La noticia pudo parecer un tanto inocua frente a otras que llaman la atención. A nuestro juicio, sin embargo, posee gran relevancia, por lo que nos apresuramos a escribir acerca de la misma. Se trata de dos sentencias que la novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó en contra de otras dos resoluciones del juez Daniel Urrutia, sobreseyendo al acusado, el ex presidente de la República Sebastián Pïñera Echenique, en dos juicios incoados en su contra, siendo el primero, por omisión de denuncia sobre hechos que podrían constituir corrupción en el Ejército; el segundo, por reiteradas violaciones en contra de los Derechos Humanos cometidas con ocasión del estallido social de 18 de octubre de 2019. Recapitulemos, al respecto.
LOS HECHOS
En efecto, en mayo de 2021, el ex capitán de Ejército y abogado Rafael Harvey Valdés, interpuso una querella criminal en contra del entonces primer mandatario y sus ministros Alberto Espina, Mario Desbordes, Baldo Prokurica y el subsecretario Alfonso Vargas por el delito de haber omitido denunciar ciertos hechos constitutivos de corrupción al interior del Ejército. La querella denunciaba, igualmente, el delito de falsificación de instrumento público pues el retiro del ex capitán aparecía respaldado por documentos de dudosa procedencia. El ex capitán Harvey había denunciado existir corrupción en ciertos altos mandos militares, circunstancia que el tribunal de primera instancia quiso castigar, pero que, para el tribunal de alzada, no correspondía hacerlo.
El libelo, presentado ante el Séptimo Juzgado de Garantía, cuyo titular es el juez Daniel Urrutia, denunciaba que en el expediente de retiro del ex capitán Harvey, había cuatro documentos falsos u oficios en los que las autoridades militares afirmaban no tener
“[…] conocimiento que existían denuncias o recursos administrativos judiciales pendientes por el citado oficial“[1].
Tales afirmaciones no correspondían a la verdad, aseguraba Harvey en el escrito, señalando que, por el contrario, en varias oportunidades
“[…] hizo gestiones ante los ministros del gobierno de Sebastián Piñera para denunciar la corrupción en el Ejército, siendo sucesivamente ignorado por las autoridades”[2].
En febrero del presente año, Harvey acusó al Ministerio Público de no querer investigar los hechos[3]. Como respuesta, esa Fiscalía recurrió a la Corte de Apelaciones solicitando el sobreseimiento de la causa por no ser los hechos investigados constitutivos de delito, a lo que ese tribunal accedió. En principio, el tribunal de alzada indicó:
“[…] en consecuencia, atendido que los hechos denunciados y que han sido materia de la presente indagatoria no tienen carácter de delito, la resolución apelada debe ser enmendada“[4].
Pero, en otro de los considerandos, señala el mismo que
“[…] el análisis de la resolución impugnada por las defensas permite concluir que el tribunal de primer grado eludió analizar los diversos puntos puestos en su conocimiento mediante referencias vagas y carentes de sistema a cuerpos normativos en materia de corrupción, asilándose únicamente en continuas alusiones al estándar de convicción que lo solicitado impone y a protección que el ordenamiento jurídico debe a los denunciantes de conductas presuntamente infractoras de los deberes de probidad“[5].
De conformidad a lo cual, concluye el tribunal de alzada señalando que
“[…] esto es impertinente para los fines del presente proceso, afirmaciones que no permiten tener por satisfecho el deber de fundamentación de lo decidido y que, además, priva de sustento a la decisión apelada”[6].
IMPORTANCIA DEL FALLO
El fallo de la Corte de Apelaciones es, en todo caso y por múltiples circunstancias, interesante. Emana del mismo tribunal que, en épocas anteriores y no muy lejanas, no solamente se preocupó de revocar las sentencias dictadas por el juez del Séptimo Juzgado de Garantía Daniel Urrutia sino logró apartarlo de sus funciones hasta la dictación del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que lo absolvió.
Pero es importante, además, por otros hechos, entre ellos, por ser el primero que absuelve al ex presidente de la República y sus ministros en una ruta de impunidad que, suponemos, han de recorrer todos ellos en los próximos meses. Porque eso es lo que se puede presumir ocurrirá en los meses venideros.
Es importante, también, porque deja en la penumbra la razón que tuvo la Corte para resolver de esa manera, y no disponer la acumulación de expedientes en manos de la ministra Romy Rutherford que investiga, precisamente, ese tipo de delitos. Y porque, además, se dicta en abierta contradicción a las investigaciones que, día a día, semana a semana, realiza pacientemente esa ministra en el referido proceso seguido en contra de los altos jefes de las Fuerzas Armadas por corrupción —y los nexos con los respectivos gobiernos de turno; en especial, con el de Sebastián Piñera—. Porque tales investigaciones, junto con validar la denuncia del ex capitán Harvey, hacen inoficiosa la resolución de la Corte.
Es importante, igualmente, porque permite suponer que los innegables nexos establecidos, durante el gobierno de Piñera, entre los tribunales de Justicia, la Fiscalía Nacional y el gobierno del ex presidente —a los que nos hemos referido en varios de nuestros trabajos anteriores[7]—, no fueron hechos por casualidad.
OTROS HECHOS QUE VALIDAN LA QUERELLA DEL EX CAPITAN HARVEY
La querella del ex capitán Harvey aparece hoy refrendada con el procesamiento del ex Comandante en Jefe del Ejército Ricardo Martínez por parte de la ministra Rutherford, que no solamente la valida sino hace inocua la resolución de la Corte de Apelaciones invitando al jurista a suponer un abierto acto prevaricador[8].
Más, aún, si tomamos en consideración las expresiones formuladas por Luis Arévalo Cunich, abogado del ex Jefe de Finanzas del Ejército Francisco Pizarro, en el escrito presentado en el proceso correspondiente seguido ante la ministra Ritherford, cuando señala que las ‘determinadas sumas de dinero’ recibidas en esa repartición fueron usadas en resolver
“[…] necesidades públicas relacionadas fundamentalmente con la mantención de la casa institucional de la Comandancia en Jefe del Ejército y de diversos gastos protocolares que lleva consigo el ejercicio de tal cargo”[9].
El cargo de comandante en jefe del Ejército era ejercido por el ex general Óscar Izurieta en esos años; el abogado solicitaba, en su escrito, la prescripción del hecho imputado.
UN NUEVO FALLO
Días más tarde de la resolución de la Corte, el 20 de abril, nuevamente ese tribunal de alzada falló en contra de una resolución del magistrado Daniel Urrutia quien, pronunciándose sobre una querella interpuesta en contra del entonces primer Mandatario por violaciones a los Derechos Humanos durante los días del estallido de 18 de octubre de 2019, decidió acoger la solicitud presentada por el abogado Samuel Donoso en representación de Sebastián Piñera. Esta vez, la Corte fue más drástica y decidió inhabilitar al juez Urrutia señalando que:
“[…] debe abstenerse de conocer y emitir pronunciamiento en la causa de que se trata”[10].
En los considerandos del fallo, se acusa al juez de haber expresado públicamente sus opiniones acerca de los sucesos que rodearon el estallido social, y señala que afirmó
“[…] expresamente que a partir del 18 de octubre de 2019 hubo terrorismo de Estado en Chile, con los 400 mutilados, hubo violación a los derechos humanos con utilización de armas, en forma ilegal y constante, de manera ‘sistemática y generalizada”[11].
El libelo agrega que, para el magistrado, lo sucedido tras el 18 de octubre de 2019 es
“[…] la mayor crisis de derechos humanos desde la vuelta a la democracia en el país y, que el actuar del Ministerio Público y del Poder Judicial ha pretendido avalar y justificar la represión“[12].
El fallo concluye que
“[…] se ha constatado que el magistrado Urrutia, de manera generalizada y categórica (…) ha tenido por cierto la comisión de ilícitos, atribuyéndole participación en dicho acontecer a los agentes del Estado (calidad que revestía el ex presidente Sebastián Piñera Echeñique)”[13].
Presentando como prueba un artículo aparecido en el diario ‘Interferencia’, el abogado Samuel Donoso agregó que el juez Urrutia declaró que
“[…] en Chile hay presos políticos”[14].
“[…] carece de imparcialidad en relación a los hechos e investigaciones vinculadas al estallido social, él tiene una posición tomada, lo ha dicho públicamente, es algo manifiesto y en consecuencia no puede estar habilitado para conocer de estas causas[15]”.
En su defensa —que, por supuesto, no fue considerada—, el juez Urrutia señaló solamente que sus expresiones se refirieron
“[…] a situaciones graves que podrían involucrar a agentes del Estado y que fueron efectuadas bajo la obligación moral de señalarlas para que se hiciere lo necesario para terminar con conductas que afectaban los derechos humanos de parte de la población”[16].
ROL DEL EX PRESIDENTE EN EL AUGE DE LA PREVARICACIÓN
Sebastián Piñera estaba plenamente consciente no solamente de haber cometido ilícitos y faltas a la ética durante el ejercicio de su mandato —en las que un buen presidente jamás debe incurrir—, sino, también, con posterioridad al 18 de octubre de 2019, haber tolerado (y, probablemente, ordenado) reiteradas violaciones a los derechos humanos en contra de la población civil. Las muertes en medio de las protestas, los encarcelamientos injustos de manifestantes, el sadismo empleado por las fuerzas policiales en mutilar visualmente a gran parte de los participantes, los actos atroces cometidos por las fuerzas policiales en contra de quienes protestaban no son hechos que pueda atribuirse a la casualidad a o la inexperiencia de los funcionarios policiales. Menos, aún, a instituciones que se mandan solas. Por lo demás, declarar la guerra a una comunidad que se alza en demanda de sus derechos y emplear, para ello, todo el aparataje represivo del Estado en contra esa multitud inerme no es algo que se pueda aceptar. Nacional e internacionalmente.
Podemos entender que Pïñera se haya preocupado desde el primer momento en realizar todos los pasos convenientes para lograr su impunidad. Entendemos que, en esa dirección, en forma paciente y sostenida, fue nombrando todos los abogados integrantes tanto de la Corte Suprema como de la de Apelaciones y designando a sus ministros, para después cobrarles por el servicio de haberlos encaramado a los más altos cargos del llamado Poder Judicial. Difícil resulta suponer que esos sujetos puedan fallar en contra de quien les otorgó tales privilegios.
No sucede de manera diferente con la Fiscalía. ¿Quién no conoce los nexos familiares que unen al señor Fiscal Nacional con Andrés Chadwick, ex ministro del Interior y primo del ex presidente de la República?
ROL DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN A FAVOR DE LA IMPUNIDAD
La impunidad, de esa manera, camina sobre rieles. Y es difícil que el actual gobierno haga algo por impedir el curso de esos acontecimientos. No parece ser su intención. Menos, aún, cuando las declaraciones hechas a la prensa por funcionarios de Gobierno, refiriéndose a eventuales medidas en contra de la anterior administración, hablan de extirpar ‘todo ánimo de venganza’. Los medios de comunicación también colaboran en ese sentido y justifican con creces que una analista llame la atención, al respecto, señalando:
“¿Qué dicen los medios de comunicación sobre el estado judicial de las querellas criminales contra Piñera y varios de sus ex ministros, tanto por las violaciones de los DDHH cometidas en pleno estallido social como por los miles de muertes consecuentes de la pandemia? ¿O sobre las 36 querellas contra el ex General Director de Carabineros, Mario Rozas, por diversos casos de presuntas vulneraciones a los derechos humanos durante la crisis social?”[17]
¿Venganza? ¿Es ese el nuevo nombre dado a la ‘Justicia’? Si el castigo lo pide un mutilado visual, ¿es ‘venganza’? Entonces, ¿solamente los sectores dominantes pueden pedir ‘justicia’?
UNA VISIÓN PESIMISTA
Se acostumbra a señalar que tres son los pilares que sostienen el andamiaje de los Derechos Humanos: justicia, reparación y seguridad que lo sucedido no volverá a suceder. Por ahora, no se vislumbra que esos pilares vayan a ser el sostén de la política que empuja el actual gobierno hacia el respeto de los Derechos Humanos. No hemos advertido acto alguno de parte de las autoridades en orden a adoptar medidas orientadas a sancionar a los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el gobierno anterior. No hay querellas presentadas ni llamados a las organizaciones de derechos humanos para discutir esos temas. Tampoco instrucciones al respecto al Consejo de Defesa del Estado ni conversaciones sobre el particular con la Fiscalía. Más, aún, si la reforma o refundación de Carabineros se va a hacer con los mismos que cometieron los ilícitos. Por el contrario: la idea que nos asalta es que vamos derecho a un derrotero en donde la impunidad vuelve a imperar como lo hiciera antaño bajo la Concertación al compás del canto ‘La alegría que viene’. Como si la historia quisiera volver a repetirse, con distintos actores, en distintas épocas, bajo distintas circunstancias. Como si jamás hubiere ocurrido el 18 de octubre de 2019.
Ayuda a mantener tales interrogantes la circunstancia que muchos de los uniformados que cometieron tales tropelías siguen hoy prestando sus servicios a la institución policial, como sucede con el sargento John Mograve —carabinero que disparó contra menores en el Hogar ‘Carlos Macera’ en Talcahuano provocando, más tarde, la salida del general director de ese entonces Mario Rozas[18]— y otros uniformados, en especial, el propio general Ricardo Yáñez. Por lo demás, poco o nada se ha hecho en contra de quienes dieron las órdenes o, debiendo intervenir para evitar tales hechos, no lo hicieron.
Poco antes de la asunción al mando del nuevo Gobierno, había ya Rodrigo Bustos, director ejecutivo de Amnesty International, mostrado su preocupación acerca del curso que tomarían las nuevas autoridades en materia de respeto a los Derechos Humanos señalando que, ante las demandas de la ciudadanía, la respuesta del gobierno de Piñera no fue sino
“[…] una severa represión que derivó en graves violaciones a los derechos humanos, que se tradujeron en 8 mil 827 denuncias, de las cuales sólo siete han llegado a sentencias condenatorias contra los funcionarios policiales o castrenses que estuvieron involucrados en los hechos”.
“[…] hoy día hay un panorama de mucha impunidad y el Estado de Chile, no sólo el Gobierno entrante, el Estado de Chile en su conjunto tendrá que hacerse cargo de este panorama sombrío que nos deja esta administración y estas tremendas deudas”[19].
Y, hace pocos días atrás, el lunes 25 de abril, el presidente Boric y su flamante ministra de RREE Fernanda Urrejola recibieron en el Palacio a una delegación de Amnesty International que, preocupada por la inacción del Estado chileno en materia de Derechos Humanos, quiso conversar con las más altas autoridades. La delegación fue encabezada por la directora de la institución para las Américas, Erika Guevara, y el director ejecutivo, Rodrigo Bustos; participaron del encuentro la investigadora adjunta de la Oficina Regional de la organización, Ana Piquer Romo, y la presidenta de Amnistía Internacional Chile, Sofía Lanyon Pereira.
Según lo expresara, más tarde su director ejecutivo Rodrigo Bustos,
“[…] entre los temas que planteamos al presidente de la República está la necesidad de avanzar en verdad, justicia, reparación integral y garantías de no repetición respecto de las graves y generalizadas violaciones a los derechos humanos cometidas durante el período del estallido social, especialmente en relación a la reforma profunda que requiere Carabineros de Chile”[20].
Los movimientos sociales deben cavilar acerca de estos hechos. Y deben impulsar cambios al respecto. Porque sobre las sociedades humanas pende esa terrible sentencia de Adolphe Thiers, el verdugo de La Comuna:
“Los pueblos que no aprenden de su historia están condenados, irremediablemente, a repetirla”.
Y, agregamos, nosotros: con otros actores, en tiempos distintos, bajo otras circunstancias. Como el panorama que nos presenta la época actual.
La noticia pudo parecer un tanto inocua frente a otras que llaman la atención. A nuestro juicio, sin embargo, posee gran relevancia, por lo que nos apresuramos a escribir acerca de la misma. Se trata de dos sentencias que la novena sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó en contra de otras dos resoluciones del juez Daniel Urrutia, sobreseyendo al acusado, el ex presidente de la República Sebastián Pïñera Echenique, en dos juicios incoados en su contra, siendo el primero, por omisión de denuncia sobre hechos que podrían constituir corrupción en el Ejército; el segundo, por reiteradas violaciones en contra de los Derechos Humanos cometidas con ocasión del estallido social de 18 de octubre de 2019. Recapitulemos, al respecto.
LOS HECHOS
En efecto, en mayo de 2021, el ex capitán de Ejército y abogado Rafael Harvey Valdés, interpuso una querella criminal en contra del entonces primer mandatario y sus ministros Alberto Espina, Mario Desbordes, Baldo Prokurica y el subsecretario Alfonso Vargas por el delito de haber omitido denunciar ciertos hechos constitutivos de corrupción al interior del Ejército. La querella denunciaba, igualmente, el delito de falsificación de instrumento público pues el retiro del ex capitán aparecía respaldado por documentos de dudosa procedencia. El ex capitán Harvey había denunciado existir corrupción en ciertos altos mandos militares, circunstancia que el tribunal de primera instancia quiso castigar, pero que, para el tribunal de alzada, no correspondía hacerlo.
El libelo, presentado ante el Séptimo Juzgado de Garantía, cuyo titular es el juez Daniel Urrutia, denunciaba que en el expediente de retiro del ex capitán Harvey, había cuatro documentos falsos u oficios en los que las autoridades militares afirmaban no tener
“[…] conocimiento que existían denuncias o recursos administrativos judiciales pendientes por el citado oficial“[1].
Tales afirmaciones no correspondían a la verdad, aseguraba Harvey en el escrito, señalando que, por el contrario, en varias oportunidades
“[…] hizo gestiones ante los ministros del gobierno de Sebastián Piñera para denunciar la corrupción en el Ejército, siendo sucesivamente ignorado por las autoridades”[2].
En febrero del presente año, Harvey acusó al Ministerio Público de no querer investigar los hechos[3]. Como respuesta, esa Fiscalía recurrió a la Corte de Apelaciones solicitando el sobreseimiento de la causa por no ser los hechos investigados constitutivos de delito, a lo que ese tribunal accedió. En principio, el tribunal de alzada indicó:
“[…] en consecuencia, atendido que los hechos denunciados y que han sido materia de la presente indagatoria no tienen carácter de delito, la resolución apelada debe ser enmendada“[4].
Pero, en otro de los considerandos, señala el mismo que
“[…] el análisis de la resolución impugnada por las defensas permite concluir que el tribunal de primer grado eludió analizar los diversos puntos puestos en su conocimiento mediante referencias vagas y carentes de sistema a cuerpos normativos en materia de corrupción, asilándose únicamente en continuas alusiones al estándar de convicción que lo solicitado impone y a protección que el ordenamiento jurídico debe a los denunciantes de conductas presuntamente infractoras de los deberes de probidad“[5].
De conformidad a lo cual, concluye el tribunal de alzada señalando que
“[…] esto es impertinente para los fines del presente proceso, afirmaciones que no permiten tener por satisfecho el deber de fundamentación de lo decidido y que, además, priva de sustento a la decisión apelada”[6].
IMPORTANCIA DEL FALLO
El fallo de la Corte de Apelaciones es, en todo caso y por múltiples circunstancias, interesante. Emana del mismo tribunal que, en épocas anteriores y no muy lejanas, no solamente se preocupó de revocar las sentencias dictadas por el juez del Séptimo Juzgado de Garantía Daniel Urrutia sino logró apartarlo de sus funciones hasta la dictación del fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que lo absolvió.
Pero es importante, además, por otros hechos, entre ellos, por ser el primero que absuelve al ex presidente de la República y sus ministros en una ruta de impunidad que, suponemos, han de recorrer todos ellos en los próximos meses. Porque eso es lo que se puede presumir ocurrirá en los meses venideros.
Es importante, también, porque deja en la penumbra la razón que tuvo la Corte para resolver de esa manera, y no disponer la acumulación de expedientes en manos de la ministra Romy Rutherford que investiga, precisamente, ese tipo de delitos. Y porque, además, se dicta en abierta contradicción a las investigaciones que, día a día, semana a semana, realiza pacientemente esa ministra en el referido proceso seguido en contra de los altos jefes de las Fuerzas Armadas por corrupción —y los nexos con los respectivos gobiernos de turno; en especial, con el de Sebastián Piñera—. Porque tales investigaciones, junto con validar la denuncia del ex capitán Harvey, hacen inoficiosa la resolución de la Corte.
Es importante, igualmente, porque permite suponer que los innegables nexos establecidos, durante el gobierno de Piñera, entre los tribunales de Justicia, la Fiscalía Nacional y el gobierno del ex presidente —a los que nos hemos referido en varios de nuestros trabajos anteriores[7]—, no fueron hechos por casualidad.
OTROS HECHOS QUE VALIDAN LA QUERELLA DEL EX CAPITAN HARVEY
La querella del ex capitán Harvey aparece hoy refrendada con el procesamiento del ex Comandante en Jefe del Ejército Ricardo Martínez por parte de la ministra Rutherford, que no solamente la valida sino hace inocua la resolución de la Corte de Apelaciones invitando al jurista a suponer un abierto acto prevaricador[8].
Más, aún, si tomamos en consideración las expresiones formuladas por Luis Arévalo Cunich, abogado del ex Jefe de Finanzas del Ejército Francisco Pizarro, en el escrito presentado en el proceso correspondiente seguido ante la ministra Ritherford, cuando señala que las ‘determinadas sumas de dinero’ recibidas en esa repartición fueron usadas en resolver
“[…] necesidades públicas relacionadas fundamentalmente con la mantención de la casa institucional de la Comandancia en Jefe del Ejército y de diversos gastos protocolares que lleva consigo el ejercicio de tal cargo”[9].
El cargo de comandante en jefe del Ejército era ejercido por el ex general Óscar Izurieta en esos años; el abogado solicitaba, en su escrito, la prescripción del hecho imputado.
UN NUEVO FALLO
Días más tarde de la resolución de la Corte, el 20 de abril, nuevamente ese tribunal de alzada falló en contra de una resolución del magistrado Daniel Urrutia quien, pronunciándose sobre una querella interpuesta en contra del entonces primer Mandatario por violaciones a los Derechos Humanos durante los días del estallido de 18 de octubre de 2019, decidió acoger la solicitud presentada por el abogado Samuel Donoso en representación de Sebastián Piñera. Esta vez, la Corte fue más drástica y decidió inhabilitar al juez Urrutia señalando que:
“[…] debe abstenerse de conocer y emitir pronunciamiento en la causa de que se trata”[10].
En los considerandos del fallo, se acusa al juez de haber expresado públicamente sus opiniones acerca de los sucesos que rodearon el estallido social, y señala que afirmó
“[…] expresamente que a partir del 18 de octubre de 2019 hubo terrorismo de Estado en Chile, con los 400 mutilados, hubo violación a los derechos humanos con utilización de armas, en forma ilegal y constante, de manera ‘sistemática y generalizada”[11].
El libelo agrega que, para el magistrado, lo sucedido tras el 18 de octubre de 2019 es
“[…] la mayor crisis de derechos humanos desde la vuelta a la democracia en el país y, que el actuar del Ministerio Público y del Poder Judicial ha pretendido avalar y justificar la represión“[12].
El fallo concluye que
“[…] se ha constatado que el magistrado Urrutia, de manera generalizada y categórica (…) ha tenido por cierto la comisión de ilícitos, atribuyéndole participación en dicho acontecer a los agentes del Estado (calidad que revestía el ex presidente Sebastián Piñera Echeñique)”[13].
Presentando como prueba un artículo aparecido en el diario ‘Interferencia’, el abogado Samuel Donoso agregó que el juez Urrutia declaró que
“[…] en Chile hay presos políticos”[14].
“[…] carece de imparcialidad en relación a los hechos e investigaciones vinculadas al estallido social, él tiene una posición tomada, lo ha dicho públicamente, es algo manifiesto y en consecuencia no puede estar habilitado para conocer de estas causas[15]”.
En su defensa —que, por supuesto, no fue considerada—, el juez Urrutia señaló solamente que sus expresiones se refirieron
“[…] a situaciones graves que podrían involucrar a agentes del Estado y que fueron efectuadas bajo la obligación moral de señalarlas para que se hiciere lo necesario para terminar con conductas que afectaban los derechos humanos de parte de la población”[16].
ROL DEL EX PRESIDENTE EN EL AUGE DE LA PREVARICACIÓN
Sebastián Piñera estaba plenamente consciente no solamente de haber cometido ilícitos y faltas a la ética durante el ejercicio de su mandato —en las que un buen presidente jamás debe incurrir—, sino, también, con posterioridad al 18 de octubre de 2019, haber tolerado (y, probablemente, ordenado) reiteradas violaciones a los derechos humanos en contra de la población civil. Las muertes en medio de las protestas, los encarcelamientos injustos de manifestantes, el sadismo empleado por las fuerzas policiales en mutilar visualmente a gran parte de los participantes, los actos atroces cometidos por las fuerzas policiales en contra de quienes protestaban no son hechos que pueda atribuirse a la casualidad a o la inexperiencia de los funcionarios policiales. Menos, aún, a instituciones que se mandan solas. Por lo demás, declarar la guerra a una comunidad que se alza en demanda de sus derechos y emplear, para ello, todo el aparataje represivo del Estado en contra esa multitud inerme no es algo que se pueda aceptar. Nacional e internacionalmente.
Podemos entender que Pïñera se haya preocupado desde el primer momento en realizar todos los pasos convenientes para lograr su impunidad. Entendemos que, en esa dirección, en forma paciente y sostenida, fue nombrando todos los abogados integrantes tanto de la Corte Suprema como de la de Apelaciones y designando a sus ministros, para después cobrarles por el servicio de haberlos encaramado a los más altos cargos del llamado Poder Judicial. Difícil resulta suponer que esos sujetos puedan fallar en contra de quien les otorgó tales privilegios.
No sucede de manera diferente con la Fiscalía. ¿Quién no conoce los nexos familiares que unen al señor Fiscal Nacional con Andrés Chadwick, ex ministro del Interior y primo del ex presidente de la República?
ROL DE LOS MEDIOS DE COMUNICACIÓN A FAVOR DE LA IMPUNIDAD
La impunidad, de esa manera, camina sobre rieles. Y es difícil que el actual gobierno haga algo por impedir el curso de esos acontecimientos. No parece ser su intención. Menos, aún, cuando las declaraciones hechas a la prensa por funcionarios de Gobierno, refiriéndose a eventuales medidas en contra de la anterior administración, hablan de extirpar ‘todo ánimo de venganza’. Los medios de comunicación también colaboran en ese sentido y justifican con creces que una analista llame la atención, al respecto, señalando:
“¿Qué dicen los medios de comunicación sobre el estado judicial de las querellas criminales contra Piñera y varios de sus ex ministros, tanto por las violaciones de los DDHH cometidas en pleno estallido social como por los miles de muertes consecuentes de la pandemia? ¿O sobre las 36 querellas contra el ex General Director de Carabineros, Mario Rozas, por diversos casos de presuntas vulneraciones a los derechos humanos durante la crisis social?”[17]
¿Venganza? ¿Es ese el nuevo nombre dado a la ‘Justicia’? Si el castigo lo pide un mutilado visual, ¿es ‘venganza’? Entonces, ¿solamente los sectores dominantes pueden pedir ‘justicia’?
UNA VISIÓN PESIMISTA
Se acostumbra a señalar que tres son los pilares que sostienen el andamiaje de los Derechos Humanos: justicia, reparación y seguridad que lo sucedido no volverá a suceder. Por ahora, no se vislumbra que esos pilares vayan a ser el sostén de la política que empuja el actual gobierno hacia el respeto de los Derechos Humanos. No hemos advertido acto alguno de parte de las autoridades en orden a adoptar medidas orientadas a sancionar a los responsables de las graves violaciones a los derechos humanos cometidas durante el gobierno anterior. No hay querellas presentadas ni llamados a las organizaciones de derechos humanos para discutir esos temas. Tampoco instrucciones al respecto al Consejo de Defesa del Estado ni conversaciones sobre el particular con la Fiscalía. Más, aún, si la reforma o refundación de Carabineros se va a hacer con los mismos que cometieron los ilícitos. Por el contrario: la idea que nos asalta es que vamos derecho a un derrotero en donde la impunidad vuelve a imperar como lo hiciera antaño bajo la Concertación al compás del canto ‘La alegría que viene’. Como si la historia quisiera volver a repetirse, con distintos actores, en distintas épocas, bajo distintas circunstancias. Como si jamás hubiere ocurrido el 18 de octubre de 2019.
Ayuda a mantener tales interrogantes la circunstancia que muchos de los uniformados que cometieron tales tropelías siguen hoy prestando sus servicios a la institución policial, como sucede con el sargento John Mograve —carabinero que disparó contra menores en el Hogar ‘Carlos Macera’ en Talcahuano provocando, más tarde, la salida del general director de ese entonces Mario Rozas[18]— y otros uniformados, en especial, el propio general Ricardo Yáñez. Por lo demás, poco o nada se ha hecho en contra de quienes dieron las órdenes o, debiendo intervenir para evitar tales hechos, no lo hicieron.
Poco antes de la asunción al mando del nuevo Gobierno, había ya Rodrigo Bustos, director ejecutivo de Amnesty International, mostrado su preocupación acerca del curso que tomarían las nuevas autoridades en materia de respeto a los Derechos Humanos señalando que, ante las demandas de la ciudadanía, la respuesta del gobierno de Piñera no fue sino
“[…] una severa represión que derivó en graves violaciones a los derechos humanos, que se tradujeron en 8 mil 827 denuncias, de las cuales sólo siete han llegado a sentencias condenatorias contra los funcionarios policiales o castrenses que estuvieron involucrados en los hechos”.
“[…] hoy día hay un panorama de mucha impunidad y el Estado de Chile, no sólo el Gobierno entrante, el Estado de Chile en su conjunto tendrá que hacerse cargo de este panorama sombrío que nos deja esta administración y estas tremendas deudas”[19].
Y, hace pocos días atrás, el lunes 25 de abril, el presidente Boric y su flamante ministra de RREE Fernanda Urrejola recibieron en el Palacio a una delegación de Amnesty International que, preocupada por la inacción del Estado chileno en materia de Derechos Humanos, quiso conversar con las más altas autoridades. La delegación fue encabezada por la directora de la institución para las Américas, Erika Guevara, y el director ejecutivo, Rodrigo Bustos; participaron del encuentro la investigadora adjunta de la Oficina Regional de la organización, Ana Piquer Romo, y la presidenta de Amnistía Internacional Chile, Sofía Lanyon Pereira.
Según lo expresara, más tarde su director ejecutivo Rodrigo Bustos,
“[…] entre los temas que planteamos al presidente de la República está la necesidad de avanzar en verdad, justicia, reparación integral y garantías de no repetición respecto de las graves y generalizadas violaciones a los derechos humanos cometidas durante el período del estallido social, especialmente en relación a la reforma profunda que requiere Carabineros de Chile”[20].
Los movimientos sociales deben cavilar acerca de estos hechos. Y deben impulsar cambios al respecto. Porque sobre las sociedades humanas pende esa terrible sentencia de Adolphe Thiers, el verdugo de La Comuna:
“Los pueblos que no aprenden de su historia están condenados, irremediablemente, a repetirla”.
Y, agregamos, nosotros: con otros actores, en tiempos distintos, bajo otras circunstancias. Como el panorama que nos presenta la época actual.
Por Manuel Acuña Asenjo
Santiago, 28 de abril de 2022
[1] Redacción: “Corte de Apelaciones sobresee a Piñera en causa por omisión de denuncia por supuesta corrupción en el Ejército”, Radio U de Chile, 16 de abril de 2022. La negrita es del original.
[2] Redacción: Id. (1).
[3] Pineda, Gabriela: “Sobreseen a Piñera y tres ex ministros de Defensa acusados de encubrir corrupción en el Ejército”, Radio Biobío, 16 de abril de 2022.
[4] Redacción: Id. (1). La negrita es del original.
[5] Redacción: Id. (1). La negrita es del original.
[6] Redacción: Id. (1).
[7] Véase nuestro trabajo intitulado ‘Frenesí justiciero’, de 30 de junio de 2021, publicado en varios medios digitales.
[8] Véase el art. de Alberto González “Juez Urrutia presenta querella contra 19 ministros de la Corte de Apelaciones y una de la Suprema”, ‘Radio Biobío”, 18 de abril de 2022.
[9] Redacción: “Ex jefe de finanzas del Ejército denuncia arreglo en casa de Izurieta con gastos reservados”, ‘El Desconcierto’, 25 de abril de 2022. La negrita es del original.
[10] Meza, Cristián: “Justicia inhabilita a juez Daniel Urrutia de causa contra Piñera por eventuales delitos tras el 18-O”, ‘El Dínamo’, 21 de abril de 2022.
[11] Meza, Cristián: Id. (9). La cursiva es del original.
[12] Meza, Cristián: Id. (9).La cursiva es del original.
[13] Meza, Cristián: Id. (9).
[14] Meza, Cristián: Id. (9).
[15] Meza, Cristián: Id. (9).
[16] Meza, Cristián: Id. (9).
[17] Raibb Saitis, Verónica: “Cuando el periodista es la noticia”, Radio U. de Chile, 22 de abril de 2022.
[18] Redacción: “Carabinero que disparó a menores de hogar del SENAME en Talcahuano se encuentra en libertad”, ‘Resumen’, 26 de abril de 2022.
[19] Redacción: “Director de Amnistía Internacional por legado del Presidente Piñera en materia de DDHH: ‘Hay un panorama de mucha impunidad’”, ‘Radio Universidad de Chile’, 07 de marzo de 2022.
[20] Palma, Natalia: “’Valoramos la escucha y receptividad’: Amnistía Internacional se reunió con el Presidente para presentar agenda de DDHH”, ‘Radio Universidad de Chile’, 25 de abril de 2022.
Santiago, 28 de abril de 2022
[1] Redacción: “Corte de Apelaciones sobresee a Piñera en causa por omisión de denuncia por supuesta corrupción en el Ejército”, Radio U de Chile, 16 de abril de 2022. La negrita es del original.
[2] Redacción: Id. (1).
[3] Pineda, Gabriela: “Sobreseen a Piñera y tres ex ministros de Defensa acusados de encubrir corrupción en el Ejército”, Radio Biobío, 16 de abril de 2022.
[4] Redacción: Id. (1). La negrita es del original.
[5] Redacción: Id. (1). La negrita es del original.
[6] Redacción: Id. (1).
[7] Véase nuestro trabajo intitulado ‘Frenesí justiciero’, de 30 de junio de 2021, publicado en varios medios digitales.
[8] Véase el art. de Alberto González “Juez Urrutia presenta querella contra 19 ministros de la Corte de Apelaciones y una de la Suprema”, ‘Radio Biobío”, 18 de abril de 2022.
[9] Redacción: “Ex jefe de finanzas del Ejército denuncia arreglo en casa de Izurieta con gastos reservados”, ‘El Desconcierto’, 25 de abril de 2022. La negrita es del original.
[10] Meza, Cristián: “Justicia inhabilita a juez Daniel Urrutia de causa contra Piñera por eventuales delitos tras el 18-O”, ‘El Dínamo’, 21 de abril de 2022.
[11] Meza, Cristián: Id. (9). La cursiva es del original.
[12] Meza, Cristián: Id. (9).La cursiva es del original.
[13] Meza, Cristián: Id. (9).
[14] Meza, Cristián: Id. (9).
[15] Meza, Cristián: Id. (9).
[16] Meza, Cristián: Id. (9).
[17] Raibb Saitis, Verónica: “Cuando el periodista es la noticia”, Radio U. de Chile, 22 de abril de 2022.
[18] Redacción: “Carabinero que disparó a menores de hogar del SENAME en Talcahuano se encuentra en libertad”, ‘Resumen’, 26 de abril de 2022.
[19] Redacción: “Director de Amnistía Internacional por legado del Presidente Piñera en materia de DDHH: ‘Hay un panorama de mucha impunidad’”, ‘Radio Universidad de Chile’, 07 de marzo de 2022.
[20] Palma, Natalia: “’Valoramos la escucha y receptividad’: Amnistía Internacional se reunió con el Presidente para presentar agenda de DDHH”, ‘Radio Universidad de Chile’, 25 de abril de 2022.
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