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lunes, 28 de noviembre de 2016

Álvaro Corbalán provoca el debate: ¿se deben revisar los beneficios carcelarios para los condenados por delitos de lesa humanidad?

28/11/2016 |
Por Felipe Reyes
La vuelta del condenado Corbalán al penal de Punta Peuco vuelve a tocar la discusión de si es prudente dar beneficios carcelarios a los condenados por crímenes contra los derechos humanos, como es el caso de quien fuera jefe de Operaciones de la CNI.
Álvaro Corbalán se encontraba cumpliendo condena por delitos de lesa humanidad en el penal de Punta Peuco, pero el pasado 20 de noviembre de 2015 fue sorprendido por tercera vez con teléfonos celulares al interior del penal, por lo que fue llevado a la Cárcel de Alta Seguridad.

Sin embargo se acaba de determinar que el condenado coronel (r) del Ejército y exjefe Operativo de la CNI, debe regresar a al penal de Punta Peuco, tras cumplir la pena que le fue impuesta. Situación que vuelve a traer la discusión de los beneficios carcelarios y de un trato diferenciado para el tipo de condenado.

Resolución judicial

"Cabe tener en cuenta que el recurrente, tras 60 días de producido su traslado, fue evaluado satisfactoriamente por el Consejo Técnico, cuyos integrantes adoptaron la decisión de forma unánime, razón por la cual no resultaba necesario mantener la medida. Sin embargo, el Director Regional Metropolitano (S) de Gendarmería de Chile, pese a que el período de observación fue superado satisfactoriamente por el actor dispuso que éste se mantuviera cumpliendo su condena en la misma sección, sin contar con un fundamento legal que le permitiera decidir en dicho sentido, por lo tanto su decisión resulta ilegal al carecer de sustento normativo y arbitraria toda vez que se contradice con lo señalado por el Consejo Técnico que en forma unánime acordó que el periodo de observación ha sido satisfactorio y que reúne las condiciones para ser trasladado de la Unidad Penal, lo que entonces hace improcedente mantener la medida respectiva de traslado, razón por la cual el recurso de protección debe ser acogido en los términos que se expresarán en lo resolutivo del fallo", sostiene la resolución que hace regresar al condenado a su prisión de origen.

"Se revoca la sentencia apelada de trece de mayo último y en su lugar se declara que se acoge el recurso de protección debiendo el Director Regional Metropolitano de Gendarmería de Chile continuar con la sustanciación prevista en el artículo 28 del Decreto N° 518 del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios respecto del recurrente Álvaro Corbalán Castilla", concluye el fallo.

Historia de un cambio

Cuando el ministerio de Justicia se encontraba bajo la administración de Javiera Blanco, fue cuando se concluyó que Álvaro Corbalán Castilla sería trasladado desde Punta Peuco a la Cárcel de Alta Seguridad (CAS).

Este determinación fue adoptada luego de que se encontrara por tercera vez un teléfono celular en su celda. Cuando la ministra Blanco supo de la situación afirmó que se trataba de "un argumento suficiente para ordenar su traslado".

"La reiteración de estos hechos nos permite tomar la decisión, que tiene que ver con el agravamiento de las medidas de seguridad que rodean al interno Corbalán. Por lo tanto hemos tomado la decisión como Gobierno, que sea trasladado a la Cárcel de Alta Seguridad".

"La señal que queremos dar es que Punta Peuco no es un recinto extraordinario, es una cárcel más y los internos de dicha cárcel van a estar sometidos a los regímenes disciplinarios de cualquier interno del país y frente a faltas reiteradas y graves como es el caso del interno Corbalán Castilla, lo que corresponde es endurecer las medidas de vigilancia y disciplina", enfatizó la secretaria de estado.

¿Beneficio?

Se debe recordar que la semana pasada uno de los condenados por el Caso Degollados recibió el beneficio carcelario de la libertad condicional. Situación que vuelve a poner en entredicho al poder judicial con las organizaciones y con los abogados de Derechos Humanos.

Conversamos con Alicia Lira, presidenta de la Agrupación de Familiares de Ejecutados Políticos, sobre la situación judicial que se vive en cuanto a temas de Derechos Humanos.

"Como agrupación vemos una escalada que se ha profundizado con los comentarios hechos por la UDI, por el sacerdote Fernando Montes y por el abogado Héctor Salazar, donde se le da a los victimarios un carácter de víctimas y se habla de que las organizaciones son inhumanas. Finalmente, cuando el ministro Hugo Dolmestch hizo sus comentarios, la situación tuvo un climax, hablando de la existencia de los Derechos Humanos de los victimarios, cuando las organizaciones de familiares jamás han sostenido lo contrario", explica Alicia.

"Creemos que los delincuentes condenados sí tienen derechos a la dignidad, sin embargo creemos impresentable que se considere que estas personas tengan acceso a beneficios carcelarios aunque no hayan colaborado con la justicia. En nuestra legislación no existe la diferencia entre condenados comunes y condenados por delitos de lesa humanidad. Constantemente se ha ido restando relevancia a los condenados por casos de Derechos Humanos", afirma la presidenta de la AFEP.

"Hoy vemos cómo un torturador y asesino, quien mató a tres profesionales, que los degolló y luego los arrojó a la calle, puede acceder a beneficios carcelarios. Alguien que jamás ha colaborado con la justicia y que no ha demostrado nunca arrepentimiento. Por su parte, Álvaro Corbalán, es alguien que refleja lo más siniestro en la historia de nuestro país. Un conspirador, un torturador y un asesino, alguien que se ha burlado de la justicia, hoy volvería a Punta Peuco. Nuestra exigencia es el cierre de este penal y el traslado de todos sus usuarios a la Cárcel de Alta Seguridad", finalizó Lira.

Para el abogado de Derechos Humanos Cristián Cruz la situación es bastante lamentable, pero no pueden ser comparados ambos casos entre sí.

"El caso de Álvaro Corbalán es distinto, pues él se fue castigado por un tiempo a la Cárcel de Alta Seguridad, y si la Corte dictamina que Gendarmería debe concretar su regreso a Punta Peuco, es lo lógico que debería realizarse. Sin embargo, personalmente estoy en contra de la existencia del penal", asegura Cruz.

"La permanencia en Punta Peuco es ya un beneficio, pero la situación actual dice que se debe realizar este regreso. Sin embargo, no queda ninguna seguridad de que Corbalán no siga cometiendo irregularidades al interior del penal de Punta Peuco. Se requiere un régimen penitenciario distinto en una cárcel de alta seguridad", explica el abogado.

Al referirse a la liberación de Guillermo González Betancourt, el abogado indicó:

"Es algo que no nos gusta, nos impresiona que los violadores de Derechos Humanos tengan durante muchos años toda una serie de facilidades, las que culminan hoy con los beneficios carcelarios para algunos. No hay una política real de estado que busque perseguir según parámetros internacionales a los violadores de Derechos Humanos", finaliza.

Por su parte, para el abogado Héctor Salazar la situación se rige según lo que dice la justicia.

"Los juicios morales que se pudieran hacer tienen que ver con si algo ha sido bueno o malo, sin embargo, en nuestro sistema de ordenamiento no opera bajo sistemas morales sino que bajo la aplicación de la ley. Hay que separar ambos planos al momento de opinar sobre los distintos casos, aquí el tema es corresponder dictaminar en estos casos bajos determinaciones legales", explica el abogado Salazar.

"Yo creo que hay jurisprudencia en este sentido desde el año pasado, siendo este el criterio. Cuando un condenado cumple con los requisitos se aplican los beneficios, siendo un criterio de carácter general sin hacer distinciones. Pero personalmente discrepo de hacer reproches morales frente a las condenas, cosa que también cabe cuando se habla de la lógica represiva", comenta.

"Aquí sucede que es la sentencia lo que determina los beneficios posteriores, pero la igualdad ante la ley es un elemento que no se puede olvidar. Lo que piden algunas organizaciones de familiares de revisar las condenas es algo que creo que no se debe realizar, pues detrás de estas quejas hay principalmente factores sentimentales de parte de las víctimas, cosa absolutamente entendible, pero en cuanto a establecer la verdad y aplicar justicia, los tribunales han operado y tenemos que adecuarnos a esos dictámenes", concluyó el abogado.

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