Tras 32 años: Hijo de ejecutado político y exhumado en Patio 29 en 1992 será indemnizado
Un hombre fue detenido el 15 de octubre de 1973 por cuatro carabineros en la población La Faena, en Santiago.
Según se puede apreciar en el fallo judicial, tenía apenas 24 años y fue arrestado cerca de la casa de sus padres, después de ser acusado falsamente de haber realizado disparos.
Al día siguiente, cuando su familia fue a buscarlo a la comisaría, les informaron que ya había sido liberado, pero nunca regresó.
Su familia, especialmente su madre, pasó años buscando respuestas, presentando denuncias y recursos de amparo sin éxito.
Pasaron 19 años hasta que, en 1992, su cuerpo fue exhumado del Patio 29 del Cementerio General, una sección donde se enterraron clandestinamente a muchas víctimas de la dictadura.
La causa de muerte de este hombre fue un disparo en la cabeza.
Su hijo tenía solo meses de vida cuando ocurrió la desaparición de su padre. Durante su infancia y juventud, vivió bajo la sombra de la ausencia, viendo a su madre buscar incansablemente a su esposo sin obtener respuestas.
No fue hasta 2011 que los restos de su padre le fueron entregados. El impacto emocional de esta pérdida dejó cicatrices profundas en su hijo, quien desarrolló un trastorno de estrés postraumático crónico.
En un informe del Programa de Reparación y Atención Integral de Salud (PRAIS), se detallaron los efectos en su salud mental, incluyendo pesadillas recurrentes y una constante sensación de vulnerabilidad debido a la pérdida de su padre en circunstancias tan violentas e injustas.
Frente a esta situación, el hijo de este hombre demandó al Estado, buscando una indemnización por el daño moral que sufrió durante tantos años.
El Estado intentó argumentar que ya había ofrecido compensaciones previas a las víctimas de violaciones de derechos humanos, a través de pensiones y otros beneficios.
Sin embargo, el tribunal rechazó este argumento, indicando que esas reparaciones no eran suficientes ni incompatibles con la solicitud de una indemnización adicional.
El 10 de octubre de 2023, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al fisco a pagar $120.000.000 a al hijo de esta víctima.
La Corte reconoció que la desaparición y muerte de su padre causaron un daño emocional incalculable, al haber privado a su hijo de la presencia de su padre en momentos clave de su vida.
El tribunal destacó que la reparación económica es una forma de justicia, especialmente en casos de violaciones a los derechos humanos, donde el sufrimiento causado no se puede borrar, pero sí se puede intentar compensar.
A pesar de los intentos del Consejo de Defensa del Estado por anular la sentencia, argumentando que el caso estaba prescrito, la Corte Suprema rechazó sus argumentos.
La sentencia estableció que los crímenes de lesa humanidad, como la desaparición forzada, son imprescriptibles tanto en el ámbito penal como en el civil, y que el Estado tiene la obligación de reparar el daño causado a las víctimas y sus familias.
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