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viernes, 26 de abril de 2024

APARECE COMO JEFE OPERATIVO EN MODALIDAD DE TELETRABAJO

 

Oficial en prisión preventiva por apremios ilegítimos sigue cumpliendo funciones en la 20° Comisaría de Puente Alto

Abril 2024

Fuente: CIPER CHILE.

Por Daniel Meza y Nicolás Sepúlveda

El 5 de abril la medida cautelar fue aplicada al mayor Gonzalo Andrés de la Costa Lara, funcionario que es investigado por dos homicidios frustrados y por disparar contra un manifestante que perdió el 70% de la visión de su ojo derecho. Carabineros decidió mantenerlo como jefe operativo de la unidad dependiente de la Prefectura Cordillera, esto bajo la modalidad de teletrabajo. Situación que vulnera la normativa interna de la institución y también los dictámenes emanados desde la Contraloría.

El mayor Gonzalo Andrés de la Costa Lara es el actual jefe operativo de la 20° Comisaría de Puente Alto, su trabajo consiste en dirigir y coordinar en terreno las operaciones que los carabineros de su unidad realizan contra la delincuencia. Desde hace dos semanas que el oficial ya no cumple con esa labor en las calles, actualmente se encuentra teletrabajando desde el Centro de Detención Pudahuel. El pasado 5 de abril se dictó prisión preventiva en su contra. Desde 2020 es investigado por su responsabilidad en el disparo que impactó a Claudio Araya: manifestante que perdió el 70% de la visión de su ojo derecho. 

Aquella no es la única investigación en su contra, la Fiscalía Especializada en Delitos Violentos le imputa ser el responsable de dos homicidios frustrados en el contexto del estallido social. Uno de ellos contra una niña de 12 años. Ese proceso judicial se encuentra en etapa de preparación de juicio. En 2022, mediante la Resolución Exenta N° 1, el general Ricardo Yáñez estableció que los funcionarios que “se hallaren en prisión preventiva u otras medidas cautelares que impidan su desplazamiento, no podrá acceder a las remuneraciones correspondientes”. 

CIPER accedió a las nóminas de “distribución de los servicios diarios” del mes de abril de la 20° Comisaría de Puente Alto, unidad dependiente de la Prefectura Cordillera de Carabineros. Aquellos registros internos dan cuenta que De La Costa desde prisión sigue desempeñando su cargo. Información que fue confirmada por el Departamento de Comunicaciones Sociales de Carabineros.

“Sí, efectivamente el Mayor de la Costa  está recluido en un recinto institucional destinado para el efecto. Se encuentra activo, porque no se ha dictado una sentencia al respecto en su caso y por el momento se encuentra en la modalidad de trabajo”, indicaron por escrito desde la institución.

En los registros internos de la 20° Comisaría de Puente Alto, se consigna que De La Costa se encuentra en modalidad de teletrabajo, y se inserta un número de celular para contactarlo. Eso implicaría que el oficial detenido estaría en poder de un equipo celular en su lugar de reclusión.

En el 12° Juzgado de Garantía de Santiago se siguen otros procesos penales en contra del mismo oficial de Carabineros: dos homicidios frustrados que habrían ocurrido mientras De La Costa cumplía labores de control de orden público en la comuna de San Joaquín, en el marco de las protestas del estallido social iniciado en octubre de 2019. 

COMBATIR EL DELITO DESDE LA PRISIÓN

El cargo de jefe operativo es el segundo de mayor importancia en una comisaría. En 2012 la orden institucional N° 2.110 definió así sus funciones: “Analizar, planificar, dirigir y controlar la correcta ejecución de las operaciones policiales” (lea acá el documento).  Un oficial explicó a CIPER que el cargo es fundamental en el trabajo cotidiano, ya que es el nexo entre lo que ocurre en el territorio y los encargados de cada unidad (comisarios).

Dos funcionarios de la 20° Comisaría de Puente Alto fueron consultados por la situación del mayor Gonzalo de la Costa, los cuales explicaron que hace al menos dos semanas no ha cumplido funciones presenciales en la unidad. Agregaron que esto se debería, según la información de la cual dijeron disponer, a que el oficial se encuentra en un “proceso” (judicial).

Por protocolo, explicaron en la unidad policial dependiente de la Prefectura Cordillera, son los oficiales de mayor rango los que deben suplir la ausencia del jefe operativo. En este caso confirmaron, vía telefónica, que el teniente Jaime Muñoz fue el encargado de asumir aquellas funciones inicialmente. El funcionario, uno de los dos encargados de elaborar la nómina de los efectivos que deben prestar servicios en la 20° Comisaría de Puente Alto, dijo desconocer si De La Costa cumple funciones vía teletrabajo ahora. Aseguró desconocer si el comisario Mario Ugarte Valdés le ha asignado en las últimas dos semanas trabajos al oficial detenido. 

CIPER solicitó conversar con el comisario Ugarte para confirmar la información disponible en las nóminas de servicio del mes de abril, pero los funcionarios de turno transmitieron que el encargado no se encontraba en la unidad. Se les dejó el requerimiento y un número de contacto, al cierre de está edición aún no existía respuesta. 

LAS ACUSACIONES

Hoy la justicia investiga al mayor De La Costa por tres supuestos delitos, agrupados en dos causas judiciales. La primera es la que lo tiene en prisión preventiva, y tiene relación con el daño ocular provocado por un perdigón de la policía contra Claudio Araya, un manifestante que resultó herido en una protesta en la Población La Legua, en San Joaquín.

Según la querella que inició esa causa penal, la noche del viernes 11 de septiembre de 2020, Carabineros dispersó una manifestación en La Legua. Claudio Araya, uno de los manifestantes, escuchó disparos y entonces dudó hacia qué dirección correr. En ese entonces, dice la querella que ingresó en el 12° Juzgado de Garantía, se percató que dos funcionarios de carabineros le apuntaban. Dice que cuando intentó salir de ese lugar, un policía “me miró, apenas levantó la escopeta y disparó directo hacia mí”.

El pasado 5 de abril se realizó la audiencia de formalización contra el presunto responsable del trauma ocular sufrido por Araya, quien perdió el 70% de la visión de su ojo derecho.  En la instancia, el juez Marcelo Ovalle Bazán decidió dejar en prisión preventiva al mayor De La Costa. Desde ese día el imputado por apremios ilegítimos debe cumplir la medida cautelar en el Centro de Detención Pudahuel, dependiente de la 26° Comisaría de Pudahuel. 

La otra investigación penal comenzó antes. Se investiga el delito de homicidio frustrado en contra de Miguel Ramos, quien resultó herido con una bala en su pie derecho (terminó con fractura expuesta), luego de que Carabineros disparara a una multitud que se encontraba cerca del supermercado Mayorista 10 en la comuna de San Joaquín. El otro caso agrupado en esa misma causa, es el de una niña de 12 años, quien a las 21:30 del 2 de marzo de 2020 recibió una bala en su muslo. Según la querella respectiva, la niña “recibió un disparo que le penetró un muslo, le fracturó la pelvis, le dañó el tejido perianal y se detuvo en el otro muslo, a centímetros de la arteria femoral”.

El 20 de diciembre de 2021, la fiscal Paula Díaz Obilinovic concluyó que De La Costa fue el responsable del disparo.

La investigación que agrupa ambos casos se encuentra en etapa de preparación de juicio oral, para lo cual es requisito notificar al denunciado, en este caso, al mayor De La Costa. Según consta en el proceso judicial, el pasado 8 de abril la 20° Comisaría de Puente Alto respondió que “no se logró la citación del mayor (a la audiencia), (…) en atención a que se encuentra en prisión preventiva”. 

El próximo 14 de mayo se realizará la audiencia de preparación de juicio oral, donde la fiscalía acusa a De La Costa por dos delitos de lesiones graves, dos de disparos injustificados en la vía pública, y otros dos de apremios ilegítimos cometidos por funcionarios públicos.

NORMATIVA VIGENTE

La circular N° 1.859 de Carabineros (22.04.2021) estableció que los funcionarios que “sean notificados de una resolución judicial, (…) tienen la obligación de informar por escrito a su jefatura directa” (lea acá el documento). Es decir, existe un monitoreo y registro institucional de los procesos judiciales contra los policías.

No es la primera vez que Carabineros enfrenta una polémica por el pago de sueldo a un funcionario de sus filas en prisión preventiva. Aunque en 2015 fue al revés. En 2015, la institución se negó a pagar el salario de Andrés Provoste Toledo, funcionario que no ejercía funciones por encontrarse detenido. El caso fue llevado a Contraloría, la cual a través del Dictamen N° 45.570 señaló: “Si un empleado ha sido sometido a prisión preventiva durante un juicio criminal, y por ello se ausenta de sus labores, no puede percibir rentas. (…) Por consiguiente, cabe concluir que el actuar de Carabineros de Chile se ha ajustado a derecho”. El Dictamen N° 3.726 de 2020 reafirmó aquel fallo (revise acá).

Los funcionarios de Carabineros y las Fuerzas Armadas en prisión preventiva solo pueden recibir su sueldo una vez finalizado el proceso judicial, según los criterios establecidos por la Contraloría: “Si el proceso aludido termina por absolución o sobreseimiento definitivo, procede el pago de dichas sumas. Ya que en ese evento debe estimarse que el referido servidor ha estado impedido para desempeñarse en razón de un acto de autoridad constitutivo de fuerza mayor, acorde con lo prescrito en el artículo 45 del código civil”.

En marzo de 2021, ocho diputados de la UDI cuestionaron la normativa de Contraloría y presentaron un proyecto para que los carabineros en prisión preventiva recibieran sus salarios: “Venimos en proponer un proyecto de ley que obliga el pago de las remuneraciones de los funcionarios de Carabineros de Chile que se encuentran suspendidos de sus funciones por encontrarse en prisión preventiva, habida consideración del derecho de presunción de inocencia”.

La moción de los diputados de la UDI se archivó cuatro semanas después. Pasado menos de un año, el general Ricardo Yáñez suscribió la resolución exenta basada en los dictámenes de Contraloría.

La defensa del oficial detenido llevó el caso a la Corte Suprema. El 22 de abril ingresaron un recurso argumentando que el proceso judicial, en la investigación por apremios ilegítimos, no ha precisado el reglamento que De La Costa debía cumplir y que “existe una contradicción en la cantidad de impactos balísticos” informados en los peritajes. 

25.04.2024

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