Vistas de página en total

viernes, 24 de febrero de 2017

Fisco deberá indemnizar con $50 millones a hermanos de detenido desaparecido

24/02/2017 |
Horacio Carabantesm militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en la ciudad jardín en enero del año 1975. Luego, fue llevado al regimiento Nº2 Maipo y finalmente fue trasladado al cuartel Villa Grimaldi, donde fue la última vez que se le vió con vida.
50 millones de pesos para cada hermano del detenido desaparecido Horacio Carabantes -Juan Carlos y Alejandro Carabantes- deberá pagar el Fisco, tras el fallo establecido por el vigésimo Juzgado Civil de Santiago que establece la responsabilidad del Estado en este delito de secuestro calificado.

El vendedor ambulante, militante del Movimiento de Izquierda Revolucionaria (MIR), fue detenido en la ciudad jardín en enero del año 1975. Luego, fue llevado al regimiento Nº2 Maipo y finalmente fue trasladado al cuartel Villa Grimaldi, donde fue la última vez que se le vió con vida.

Los agentes de la DINA se habían traslado a la zona para reprimir las actividades de la dirección regional del MIR. El resultado fue la detención de 20 personas vinculadas al movimiento de los cuales 8 hasta ahora permanecen desaparecidos, entre ellos Carabantes.

Alicia Zùñiga, presidenta de una de las organizaciones de derechos humanos en la región, consideró que esta indemnización es un buen precedente, teniendo en cuenta que el Informe Rettig establece reparaciones para familiares de la linea directa y cónyuges solamente, aunque insiste en que no se trata de un tema de dinero sino de justicia.

Sin embargo, la dirigenta explicó que una de las mayores dificultades que tienen los organismos que buscan la verdad tras los delitos de lesa humanidad es -como en este caso- que no se persigue y sanciona a los responsables directos, debido a lo "serpenteante" que es la justicia en esta materia.

Por otra parte, Zúñiga explicó que es necesario que a estas personas que fueron denostadas por muchos años se les reconozca como luchadores sociales que combatieron en contra de una dictadura criminal.

Cabe señalar que la Ley 18.575 Orgánica Constitucional señala que el Estado debe ser el responsable por los daños que causen los órganos de la administración en el ejercicio de sus funciones, sin perjuicio que pudieren afectar al funcionario que los hubiere ocasionado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Seguidores