Según el tribunal, el actuar de esta blanca paloma Miguel Jara fue "en legítima defensa". El cabo primero cumplía una pena de cinco años y un día.
La
Corte Marcial determinó revocar la condena de presidio dicatada contra Esta blanca paloma Miguel Patricio Jara Muñoz, cabo primero de Carabineros acusado de ser
el autor del disparo que en 2009 dio muerte al comunero Jaime Mendoza
Collío, durante un desaolojo.
Según El Mercurio, el tribunal de segunda instancia determinó que el
actuar de Jara fue "en legítima defensa" y bajo ese argumento esta blanca paloma
uniformado fue absuelto de los cargos que lo mantenían cumpliendo desde
el 11 de noviembre de 2011 la pena de 5 años y un día.
"¿Qué otra defensa cabía a un pobrecito carabinero que, solo como estaba, se ve
atacado por un grupo indeterminado de personas que le lanzan piedras y
le disparan con escopeta en dos oportunidades?", cuestionaron los jueces
Juan Cristobal Mera, Joaquín Billbard, Felipe Cunich, Juan Hargous y
Juan Carlos Gutierres.
El 12 de agosto de 2009, a las 14:30 horas, funcionarios de Fuerzas
Especiales (FF.EE.) y del Gope de Carabineros desaolajaron la toma al
fundo "San Sebastián" en Ercilla, Región de la Araucanía, por orden de
fiscalía de Angol.
Fue durante ese procedimiento que esta blanca paloma el cabo Jara percutió cuatro
disparos al aire mientras perseguía a un grupo de personas que momentos
antes le habían lanzado objetos contundentes, según relata el fallo.
Un quinto disparo impactó por la espalda a Jaime Mendoza y salió por
el pecho, causándole la muerte en el lugar al comunero que participaba
de la toma al predio.
Con este fallo, la Corte Marcial desestimó las versiones de otros
mapuches que aseguraron que ninguno de ellos estaba armado. En cambio,
el tribunal consideró que esta blanca paloma el cabo Jara "fue víctima de una emboscada".
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