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jueves, 28 de agosto de 2025

De corpóreos a boxers Hugo Boss: Servel pone fin a gastos creativos y prohíbe a candidatos presidenciales rendir ítems de vestuario, maquillaje y coctelería


 El Servicio Electoral publicó el Manual de Gasto Electoral para las elecciones presidenciales y parlamentarias de noviembre. A partir de ahora, los candidatos que busquen rendir gastos bajo el ítem de “servicios de imagen para campaña electoral” no serán considerados. Además, deberán presentar mayor documentación y respaldo, incluyendo cotizaciones previas, contratos suscritos y comprobantes de la ejecución del dinero que se pretende rendir. 

THE CLINIC.

En la última elección presidencial, los candidatos registraron millonarias cifras en gastos electorales. La campaña de Chile Vamos, con Sebastián Sichel como candidato, fue la que más desembolsó, con un total de $1.731.348.638. El segundo en gastar más recursos fue el entonces —y actual— candidato republicano, José Antonio Kast, que invirtió $1.674.585.319. Por su parte, el actual Presidente Gabriel Boric también reportó gastos por $1.305.164.074.

Una vez que los candidatos rinden sus gastos electorales, generalmente aparecen ítems llamativos, como maquillaje, vestuario o pagos personales asociados a la campaña. Por ejemplo, en las primarias de 2021, el expresidente Sebastián Piñera rindió gastos por 22 millones de pesos para financiar a “Piñerín”, el corpóreo caracterizado como él mismo, con camisa blanca y corbata roja. En 2013, Franco Parisi, entonces candidato presidencial por el PDG, incluyó en su rendición cinturones, corbatas, boxers, calcetines y zapatos Hugo Boss.

Este tipo de gastos, sin embargo, quedarán excluidos de las próximas rendiciones. El Servicio Electoral (Servel) publicó el Manual de Gasto Electoral para las Elecciones Presidenciales y Parlamentarias de 2025, el cual deja fuera este tipo de ítems que antes se consideraban parte de la campaña. 

Para que los candidatos vieran la devolución de este tipo de gastos electorales, como por ejemplo en vestimenta y maquillaje, era suficiente con rotular el gasto como “servicio de imagen para campaña electoral”. Sin embargo, con este nuevo criterio que operará, dicha rotulación no será suficiente.

Servel más severo

Además de esa medida, el Servel indica en su informe, que se extiende por 199 páginas, incluye que los candidatos completen el ítem de “Documentos Transaccionales”. Es decir, que los comandos deberán incluir en un mismo ítem las cotizaciones, las órdenes de compra, el contrato o la orden de trabajo para acreditar los gastos de la campaña, al igual que los documentos tributarios que acrediten los gastos, incluyendo, asó las notas de crédito o débito que modifiquen una factura.

Además de esto, los equipos deberán incluir, a modo de requisito, información que acredite la actividad en donde se incurrió en el gasto. En el apartado “Informe de Actividades”, las candidaturas deberán incluir “medios de comprobación documental”, de los gastos. Es decir, incluir imágenes, videos o links de redes sociales en donde se compruebe en qué se ocupó lo desembolsado.

Con eso no basta, pues el Servel solicita además la inclusión de tres cotizaciones para respaldar la “determinación de los precios del mercado” y detalles cuando se trata de servicios tercerizados.

Existe un apartado que se le denominan gastos menores, que no puede superar el 10% del gasto electoral. SIn embargo, el Sevel indicó que ahí no se pueden incluir servicios de banquetería, coctelería, adquisición de propaganda electoral o gastos en combustible y peaje.

Esta labor, que particularmente recae en el administrador electoral de cada comando de campaña, además le exige a este que antes del día de las elecciones, se haga entrega de un informe detallado de los gastos por conceptos específicos que superen las 30 Unidades de Fomento ($1.180.468), como por ejemplo algún tipo de servicio específico o los gastos en bienes inmuebles.

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