En un segundo caso, el magistrado también dictó condena por los homicidios calificados de Enzo Muñoz Arévalo, Héctor Sobarzo Núñez, Juan Varas Silva y Ana Delgado Tapia, ocurridos 2 de julio del año 1984, en Santiago.
El ministro en visita Joaquín Billard al dictar condena en un caso de detenidos desaparecidos en 1974 ordenó que el Fisco cancele una indemnización de treinta millones de pesos a la actriz Malucha Pinto Solari y otros familiares por la desaparición de sus primos Mario y Nilda Peña Solari.
En la sentencia, el magistrado condenó a cinco ex agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por los secuestros calificados de los hermanos Peña Solari, donde ella estaba embarazada al momento de la desaparición, ocurridos el 9 y 10 de diciembre de 1974, en Santiago.
Billard condenó a los ex agentes Raúl Iturriaga Neumann y Risere Altez España a 10 años y un día de presidio, sin beneficios; a Manuel Carevic Cubillos y Hugo Hernández Valle a 6 años de presidio, también sin beneficios; y al ex agente Manuel Rivas Díaz, a 3 años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional.
El juez estableció que "Mario Peña Solari, en su calidad de militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) fue detenido el día 09 de diciembre de 1974, presumiblemente en la vía pública, por agentes de de la Dirección Nacional de Inteligencia, donde al día siguiente se presentaron en su domicilio, con el objeto de allanarlo, un grupo de sujetos que se identificaron como funcionarios del Ministerio de Defensa, quienes procedieron en ese acto a detener a su hermana Nilda Peña Solari, señalando al resto de las personas presentes, que sería sólo para formularle un corto interrogatorio. Sin embargo, tanto Nilda Patricia como Mario Fernando Peña Solari, permanecieron detenidos los días posteriores y por un periodo no determinado, en centros de detención de la DINA, siendo el último en el que fueron vistos, el denominado "Venda Sexy", ubicado en las intersecciones de las calles Irán con Los Plátanos. Hasta la fecha, los hermanos Peña Solari se encuentran desaparecidos e incluso como detenidos desaparecidos en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación" resalta el fallo.
En un segundo caso, el magistrado también dictó condena por los homicidios calificados de Enzo Muñoz Arévalo, Héctor Sobarzo Núñez, Juan Varas Silva y Ana Delgado Tapia, ocurridos 2 de julio del año 1984, en Santiago.
En este caso, el magistrado dictó sentencia condenatoria en contra los ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Álvaro Corbalán Castilla a 15 años de presidio por los homicidios de Varas y Delgado, sin beneficios.
También a los ex agentes Hernán Vásquez Villegas y Reimer Kohlitz Fell a 6 años de presidio por los homicidios de Varas y Delgado, sin beneficios, como a Jorge Hernández Espinoza y Juan Rubilar Ottone a 3 años y un día de presidio por los homicidios de Muñoz y Sobarzo, con el beneficio de la libertad vigilada, mientras que Pedro Guzmán Olivares fue absuelto de todos los cargos.
En este caso, se condenó al Fisco a pagar una indemnización también a cancelar treinta millones de pesos a los familiares de las víctimas.
En la sentencia, el magistrado condenó a cinco ex agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por los secuestros calificados de los hermanos Peña Solari, donde ella estaba embarazada al momento de la desaparición, ocurridos el 9 y 10 de diciembre de 1974, en Santiago.
Billard condenó a los ex agentes Raúl Iturriaga Neumann y Risere Altez España a 10 años y un día de presidio, sin beneficios; a Manuel Carevic Cubillos y Hugo Hernández Valle a 6 años de presidio, también sin beneficios; y al ex agente Manuel Rivas Díaz, a 3 años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional.
El juez estableció que "Mario Peña Solari, en su calidad de militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR) fue detenido el día 09 de diciembre de 1974, presumiblemente en la vía pública, por agentes de de la Dirección Nacional de Inteligencia, donde al día siguiente se presentaron en su domicilio, con el objeto de allanarlo, un grupo de sujetos que se identificaron como funcionarios del Ministerio de Defensa, quienes procedieron en ese acto a detener a su hermana Nilda Peña Solari, señalando al resto de las personas presentes, que sería sólo para formularle un corto interrogatorio. Sin embargo, tanto Nilda Patricia como Mario Fernando Peña Solari, permanecieron detenidos los días posteriores y por un periodo no determinado, en centros de detención de la DINA, siendo el último en el que fueron vistos, el denominado "Venda Sexy", ubicado en las intersecciones de las calles Irán con Los Plátanos. Hasta la fecha, los hermanos Peña Solari se encuentran desaparecidos e incluso como detenidos desaparecidos en el Informe de la Comisión Nacional de Verdad y Reconciliación" resalta el fallo.
En un segundo caso, el magistrado también dictó condena por los homicidios calificados de Enzo Muñoz Arévalo, Héctor Sobarzo Núñez, Juan Varas Silva y Ana Delgado Tapia, ocurridos 2 de julio del año 1984, en Santiago.
En este caso, el magistrado dictó sentencia condenatoria en contra los ex agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), Álvaro Corbalán Castilla a 15 años de presidio por los homicidios de Varas y Delgado, sin beneficios.
También a los ex agentes Hernán Vásquez Villegas y Reimer Kohlitz Fell a 6 años de presidio por los homicidios de Varas y Delgado, sin beneficios, como a Jorge Hernández Espinoza y Juan Rubilar Ottone a 3 años y un día de presidio por los homicidios de Muñoz y Sobarzo, con el beneficio de la libertad vigilada, mientras que Pedro Guzmán Olivares fue absuelto de todos los cargos.
En este caso, se condenó al Fisco a pagar una indemnización también a cancelar treinta millones de pesos a los familiares de las víctimas.
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