El vocero del máximo tribunal del país, destacó
que esta situación sólo puede ser ejercida por los familiares e incluso
detalló que si estos parientes hacen el trámite no tendría incidencias
en la investigación penal y que con la declaratoria de muerte presunta
las penas para los autores de los crímenes se elevarían.
El
vocero de la Corte Suprema, ministro Jaime Rodríguez, se refirió este
miércoles a la polémica desatada luego que el Servicio Electoral
(Servel) incluyera en las notificaciones por la inscripción automática
de votantes a personas que tienen la calidad de detenidos desaparecidos.
El magistrado señaló que la única forma para sacar a esas personas de
ese padrón electoral es que se declare legalmente su fallecimiento, ya
sea a través de un certificado de defunción, un fallo judicial o que la
justicia decrete la muerte presunta de esa persona.
"La única manera, en mi opinión es la declaración de muerte presunta.
El problema es que los tribunales no pueden declarar de oficio -por sí
solos- la muerte de las personas, sino que tiene que ser a petición del
interesado (...) al declararse la muerte presunta la persona está
legalmente fallecida y por lo tanto se podría acceder a la cancelación
de la inscripción", dijo.
Eleva las penas
El vocero del máximo tribunal del país, destacó que esta situación
sólo puede ser ejercida por los familiares e incluso detalló que si
estos parientes hacen el trámite no tendría incidencias en la
investigación penal y que con la declaratoria de muerte presunta las
penas para los autores de los crímenes se elevarían.
Según explicó, "la muerte presunta en general en los juicios
criminales no es suficiente para cambiar la calificación a homicidio. Es
una presunción importante pero debería estar unida a otras
presunciones".
Sin embargo, tras ello el ministro Rodríguez precisó que en las
causas ya falladas, la muerte presunta no tiene incidencia porque rige
la excepción de "cosa juzgada". No obstante, "en las causas que están
pendientes allí sí que se podría cambiar la calificación del delito a
secuestro con homicidio o secuestro seguido de muerte".
No hay comentarios:
Publicar un comentario