La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió los recursos de nulidad presentados por el Ministerio Público, el Consejo de Defensa del Estado y los querellantes, dictaminando la realización de un nuevo juicio oral contra los carabineros Mario Alejandro Guzmán Yuri y Mario Alejandro Arancibia Guzmán, acusados por el Ministerio Público de ser los autores de delitos de apremios ilegítimos con resultado de homicidio frustrado y disparos injustificados, presuntamente cometidos en octubre de 2019 en el sector de la plaza Sucre de Viña del Mar.
En una decisión dividida, la Tercera Sala del tribunal de alzada porteño, compuesta por los ministros Pablo Droppelmann Cuneo, Carolina Figueroa Chandía y Valeria Echeverría Vega, anuló la sentencia impugnada emitida por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar debido a contradicciones en los considerandos de dicha resolución.
El fallo contrasta dos pasajes de la sentencia impugnada: «Más allá del dolor físico inherente que el acusado Mario Alejandro Arancibia González infligió a seis manifestantes, que fueron heridos con los proyectiles balísticos que disparó con su pistola de servicio, y que ser objeto de una imputación y sanción penal diversa, no se acreditó una intención dolosa de apremiarlos ilegítimamente, queriendo dañar la integridad moral de cada una de aquellas personas», y el segundo, al momento de aplicar la pena en su letra g): «(…) que las lesiones ocasionadas no solo provocaron daño físico, que interrumpió el desarrollo de actividades laborales, deportivas o personales, previas a la comisión de los hechos, como asimismo trastocaron sus ciclos vitales, con alteraciones emocionales y psicológicas de diversa índole, que con dificultad han debido superar».
El fallo también destaca la denuncia presentada por el Ministerio Público en la que se argumenta que no se realizó ningún análisis sobre la posibilidad de que dichas acciones pudieran haber sido cometidas con dolo eventual.
Según la Corte de Apelaciones de Valparaíso, estas observaciones son suficientes para que la sentencia impugnada incurra en las causales de nulidad invocadas por el ente persecutor. Además, afirma que de no haberse incurrido en dichas contradicciones, la decisión podría haber sido diferente, lo que conduce a la acogida del recurso.
En consecuencia, se resuelve: «Se acogen los recursos de nulidad presentados (…) contra la sentencia emitida el veintisiete de febrero del presente año por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, en relación a la absolución de Mario Alejandro Arancibia González y Mario Alejandro Guzmán Yuri de la acusación formulada en su contra como autores del delito de apremios ilegítimos con resultado de homicidio frustrado (…), cometido en esta ciudad el día 22 de octubre de 2019. En consecuencia, se anula la mencionada sentencia y el juicio que la precedió, debiendo remitirse los antecedentes al tribunal no inhabilitado correspondiente para la realización de un nuevo juicio oral. La nulidad también se extiende a la condena de Mario Alejandro Arancibia González y Mario Alejandro Guzmán Yuri como autores de disparos injustificados (…) y en cuanto se condena a Mario Alejandro Arancibia González como autor de seis delitos de lesiones graves»
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