Publicado por piensa Chile
En declaraciones formuladas el pasado 31 de julio a radio Universidad de Chile, el ex juez Juan Guzmán afirmó que la violencia que se registra en la zona mapuche se debe a una serie de montajes policiales, a lo que se suma también la ausencia absoluta de diálogo del gobierno con las comunidades y sus representantes. En dos casos que merecieron de él ese calificativo, el logró como abogado defensor, desbaratar las acusaciones que enfrentaban presos políticos mapuche.
Las denuncias de racismo que el equipo de Derechos Colectivos Mapuche este mes planteará ante el Comité de la Eliminación de la Discriminación Racial de la ONU, incluirán la práctica de los montajes llevada a cabo por la policía, la Agencia Nacional de Inteligencia ANI y/o el Ministerio Público y los medios de comunicación masiva chilenos, recogiendo una sistematización de casos desarrollada por esta periodista para la Comisión Etica Contra la Tortura en su informe anual a la Presidenta Bachelet . El informe documenta 23 casos en que se evidencia ese tipo de manipulación dolosa de la información.
Queda al desnudo la incapacidad del gobierno de la Presidenta Bachelet de hacer frente a la deuda histórica del Estado con el pueblo mapuche. Hoy en la prensa n o están los montajes, reemplazados en terreno por los disparos desde helicópteros, el uso de lacrimógenas, balas antimotines y fuerzas especiales en el allanamiento (como en dictadura) de comunidades movilizadas por la tierra. Cada ciclo de lucha por recuperaciones de tierra es enfrentado de forma más violenta por el gobierno, debido a la imposibilidad de frenarlas. Atrapados entre el avance de las forestales, los megaproyectos de inversión y la complicidad de la institucionalidad del Estado, hay comunidades que sienten que hoy ya no hay otra opción.
La Concertación se ha demostrado incapaz de comprender que la detención de un dirigente o el debilitamiento de una organización sólo da paso –también como ocurría en dictadura- a otros líderes y organizaciones. El pueblo mapuche ni antes ni ahora ha tenido unidad política o jefaturas nacionales, pero sus reivindicaciones son similares y están respaldadas por el derecho internacional indígena. Hoy las comunidades en conflicto están en comunas como Ercilla, Villarrica, Cunco y Teodoro Schmidt (todas de la Región de la Araucanía) pero en una declaración fechada en Los Alamos, la mesa provincial de comunidades y asociaciones indígenas de Arauco (Region del BioBio) ha anunciado que si no encuentra respuesta, iniciará también movilizaciones. La Alianza Wenteche a su vez ha planteado que las recuperaciones se extenderán a fundos usurpados en comunas de Purén, Freire, Padre Las Casas y otras.
Esta organización estuvo tras la movilización de más de 140 lonkos y dirigentes tradicionales hacia La Moneda –el 7 de julio de este año - estrellándose contra la más absoluta indiferencia del aparato de gobierno, que se negó a escuchar sus planteamientos. La locuacidad de personeros del Ministerio de Interior no funciona en esta dirección.
Definiciones
El término montaje proviene del cine, sin embargo desde los años 30 se utiliza para identificar una forma dramatúrgica en la que las secuencias de la acción se montan en una sucesión de momentos autónomos. La expresión también suele utilizarse por la gente de teatro, la crítica o el público, como sinónimo de puesta en escena y/o de espectáculo. A la vez, se utiliza el verbo montar (una obra, un espectáculo ) para designar la acción y los trabajos de puesta en escena o de preparación de un espectáculo. (ver web.usach.cl/didascalia/glosario.html).
Aquí son secuencias político-judiciales puestas en escena por la policía y sus diferentes órganos, incluida la Agencia Nacional de Inteligencia ANI y los fiscales exclusivos del Ministerio Público dedicados al conflicto Estado chileno-forestales/empresarios- mapuche. Para la generación que vivió la dictadura de Pinochet, estas prácticas retrotraen al país esos tiempos en que la DINA y luego la CNI utilizaron en forma constante ese recurso. Estos montajes políticos son difundidas ampliamente por los medios de comunicación masivos que existen en el país, especialmente por la televisión y la prensa de las cadenas El Mercurio y COPESA –los mismos diarios del tiempo de Augusto Pinochet- y no pueden ser contrarrestados debido al duopolio en la propiedad de los medios y la consiguiente falta de diversidad existentes. Operan como mecanismos de intimidación de la lucha social, presión hacia los tribunales de justicia, generación de opinión pública y de una cierta “jurisprudencia mediática”, es decir una conclusión favorable a los intereses de los autores del montaje y de los sectores del empresariado y gobierno vinculados al tema.
El momento del “estreno” de cada montaje coincide con la información acerca de la detención y/o formalización de los protagonistas, a lo cual posteriormente se van agregando nuevos elementos como el hallazgo de pruebas inculpatorias, la conexión con organizaciones como las FARC, ETA, el gobierno venezolano u otros. Las denuncias sobre nexos entre las FARC y los mapuche las inició en 2008 el senador de Renovación Nacional Alberto Espina, citando fuentes del gobierno colombiano. Espina busca así instalar en los medios una percepción que justifique la aplicación de la ley antiterrorista, crecientemente cuestionada por las organizaciones internacionales y nacionales.
En los montajes suelen actuar incluso los más altos personeros de gobierno como el ministro del Interior o el subsecretario del ramo, que recitan el libreto elaborado por la policía y la fiscalía. El abogado Roberto Avila, que se desempeñó profesionalmente en la Vicaría de la Solidaridad en los años de dictadura, denunció esa conducta a propósito de las declaraciones del Subsecretario del Interior Patricio Rosende sobre las detenciones practicadas el pasado 12 de abril en Puerto Choque. Avila sostuvo en carta pública dada a conocer en el diario electrónico Clarín de Chile: “A pesar de que la responsabilidad de estos mapuches no está acreditada y que existe en nuestro ordenamiento jurídico una clara separación de poderes que impide al ejecutivo y al legislativo avocarse a causas actualmente en trámite, el Ministro (subrogante) considera a los imputados ya como culpables. Y se refiere a ellos como ‘delincuentes’. El ministro se refiere a un ‘cuarteto’ por capturar, ya no son personas sino un cuarteto, de ciudadanos les queda poco o nada. ¿Qué garantías procesales de un debido proceso tiene ese ¿cuarteto’ si ya el ministro del interior los condenó públicamente como delincuentes? El gobierno no tiene en curso procedimientos en aplicación rigurosa de resoluciones judiciales sino una verdadera cacería de mapuches”
Agrega Avila: “Al ministro le parece que lo más relevante de destacar es lo impresionante del operativo de Investigaciones y Carabineros. No le preocupa la ley ni la justicia del procedimiento sino …. se complace y gratifica de la fuerza desplegada. Su lógica es claramente militar, un bando lucha contra otro, siempre es impresionante ver como los propios hacen papilla a los enemigos. …Esta es claramente una lógica amigo-enemigo. Es la lógica de guerra de la seguridad nacional. Esa es la doctrina que llevó en un momento a la propia presidenta Bachelet a la Villa Grimaldi.”
Elenco estable de los montajes
Hay personajes que son parte del elenco permanente de los montajes: las fuerzas policiales instaladas en los lugares considerados problemáticos por su cercanía con objetivos de la lucha mapuche, como por ejemplo el retén móvil que vigila la comunidad de Temucuicui. Los recintos policiales especiales suelen contar con casas y/o la colaboración de personas que aceptan ese rol. La táctica de la fiscalía incluye el reclutamiento de comuneros y/o campesinos o pequeños propietarios no mapuche que apoyen las funciones represivas.
Objetivos de los montajes
En el período que va entre mayo de 2008 y junio de 2009 el aparato represivo y el Ministerio Público, vía reiterados montajes judiciales cumplieron su objetivo de mantener en prisión a líderes mapuche que luchan por la recuperación de sus tierras ancestrales y boicotean activamente proyectos de inversión que dañan su medio ambiente y territorio. Estos montajes alcanzan también a activistas no mapuche de la causa de ese pueblo y a periodistas, comunicadores audiovisuales que solidarizan con ellos. Quienes son acusados en los montajes político-judiciales tienen un doble juicio. La primera vez son condenados en pantalla y en los titulares por los medios de comunicación, sin derecho a defensa ni a réplica, puesto que los imputados ya están detenidos e incomunicados y sus cercanos ni siquiera conocen las acusaciones. Cuando se aplica la ley antiterrorista, ni siquiera los abogados tienen acceso a conocerlas ni tampoco a los testigos secretos en los que ellas se sustentan. El segundo juicio –el legal – tiene lugar después de meses o años de prisión preventiva de los acusados.
Fracaso del montaje
Afortunadamente, en democracia, gracias a la presencia de abogados privados de derechos humanos, o excepcionalmente, de defensores públicos conscientes, en algunas ocasiones - varios meses o años después – la sentencia de los tribunales es absolutoria. Se acredita así que las acusaciones difundidas por los medios y largamente articuladas desde la policía, la Agencia Nacional de Inteligencia y el ministerio público eran un montaje. Al desarrollarse el juicio oral, los jueces suelen dictaminar que no hay pruebas suficientes de los delitos imputados o que permitan mantener a los detenidos –que habían sido calificados como altamente peligrosos- en prisión preventiva. En esos casos las absoluciones no van acompañadas de reparación alguna por el daño sufrido por los imputados. También ha sucedido que los jueces dicten la sentencia más baja dentro del rango posible de aplicar por el delito imputado, lo que en derecho indica que tuvieron serias dudas respecto de la culpabilidad de los acusados.
Frente a las absoluciones o a sentencias a penas menores, el Ministerio Público reacciona generalmente buscando la nulidad de la sentencia, cuestión que en algunos casos ha logrado, imponiendo la repetición de los juicios. El gobierno, por su parte ha mostrado su desazón ante las recientes absoluciones a través de un comentario del subsecretario del interior, Patricio Rosende, que consideró “curioso” uno de los fallos absolutorios (5 de junio de 2009) de dos dirigentes de la comunidad autónoma de Temucuicui.
El rol de los medios
La prensa inmediatamente cataloga como “terroristas” a los detenidos mapuche y también cuelga ese cartel a chilenos que –como la documentalista Elena Varela o los estudiantes de tercer año de antropología de la Universidad de Temuco Jonathan Vega Gajardo y Fénix Delgado Ahumada - dan su apoyo activo a las movilizaciones por tierra. Antes del juicio oral, ya han sido condenados por los medios.
La televisión no contextualiza las acciones desplegadas por las comunidades, y en cambio los dueños de las empresas forestales y los funcionarios de gobierno tienen asegurado un espacio para entregar su versión de las movilizaciones o acciones de autodefensa. Sin embargo la prensa nacional informa sobre la readecuación del trabajo de la policía y los órganos de inteligencia en las regiones de población mapuche. Es importante destacar sin embargo que el creciente avance de los medios de comunicación electrónicos gestionados por las propias organizaciones mapuche, está construyendo progresivamente una poderosa barrera y palanca contra la desinformación, al menos para el público y las generaciones con acceso a Internet y para las organizaciones de pueblos originarios en todo el mundo.
Jueces de garantía y defensores públicos
Por otra parte, la actuación de los jueces de garantía constituye en general un mecanismo funcional de reafirmación de la criminalización de estas luchas. Es habitual que los detenidos mapuche pasen más de ocho meses en prisión preventiva o deban cumplir engorrosas medidas cautelares que obstaculizan sus tareas en el campo, perturban su calidad de vida y participación en sus organizaciones. La Corte de Apelaciones de Temuco, por ejemplo, es sumamente rápida para revocar las libertades condicionales dadas por algun juez de garantía.
Otro de los factores co-adyuvantes en el éxito de esta táctica para criminalizar e intentar detener la lucha social y reivindicativa mapuche es la inoperancia de los defensores públicos (de oficio), ligada a una excesiva cantidad de casos a atender en distintas comunas y juzgados. Pero muchas veces –según los afectados- su pobre actuación responde a simple desidia y/o complicidad con la Fiscalía, lo que posibilita largos períodos de detención preventiva sin petición de cambio de estas medidas cautelares.
Temucuicui (comuna de Ercilla Región de la Araucanía) una de las comunidades que está permanentemente sitiada por fuerzas policiales, concentra un número importante de casos de absoluciones tras largos períodos de prisión “preventiva”.
Sobre montajes político-judiciales seguidos de absoluciones totales, y/o cambios de prisión preventiva por medidas cautelares que implican reconocer la no peligrosidad de los imputados pueden dar amplio testimonio Jaime Huenchullan Cayul, Julio Cayhuan Nahuelpi, Victor Queipul Huaiquil, los hermanos Rodrigo, Omar y Felipe Huenchullan Cayul, todos ellos de la Comunidad Autónoma de Temucuicui. También Héctor Llaitul Carrillanca (Coordinadora Arauco Malleco de Comunidades en Conflicto), Roberto Painemil Parra (comunidad Yeupeko) Avelino Meñaco (LleuLleu), Erick von Jentschyk Vergara, Juan Bautista Medina Hernández, Alex Bahamondes Garrido (activistas estudiantiles), Juan Toro Ñanco, Leonardo Lican Ñanco (ambos de Chequenco, Ercilla), César Parra Leiva (Puerto Choque, Tirúa), Iván Llanquileo (de Juana Millahual, LleuLleu), Elena Varela López (Licanray), Jonathan Vega Gajardo, Fénix Delgado Ahumada, Rodrigo Huechipan (todos estudiantes), y Mauricio Waikilao Waikilao (Yeupeko, Vilcun).
A continuación una reseña de cada uno de estos montajes.
1.- Jaime Huenchullan Cayul, werken de la asediada comunidad de Temucuicui, ubicada en la comuna de Ercilla. Se entregó voluntariamente el 18 de septiembre de 2008 por encontrarse gravemente enfermo. La Corte de Apelaciones de Temuco acogió el recurso de amparo presentado por el ex juez Juan Guzmán para que cesara la tortura inflingida en prisión, donde se le mantuvo inicialmente engrillado y con trato inhumano. Fue formalizado entoncees por incendio del fundo de René Urban, vecino de su comunidad. El 1º de junio de 2009 comenzó el juicio oral en Angol y fue absuelto de los cargos. El 4 de abril de 2009 había sido absuelto de otras acusaciones. Todo el tiempo que duró la investigación - casi nueve meses - se le mantuvo en prisión preventiva. Durante el período de prisión, él anunció su decisión de renunciar a la nacionalidad chilena para hacer valer sus derechos como miembro de un pueblo originario, según los tratados internacionales.
2.- Julio Cayhuan Nahuelpi, de la comunidad Autónoma de Temucuicui. Se entregó voluntariamente el 20 de octubre de 2008. Denunció haber sido sometido a tortura en la Comisaría de Collipulli e Investigaciones de Angol al entregarse. Se le acusó de incendio de propiedad de René Urban. El juicio oral se inició el 1º de junio en Angol. La Fiscalía pedía 15 años de prisión por incendio de un camión, 10 años por incendio de avena y 100 días por lesiones de Urban. El juicio oral tuvo lugar el 1º de junio en Angol y fue absuelto de todos los cargos.
El Ministerio Público pidió la anulación del juicio oral que absolvió a Jaime Huenchullán Cayul y a Julio Cayhuán Nahuelpi, imputados de cometer un ataque incendiario contra el fundo "La Romana", del agricultor René Urban.
3.- Víctor Enrique Queipul Huaiquil, werken de la Comunidad de Temucuicui. Se entregó voluntariamente al Tribunal de Garantia de Collipulli, quedando detenido el 18 de abril 2008. Había estado en prisión preventiva anteriormente y fue absuelto en la demanda por agresión presentada por Jaime Andrade, ex director de CONADI. Desde noviembre de 2006 y por más de cinco meses debió cumplir con medidas cautelares que lo obligaban a firmar cada 15 días en la tenencia de Ercilla. Su juicio había sido aplazado en diez oportunidades. El 4 de noviembre de 2008, luego de siete meses de prisión preventiva, fue absuelto de los cargos de supuesta agresión contra el ex director de CONADI.
4- Rodrigo Huenchullan Cayul, comunidad autónoma de Temucuicui. Acusado de incendio y amenaza contra René Urban. Estuvo cuatro meses preso en la cárcel de Victoria, después de entregarse voluntariamente en diciembre de 2008 en medio de un clima de aumento de la represión y de la violencia interna azuzada por CONADI al interior de la comunidad. El 4 de abril fue absuelto de otros cargos presentados por René Urban. Quedó libre el 20 de mayo de 2009, a la espera del juicio simplificado que tendrá lugar el 25 de junio y enfrenta una posible condena a 541 días por “amenaza” –el único cargo que se mantuvo - y que ya estarían abonados por el tiempo que pasó en prisión.
5 , 6 y 7.- Los hermanos Omar Huenchullan Cayul, Felipe Huenchullan Cayul, y José Queipul, de la Comunidad Autónoma de Temucuicui resultaron absueltos el 4 de abril de las acusaciones de desorden público que se les hicieron por hechos ocurridos en agosto de 2006, donde por la prensa se acusó a la comunidad de obstaculizar el paso de un contingente policial que arreaba un piño del dueño del fundo vecino, de René Urban. En ese momento ambos participaban de una reunión con una periodista española en la que denunciaban la represión policial de la que es víctima la comunidad. Queipul fue acusado posteriormente de robo con intimidación, amenazas, daños y maltrato animal contra miembros de la comunidad Ignacio Queipul el 19/11 de 2008.
8.- Héctor Llaitul Carrillanca, dirigente de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), pasó un año y cuatro meses en prisión preventiva, imputado por incendio y porte ilegal de armas. Fue detenido el 22/ 02/07 en Concepción después de vivir 4 años en la clandestinidad. También se unió a la huelga de hambre de Patricia Troncoso el 10 de octubre 2007 hasta el 30 diciembre. La única prueba en su contra era el testimonio inicial del comunero Roberto Painemil, quien lo inculpó bajo tortura. (ver Denuncias de Comunidades en Informe Junio de 2008, Comisión Etica Contra la Tortura). La fiscalía pedía para él una pena de 9 años. Se le negó siempre la libertad bajo fianza. Pero el 3 de junio de 2008, defendido por un equipo encabezado por Juan Guzmán Tapia, fue absuelto de todos los cargos en el juicio oral realizado en Temuco, sentencia confirmada por la Corte de Apelaciones de esa ciudad el 25 de julio de 2008. El 15 de julio de 2009 fue detenido nuevamente, en casa de su madre, acusado por el Fiscal exclusivo de la causa mapuche, Mario Elgueta como “autor intelectual” de una supuesta emboscada en Tirúa. Se trata de un enfrentamiento de comuneros con la policía, ocurrido durante un inesperado allanamiento en que estaba presente el propio Fiscal, quien resultó herido leve.
9.- Roberto Carlos Painemil Parra, 35 años, comunidad Yeupeco Vilcún (la comunidad de origen de Matias Catrileo). En diciembre de 2006 fue detenido por civiles paramilitares armados. Es golpeado, amenazado y torturado por civiles y carabineros. Estuvo más de 1 año en prisión preventiva, solo en diciembre de 2007 declaró ante un tribunal. Su defensa la asumió el ex Juez Juan Guzmán quien declaró que la acusación de incendio de material perteneciente a la empresa forestal Mininco en diciembre 2006 era un montaje. Fue absuelto del cargo de incendio en juicio oral el 3 de junio de 2008 en Temuco y condenado a 541 dias (ya cumplidos) por una acusación menor. La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó la sentencia absolutoria el 25 de julio de 2008.
10.- Lonko Avelino Meñaco, acusado de participar en quema de cabañas en LleuLleu el 12 de octubre de 2007. La Corte de Apelaciones revocó su libertad condicional concedida inicialmente por el tribunal. Tuvo como defensor al ex Juez Juan Guzmán, y resultó absuelto el 22 de abril de 2009 en juicio oral en Cañete, luego de pasar 4 meses en prisión preventiva.
11, 12 y 13.- Erik von Jentschyk Vergara, Juan Bautista Medina Hernández y Alex Daniel Bahamondes Garrido fueron acusados del incendio de dos camiones en el puente Chamichaco, comuna de Ercilla. El hecho ocurrió el 4 de enero de 2008, dos días después del asesinato del estudiante mapuche Matías Catrileo. La defensa presentó testimonios, fotos y videos en los que se ve a Juan Medina y Erik von Jentschyk en el velorio del joven mapuche a la hora que ocurrieron los hechos investigados. Se mostraron fotos en que Alex Bahamondes participaba de una marcha en Osorno el día 4 y de eventos familiares a lo largo del día. El Ministerio Público buscaba que los jóvenes fueran condenados a siete años y seis meses de presidio pero los tres activistas de la causa mapuche fueron condenados a 3 años y un día de libertad vigilada., la sentencia más baja que podía aplicarse. Ello indica que el tribunal no aceptó la mayor parte de las imputaciones de la fiscalía. Alex Bahamondes Garrido, descendiente de huilliches había sido detenido en San Pedro Viejo (Región del BioBio) el 11 de enero de 2008. Juan Bautista Medina Hernández, ingeniero forestal, miembro de la red de apoyo de las Comunidades Mapuche en conflicto de Concepción, fue detenido el 11 de enero en su domicilio, perdiendo de inmediato su trabajo. Erik von Jentschyk Vergara fue detenido el 20 de enero en Valdivia.
14, 15 y 16.- Absueltos de las acusaciones de incendio de un camión resultaron los hermanos Juan Martín Toro Ñanco y Leonardo Patricio Lican Ñanco, que fueron detenidos el 2 de mayo de 2008 en su comunidad, Newen Mapu José Millacheo de Chequenco junto a otros cinco comuneros, como autores del incendio de un camión de la empresa forestal Lascar en el sector Pidima, Ercilla, el 26 de abril de 2008. El fallo absolutorio se pronunció el 9 de marzo de 2009. Ellos habían pasado varios meses en la Cárcel de Temuco y luego accedieron a medidas cautelares de firma periódica.
Luis Millacheo Ñanco detenido junto a ellos, fue condenado a 5 años y un día, mientras que Andrés Lican Lican y Juan Bernardo Lican Melinao fueron condenados por la justicia chilena a cuatro años como autores de “robo con intimidación” y no del incendio por el que ya habían sido condenados por los medios de comunicación y el gobierno local los ocho detenidos. Presidió el tribunal el juez Andrés Villagra. El juicio duró 9 días, fracasando los fiscales en su empeño de encarcelar a a todos los comuneros. Esta instancia había procesado a ocho comuneros, pero tres de los procesados, José Millacheo Ñanco y José Millacheo Marin Fernando (detenidos el 2 de mayo de 2008, en la comunidad Newen Mapuche José Millacheo de Chequenco), y Enrique Millacheo Marín (detenido el 21 de noviembre en Contulmo) decidieron no presentarse a lo que consideraron un juicio viciado. José Millacheo Ñanco es hijo del lonko Ciraco Millacheo, quien permanece en la clandestinidad pues fue condenado en el caso Poluco Pidenco por la ley antiterrorista.
La condena se logró con la declaración de dos testigos protegidos, sin rostro, sumados a los peritajes de carabineros presentados por los fiscales Miguel Angel Velásquez y Alberto Chifelle, y los querellantes del gobierno y de la empresa Forestal Lascar. Según declaración de protesta de la comunidad estos carabineros son “los mismos que se han destacado por el trato especial hacia nuestro Pueblo Nación Mapuche, los mismos que allanan nuestras casas golpeando mujeres, ancianos y nuestros hijos, disparando y tratándonos de ‘indios’, encañonado a nuestra gente con sus armas de servicio, los mismos que asesinaron a Alex Lemun y Matías Catrileo.”
La Comunidad de Chequenco lleva más de una década manteniendo el control territorial sobre el fundo Chiguaihue, tierras usurpadas por Forestal Mininco.
17.- César Parra Leiva, comunero de Puerto Choque permaneció encarcelado desde octubre de 2008, acusado de agresión a Carabineros el 10 de junio de 2008, en medio de un allanamiento a su comunidad. El carabinero que lo acusó no presentaba ninguna lesión, en cambio Parra sí resultó herido a bala. Logró salir en libertad el 2 de abril de 2009 con medidas cautelares y esperaba juicio simplificado. Pero fue detenido nuevamente el 11 de abril de este año por los hechos de Puerto Choque (la “emboscada” ya citada anteriormente).
18.- Lonko Iván Llanquileo de comunidad Juana Millahual (Rukañanco), detenido el 31 de agosto del 2007 en su propia casa en la ribera del Lleu Lleu, acusado de tenencia de material de guerra en la comunidad y condenado por los medios, que informaron ampliamente del operativo de detención desarrollado por fuerzas conjuntas que coparon el territorio de la comunidad. En una casa deshabitada que no era el domicilio de Llanquileo, la policía informó haber encontrado un fusil. La fiscalía militar no pudo reunir antecedentes suficientes para seguir manteniendo a Llanquileo en prisión preventiva y luego de sucesivas apelaciones, quedó en libertad condicional el 8 de enero de 2009. El enjuiciamiento a un mapuche en la justicia militar constituye por otra parte, una evidente violación del fallo Palamara de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos por juzgar a un civil en justicia militar.
19.- Elena Varela López, detenida el 7 de mayo 2008, en Licanray, mientras trabajaba en el documental Newen Mapu, la Fuerza de la Gente de la Tierra. Espera la preparación del juicio oral que tendrá lugar en Villarrica (Región de la Araucanía) en fecha no determinada aún. En la acusación del fiscal Servando Jordán, publicada en todos los medios no falta nada: se vinculaba a Elena Varela al MIR, que era descrito como una organización terrorista, y también con el ELN de Colombia y también con el Frente Patriótico Manuel Rodríguez. Fue condenada de antemano por los medios de comunicación, que junto con la Fiscalía la sindicaron como terrorista imputándole la planificación del asalto a un banco y el “delito” de tener vinculaciones con dirigentes mapuche y ser ex mirista. Los materiales incautados son entrevistas a dirigentes de comunidades en conflicto. La Asociación Chilena de Documentalistas ADOC junto a organizaciones de derechos humanos y personalidades del mundo de la cultura han denunciado su caso como un montaje considerando se está vulnerando la libertad de expresión y que ha sido perseguida por dar a conocer la voz de las comunidades agredidas por las empresas forestales.
Cumplió 3 meses de prisión preventiva en la Cárcel de Alta Seguridad, luego cambiados a libertad diurna.
La detención de Elena Varela tuvo lugar el miércoles 7 de mayo de 2008, mientras trabajaba en su documental “Newen Mapu Che”, en su casa de Licanray. Al mismo tiempo, en Ercilla eran arrestadas otras cinco personas, pero el fiscal sólo perseveró en las acusaciones contra el ex preso político Kenny Sánchez y el chofer de Mininco Sergio Reyes. Sin embargo los seis detenidos sufrieron cárcel y estigmatización pública. Las pruebas exhibidas en esos días fueron, por ejemplo, banderas del MIR y armamento de fantasía utilizado en los documentales.
Este caso es quizás la pieza más compleja dentro del conjunto de los montajes, por el tipo de operativo desplegado a la hora de la detención, el secuestro de los materiales fílmicos y la manipulación de vínculos sentimentales de la detenida con fines de acusación política. Así logró la fiscalía que Elena Varela no pudiera concluir oportunamente los dos documentales premiados por FONDART en que trabajaba, Newen Mapu y Sueños del Comandante.
20.- Jonathan Vega Gajardo,
21.- Fénix Delgado Ahumada,
22.- Rodrigo Huechipan (menor de edad), los tres acusados de “incendio terrorista frustrado” el 30 de octubre de 2008 en el Bypass de Temuco. Se les enjuicia por ley antiterrorista. La defensa de los tres inculpados alega que se trata de un montaje pues se está juzgando intenciones. Las rigurosas medidas iniciales (prisión con restricción de visitas en los casos de Delgado y Vega) y las condenas mediáticas, dejaron paso a arresto domiciliario para Jonatahn y Fénix y firma periódica para el menor de edad, lo que evidencia que el caso no se sostiene.
La audiencia de preparación del juicio oral tendrá lugar en junio de 2009
23.- Mauricio Waikilao Waikilao, guardia de seguridad en un supermercado, y dirigente de la comunidad Yeupeko de Vilcún, Novena Región (a la que perteneció Matías Catrileo) está detenido por los delitos de “incendio terrorista”. Antes, en julio del 2008, Huaiquilao fue secuestrado por personal de inteligencia policial, siendo brutalmente golpeado y torturado durante un extenso interrogatorio. La Fiscalía lo acusa de recibir instrucción paramilitar en un campamento de las FARC de Colombia, hecho que estaría registrados en su diario de vida. El imputado denunció que el supuesto “diario de vida” son 12 poemas de amor de su autoría. El preso desafía a la policía a mostrar el “diario” que califica como “una fantasía del fiscal”. Eduardo Higuera Navarrete, ex funcionario de la empresa GSL Seguridad y ex empleador de Waikilao, declarará ante el juez que la noche del atentado incendiario que afectó al agricultor Eduardo Luchsinger, el imputado firmó su libro de asistencia como guardia a su cargo en el sector Pedro de Valdivia de Temuco.
Por otra parte, el año 2006, en medio de la creciente presión de organismos internacionales de derechos humanos, un juicio oral exculpó a José Cariqueo Saravia y Juan Antonio Colihuinca Acaluan, de la comunidad Cacique José Guiñon, que habían sido culpados de incendio terrorista en el fundo Poluco-Pidenco y sufrieron años de prisión por esa acusación. En 2007 fue exculpada de todo cargo la anciana Mercedes Paillalef, madre de la lonko Juana Calfunao, quien sufrió duras medidas cautelares durante un año, pero al momento del juicio no fue acusada.
Fuentes:
1.- Entrevistas y comunicaciones personales con miembros de comunidades, abogados, red Pulchetun, y otras organizaciones mapuche.
2.- Prensa electrónica de organizaciones mapuche y de organizaciones de derechos humanos:
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