por EL MOSTRADOR/ EFE 9 octubre 2015
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) publicó un fallo en el que condena a Chile por no brindar un recurso judicial efectivo que dejara sin efecto 12 condenas dictadas contra ex miembros de la FACH durante la dictadura de Augusto Pinochet (1973-1990).
Se condena al Estado "al no haber ofrecido un recurso efectivo para dejar sin efecto un proceso penal que tomó en cuenta pruebas y confesiones obtenidas bajo tortura y mediante el cual fueron condenados durante la dictadura militar chilena", explicó la Corte IDH en una declaración oficial.
"Asimismo, el Tribunal consideró, con respecto a las investigaciones de las 12 víctimas que fueron torturadas, que el Estado era responsable por la excesiva demora en iniciar una investigación respecto a las torturas que sufrieron cuatro de ellas", agregó el comunicado.
Las víctimas fueron procesadas ante Consejos de Guerra a partir del 14 de septiembre de 1973. En 1974 y 1975 se dictaron sentencias de condena.
Las personas en cuestión fueron inculpadas porque "ocuparon cargos públicos en el gobierno del Presidente Salvador Allende, otros fueron procesados por haber declarado su adhesión al presidente, otras por haberse opuesto al Golpe de Estado o por haberse relacionado con personas calificadas como enemigos por la Junta Militar", explicó la Corte en su sentencia.
"Con respecto a las circunstancias de la detención de cada una de estas personas, consta en la prueba que las víctimas sufrieron malos tratos y torturas con la finalidad de obligarlos a confesar", indicó la Corte IDH.
Las personas permanecieron privadas de libertad por períodos que llegaron a ser hasta de 5 años y ulteriormente se les conmutó la pena por extrañamiento o exilio, señaló la Corte IDH.
Las víctimas son: Omar Humberto Maldonado Vargas, Álvaro Yañez del Villar, Mario Antonio Cornejo Barahona, Belarmino Constanzo Merino, Manuel Osvaldo López Oyanedel, Ernesto Augusto Galaz Guzmán, Mario González Rifo, Jaime Donoso Parra, Alberto Salustio Bustamante Rojas, Gustavo Raúl Lastra Saavedra, Víctor Hugo Adriazola Meza e Ivar Onoldo Rojas Ravanal.
Los jueces de la Corte Interamericana ordenaron al Estado chileno establecer un mecanismo que sea efectivo y rápido para revisar y anular las sentencias de condena que fueron dictadas.
Además, el Estado debe continuar y concluir la investigación de los hechos de tortura y en el plazo de un año desvelar una placa con la inscripción de los nombres de las víctimas del presente caso,
En cuanto a reparaciones, el Estado debe pagar montos que van desde 25.000 hasta 30.000 dólares a cada uno de los 12 afectados.
La Corte IDH, con sede en Costa Rica, forma parte de la Organización de Estados Americanos (OEA).
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