Corte de Santiago condena a ex agentes del Estado por envenenamiento de presos en la ex Cárcel Pública
01 de febrero: En la sentencia (causa rol 1.180-2017), la Undécima Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia que condenó a cuatro miembros ® del Ejército y a un ex funcionario de Gendarmería por su responsabilidad en dos delitos consumados de homicidio y cinco homicidios frustrados de presos de la ex Cárcel Pública, quienes fueron envenenados, “en una operación especial de inteligencia”, con la toxina botulínica, en diciembre de 1981.
Los ex miembros del Ejército Eduardo Arriagada Rheren, Sergio Rosende Ollarzú, Joaquín Larraín Gana y Jaime Fuenzalida Bravo quedan condenados a 15 años y un día de presidio, en calidad de autores de los homicidios calificados y consumados de Víctor Corvalán Castillo y Héctor Pacheco Díaz; y de los homicidios calificados frustrados de Guillermo Rodríguez Morales, Ricardo Aguilera Morales, Elizardo Aguilera Morales, Adalberto Muñoz Jara y Rafael Garrido Ceballos.
En tanto, el alcaide del recinto penal, Ronald Bennett Ramírez, deberá cumplir 10 años y un día de presidio, en calidad de cómplice de los ilícitos.
“Que, en consecuencia, la conducta atribuida a los acusados, se enmarca dentro de los denominados delitos de lesa humanidad, y por lo tanto, resultan imprescriptibles e inanmistiables conforme al Derecho Penal Internacional de los DDHH, y no altera tal calificación el hecho que dos de los ofendidos no pertenecían al MIR, ya que el actuar de los acusados formaba parte de una política de Estado, practicada por sus agentes, de carácter sistemática y generalizada en contra de parte de la población civil”, sostiene el fallo.
En el aspecto civil, el fallo ratificó la sentencia que condenó al Estado de Chile a pagar indemnización a las víctimas por los montos que se desglosan en el fallo.
Corte de Santiago ordena al Fisco indemnizar a hijos de ejecutado en Plaza Chacabuco en 1973
02 de febrero: La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al fisco (causa rol 7.199-2020) a pagar una indemnización total de 400 millones de pesos a los hijos de Humberto Valenzuela Olea, quien falleció baleado por una patrulla militar en horario de toque de queda, el 15 de septiembre de 1973, en el sector de la plaza Chacabuco, comuna de Independencia.
“Que, en relación a la excepción de prescripción, cabe señalar que el derecho internacional consagra la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los de lesa humanidad”.
Corte de Santiago condena a suboficial de ejército por homicidio en el Estadio Nacional
02 de febrero: La Primera sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, en la causa rol 1392-2019, elevó a 10 años de presidio la pena privativa de libertad que deberá cumplir el suboficial del Ejército ® Luis Oyarzo Oyarzo como autor del homicidio calificado de Óscar Delgado Marín. Ilícito perpetrado el 5 de octubre de 1973, en el Estadio Nacional.
Condenan a coronel de ejército por secuestro calificado de Topógrafo en Arica
04 de febrero: El ministro en visita extraordinaria para causas por violaciones a los DDHH en las jurisdicciones del extremo norte del país, Vicente Hormazábal, en el fallo (causa rol 13.322 Tomo B), condenó al coronel de Ejército ® Raúl del Canto Galdames a la pena de 10 años y un día de presidio, en calidad de autor de secuestro calificado del topógrafo Pedro Mella Vergara. Ilícito perpetrado a partir del 14 de mayo de 1977, en la ciudad de Arica.
En el aspecto civil, se acogió la demanda de indemnización de perjuicios y se condenó al Fisco a pagar la suma total de 250 millones de pesos por concepto de daño moral, a la cónyuge e hijos de la víctima.
De acuerdo a la investigación, Pedro Mella Vergara, el día 14 de mayo de 1977, en compañía de su cónyuge, en la ciudad de Arica, fue detenido y trasladado a la Primera Comisaría de Carabineros a petición de efectivos del Ejército pertenecientes a la DINA (organismo que cambió de nombre a Central Nacional de Informaciones en agosto de 1977), tras haberlo sindicado como espía y experto en explosivos. Desde el lugar fue retirado por uno de los efectivos, no siendo posible determinar su paradero desde esa fecha hasta el momento actual.
Corte de Santiago confirma indemnización a hermano de joven ejecutado en Pique Minero
05 de febrero: La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia (causa rol 7.594-2020) que condenó al Fisco a pagar una indemnización de 30 millones de pesos a hermano de Freddy Araya Figueroa, estudiante universitario, fusilado por agentes del Estado en pique minero de Tocopilla, en octubre de 1973.
Corte de Santiago fija indemnización a víctima de tortura por baremo jurisdiccional
08 de febrero: La Sexta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago fijó en 70 millones de pesos (causa rol 7.511-2020) el monto de la indemnización por concepto de daño moral que el Fisco deberá pagar a Eduardo Millán Manríquez, profesor de física, detenido y sometido a torturas en recintos de la Armada, en 1975.
“Que, por encontrarse más acorde al Baremo establecido por la Excma. Corte Suprema, publicado en la página del Poder Judicial, se confirma la referida sentencia con declaración que se rebaja el monto de indemnización fijada a la suma de 70 millones de pesos, con los intereses en la forma ordenada en la sentencia de primer grado”, sostiene el fallo.
Caso Panguipulli: Juzgado de Garantía decretó arresto domiciliario total para carabinero por homicidio simple por muerte de malabarista
08 de febrero: El Juzgado de Garantía de Panguipulli decretó la medida de arresto domiciliario total -por el delito de homicidio simple- para el funcionario de Carabineros Juan González Iturriaga, quien el pasado 5 de febrero dio muerte al malabarista Francisco Martínez en un incidente registrado en la ciudad de Panguipulli, en la Región de Los Ríos. Asimismo, decretó cuatro meses para la investigación de los hechos.
El tribunal dio por acreditada la investigación por homicidio simple, solicitada por la Fiscalía, ya que, aunque indicó que el elemento utilizado como arma revestía un “carácter potencialmente letal”, se indicó que “el último disparo percutado no se encuentra amparado por el derecho y constituye un exceso policial en el uso de la fuerza”.
Corte de Santiago condena a militares por secuestro de ciudadanos extranjeros en 1973
09 de febrero La Corte de Apelaciones de Santiago condenó a dos oficiales de Ejército ® por el secuestro calificado de los ciudadanos uruguayos Alberto Fontela Alonso, Juan Cendán Ahumada y del ciudadano brasileño Tulio Quintiliano Cardoso. Ilícitos perpetrados a partir del 12 de septiembre de 1973, en la Región Metropolitana.
En fallo unánime (causa rol 1.861-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada condenó a Jorge Tapia Castillo y Rafael Ahumada Valderrama a 10 años y un día de presidio, en calidad de autores de los delitos.
La resolución señala: “Que, por otro lado, como acertadamente lo señala el juzgador, se trata de un crimen de lesa humanidad, toda vez que los secuestros calificados –denominados por el Derecho Internacional de los DDHH como ‘desapariciones forzadas'– forman parte de un ataque generalizado y sistemático en contra de un grupo determinado de la población civil, conformado, en este caso, por ciudadanos extranjeros simpatizantes del movimiento Tupac Amaru y del Partido Comunista Revolucionario Brasileño, condición que tenían a esa época las víctimas; por otro lado, es requisito común para concebir el delito como de lesa humanidad que los autores o cómplices sean agentes del Estado, calidad que a esa época ostentaban los acusados".
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al fisco a indemnizar a familiares de las víctimas y cuyos montos se detallan en el fallo.
Corte de Santiago aumenta indemnización a familia de ejecutado por la CNI en falso enfrentamiento
12 de febrero: En fallo unánime (causa rol 6.992-2020), la Tercera Sala del tribunal de alzada fijó el monto total de la indemnización por concepto de daño moral en 120 millones de pesos, que el Fisco deberá pagar a la cónyuge e hijos de Rubén Orta Jopia, quién fue detenido 6 de noviembre de 1980, por agentes de la Central Nacional de Informaciones (CNI), quienes lo ejecutaron en horas de la madrugada en la vía pública, simulando un enfrentamiento, por considerarlo más apropiado al grado de sufrimiento de las víctimas.
Ministro Miguel Vázquez condena a miembros de la FACH por homicidio calificado en rotonda Kennedy
15 de febrero: El ministro de la Corte de Apelaciones de Santiago, Miguel Vázquez, condenó a cuatro miembros de la Fuerza Aérea ®, en calidad de autores del homicidio calificado de José Bordas Paz. Ilícito perpetrado en diciembre de 1974, en las inmediaciones de la rotonda Kennedy.
En el fallo (causa rol 1.058-2001 Bis), se condenó a Sergio Contreras Mejías, Luis Campos Poblete y Juan López López a 17 años de presidio. En tanto, Braulio Wilckens Recart deberá cumplir 15 años y un día de presidio.
Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal ordenó que se proceda a la toma de muestras biológicas de los sentenciados para determinar sus respectivas huellas genéticas e incorporación en el registro nacional de ADN de condenados.
De acuerdo a los antecedentes, un grupo de agentes del Servicio de Inteligencia de la Fuerza Aérea, SIFA, tomaron conocimiento, por un informante que había pertenecido al MIR, que José Bordas Paz, apodado ‘Coño Molina', dirigente de dicho movimiento, concurriría a un punto para reunirse con otro militante.
El día 05 de diciembre de 1974, los agentes, bajo las indicaciones del informante, formando dos equipos y movilizándose en dos vehículos, interceptaron el automóvil en que se movilizaba José Bordas Paz, rodeándolo, para luego disparar, sin mediar provocación alguna y con gran poder de fuego, producto de lo cual resultó herido por diversos impactos de bala, siendo trasladado por los agentes al Hospital de la Fuerza Aérea, donde recibió atención médica, falleciendo luego el día 07 de diciembre de 1974.
En el aspecto civil, el ministro acogió la demanda de indemnización de perjuicios y condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 450 millones de pesos por concepto de daño moral, a la viuda y dos hijos de la víctima.
Condenan a suboficiales de la armada por homicidio de Garzón en 1974
25 de febrero: El ministro para causas por violaciones de los DDHH de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, condenó a tres suboficiales ® de la Armada, como autores del homicidio simple de Óscar Marchant Céspedes. Ilícito perpetrado el 19 de febrero de 1974, en la ciudad de Viña del Mar.
En la sentencia (causa rol 110.209-2011), se condenó a los ex suboficiales navales Ramón Neira Rodríguez, Sergio González Quiroz y Luis Pizarro Díaz a 5 años y un día de presidio efectivo, y accesorias legales; más el pago de las costas del proceso.
Condenan a ex alcalde de Galvarino como cómplice de secuestro calificado de trabajador agrícola
27 de febrero: El ministro para causas por violaciones a los DDHH, Álvaro Mesa, condenó al ex teniente de reserva de la Fuerza Aérea y alcalde designado de Galvarino, por el secuestro calificado de Luis Horn Roa. Ilícito perpetrado a partir de noviembre de 1973.
En la sentencia (causa rol 45.365), se condenó a Fernando Ruiz Arribé a 5 años de presidio efectivo y accesorias legales, en calidad de cómplice del delito.
En el aspecto civil, se condenó al fisco a pagar una indemnización total de 900 millones de pesos por concepto de daño moral, a familiares de la víctima.
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