NOTA: CARTA COMPROMISO CON LOS CANDIDATOS CON LOS DDHH.
Sábado 01 de julio 2017.
Sábado 01 de julio 2017.
A recuperar la verdadera humanidad y ética perdidas
Verdad y Justicia ahora. Que nos digan donde están!
Verdad y Justicia ahora. Que nos digan donde están!
El año 2016 comenzó la profundización de los esfuerzos concertados de algunos sectores por propiciar la reducción ó suspensión de penas que permitieran la liberación de los condenados por crímenes contra la Humanidad, recluidos en el Penal de Punta Peuco.
Encabezados por ex militares que reivindican el Golpe Militar y su secuela de muerte y destrucción, esta ofensiva por la Impunidad encontró aliados en algunos parlamentarios, sacerdotes y ex abogados de Derechos Humanos, que lograron instalar una polémica mediática con la complicidad de diversos medios de comunicación, mediante la cual se intentó poner en tela de juicio, la pertinencia de que siguieran cumpliendo sus respectivas penas aquellos condenados que tuvieran una avanzada edad ó se encontraran con enfermedades terminales. Se invocó para ello, razones humanitarias.
En el marco de esta ofensiva, estos mismos sectores organizaron una denominada Ceremonia Ecuménica en el Penal Punta Peuco, instancia en la que varios condenados por graves violaciones a los Derechos Humanos, pedirían perdón por los ilícitos cometidos y expresarían su supuesto arrepentimiento.
La Agrupación de Familiares Detenidos Desaparecidos, desea reafirmar cual ha sido su permanente y unívoca posición en esta materia.
Durante los 17 años de Dictadura cívico-militar, la comunidad internacional agrupada en la Organización de Naciones Unidas (ONU), condenó al Estado chileno por su política permanente de violación sistemática de los derechos humanos en nuestro país. Chile fue un paria en el sistema internacional, siendo apuntado por el dedo por el concierto de naciones por su abierta vulneración y desconocimiento de la normativa internacional de Derechos Humanos que Naciones Unidas había impulsado desde su creación en 1945, después del término de la Segunda Guerra Mundial.
A partir de 1990, el Estado de Chile fue poco a poco incorporándose al Sistema Internacional de Naciones Unidas, al poner término a la violación sistemática de los derechos humanos, y comprometiéndose a promover políticas que permitieran esclarecer la Verdad y hacer Justicia en materia de crímenes de Derechos Humanos, al mismo tiempo que suscribió y ratificó diversos Pactos y Convenciones sobre la materia.
De manera que nuestra posición frente a esta Ofensiva por la Impunidad se resume en que debe aplicarse en la materia sólo un criterio objetivo, pero suficiente: los distintos Poderes del Estado de Chile, deben acatar y cumplir cabalmente las obligaciones emanadas de la normativa internacional sobre Derechos Humanos que ha sido suscrita y ratificada por nuestro país, además de cumplir con lo resuelto en esta materia, por los distintos órganos administrativos y jurisdiccionales que integran el Sistema Internacional de los Derechos Humanos.
En el caso que nos ocupa, de acuerdo a la normativa internacional de Derechos Humanos, no procede la reducción de pena, a través de la libertad condicional, ni la suspensión ó término de la misma, a través del Indulto ó la Amnistía.
El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional -vigente en Chile y aplicable en la materia- establece requisitos que ninguno de los condenados por crímenes contra la Humanidad, cumple a cabalidad. En efecto, se exige para ello el que el condenado lo haya sido a una pena proporcional a la gravedad del delito, requisito que no se cumple por la aplicación de la denominada “media prescripción” en más de 150 casos, que ha significado en la práctica la imposición de penas irrisorias, cuya improcedencia está dada, porque los crímenes contra la Humanidad son inamnistiables e imprescriptibles. Además, se exige para el otorgamiento de la reducción de pena el que haya existido de parte del condenado, colaboración desde un primer momento con las investigaciones judiciales a objeto de obtener el pleno esclarecimiento de los hechos y, un arrepentimiento genuino expresado en una colaboración eficaz. Ninguno de los condenados cumple con estos requisitos, según lo consignan los expedientes de los distintos procesos judiciales. Es más, algunos condenados no sólo no han colaborado ni se han arrepentido, sino que han reivindicado públicamente sus atroces crímenes.
El mismo criterio debe aplicarse frente a la inusitada demanda de liberación de parte de los condenados que tienen su salud deteriorada. Ellos deben ser tratados y atendidos en los recintos hospitalarios dependientes de Gendarmería, al igual como lo son los delincuentes comunes que padecen una enfermedad. Los criminales de lesa Humanidad no sólo no pueden exigir privilegios porque significaría violentar el Principio de Igualdad ante la Ley sino que además, no pueden ser liberados por constituir un peligro para la sociedad atendida la naturaleza y gravedad de los delitos cometidos.
En cuanto a la Ceremonia del perdón tan ampliamente difundida, que forma parte de esta Ofensiva por la Impunidad, y que fuera avalada por un sacerdote jesuita que ha promovido la liberación de los condenados, razón por cual ha tenido amplia tribuna en los medios de comunicación como El Mercurio, queremos reiterar nuestra opinión adhiriendo a lo señalado por un importante y numeroso grupo de cristianos y cristianas integrantes de diversas organizaciones religiosas y comunidades de base, que mediante Declaración Pública de fecha 27 de diciembre de 2016, afirmaron: “En realidad no pidieron perdón, solicitaron ser perdonados, se desplazó al afectado –por los crímenes ni siquiera reconocidos- la responsabilidad de acoger la solicitud. No hubo una expresión de arrepentimiento, no hubo un reconocimiento del mal causado. Se dijo que obedecieron órdenes, que se creyó que era correcto, pero no se expresó que era incorrecto torturar y matar y que se cometieron crímenes contra la Humanidad”, y concluían: “por lo tanto, deploramos como una ofensa a nuestra fe, todo intento de evadir la justicia humana en el nombre de la misericordia cristiana”.
La verdad que encierran esas palabras y las razones que esgrimen para rechazar dicha Ceremonia, se ve corroborado con lo manifestado por Claudio Salazar Fuentes, condenado por secuestro y degollamiento de tres compatriotas, quien al solicitar perdón califica sus horrendos crímenes como “hechos que causaron dolores innecesarios”, e invoca a Jehová para que perdone a los “sectores militantes” que rechazan su acto. Es decir, habría que perdonar a los familiares de las víctimas que desconfían de su arrepentimiento.
Sólo agregaremos que el perdón es un acto personal que tiene que ser otorgado por quienes ya no están (están muertos ó desaparecidos) y que en todo caso, no tiene efecto jurídico alguno en la aplicación y cumplimiento de la pena en los casos de crímenes contra la Humanidad, según el Derecho Internacional de los Derechos Humanos.
En síntesis, nuestra posición de rechazo a esta concertada maquinación para intentar por todos los medios eludir la aplicación de la Justicia, se funda entonces, en el más estricto apego a los principios y normas de los diversos instrumentos internacionales suscritos y ratificados por el Estado de Chile que regulan la materia, cuyas disposiciones impiden el otorgamiento de su libertad, tanto por la naturaleza y gravedad de los crímenes cometidos así como por el hecho de no reunirse los requisitos exigidos por dicha normativa.
No es en consecuencia, un ánimo de revancha ó de venganza lo que motiva nuestra férrea oposición a esta Operación por la Impunidad, como lo han señalado interesados sectores, sino nuestra profunda convicción en que el camino a la obtención a la Verdad y Justicia Plena, debe hacerse sobre la base de la aplicación íntegra del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, a cuyo cumplimiento el Estado chileno y respectivos órganos se encuentran obligados, posición que se condice con la histórica actitud de nuestra Agrupación, que siempre buscamos en los Tribunales de Justicia, a través de los mecanismos que nos franqueaba la Ley, respuestas a nuestra legítimas demandas de Verdad y Justicia.
Hacemos pues, un enérgico llamado a rechazar esta Ofensiva, por ser contraria a los Derechos Humanos, y especialmente llamamos a repudiar los recientes fallos de los Tribunales de Justicia, los que, desconociendo su obligación de aplicar la normativa de derechos humanos aplicable en la especie, han otorgado beneficios carcelarios a peligrosos delincuentes condenados por crímenes contra la Humanidad, como recientemente ocurrió con el ya mencionado Claudio Salazar Fuentes, condenado por el secuestro y degollamiento de tres compatriotas, cuya improcedente libertad condicional le fue concedida por la Corte Suprema, días después de haber participado en la denominada Ceremonia Ecuménica en Punta Peuco.
Pero también queremos hacer un especial llamado al conjunto de la ciudadanía, a no dejarse engañar por este intento de desviar la atención del verdadero debate que debe reinstalarse en la sociedad, cual es, cómo avanzar en la exigencia hacia el Estado y sus órganos, para que salden de una vez por todas, las deudas pendientes en materia de Verdad y Justicia, tanto con sus víctimas y familiares como con la sociedad toda.
En efecto, si queremos avanzar hacia una sociedad democrática fundada en los Derechos Humanos, los distintos actores y sectores sociales, deben expresar su humanitarismo con las víctimas y sus familiares, y no con los victimarios, como se ha pretendido por quienes promueven la Impunidad.
La verdadera falta de humanidad es intentar olvidar lo ocurrido e institucionalizar la Impunidad fáctica que se ha ido imponiendo en estos años.
Nos parece inmoral que se quiera presentar a los victimarios como las verdaderas víctimas de la sociedad, las que por revestir tal condición, deben ser objeto de toda clase de misericordia y compasión, olvidando el verdadero pecado social que significa mantener después de 40 años, la Impunidad de graves crímenes contra la Humanidad.
Cómo no considerar inhumano e inmoral que Carmen Vivanco, que cumplió hace poco 100 años de vida, tenga que seguir esperando para saber la suerte corrida por cinco familiares que aún tienen la calidad de detenidos desaparecidos?
Y qué se puede decir de los muchos familiares que fallecieron sin conocer lo ocurrido con sus seres queridos?
Cabe recordar que según los Informes oficiales, (Informe Rettig e Informes de ambas Comisiones Valech), existen más de 3.224 personas declaradas víctimas de violaciones a los Derechos Humanos, de las cuales 1.024 corresponden a detenidos desaparecidos, cuyos familiares aún esperamos que nos digan dónde están.
El Estado y sus órganos no sólo tienen el imperativo ético de terminar con el calvario de los familiares que demandan Verdad y Justicia, sin resultado hasta la fecha, sino que además, constituye una obligación jurídica ineludible que emana de la normativa sobre derechos humanos suscrita y ratificada por el Estado de Chile.
En efecto, la comisión de crímenes contra Humanidad por parte de agentes del Estado, hace surgir la obligación internacional para el Estado de establecer la Verdad, procesar y sancionar a los responsables, reparar el daño moral y material causado y la adopción de medidas que garanticen el Nunca Más a través de una adecuada aplicación de una política sobre Memoria, según lo prescribe y ordena un conjunto de instrumentos internacionales de Derechos Humanos vigentes en Chile.
Es así como, la Convención Americana de Derechos Humanos, consagra el derecho a la Verdad en los artículos 1, 8, 13 y 25, y de acuerdo a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, el Derecho a la Verdad “es un derecho de carácter colectivo que permite a la sociedad tener acceso a información esencial para el desarrollo de los sistemas democráticos y, un derecho particular para los familiares de las víctimas, que permite una forma de reparación, en particular, en los casos de aplicación de aplicación de leyes de amnistía. La Convención Americana protege el derecho a obtener y a recibir información, especialmente en los casos de desaparecidos, con relación a los cuales la Corte y la Comisión han establecido, que el Estado está obligado a determinar su paradero” (Informe de la CIDH, de fecha 27 de enero de 1999).
Además, el Derecho a la Verdad, que conlleva la obligación del Estado de establecer lo ocurrido con cada víctima de desaparición, está consagrado expresamente en la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las Desapariciones Forzadas, que entró en vigor en Diciembre de 2010. Tal es la importancia que la comunidad internacional le asigna a esta exigencia, que la ONU instituyó en el año 2012, el Día Internacional por el Derecho a la Verdad en Violaciones Graves de los Derechos Humanos, en cuyo objetivo se señaló: “las víctimas de las violaciones graves a sus derechos fundamentales tienen derecho a saber la verdad sobre las circunstancias en que se cometieron esas violaciones, los motivos por los que se perpetraron y la identidad de sus autores.” Y fue escogido el día 24 de marzo, en homenaje a Monseñor Oscar Arnulfo Romero, un ferviente defensor de los Derechos Humanos, asesinado mientras oficiaba misa.
Esperamos que producto de los esfuerzos colectivos que como sociedad realicemos, logremos avances profundos en la obtención de Verdad y Justicia y consecuencialmente, frustren rotundamente todo intento de institucionalizar la Impunidad.
Para ello requeriremos la voluntad activa de lo ciudadanía organizada para que nos siga acompañando tras la consecución de tan nobles objetivos.
Y por cierto, exigiremos una conducta coherente con esos propósitos, a los distintos poderes del Estado (Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial) así como a los medios de comunicación y a las Iglesias, especialmente a la jerarquía de la Iglesia Católica.
Al Gobierno, continuaremos demandándole el cumplimiento de su compromiso expresado en su Programa, que señala: “Los Derechos Humanos deben ser el fundamento principal y eje articulador del accionar del Estado, tanto del Gobierno, de los poderes e instituciones del Estado, y en especial, de la actividad legislativa y las políticas públicas que se adopten”, a la vez que se comprometía a “continuar con la exigencia de verdad, justicia y reparación en relación a los crímenes de lesa Humanidad ocurridos en Dictadura, adecuando la normativa y los medios necesarios para tal objetivo”.
A los parlamentarios, especialmente aquellos comprometidos con el Gobierno actual y su Programa, los llamamos a cumplir lo prometido a través de una coherente actividad legislativa y a rechazar consecuencialmente, todo proyecto de Ley ó moción parlamentaria que intente consagrar la Impunidad.
A los Tribunales, recordarles que su deber principal es administrar Justicia, aplicando toda la normativa vigente sobre la materia, la que se encuentra establecida en los diversos instrumentos internacionales que han sido suscritos y ratificados por Chile, y por tanto vigentes, los que expresamente obligan a cumplir cabalmente con su deber.
Cabe recordar que en el pasado reciente, durante la Dictadura cívico-militar, los Tribunales de Justicia renunciaron al cumplimiento de su deber dejando en la indefensión a miles de chilenos y chilenas. Así lo señaló el Pleno de la Corte Suprema el 6 de septiembre de 2013, mediante Declaración Pública en la que reconoció que la conducta asumida por la Judicatura “habría permitido un sistema represivo que afectó gravemente las garantías fundamentales de la ciudadanía y que derivó en muertes, desapariciones forzosas y torturas”.
A las Fuerzas Armadas y de Orden, especialmente al Ejército, las llamamos a comprometerse activamente con los ideales democráticos, desterrando para siempre toda posibilidad de traicionar nuevamente la lealtad jurada al Gobierno legítimamente constituido, a recuperar el honor militar perdido y a restablecer una genuina subordinación al poder civil acompañada de una auténtica defensa de los intereses mayoritarios del pueblo chileno. Un primer paso para la recuperación de la confianza en las instituciones armadas, debería ser la entrega inmediata -de una vez por todas-, de información veraz y no formal, respecto del paradero de los detenidos desaparecidos.
Por su parte, los Medios de Comunicación no deben olvidar la responsabilidad social de su rol, y que su función principal es informar y garantizar la libre expresión de todas las sensibilidades culturales que coexisten en el país y por tanto, no pueden convertirse en altavoces de poderes fácticos ó formadoras de climas de opinión de acuerdo con las agendas del poder corporativo dominante.
A su vez, esperamos que el Papa Francisco nombre como sucesor del Arzobispo Ezzati a un guía espiritual que logre retomar el camino señero que iniciara el Cardenal Raúl Silva Henríquez, que permita recuperar la cercanía que la Iglesia Católica tuvo con los más desposeídos y necesitados, recuperando su rol acogedor y de refugio para los perseguidos y con todos los que no tienen voz en la sociedad actual, y que a través de gestos y acciones concretas, ratifique lo señalado por la Conferencia Episcopal el año 2001, respecto al drama los detenidos desaparecidos y sus familiares, que calificaba como “inhumana la actitud de los responsables de los crímenes de derechos humanos por ocultar información, prolongando el sufrimiento de sus familiares durante tantos años” y que evoca inequívocamente lo señalado por el Cardenal Silva Henríquez: “La Paz es obra de la Justicia”.
Estamos convencidos que la credibilidad en nuestras instituciones y en el sistema político, sólo podrá ser recuperada si sus actuaciones se ajustan a principios éticos universalmente reconocidos.
Creemos en consecuencia, que bregar en sus actuaciones por el respeto a los Derechos Humanos y sus principios, especialmente por la Verdad y la Justicia, dos valores ético-jurídicos que han sido recogidos ampliamente por la legislación internacional a la cual el Estado chileno y sus órganos se encuentran obligados, puede ser un buen comienzo para recuperar la confianza perdida.
Por nuestra parte, nos comprometemos a seguir trabajando incansablemente por el establecimiento de una Cultura de Derechos Humanos en nuestro país, como lo recomendó el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación, única forma de garantizar el Nunca Más, el que supone previamente obtener la Verdad y la Justicia respecto de los crímenes de derechos humanos y especialmente, conocer lo ocurrido con nuestros familiares detenidos desaparecidos, exigencia moral y social que no admite más espera.
Para avanzar resueltamente hacia ese noble y necesario propósito, se hace indispensable adoptar las siguientes políticas:
1.- Democratización de las Fuerzas Armadas de Chile
a.- Degradación inmediata de todos los uniformados involucrados en violaciones a los DDHH o partícipes de los aparatos represivos del régimen de facto.
b.- Terminar con la Doctrina de Seguridad Nacional como eje formador de las FFAA y de Orden, y cambiarla por una que ponga en el centro los conceptos democráticos y el respeto a los derechos de las personas.
c.- Incorporar la asignatura de Derechos Humanos en las escuelas matrices y en toda acción formativa de estas instituciones.
d.- Avanzar en iniciativas legislativas que permitan terminar con toda acción que reivindique la Dictadura cívico-militar y a sus principales responsables.
2.- Terminar con toda forma de impunidad que busque ocultar u omitir información de los 17 años del Régimen de Facto.
a.- Terminar con los archivos secretos de Colonia Dignidad.
b.- Terminar con los 50 años de secreto que esconde el nombre de los agentes, contenidos en los Informes de la Comisión de Prisión Política y Tortura (Valech I y II).
c.- Terminar con todo el silencio y secretismo impuesto por la Dictadura.
3.- Aprobar en los primeros tres meses del nuevo Gobierno, alguna de las siguientes iniciativas legislativas que impidan la liberación de los condenados, la impunidad y la existencia de Cárceles Especiales.
a.- Aprobar el Proyecto de Ley que interpreta los artículos 93 y 103 del Código Penal y aprobar el Proyecto de Ley que Tipifica los Crímenes de Guerra y Lesa Humanidad, ambos radicados en el Senado de la República.
b.- Apoyo del Ejecutivo al Proyecto de Ley que declara la Nulidad de Derecho Público del Decreto Ley Nº 2191 de 1978 (Decreto Ley de Amnistía). Boletín 4162-07, presentado al Senado el 21 de abril de 2006. Proyecto generado en una Mesa de trabajo que incluyó a
senadores, abogados de DDHH y diversas organizaciones de DDHH impulsado por nuestra Agrupación.
b.- Apoyo del Ejecutivo al Proyecto de Ley que declara la Nulidad de Derecho Público del Decreto Ley Nº 2191 de 1978 (Decreto Ley de Amnistía). Boletín 4162-07, presentado al Senado el 21 de abril de 2006. Proyecto generado en una Mesa de trabajo que incluyó a
senadores, abogados de DDHH y diversas organizaciones de DDHH impulsado por nuestra Agrupación.
c.- Cierre definitivo del Penal Punta Peuco y traslado a cárceles comunes de los genocidas. (Utilizar estas instalaciones para alojar a condenados menores de edad o mujeres embarazadas o que cumplan condena con sus hijos pequeños).
4.- Demandamos la creación del Estado Civil de “Ausente Por Desaparición Forzada”, para aquellas personas que no se tenga noticias de su paradero después de su detención y que no
hayan sido encontradas ni vivas ni muertas (entre el 11 de septiembre 1973 y el 11 de marzo 1990). No se exigirá como requisito la declaración de Muerte Presunta.
hayan sido encontradas ni vivas ni muertas (entre el 11 de septiembre 1973 y el 11 de marzo 1990). No se exigirá como requisito la declaración de Muerte Presunta.
5.- Por último, exigimos que el Estado de Chile exprese manifieste su voluntad política para asegurar la persecución penal a civiles involucrados en violaciones de DDHH, quienes hasta ahora se han mantenido en absoluta impunidad, incluso accediendo a cargos de representación.
AGRUPACIÓN DE FAMILIARES DE DETENIDOS DESAPARECIDOS
Junio de 2017.-
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