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jueves, 30 de junio de 2022

Corte ordena prisión preventiva de dos carabineros por torturas a un joven en La Serena

    

La Corte de La Serena acogió los recursos de apelación presentado por el Ministerio Público y las partes querellantes y revocó la resolución que negó la prisión preventiva de los funcionarios de Carabineros F.M.G.C y J.E.A.O., imputados como autores del delito calificado de apremios ilegítimos. Ilícito que habrían perpetrado en la comuna, en noviembre de 2019.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada revocó la resolución dictada el 16 de junio pasado por el Juzgado de Garantía de La Serena, por considerar que la libertad de los imputados constituyen un peligro para la seguridad de la sociedad.

“Que, sin perjuicio de lo razonado por el sentenciador de la instancia, estiman estos juzgadores, respecto del requisito del literal a) del artículo 140 del Código Procesal Penal, que existen antecedentes suficientes para concluir que el día 21 de noviembre de 2019, funcionarios de Carabineros procedieron a agredir al adolescente (…) con golpes de luma en diferentes partes del cuerpo, quien fue trasladado en calidad de detenido a la Primera Comisaría de La Serena; hechos que configuran, en esta etapa inicial de la investigación, en concepto de estos sentenciadores, el delito previsto en el artículo 150 D del Código Penal, esto es apremios ilegítimos”, sostiene el fallo.

Para el tribunal de alzada: “En relación a la necesidad de cautela, teniendo presente la pena asignada al delito, esto es, presidio menor en sus grados medio a máximo y siendo el ofendido un menor de edad (por lo que la pena debe aumentarse en un grado), se estima que la libertad de los imputados constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, a lo cual se abona el carácter del delito y la circunstancia de haber actuado en grupo”.

Por tanto, se resuelve que: “SE REVOCA la resolución apelada de fecha dieciséis de junio de dos mil veintidós, transcrita en la carpeta digital, que denegó la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados F.M.G.C. y J.E.A.O. y en su lugar se declara que se accede a la petición del Ministerio Publico y de los querellantes, decretándose la medida cautelar de prisión preventiva respecto de los imputados ya individualizados, por constituir su libertad un peligro para la seguridad de la sociedad”.

El ministro Sergio Troncoso, presidente de la Segunda Sala, sostuvo que, en la especie: “Efectivamente están los antecedentes suficientes para acreditar al menos uno de los hechos por los cuales se ha presentado querella en contra de los funcionarios de Carabineros, pero se estimó que los elementos no eran suficientes todavía para calificar estos hechos como tortura, en cuanto a que este exige ciertas finalidades específicas respecto de los hechos de maltrato a los que se refiere”.

“Sin embargo, si se puede dar por suficientemente configurada la hipótesis más leve que contempla la ley, que es la de apremios ilegítimos, que en este caso son apremios ilegítimos calificados, atendida la minoridad de la víctima”, enfatizó.

miércoles, 29 de junio de 2022

Dura réplica de Chanfreau a Kast por cierre de la CC: Le recordó la “complicidad” de su familia con la dictadura

 Por: Cristian Neira | Publicado: 29.06.2022

Dura réplica de Chanfreau a Kast por cierre de la CC: Le recordó la “complicidad” de su familia con la dictaduraVíctor Chanfreau le respondió a Kast |
Polémica causó la invitación que recibió Víctor Chanfreau a la entrega del borrador final de la nueva Constitución. El líder de la ultraderecha lo cuestionó, pero recibió un misil de vuelta del exvocero de la ACES.

Este miércoles se conoció que Víctor Chanfreau, exvocero de la ACES, fue invitado a la ceremonia final de la Convención Constitucional, en donde se entregará oficialmente la propuesta de nueva Constitución al Presidente Gabriel Boric.

El otrora dirigente estudiantil, junto a Gustavo Gatica y la senadora Fabiola Campillai, dos de las víctimas más emblemáticas de la represión policial al estallido social, estarán presentes este lunes 4 de julio, además del alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, entre otros invitados.

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Sin embargo, el nombre de Chanfreau fue muy criticado en redes sociales, en especial desde el sector de la derecha, que recordó su boicot a la PSU del 2019.

Uno de los que fustigó el hecho fue el excandidato presidencial, José Antonio Kast. “Que Daniel Jadue y Víctor Chanfreau sean invitados estelares al cierre de la Convención, habla mucho del texto que se propone”, escribió el líder de la extrema derecha en Twitter.

En la misma red social, el exvocero de la ACES lo replicó duramente. “Quizás hubieras preferido que invitaran a tu familia, acusada de ser cómplice de los crímenes de la dictadura en Paine. Digo, así no olvidamos las manchas de sangre de la Constitución del 80”, escribió Chanfreau.

Estallido: Familia de fallecido en Plaza Baquedano se querella contra general (r) Rozas

Por: Edgar Pfennings de la Vega | Publicado: 29.06.2022
Estallido: Familia de fallecido en Plaza Baquedano se querella contra general (r) RozasExgeneral director de Carabineros, Mario Rozas | Agencia Uno (archivo)
Se trata del caso de Cristian Valdebenito, quien falleció tras recibir el impacto de una bomba lacrimógena. La familia acusa que Carabineros impidió que fuera auxiliado. “Los antecedentes demuestran de manera inequívoca la responsabilidad del alto mando», señaló el abogado Ciro Colombara.

Familiares de Cristian Valdebenito Valdebenito, fallecido en una manifestación en marzo de 2020 en el marco del estallido social, presentaron una querella criminal contra el exdirector general de Carabineros, Mario Rozas.

La acción judicial fue interpuesta contra el exjefe de la policía uniformada y contra «todos quienes resulten responsables a título de autores, cómplices o encubridores de los hechos (…) que revisten las características típicas del delito omisivo de homicidio«.

«Habiendo transcurrido más de dos años desde el homicidio del señor Cristian Valdebenito, la investigación ha entregado antecedentes que unidos a los informes que en su momento hicieron organizaciones internacionales, demuestran de manera inequívoca la responsabilidad del alto mando de Carabineros en la muerte del señor Valdebenito«, señaló el abogado que patrocinó la acción judicial, Ciro Colombara, a La Tercera.

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El abogado agregó que «esa no es una responsabilidad solamente ética, no solo moral, sino también es una responsabilidad penal y se enmarca dentro de la figura del homicidio omisivo porque desarrollar una acción y dejar de ejecutar conductas que de haber ocurrido o de no haber realizado, ciertamente habrían evitado este homicidio».

Con esta nueva querella, el general (r) Rozas suma una acción judicial más en su contra por violaciones a los derechos humanos durante el estallido social. Otras de estas es por «permisividad ante la tortura» en el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, en que también figura como imputado el exPresidente Sebastián Piñera.

El crimen contra Cristian Valdebenito

En detalle, la querella ingresada por la pareja de Valdebenito, Lidia Hernández, y sus dos hijos relata que el viernes 6 de marzo en Plaza Baquedano, también denominada Plaza de la Dignidad, el hombre de 48 años recibió el impacto de una bomba lacrimógena en su cabeza.

Por el disparo, la víctima se desvaneció inmediatamente, por lo que manifestantes intentaron trasladarle a un centro de salud. Sin embargo, no lo lograron debido al «accionar impeditivo de los funcionarios policiales apostados en el sector, los que en ningún momento detuvieron o mermaron su actuar represivo no obstante la emergencia médica por ellos mismos ocasionada».

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Finalmente, Valdebenito logró ser llevado al Hospital de Urgencia Asistencia Pública (exPosta Central), donde se confirmó que estaba con muerte cerebral y falleció al día siguiente.

«Falleció inesperadamente el día 7 de marzo de 2020 producto del actuar ilícito y fuera de todo protocolo de funcionarios policiales cuya identidad corresponde determinar al curso de la investigación pertinente; acción homicida que, una vez propinada -por la espalda y sin mediar lucha ni defensa por parte de la víctima-, importó su muerte violenta y, prácticamente, inmediata», sostiene la querella.

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¿Caravana de la muerte 2.0? Condenan en Calama a militar activo por torturas y abandonar a detenidos en el desierto en la noche hace dos años

  29 junio 2022

La Fiscalía Local de Calama logró obtener una condena de 4 años de presidio menor en su grado máximo contra José Andrés Cuevas (36 años), quien fue declarado culpable ante el Tribunal de Juicio Oral en Lo Penal de la ciudad como autor del delito consumado de tortura, perpetrado durante la madrugada del 18 de abril de 2020.

Asimismo, el acusado recibió las penas accesorias de inhabilitación absoluta y perpetua para ejercer derechos políticos y postular a cargos u oficios públicos por el tiempo que transcurra dicha condena.

También el tribunal decretó la absolución, por falta de acreditación, de los efectivos Ernesto Pinto Ponce, Miguel Antonio Martínez Díaz, Konrad Alexander Lahr Varela y Mauricio Esteban Zamorano Marambio, como autores consumados del delito de tortura ocurrido en la misma fecha.

La investigación del caso, dirigida por el Fiscal Jefe, Cristian Aliaga Ayarza, con colaboración de personal de Carabineros en la flagrancia y PDI durante diligencias posteriores, pudo acreditar el delito gracias a testimonios y a la presentación de pruebas documentales y periciales, entre otros.

Aliaga destacó el testimonio del perito del Servicio Médico Legal, SML, doctor Héctor Navarro Cruz, quien acreditó las torturas a través del Protocolo de Estambul.

Hechos

De acuerdo a lo acreditado en el juicio, tras una investigación solicitada por el Ministerio Público de Calama, se comprobó que el 17 de abril de 2020, entre las 22.30 y 23:30 horas, en medio del Estado de Excepción que regía en todo el país con motivo de la crisis sanitaria por por Covid-19, la patrulla del Ejército de Chile a cargo del comandante de escuadra de la Primera Sección de Calama M.E.Z.M., y conformada además por diversos funcionarios militares, entre ellos el acusado, detuvieron a ocho civiles y los subieron a la fuerza a un camión militar, donde los obligaron a arrodillarse en el suelo del vehículo, debiendo tener las manos sobre sus cabezas y a mirar hacia el piso, siendo trasladados a la Primera Comisaría de Calama. Durante el trayecto, los civiles fueron amenazados con golpes si no cumplían las órdenes.

Al llegar a la unidad policial, el funcionario a cargo del procedimiento ordenó que fueran a constatar lesiones. Para ello, el conductor del vehículo militar acató la instrucción de cumplir con la diligencia de llevar a los detenidos al Hospital de Calama Carlos Cisternas y luego dejarlos “por ahí”.

Tras ello, el acusado acató la instrucción de conducir a los detenidos a constatar lesiones y luego los dejó abandonados en un sector indeterminado, ubicado a 25 minutos de Calama, en la ruta que une la ciudad con el poblado de Chiu-Chiu, en donde se desvió unos 600 metros hacia el interior del desierto.

Al detenerse el camión, los funcionarios de la patrulla, por orden de Cuevas, desembarcaron forzadamente a los civiles, instante en que les advirtió a los detenidos que tenía tiros en su arma de servicio, para inmediatamente contar los tiempos para instarlos a huir, mientras simulaba la preparación de su arma de fuego.

En ese momento, los detenidos, asustados por la amenaza, salieron corriendo del lugar en diversas direcciones.

Sucedido este hecho, el personal militar abordó el camión y se retiró del lugar rumbo a la Primera Comisaría de Calama, dejando abandonados a los detenidos durante la noche en el desierto.

Muy cerca de ese lugar, alrededor de 30 detenidos a fines de 1973 fueron fusilados y asesinados en funcionarios del Ejército, en la denominada sangrienta "Caravana de la muerte", encabezada por el general Sergio Arellano. Todos estaban detenidos en el regimiento de Calama y fueron sacados de ahí y asesinados en el desierto.

Condenan a 15 años de cárcel a ex carabinero que mató al padre del senador Fidel Espinoza en dictadura

 29 junio 2022

La Corte Suprema confirmó este miércoles 29 de junio la sentencia que condena al ex oficial de Carabineros, René Villarroel Sobarzo, a 15 años y un día de presidio como autor del crimen del ex diputado y padre del senador Fidel Espinoza, Luis Espinoza Villalobos.

El uniformado en retiro, conocido como “Juan Metralla”, deberá cumplir la condena por el asesinato del entonces parlamentario socialista, ocurrido el 2 de diciembre de 1973, en la comuna de Frutillar, Región de Los Lagos.

La Corte Suprema también confirmó la sentencia que condenó al oficial de Carabineros en retiro, Carlos Segundo Tapia Galleguillos, por su responsabilidad en el homicidio del dirigente campesino Abraham Oliva Espinoza.

El sujeto fue condenado a diez años y un día de presidio por el delito cometido ese mismo 2 de diciembre de 1973 en Frutillar.

El senador del Partido Socialista, Fidel Espinoza, utilizó sus redes sociales para referirse a la sentencia de la Corte Suprema.

“Quienes te quitaron la vida a mansalva, te acribillaron de 17 balazos, te torturaron hasta dejarte fracturado en múltiples partes hoy, han sido condenados por la Corte Suprema a pagar en cárcel sus brutales crímenes. Nunca dejamos de luchar por justicia junto a madre y hermanos!”, escribió el legislador en su cuenta de Twitter.

Hasta un exagente de la CNI: las irregularidades que detectó América Transparente en las contrataciones "por programas" en Las Condes

 por  29 junio, 2022

Hasta un exagente de la CNI: las irregularidades que detectó América Transparente en las contrataciones
En la información que recabó la Fundación América Transparente -gracias a la ayuda del Consejo para la Transparencia- detectaron una serie de irregularidades en el municipio del sector oriente de la capital. "La primera es que contraviniendo lo señalado por Contraloría, muchos de los funcionarios no desarrollan actividades transitorias. De hecho, varios llevan más de 5 años", dicen. Además del tiempo, otra de las irregularidades que cometen es que la ley señala que no pueden ser trabajos que sean partes de la gestión administrativa de la Municipalidad. Pero como se ve en el listado de Las Condes, no son pocos los que trabajan en "la gestión de programas". En este último ámbito está, por ejemplo, Jorge Palacios Mery, ex agente de la CNI condenado por la tortura de 17 estudiantes en la Araucanía. quien se desempeña en la Dirección de Desarrollo Comunitario, en el departamento de Gestión y Presupuesto apoyando la gestión de programas. Por dicho trabajo gana 16 millones de pesos. En conversación con El Mostrador, Juan José Lyon de América Transparente señaló que "pese a que la ley es muy clara en cuanto a transparentar quienes trabajan en el aparato público, dada la escasa fiscalización ocurre que pese a haber pasado más de 14 años de su implementación, todavía hay organismos que no cumplen con ella".

Una investigación de la Fundación América Transparente detectó que en la Municipalidad de Las Condes tiene más de 600 funcionarios contratados "por programas", los que no eran informados por Transparencia Activa.

De hecho, la solicitud de AT tuvo que ser respaldada por el Consejo para la Transparencia porque la información no estaba disponible. Los honorarios por programas son un tipo de contratación que los municipios pueden hacer para cosas puntuales y transitorias, como por ejemplo un taller. "Usualmente se publican en Transparencia Activa junto a todos los contratados a honorarios, pero Las Condes los omitía", indica América Transparente.

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En la información que recabó AT, detectaron una serie de irregularidades en el municipio del sector oriente de la capital. "La primera es que contraviniendo lo señalado por Contraloría, muchos de los funcionarios no desarrollan actividades transitorias. De hecho, varios llevan más de 5 años", dicen.

"Un problema es la precariedad laboral de estos funcionarios a los que no se les pagan ni las vacaciones ni la salud ni pensión. De hecho, hace dos semanas Las Condes fue condenada a pagar 48 millones a una funcionaria que estuvo 13 años trabajando bajo esta modalidad", agregan.

Además del tiempo, otra de las irregularidades que cometen es que la ley señala que no pueden ser trabajos que sean partes de la gestión administrativa de la Municipalidad. Pero como se ve en el listado de Las Condes, no son pocos los que trabajan en "la gestión de programas".

Dentro del listado, explica AT, hay algunos nombres que destacan por sobre otros. Por ejemplo, destaca Andrés Ugarte Navarrete (UDI), que gana más de 3 millones por "desarrollar funciones en su ámbito profesional, coordinando y potenciando los procesos y actividades para los beneficiarios del programa" en Las Condes, pero además gana 2.5 millones en la Corporación La Reina.

Otro caso curioso es el del Jorge Palacios Mery, ex agente de la CNI condenado por la tortura de 17 estudiantes en la Araucanía, quien se desempeña en la Dirección de Desarrollo Comunitario, en el departamento de Gestión y Presupuesto apoyando la gestión de programas. Por dicho trabajo gana 16 millones de pesos.



En conversación con El Mostrador, Juan José Lyon de América Transparente señaló que "pese a que la ley es muy clara en cuanto a transparentar quienes trabajan en el aparato público, dada la escasa fiscalización ocurre que pese a haber pasado más de 14 años de su implementación, todavía hay organismos que no cumplen con ella. Cada vez que el Consejo para la Transparencia saca un estudio al respecto, siempre las mayores omisiones, cantidad de reclamos y falta de aplicación de la ley, están en los municipios. Y así encontramos que la municipalidad más rica de Chile no cumplía con lo mandatado por la ley. Y es importante que esta información se conozca y sea pública porque es la única forma de fiscalizar por parte de la ciudadanía. De hecho, con solo mirar los nombres encontramos por ejemplo a una persona que trabaja en dos municipalidades al mismo tiempo. Por lo que ya denunciamos a Contraloría al respecto. También encontramos a un ex agente de la CNI trabajando en la Municipalidad, así como también a hijos y familiares de otros funcionarios de planta".

De inmediato, surge la duda si la municipalidad escondió esta información precisamente por estos casos, como el exagente de la CNI. Lyon afirma que "o puedo asegurar que ocultaron toda la información sólo por este antecedente, y desconozco la razón de fondo. Además siendo la ley muy clara en el sentido de que esta información debe ser pública, da para pensar de que había un afán de ocultamiento. Que hayan varios familiares de funcionarios en esta nómina, personas con trabajos al mismo tiempo en otras municipalidades y un exagente de la CNI, al menos hace sospechar al respecto. Además hay un tema muy grave de precariedad laboral y falta respecto de lo que dice la ley. Los funcionarios por programa es una modalidad de trabajo para cosas puntuales y temporales, y lo que vemos en esta nómina, es que hay personas que incluso llevan más de una década trabajando así y sin ningún tipo de pago de cotizaciones, ni vacaciones, ni seguridad laboral. Respecto a la contratación de esta persona, ex agente de la CNI, si bien la ley permitiría que lo hagan habiéndose cumplido su condena en 2011, se debiesen revisar los protocolos de contratación del Estado ante casos de personas que tuvieron relación con crímenes de lesa humanidad".

INVITACION.

 Miercoles 29 de junio 2022

Puede ser una imagen de 3 personas, personas de pie y texto que dice "INVITACIÓN La Célula Hernán Barria del Partido Comunista de la Cisterna invita a usted a participar del homenaje a nuestros Compañeros en calle Mamiña. lskdro Martin Martin Margarita Martín, María Paz Martín e Isidro Salinas Hecho ocurrido la madrugada del Julio de 1986 3 de Julio del 2022 a las 11hrs. En calle Mamiña con Gran Avenida pard. 23) Para dirigirnos al memorial de la Plaza Mamiña. Sera Muy importante contar con vuestra presencia de antemano Muchas Gracias."
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