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martes, 9 de agosto de 2016

Durante masiva audiencia de formalización la semana pasada

SQM: la cuestionada salida exprés del fiscal Gómez

por  9 agosto 2016
SQM: la cuestionada salida exprés del fiscal Gómez
La opción del persecutor por la suspensión condicional del procedimiento ofrecido a tres imputados contra los que existe una querella o denuncia nominativa por parte del Servicio de Impuestos Internos, no causó ninguna gracia a la institución liderada por Fernando Barraza. De esta forma, y por primera vez, el SII presentó reparos al actuar del Ministerio Público en los casos de platas políticas y no al revés.

Un nuevo ejercicio de fuerza entre el Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos (SII) en los casos de platas políticas, se vivió el pasado miércoles, durante la audiencia de formalización de 33 facilitadores de boletas falsas a SQM por servicios no prestados y que terminaron financiado campañas.
A diferencia de otras ocasiones, esta vez el enfrentamiento entre ambas instituciones estuvo marcado por críticas del SII al actuar del Ministerio Público y no al revés.
Ahora, es el servicio liderado por Fernando Barraza el que presenta reparos a la decisión del fiscal a cargo del emblemático caso, Pablo Gómez, de optar por la suspensión condicional del procedimiento ofrecido a tres imputados contra los que existe una querella o denuncia nominativa por parte del órgano recaudador.
Por regla general, quienes pueden acceder a una salida alternativa son aquellos imputados cuyos delitos son inferiores a 3 años y que, además, presentan atenuantes como la irreprochable conducta anterior. Para fuentes del Ministerio Público la aplicación de esta herramienta es entendida como una manera de economizar recursos, aunque políticamente la señal sea contradictoria.
Este sistema posibilita que los imputados, sin necesidad de aceptar su responsabilidad –cual sucede en el caso de los juicios abreviados como el que se aplicó a Jovino Nova en Penta–, puedan tener la opción de ser sobreseídos luego de un año, sin que quede registro alguno en su papel de antecedentes. Vale decir, un borrón y cuenta nueva.
En el caso concreto se les aplicó, como medida adicional, el pago del 5% del perjuicio fiscal y firma bimensual.
La opción de Gómez fue duramente rechazada por el abogado del SII, Benjamín Ríos, quien aseguró a El Mercurio que “cada vez que se presenta una querella, razonablemente se espera la obtención de una condena penal porque, de otra forma, resulta más conveniente la búsqueda de una sanción pecuniaria”.
Fuentes de la Fiscalía, si bien razonan de una manera positiva que una salida de esta naturaleza puede servir para descongestionar una causa y así avanzar con aquellos casos donde es posible llegar a juicio oral, admiten que es poco usual que esto ocurra cuando hay querellas de por medio, y máxime cuando estas provienen de un organismo especializado en materia tributaria, como el Servicio de Impuestos Internos.
Conscientes de que en casos como SQM, donde toda acción de la Fiscalía puede ser interpretada como una señal política, la mismas fuentes señalan que el criterio debe ser muy fino.
“Tienen por lo menos que haber colaborado con la investigación desde un principio con antecedentes que permitan seguir avanzando y no haber mentido”, puntualizan.
A juicio de Daza, lo que se echa de menos en el caso de Gómez Niada es la competencia y voluntad de orientar esta investigación a aquellos que son los principales protagonistas de los hechos que se investigan y que “además exista una investigación profunda que logre esclarecer de manera concreta lo que ocurrió con estos delitos vinculados al financiamiento irregular de la política y, a partir de aquello, establecer responsabilidades penales para poder obtener penas ejemplares. Obviamente esta no es la estrategia que está implementando Gómez”.
Los reparos ante la decisión de Gómez frente a esta salida vienen de diversos sectores. No es la primera vez que el referido fiscal enfrenta fuertes críticas por la forma en que ha llevado la investigación del caso SQM y sus distintas aristas, como el caso Longueira. Críticas que incluso se han dado entre sus pares.
El abogado querellante en el caso SQM, Mauricio Daza, es de aquellos profesionales que desconfía de las acciones y competencias del fiscal.
“El fiscal Gómez se ha caracterizado, en la arista SQM, por tratar de terminar a la rápida y sin profundizar las investigaciones. Esto se concreta en masivas formalizaciones que terminan con las ofertas de suspensiones condicionales, a partir de las cuales se paga una pequeña fracción del monto de lo defraudado, a cambio de no tener ningún tipo de condena y someterse a ciertas condiciones que, al cabo de un breve período, terminan con el sobreseimiento definitivo de la causa”, manifiesta.
El abogado señala que “esto se hace vendiéndole a la opinión pública que el equipo a cargo de Gómez estaría haciendo un trabajo destacable, sobre todo en comparación con lo que hacen los fiscales a cargo de otras aristas, como Corpesca o Penta, en la medida que él tendría números más altos en términos de formalizaciones que el resto de los fiscales”.
“Esto es engañoso”, denuncia. “Especialmente porque estas formalizaciones solamente se centran en personas que son de menor importancia respecto de estos hechos y además se concretan a partir de condiciones que resultan absurdas en atención a la gravedad de los delitos que se están investigando”, afirma.
A juicio de Daza, lo que se echa de menos en el caso de Gómez Niada es la competencia y voluntad de orientar esta investigación a aquellos que son los principales protagonistas de los hechos que se investigan y que “además exista una investigación profunda que logre esclarecer de manera concreta lo que ocurrió con estos delitos vinculados al financiamiento irregular de la política y, a partir de aquello, establecer responsabilidades penales para poder obtener penas ejemplares. Obviamente esta no es la estrategia que está implementando Gómez”.
Daza explica, asimismo, que identifica “dos posiciones bastante enfrentadas al interior de la Fiscalía, por más que ellos traten de taparlo con actos simbólicos”.
“Acá existe una postura de un grupo de fiscales que está por defender la facultad constitucional, en el sentido de investigar de manera completa todos y cada uno de los hechos ilícitos que han sido puestos en conocimiento del Ministerio Público. Entre ellos, la fiscal Ximena Chong, Carlos Gajardo y Pablo Norambuena y, con matices, Manuel Guerra”.
Por el otro lado, advierte Daza, “están los que quieren concluir rápidamente estas causas, bajo la tesis de que una investigación profunda y completa podría afectar la gobernabilidad del país, en atención a la extensión y gravedad que estos delitos tienen en el ámbito de la elite política. Lamentablemente, dentro de quienes están en esta segunda posición se encuentra el Fiscal Nacional, Jorge Abbott, y Pablo Gómez, que tiene a su cargo la arista más relevante dentro de las investigaciones que se están llevando adelante: SQM”.
En la Asociación de Fiscales la visión es distinta. A juicio del gremio, las señales que se den o no al país no son relevantes, ya que la salida alternativa es una facultad dentro del sistema penal y, si están las condiciones, no hay problema.
“Aunque no sea muy popular, no le encuentro nada de malo a lo que está haciendo Gómez, porque, si se cumplen los requisitos legales, no veo ninguna razón para que no se apliquen salidas alternativas. La gracia de la igualdad ante la ley es que no opera ni a favor ni en contra. No tienes por qué tratar más severamente ni mejor a alguien respecto del común de los mortales. Y si estamos hablando de gente que no tiene condenas anteriores, que ha cometido delitos en que la ley provee penas bajas, la verdad es que me parece lógico aplicar salidas alternativas y establecer requisitos”, argumenta.
Para la ex abogada jefa de la Oficina de Litigación Penal del SII y ex fiscal del Ministerio Público, Marisa Navarrete, el punto pasa por una fundamentación que haya hecho el fiscal para aplicar la medida.
Esto, recalca la abogada, es muy importante, ya que “en el caso de que no se haya fundado adecuadamente, se lee como que lo que se pretende es terminar pronto los casos”.
Navarrete detalla que “la suspensión condicional es una facultad de la Fiscalía, no es una obligación. Si se cumplen los requisitos legales, la Fiscalía no está obligada a pedirla ni tampoco el imputado puede exigirla. Por lo tanto, también hay acá un criterio de política criminal que el Ministerio Público entrega en estos casos de financiamiento ilegal de la política”.
En el caso de las platas políticas, la profesional explica que “en la mayoría de los casos en que existe perjuicio patrimonial, el Ministerio Público exige el pago de un 80 a un 100% del perjuicio, por lo que un 5% parece muy bajo, pero también deben evaluarse por la Fiscalía las facultades económicas del imputado. Si no tienen ingresos, se justifica un pago menor; si tienen ingresos, nada justifica a que no pague el total del perjuicio fiscal”.

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