La segunda sala de la Corte Suprema ha rechazado la admisibilidad de un recurso de nulidad presentado por la defensa del director de Interferencia, Víctor Herrero. Este recurso buscaba anular la sentencia emitida por el 7° Juzgado de Garantía, que condenó a Herrero por injurias graves con publicidad contra el teniente coronel de Carabineros, Christián Beltrán Alarcón, quien también fue ex jefe de Inteligencia de la Macrozona Sur.
La condena inicial impone al director de Interferencia el pago de 11 UTM (cerca de $700 mil pesos), además de las costas del juicio. El caso se originó a raíz de un artículo publicado por Interferencia en agosto de 2022, en el cual se abordaba la remoción de Beltrán de su cargo como jefe de Inteligencia en la Macrozona Sur para ser trasladado a la 38° Comisaría de Puente Alto. En dicho artículo, se mencionaba una investigación en curso que vinculaba a Beltrán con personas relacionadas al robo de madera, basándose en fuentes reservadas.
Es importante destacar que, posteriormente a la publicación del artículo, el general director de Carabineros, Ricardo Yáñez, confirmó ante la prensa que efectivamente existía un sumario en contra de Beltrán, y que su traslado de la Macrozona Sur se debía a esta investigación. Sin embargo, desmintió cualquier relación con delitos asociados al robo de madera.
El recurso de nulidad presentado por la defensa de Interferencia se centró en argumentar la violación al derecho fundamental de libertad de expresión consagrado por la Constitución y los tratados internacionales. Asimismo, se basó en decisiones previas de tribunales internacionales que han establecido que las expresiones críticas hacia funcionarios públicos no deben ser objeto de persecución penal.
En el recurso, se destaca que el testimonio de Víctor Herrero, el querellado, no fue cuestionado ni objetado por el tribunal ni la contraparte. En su testimonio, Herrero detalló la consulta a diversas fuentes, varios viajes al lugar y la revisión de documentos relacionados con el sumario interno dirigido a Beltrán en Carabineros. Además, se estableció mediante documentos admitidos como prueba que Beltrán fue sometido a un sumario administrativo, que hubo una investigación de contrainteligencia en su contra y que fue removido de su cargo según lo informado por Interferencia.
Durante el juicio en el 7° Juzgado de Garantía, el principal testigo fue el general de Carabineros Luigi Lopresti, jefe de la Dipolcar y, por tanto, superior de Beltrán mientras este se desempeñaba como jefe de Inteligencia en la Macrozona Sur. Lopresti declaró que Beltrán fue trasladado debido a eventos administrativos generados en Victoria, relacionados con discrepancias en el inventario de su repartición. Se descubrió que existían omisiones de especies muebles donadas que no estaban registradas en el inventario. Sin embargo, Lopresti declaró desconocer la existencia de sanciones específicas, solo tenía certeza de la apertura de un sumario administrativo.
Cristián Riego, abogado de Interferencia, manifestó su descontento con la decisión de rechazar el recurso de nulidad. Explicó que, a pesar de que la ley establece que los recursos deben ser admitidos para permitir la revisión de los casos penales, en este caso no se revisará el fondo del asunto. Por lo tanto, no se podrá determinar hasta qué punto los delitos de injurias o calumnias son compatibles con el derecho a la libertad de expresión.
Es oportuno recordar que recientemente el Estado de Chile fue condenado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos debido a este tipo de persecuciones. La sentencia de la corte estableció que no se debe perseguir penalmente a personas que critiquen o denuncien a funcionarios públicos, tal como sucedió en el caso Barahona Bray. Esta sentencia también obliga al Estado chileno a modificar su legislación para adaptarla a este criterio, lo que debería resultar en una futura reforma que impida este tipo de persecuciones penales.
Ante esta situación, la defensa legal de Interferencia está evaluando la posibilidad de recurrir ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos con el objetivo de revertir esta condena y luchar por la protección de la libertad de expresión.
En conclusión, el caso de Interferencia ha puesto de manifiesto la importancia de la libertad de expresión y la lucha contra la persecución penal en Chile. La decisión de la Corte Suprema de rechazar el recurso de nulidad plantea interrogantes sobre la compatibilidad entre los delitos de injurias o calumnias y el derecho a la libertad de expresión. En este contexto, la condena reciente del Estado chileno y la obligación de modificar la legislación son un llamado a proteger los derechos fundamentales y garantizar un entorno propicio para la libre expresión. La defensa de Interferencia continúa su batalla legal, con la esperanza de que se haga justicia y se promueva un cambio significativo en la protección de la libertad de expresión en el país.
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