PAÍSEscuela de Inteligencia del Ejército (Imagen: @comando.operaciones.especiales)Confirman condenas contra generales que mandaron a quemar los archivos de la CNI
Los exmilitares participado en la destrucción de archivos microfilmados y documentos de la Central Nacional de Informaciones correspondientes al periodo 1980-1982, cuyo contenido fue destruido entre 2000 y 2001.
La Octava Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó el fallo de primera instancia en contra de tres exmiembros del Ejército, entre ellos a dos generales, por su responsabilidad en la destrucción de archivos de la CNI, perpetrada entre los años 2000 y 2001, al interior de la Escuela de Inteligencia del Ejército de Chile, ubicada en la localidad de Nos, comuna de San Bernardo.
Los ministros Alejandro Rivera, Sandra Lorena Araya y Pamela Quiroga condenaron al ex general de brigada del Ejército Eduardo Jara Hallad y a la teniente coronel Mercedes del Carmen Rojas Kuschevich, a tres años y un día de reclusión menor en su grado máximo y multa de 21 UTM, como autores del delito de infidelidad de custodia de documentos con grave daño a la causa pública, mientras que el exgeneral de división Carlos Chacón Guerrero fue condenado a 200 días de reclusión más una multa de idéntica cuantía, en calidad de encubridor del mismo delito.
El abogado Francisco Ugás Tapia, uno de los querellantes en la causa, valoró el fallo, pero cuestionó las bajas penas confirmadas.
“Como representación letrada de doña Carmen Frei Ruiz Tagle, estamos en gran medida satisfechos con la decisión confirmatoria dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago en esta causa, ya que hace propio los fundamentos de la sentencia de primera instancia dictada por la Ministra Paola Plaza, pero consideramos que hay un error jurídico en relación a la desestimación de la reiteración de delitos de una misma especie. Si se hubiese considerado esta reiteración, se hubiese producido un incremento sustantivo de la pena, a una que represente una mayor proporcionalidad, atendido el delito cometido y sus perniciosas consecuencias”, sostuvo Ugás, jefe jurídico del Estudio Caucoto Abogados.
A lo anterior, se suma, señala el profesional, “la consideración de la extensión del mal causado con el delito, el que en este caso se expresa, por ejemplo, en la imposibilidad de que la justicia cuente con antecedentes muy relevantes para el establecimiento de la verdad y sanción de crímenes de lesa humanidad en múltiples casos en que intervino la CNI”.
A juicio del abogado, “eso tiene que expresarse en una mayor sanción punitiva, y es por eso que vamos a recurrir de casación esta sentencia, para cuestionar particularmente estos aspectos jurídicos que hemos señalado. En ese sentido, discutiremos estos planteamientos ante nuestro máximo tribunal”.
Francisco Ugás recuerda que “este proceso surge del caso del homicidio de don Eduardo Frei Montalva, en que se indagó la existencia de antecedentes que la Central Nacional de Informaciones había microfilmado, relativo al período 1977-1990, en que operó, ejerciendo, entre sus acciones, seguimientos al ex mandatario”.
De acuerdo a la investigación, se trata concretamente de la destrucción mediante incineración de archivos microfilmados de la Central Nacional de Informaciones, CNI, correspondientes al periodo 1980-1982, mantenidos bajo custodia en la Dirección de Inteligencia del Ejército, DINE, y que fueron quemados a comienzos del 2000, en el marco del desarrollo de la “Mesa del Diálogo”.
Los antecedentes que resultaron eliminados, de acuerdo al fallo, contenían información clave acerca de cómo operaba la CNI, así como las operaciones de espionaje e intimidación orquestadas contra el expresidente Eduardo Frei Montalva.
Si bien el Ejército negó durante mucho tiempo lo ocurrido con el material, la institución realizó un sumario, el 2015, que arrojó los primeros indicios y se estableció que no se dio cumplimiento a la reglamentación vigente sobre el tratamiento de dicha documentación, pero no hubo sumarios por encontrarse los responsables en situación de retiro.
En 2017, la organización Londres 38, a través de su presidenta Erika Hennings, presentó una querella criminal ante el Ministro Mario Carroza, en contra de quienes resulten responsables del delito de sustracción y supresión de documentos, así como de encubrimiento de homicidios y secuestros calificados.
Además, como informó El Mostrador, durante la investigación quedó también en evidencia cómo en 1989, cuando la dictadura estaba en sus últimos estertores, se produjo un falto atentado explosivo en contra de una bodega ubicada en el recinto donde se encuentra el Hospital Militar, con el fin de hacer desaparecer desde allí valiosísima documentación relativa a más de 7.400 juicios ilegales efectuados entre 1973 y 1977, en contra de opositores al régimen de facto encabezado por Augusto Pinochet.
La quema de Nos
Según estableció la ministra Plaza, tras el regreso de la democracia los archivos de la CNI se mantuvieron bajo la custodia del Ejército de Chile, en dependencias de la DINE (Dirección de Inteligencia del Ejército).
Durante los años 2000 a 2001, la entonces Teniente Coronel de Ejército Mercedes del Carmen Rojas Kuschevich, segunda al mando de la Sección Archivo del Departamento II de Contrainteligencia de la DINE, por instrucción de su superior, el General de Brigada Eduardo Jara Hallad, Director de Inteligencia, procedió a revisar en forma aleatoria los antecedentes microfilmados pertenecientes a la CNI que se encontraban en sus dependencias y bajo la custodia del Ejército.
Tras ello, dispuso que el Suboficial Mayor Luis Zúñiga Celis, conjuntamente con el Cabo Primero Osvaldo Ramírez Lazcano, trasladaran aquellos archivos de la CNI hasta la Escuela de Inteligencia del Ejército, ubicada en la localidad de Nos, “donde fueron incinerados sin levantar las actas respectivas que ordenaba la reglamentación vigente, procedimiento que aun siendo irregular se informó debidamente al entonces Jefe del Estado Mayor General del Ejército de Chile, Carlos Patricio Chacón Guerrero”, según indica el fallo.
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