Agrupacion de Familiares de Ejecutados Politicos - Chile
El Lunes 12 de octubre de 2015 12:00, Prensa FASIC <boletin.fasic@lists. mislistasdecorreo.com> escribió:
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Ministro Llanos condena a 5 agentes de la DINA
02 de septiembre: El ministro, Leopoldo Llanos, dictó sentencia de primera instancia por el secuestro calificado de Marcelo Concha Bascuñán, ilícito perpetrado a partir del 10 de mayo de 1976, en la Región Metropolitana.
En el fallo, se condenó a los agentes de la DINA: Pedro Espinoza, Carlos López, Rolf Wenderoth, Ricardo Lawrence y Juan Morales, a penas de 10 años y un día de presidio como autores del delito. Asimismo, absolvió al agente Marcelo Moren.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar una indemnización de 350 millones de pesos a familiares de la víctima.
Ministro en visita encabeza exhumación en cementerio de Chincolco
04 de septiembre: El ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, dirigió una exhumación en el cementerio de Chincolco, diligencia que se enmarca en la investigación que sustancia por la muerte de ocho personas en esta localidad perteneciente a la comuna de Petorca, en la zona norte de la V Región.
Ministro Carroza condena a 7 años de presidio a mayor (r) del ejército
04 de septiembre: El ministro Mario Carroza, dictó sentencia de primera instancia por el homicidio de Ramón Zúñiga Sánchez, ilícito perpetrado el 19 de octubre de 1973, en la población La Pincoya de Conchalí y cuyos restos fueron inhumados ilegalmente en el Patio 29 del Cementerio General.
En la resolución, se condenó a la pena de 7 años de presidio efectivo al mayor ® del Ejército Donato López, en calidad de autor del homicidio calificado
De acuerdo a los antecedentes, contingente del regimiento Yungay, de la ciudad de San Felipe, durante su permanencia en Santiago, realizaron numerosos operativos y allanamientos, entre ellos en la población La Pincoya, donde resulta detenido un menor de apellido Fariña, que días antes habría tenido un incidente con el hijo de la víctima, donde este último resulta herido y el menor es trasladado a las instalaciones de la unidad en
Quinta Normal, desde donde desaparece y es ejecutado.
Que a raíz de este incidente, en la madrugada del día 19 de octubre de 1973, cuando Zúñiga Sánchez se encontraba en su domicilio de la población La Pincoya, llegó personal militar e ingresa al inmueble, desde donde saca a la fuerza a la víctima y se lo llevan con destino desconocido. Ese mismo día, personal de carabineros encuentra su cuerpo sin vida en Avenida Américo Vespucio, con heridas a bala y se le traslada al SML.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar la suma de 40 millones de pesos a los familiares de la víctima por daño moral.
Dicta procesamiento por el homicidio Juan Ramírez Peña
04 de septiembre: El ministro Jaime Arancibia, sometió a proceso a Carlos Araya Tobar, como autor, y a Eitel Romero Ramírez, como cómplice, del delito de homicidio calificado de Juan Ramírez Peña, Ilícito perpetrado en Viña del Mar.
Según los antecedentes, el 1 de enero de 1974, la víctima murió en la vía pública en la ciudad de Viña del Mar por una herida de bala, en circunstancias que transitaba en compañía de dos amigos hacia su domicilio, al cruzarse en el trayecto con un funcionario de Carabineros de la Tenencia Gómez Carreño, quien sin mediar provocación alguna por parte de la víctima, le disparó impactándole en el cuello y huyó del lugar.
Fallece Roberto Kozak
05 de septiembre: Amigos y organizaciones de DDHH lamentaron el fallecimiento del diplomático argentino Roberto Kozak quien fue Director del Comité Intergubernamental para las Migraciones Europeas (CIME). Kozat, “héroe anónimo” -como lo califico una nota de Radio U de Chile- ayudó a salvar cerca de 30 mil perseguidos políticos chilenos durante la dictadura. Su fallecimiento ocurrió en Argentina, solo un día después que se publicara en el Diario Oficial de nuestro país la ley 20.862 que le concedió la nacionalidad chilena.
Corte de Santiago confirma condena por caso Horman y Teruggi
05 de septiembre: La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago por unanimidad rechazó el recurso de casación y ratificó la sentencia de primera instancia, dictada el 19 de enero pasado, por los homicidios de los ciudadanos estadounidenses Charles Horman y Frank Teruggi, ilícitos perpetrados en septiembre de 1973, en el Estadio Nacional, en Santiago.
Condenó al brigadier ® del Ejército Pedro Espinoza a la pena de 7 años de presidio como autor de ambos homicidios; y al funcionario civil ® de la FACH Rafael González a la pena de 2 años de presidio, con remisión condicional, como cómplice del homicidio de Horman.
En el aspecto civil, se ordena al Estado de Chile y a los condenados pagar solidariamente por concepto de daño moral, la suma de 130 millones de pesos a Joyce Horman, viuda de Charles Horman, y de 100 millones de pesos a Janis Teruggi, hermana de Frank Teruggi.
Dictan procesamientos por detención ilegal, secuestro y tortura
07 de septiembre: El ministro Jaime Arancibia, sometió a proceso a los funcionarios ® de Carabineros Leonardo Villarroel y Waldo Toro, como autores de los delitos de detención ilegal, secuestro y tortura de Héctor Fuentes Cortés, ilícitos perpetrados en septiembre de 1973, en la localidad de Petorca.
Según los antecedentes, el 12 de septiembre de 1973, funcionarios de Carabineros de la Tenencia de Petorca y retenes de Chincolco y Hierro Viejo, irrumpieron violentamente en el domicilio de la víctima, quien a la fecha de los hechos era menor de edad, allanan la vivienda, sacan violentamente a Fuentes y a su hermano al patio en ropa interior con la finalidad de reunirlos con sus padres. Éstos estaban rodeados por un grupo de diez Carabineros, aproximadamente, los tenían de rodillas en el suelo, sus caras ensangrentadas evidenciaban la agresividad con que fueron tratados por los uniformados, los mantuvieron en esa posición frente al mástil de la bandera. La víctima junto a su familia fue golpeada toda la mañana. A pesar de suplicar que detuvieran los maltratos, éstos se intensificaban cada vez más. Después del maltrato físico y psicológico del que fue objeto la víctima junto a su familia, debieron permanecer tirados en el patio de la casa, siempre con la amenaza de que si pedían ayuda serían asesinados.
Corte suprema dicta condena por los secuestros de ciudadanos uruguayos
08 de septiembre: La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en contra de 13 miembros del Ejército ® retiro como coautores de los delitos de secuestro calificado de Nelsa Gadea y Julio Fernández, detenidos desaparecidos desde fines de 1973.
En fallo dividido, revocó aquella parte que absolvió de la acusación judicial a los acusados Ricardo Soto, Jorge Núñez, Gladys Calderón, Klaudio Kosiel, Ramón Carriel, Fernando Cerda y Rodolfo Vargas, y se declara en su lugar que todos ellos quedan condenados como coautores de los delitos de secuestro calificado de ambas víctimas, a la pena única de cinco años de presidio menor en su grado máximo, mas las accesorias y al pago de las costas de la causa.
Asimismo, se confirma en lo demás apelado la referida sentencia, que se reduce a cinco años de presidio menor en su grado máximo la pena privativa de libertad que se impone a los sentenciados Valentín Escobedo, Raúl Quintana, Vittorio Tiplizky, Ramón Acuña, Manuel Contreras, Nelson Valdés y David Miranda, por los mismos delitos indicados.
Consejo del INDH llama al Estado a dar pasos para superar
10 septiembre: En declaración pública el Consejo del INDH señaló que “Chile tiene un marcado déficit en el reconocimiento de la existencia de los pueblos indígenas y de los derechos que les han sido reconocidos por los tratados internacionales de DDHH. Los pueblos indígenas además no cuentan con participación política. Se trata de una situación que no ha sido superada pese a existir consenso político respecto a la urgencia de abordarla”.
En el texto además manifestaron su preocupación por “la situación de marginación socioeconómica en la que vive el pueblo mapuche” y la violencia que todavía caracteriza al conflicto.
Los consejeros llamaron al Estado a dar reconocimiento constitucional a los pueblos indígenas, a la búsqueda de una solución integral en materia de tierras, la generación de mecanismos de consultas, medidas que permitan garantizar la integridad y seguridad de las personas indígenas y no indígenas en La Araucanía, entre otras.
Condenan a agentes de la DINA por torturas aplicadas en José Domingo Cañas
10 de septiembre: El ministro Leopoldo Llanos, dictó sentencia de primera instancia en contra de cuatro ex integrantes de la DINA, por su responsabilidad en el delito de aplicación de tormentos a prisioneras políticas, ilícito perpetrado en el centro de detención clandestino de José Domingo Cañas, en 1974.
En el fallo, se condenó a los agentes: Miguel Krassnoff y Marcelo Moren a penas de 7 años de presidio efectivo, como autores del delito que afectó a las víctimas Gloria Laso, Viviana Uribe, Mónica Uribe, María Hernández, Amanda de Negri y María Reyes.
En tanto, los agentes Francisco Ferrer deberán cumplir la pena de 5 años y un día de presidio, sin beneficios, y Basclay Zapata, 3 años de presidio, con el beneficio de la remisión condicional.
En el aspecto civil, se ordena al Estado de Chile pagar una indemnización de 50 millones de pesos a cada una de las víctimas por concepto de daño moral.
Murió el agente DINA Moren Brito
11 de septiembre: En el Hospital Militar, a los 80 años murió el coronel en retiro, Marcelo Moren Brito, quien cumplía en el penal Punta Peuco una condena por más de 300 años por violaciones a los DDHH durante la dictadura militar.
Moren Brito fue parte de la Dirección Nacional de Inteligencia (DINA) desde su creación a fines de 1973 y estuvo asociado a algunas de las acciones más crueles de la represión contra los disidentes del gobierno militar de Augusto Pinochet.
Asimismo, en octubre de 1973 se puso a disposición del General Sergio Arellano Stark formando parte de su Estado Mayor, quien en su calidad de oficial delegado en el curso ejecutó a 72 prisioneros, en lo que se denominó la Caravana de la Muerte.
Oficiales del Ejército dañan memorial de DD en Iquique
13 de septiembre: Dos militares fueron denunciados por haber ocasionado daños al monolito que fue instalado en memoria de los ejecutados políticos Jorge Marín (19) y William Miller (42) y que había sido inaugurado este 11 de septiembre pasado a las afueras de la Escuela de Caballería blindada del Ejército en Iquique.
Los responsables de este hecho, fueron identificados como el teniente Mauricio Pacheco Urrutia, de la 2° Brigada Acorazada “Cazadores”, y el teniente Pablo Henriquez Fernandez del Centro de Entrenamiento Acorazado.
Se dicta condena por secuestro calificado de Zacarías Machuca Muñoz
14 de septiembre: El ministro Hernán Crisosto, dictó sentencia en contra de 76 agentes de la DINA, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Zacarías Machuca Muñoz, víctima de la denominada "Operación Colombo".
En la resolución, se condenó como autores del delito a los agentes: César Manríquez, Pedro Espinoza, Marcelo Moren, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga, a penas de 13 años de presidio, y a las penas de 10 años de presidio, los agentes: Gerardo Urrich, Gerardo Godoy, Ricardo Lawrence, Ciro Torré, Sergio Castillo, Manuel Carevic, Basclay Zapata Reyes, entre otros.
De acuerdo a los antecedentes, el 29 de julio de 1974, Zacarías Machuca Muñoz, militante del MIR, fue detenido en su domicilio por agentes de la DINA siendo trasladado a "Londres 38", siendo continuamente sometido a interrogatorios bajo tortura. La última vez que la víctima Machuca Muñoz fue visto con vida, ocurrió un día no determinado del mes de agosto de 1974, encontrándose desaparecido hasta la fecha, Su nombre apareció en un listado de 119 personas, publicado en la prensa nacional luego que figurara en una lista publicada en la revista Lea de Argentina, de fecha 15 de julio de 1975.
En el aspecto civil, el fallo condenó al Estado de Chile a pagar 50 millones de pesos a cada uno de los tres hermanos de la víctima.
Corte de Santiago confirma condena contra 11 agentes de la DINA
16 de septiembre: La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó por unanimidad la sentencia de primera instancia dictada en la investigación denominada: "Villa Grimaldi. Cuaderno Principal", que indagó la desaparición de 19 personas y un homicidio calificado, ilícitos perpetrados al interior del centro de detención ilegal, ubicado en la comuna de Peñalolén.
Se ratificó las condenas efectivas para 11 integrantes de la DINA por su responsabilidad en los secuestros calificados de: Guillermo Beausire, Alan Bruce, Jaime Vásquez, Manuel Carreño, Iván Carreño, María Eltit, María Joui, Jacqueline Drouilly, Juan Molina, René Acuña, Carlos Carrasco, Hugo Ríos, Agustín Martínez, Juan Mac-Leod, María Ramírez, Luis Palominos, Marta Neira, César Negrete, Alejandro Ávalos; y por el homicidio de Humberto Juan Menenteau Aceituno.
La sentencia ratificó las penas, que van de los 20 a los 10 años, de los agentes Pedro Espinoza, Rolf Wenderoth, Miguel Krassnoff, Fernando Lauriani, Gerardo Godoy. Ricardo Lawrence, Basclay Zapata, Manuel Carevic, Raúl Iturriaga, César Manríquez y Orlando Manzo.
En el aspecto civil, el fallo confirmó que el Estado de Chile debe pagar una indemnización total de 1.850 millones de pesos a familiares demandantes, en sumas que van desde los 50 millones de pesos a los 150 cincuenta millones de pesos, según se detalla en la sentencia.
Ministro Carroza dicta el cúmplase en dos casos por violaciones a los DDHH
16 de septiembre: El ministro, Mario Carroza, dictó el cúmplase de dos sentencias y ordenó el ingreso al Centro de Cumplimiento Penitenciario de Punta Peuco de 11 militares en retiro.
En la primera causa –por el homicidio de Enzo Muñoz Arévalo–, el ministro Carroza ordenó el ingreso de los agentes de la CNI Hernán Vásquez y Álvaro Corbalán, a cumplir penas de 15 años y un día, sentencia que fue confirmada por fallo de la Corte Suprema, el 4 de agosto pasado.
En tanto, por el homicidio de Alonso Lazo se ordenó el ingreso de Ramsés Álvarez, condenado a 10 y 1 día de presidio. En tanto, deberán purgar 6 años los ex agentes: Patricio Román, Pedro Vivian, Juan Valderrama y Adolfo Lapostol. Y Felipe González, Hernán Portillo, José Quintanilla y Erasmo Vega deben cumplir con penas de 5 años y un día de presidio.
Corte de Santiago eleva condenas a tres agentes de la CNI
22 de septiembre: La Quinta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó sentencia de primera instancia, pero elevó las penas a tres agentes de la CNI por su responsabilidad en el delito de homicidio calificado de Leandro Arratia Reyes, ilícito perpetrado el 18 de enero de 1981, en la Región Metropolitana.
En fallo dividido, condenó a 10 años y un día de presidio a los agentes Álvaro Corbalán, Roberto Schmied y José Aravena, en calidad de autores del delito.
En la resolución, el tribunal de alzada desestimó la aplicación de la figura de la media prescripción y elevó la sanción de 7 años de presidio dictada en primera instancia por el ministro en visita Mario Carroza, el 14 de mayo pasado. .
En el aspecto civil, el tribunal de alzada capitalino confirmó el fallo que ordenó al Estado de Chile pagar una indemnización, por daño moral, de 100 millones de pesos a la viuda e hijos de Leandro Arratia Reyes.
Ministra Díaz retoma exhumaciones en el denominado caso Neltume
22 de septiembre: La ministra en visita en causa de DDHH, Emma Díaz, se constituyó en el Cementerio Municipal de Valdivia, con el objetivo de retomar la búsqueda de los restos óseos de Juan Ojeda Aguayo y Pedro Yáñez Palacios, quienes perdieron la vida en la zona cordillerana de Neltume en 1981, en el marco del denominado caso Neltume.
En marzo de este año, la ministra Díaz instruyó la exhumación de nueve personas, oportunidad en la que los restos de Ojeda Aguayo y Yáñez Palacios, no fueron hallados, debiendo decretarse diligencias adicionales para intentar determinar el lugar efectivo en que estos últimos fueron inhumados.
Cristian Levinao fue recapturado luego de fugarse
22 de septiembre: Fue capturado el ex preso político mapuche Cristián Levinao, quien el pasado 15 de julio, se fugó de un centro penitenciario de Angol y posteriormente se declaró en clandestinidad alegando su inocencia de los cargos que se le imputaban, y denunciando además la reiterada persecución del Estado en su contra. Levinao ha denunciado en reiteradas ocasiones que su condena de más de 10 años de cárcel por robo con intimidación forma parte del hostigamiento que el Estado realiza contra los mapuche que luchan por la recuperación de su territorio y la liberación de su pueblo, señalando que el fiscal Chamorro y sus testigos secretos prepararon un montaje en su contra.
Corte suprema confirma condena por torturas
23 de septiembre: La Corte Suprema por unanimidad ratificó la sentencia que condenó al funcionario ®de Carabineros René Villarroel Sobarzo a la pena de 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por su responsabilidad en el delito de aplicación de tormentos a 7 prisioneros de la tenencia de Fresia, detenidos tras el 11 de septiembre de 1973.
Ministro Carroza dicta acusación por homicidios de siete prisioneros de Pisagua en 1974
23 de septiembre: El ministro Mario Carroza, dictó acusación en contra del mayor ® del Ejército Carlos Herrera Jiménez, por su responsabilidad en los homicidios calificados de siete detenidos en el campo de prisioneros políticos de Pisagua, en enero de 1974.
En la resolución, encausó a Herrera Jiménez en calidad de autor de los homicidios de Orlando Cabello Cabello, Nicolás Chanez Chanez, Juan Mamani García, Luis Manríquez Wilden, Hugo Martínez Guillén, Juan Rojas Osega y Nelson Márquez Aburto.
Se logró acreditar que seis de las víctimas fueron detenidas en noviembre de 1973 y ejecutados en un día indeterminado de enero de 1974, en el campo de prisioneros de Pisagua.
En tanto, la séptima víctima Nelson Márquez Aburto fue ejecutado el 18 de enero de 1974, al margen de todo proceso legal y como una forma de escarmiento para evitar fugas de prisioneros. Además, el detenido fue sometido a reiteradas torturas durante su periodo de reclusión, tratos crueles que se vieron incrementados, después de que denunciara la situación al general de Ejército Óscar Bonilla cuando visitó el campamento.
Los cuerpos fueron inhumados ilegalmente en una fosa que fue descubierta en 1990, por lo que resultó falsa la versión oficial entregada en la época de los hechos, que sostenía que los prisioneros habían sido puestos en libertad el 29 de enero de 1974.
Ministra Cifuentes dicta acusación por homicidio de cabo de la FACH
25 de septiembre: La ministra de la Corte de Apelaciones de San Miguel, Marianela Cifuentes, dictó acusación como autor del delito a Juan Sarmiento, a la sazón, alumno de la Escuela de Especialidad de la FACH en el proceso por el delito de homicidio calificado del cabo segundo de la FACH José Enrique Espinoza Santic, ilícito perpetrado el 26 de octubre de 1973, en la comuna de El Bosque.
De acuerdo a los antecedentes, el día 19 octubre de 1973, José Espinoza Santic, fue detenido en la Escuela de Aviación Capitán Ávalos, puesto a disposición de la AGA y luego, de la Academia Politécnica Aeronáutica., En circunstancias que la víctima se encontraba , bajo la custodia del alumno Juan Sarmiento Fuentes y, sin que mediara provocación alguna de su parte, dicho centinela le disparó por la espalda con el fusil Mauser que portaba, falleciendo a causa de una anemia aguda.
Corte de Temuco acoge amparo del INDH en favor de persona detenida ilegalmente
25 septiembre: La Corte de Apelaciones de Temuco acogió un recurso de amparo presentado por el INDH en favor de Cristián Huichiqueo, quien fue detenido por Carabineros de Chile en forma ilegal y arbitraria, según dictaminó el tribunal.
De acuerdo al escrito presentado por el Instituto, el día 28 de junio Cristián Huichiqueo se presentó voluntariamente a una audiencia en el Juzgado de Garantía de Loncoche, pues tenía una orden de detención en su contra. Luego de comparecer y de que ésta lo declarara en libertad, Huichiqueo caminaba junto a su madre y su pareja en dirección a su domicilio, momento en que una patrulla de Carabineros de Chile lo intercepta para realizarle un control de identidad.
Tras exhibir su identificación, Huichiqueo fue detenido y trasladado a un cuartel policial, pese a haberles advertido a los funcionarios policiales que ya había comparecido ante el tribunal y que la orden de detención que pesaba en su contra había quedado sin efecto.
Ministro Crisosto condena a 11 agentes de la DINA
25 de septiembre: El ministro Hernán Crisosto, condenó a 11 agentes de la DINA, por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado de Vicente Palomino Benítez, detenido desaparecido desde el 16 de septiembre de 1974, y víctima de la denominada "Operación Colombo".
En la resolución, el ministro de fuero condenó como autores del secuestro a penas de 13 años de presidio a los agentes César Manríquez, Pedro Espinoza, Miguel Krassnoff y Raúl Iturriaga como autores del secuestro ;y a 10 años de presidio los agentes: Orlando Manzo, Basclay Zapata, José Fuentes, Manuel Avendaño, Pedro Araneda, Alejandro Astudillo y Demóstenes Cárdenas.
En el aspecto civil, se condenó al Estado de Chile a pagar 50 millones de pesos como indemnización por daño moral a cada uno de los dos hermanos de la víctima..
Relator ONU sobre derecho a manifestación se reúne con el INDH
28 septiembre: El Relator Especial de la ONU sobre el derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai, se reunió con la Directora del INDH, Lorena Fries, para conocer la situación de cumplimiento de dichas garantías en nuestro país.
En cuanto a la información entregada a Maina Kiai, Fries sostuvo que “lo que planteamos más bien fue la entrega de información y lo que nosotros hemos observado en las manifestaciones. También le expresamos nuestro punto de vista sobre los procesos de allanamiento y criminalización en La Araucanía y por último nuestra hipótesis frente a la muerte de Nelson Quichillao”, trabajador contratista de Codelco fallecido en medio de las protestas en El Salvador.
Maina Kiai se ha reunido con representantes de diversas entidades, públicas y no gubernamentales, recabando antecedentes acerca de la legislación chilena referida a la libertad de reunión y asociación, los preparativos y límites impuestos a las manifestaciones, y los procedimientos utilizados durante dichos eventos.
Ministra Cifuentes procesa a tres carabineros (r)
29 de septiembre: La ministra Marianela Cifuentes, dictó auto procesamiento en la investigación que sustancia por el delito de homicidio de Patricio González González, ilícito perpetrado en 1985, en la comuna de Puente Alto.
En la resolución, se procesó y decretó la prisión preventiva de Juan Muñoz, Nelson Pérez y Ramón Venegas, todos funcionarios de Carabineros al momento de los hechos, en calidad de autores del delito.
De acuerdo a los antecedentes, el día 10 de diciembre de 1985,la víctima , acompañado de dos sujetos no identificados, todos militantes del FPMR, conducía un automóvil en la comuna de Puente Alto y fue interceptado por los agentes quienes dispararon en contra de sus ocupantes. González González recibió seis impactos balísticos y cuyas lesiones le causaron la muerte.
Ministro Carroza condena a carabineros en retiro por homicidios de pobladores
29 de septiembre: El ministro, Mario Carroza, dictó sentencia en contra de tres carabineros ®, por su responsabilidad en los homicidios calificados de Ramón Beltrán Sandoval, Abraham Romero Jeldres, Rodolfo Rojas González, Juan Inostroza Mallea y Carlos Ibarra Espinoza, ilícitos perpetrados en septiembre de 1973, en el sector de Portezuelo de la comuna de Quilicura.
En la resolución el ministro de fuero condenó a penas de 10 años y un día de presidio efectivo a Juan Guzmán, Leonidas Bustos y René Ortega como coautores de los homicidios. Asimismo, absolvió por falta de participación a Rolando Luengo.
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