que el capitán M.A.G.Y. también recibió tres años y un día por disparos injustificados.

La pena incluye la inhabilitación perpetua del ejercicio de derechos políticos, y mientras dure la condena de desempeñar cargos públicos. Ambos tienen abonos para cumplir la libertad vigilada intensiva por el tiempo que han estado privados de libertad.

La oficina de Valparaíso del INDH actúa como querellante en la causa. Sin embargo, tras conocer la sentencia, la abogada de la sede, Javiera Tapia, manifestó que “el fallo, pese a ser condenatorio, conduce a la impunidad, ya que no condena por apremios ilegítimos y, además, impone sanciones bajas que no resultan proporcionales a la gravedad de los hechos imputados y acreditados en el juicio”.

Recordemos que el tribunal dio por establecido que el 22 de octubre de 2019, ambos funcionarios “‘hicieron uso injustificado’ de sus armas de servicio. Los disparos de M.A.A.G. causaron heridas de gravedad en seis personas. De acuerdo con los jueces, la conducta de ambos uniformados infringió el protocolo de uso de la fuerza(…)”.

Pero el tribunal desechó calificar los hechos de apremios ilegítimos con resultado de homicidio frustrado, descartando lo planteado por los querellantes, entre ellos la sede de Valparaíso del INDH. Los magistrados estimaron que no se demostró “la intención dolosa de causar la muerte a las víctimas”.