Hay que cuestionar el gobierno judicial, la verticalidad de la carrera, el sistema de evaluación y las facultades disciplinarias, por nombrar algunas. Otro tanto ocurre respecto de las facultades que en esta materia tiene el Ejecutivo.
Se ha hecho frecuente que se revelen por la prensa gestiones informales que realizan miembros del Poder Judicial, del mundo político e incluso terceros, con el objeto de asegurar el nombramiento de personas determinadas en cargos judiciales (ministros de Corte Suprema, de Cortes de Apelaciones y jueces de instancia).
Cada vez que ocurre, varios profesionales que estamos familiarizados con los problemas que presenta el sistema de nombramientos utilizamos distintas tribunas y plataformas para ponerlos de manifiesto, sugerir soluciones y reformas. Con preocupación (y algo de desaliento, a estas alturas), intentamos llamar la atención sobre la forma en que el statu quo va comprometiendo progresivamente una de las bases fundamentales de nuestro Estado de derecho: la independencia judicial.
Hace unos días, un reportaje de Ciper volvió a causar revuelo al evidenciar gestiones en los mensajes de WhatsApp del exmagistrado Juan Antonio Poblete. Nuevamente hubo indignación generalizada, el INDH presentó una querella y un exministro de Defensa anunció acciones legales recíprocas en contra de la institución, entre otros coletazos que produjo la noticia.
Por su parte, la Corte Suprema anunció la suspensión de toda actividad jurisdiccional el miércoles 19 de junio, con motivo de un pleno extraordinario para realizar una jornada de reflexión. ¿Hay algo nuevo que deba ser considerado por el máximo tribunal? No lo sabemos, pero teniendo en cuenta un antiguo debate interno sobre el proceso de nombramientos y, además, con dos procesos constitucionales recientes donde se debatió el asunto en extenso, es improbable que todavía existan sorpresas o materias sobre las cuales no se tenga un diagnóstico y opinión. Con todo, nuevamente tiene que mitigar la crisis.
Es común que frente a estas noticias se apresuren diagnósticos que sitúan en el centro del problema el hecho de que los ministros de la Corte Suprema son nombrados por el Presidente de la República y ratificados con el voto favorable de 2/3 del Senado, como si ello en sí mismo fuera una contaminación inaceptable por parte del poder político y la raíz de todos los males. No se considera que son muchos los países que cuentan con sistemas de nombramiento en que, además del Poder Judicial, participan los otros poderes del Estado, principalmente porque estos tienen su origen en el voto popular, por lo que indirectamente entregan legitimidad democrática a la designación.
Los demás jueces de nuestro país (jueces de instancia y ministros de Cortes de Apelaciones) son designados también por el Presidente, a propuesta en terna por parte de las cortes que corresponde. ¿Hay menos problemas acá por no involucrarse el Senado? Por supuesto que no. ¿Se originan los problemas exclusivamente en la intervención del Ejecutivo? ¿Es la formación de las quinas y las ternas por parte de las cortes la fuente única de las malas prácticas? Tampoco.
Lo cierto es que el sistema en su conjunto adolece de una regulación precaria que favorece la falta de transparencia, una pobre valoración del mérito. En suma, se constituye en tejido abierto y discrecional por donde se cuelan todo tipo de intereses, presiones, favores y prácticas cuestionables que han ido deteriorando el sistema, lo cual no es aceptable en estos tiempos. Es llamativa la distancia que se ha ido produciendo entre este mecanismo de nombramientos y los avances que se han hecho en materia de provisión de cargos en la administración pública, por ejemplo.
A pesar de la extensión con que las normas constitucionales y del Código Orgánico de Tribunales regulan los pasos fundamentales de este proceso en todos los escalafones del Poder Judicial, no ha habido pormenorización de las reglas que garantice transparencia, idoneidad profesional ni debido proceso para las designaciones. Todo esto tiene un impacto directo en la calidad de la labor jurisdiccional y en la imparcialidad e independencia de los jueces y juezas.
Los problemas son conocidos hace tiempo por todos los actores involucrados y ahora por la ciudadanía; no hay sorpresas aquí. Es hora de dar el debate en serio, teniendo a la vista la envergadura de lo que estamos arriesgando si no nos hacemos cargo. Ni siquiera hay que empezar desde cero. En el Congreso descansa un proyecto de reforma ingresado en 2021, sobre el cual empezar a trabajar, aprovechando de paso lo aprendido en el debate constitucional de los últimos años.
No es fácil el abordaje legislativo del sistema de nombramientos judiciales. Aunque la reforma no sea radical, implica necesariamente una reflexión profunda de dimensiones que han dado identidad al Poder Judicial desde siempre. Efectivamente, hay que cuestionar el gobierno judicial, la verticalidad de la carrera, el sistema de evaluación y las facultades disciplinarias, por nombrar algunas. Otro tanto ocurre respecto de las facultades que en esta materia tiene el Ejecutivo.
En suma, es necesario debatir sobre regular facultades e incluso desprenderse de algunas, por lo tanto, ceder espacios de poder. Quizá esto último sea lo más difícil.
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