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martes, 23 de julio de 2024

Libertad de Macaya: Corte aplicó el mismo argumento que esgrimió presidente de la UDI

Libertad de Macaya: Corte aplicó el mismo argumento que esgrimió presidente de la UDIPAÍS

Carlos Basso Prieto
Por : Carlos Basso PrietoUnidad de Investigación de El Mostrador.
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Ministros de la Segunda Sala del tribunal de alzada de Rancagua dejaron que el condenado abandonara la cárcel bajo la misma causal que Javier Macaya argumentó el domingo, pese a que el año pasado dos de ellos le negaron la libertad, por estimar que existía peligro de fuga.


Resumen

“Hay un principio constitucional, que es la presunción de inocencia”, fue una de las tantas frases con las cuales el domingo recién pasado el senador y presidente de la Unión Demócrata Independiente (UDI) defendió a su padre, Eduardo Macaya Zentilli, en la entrevista que le hizo Iván Valenzuela en “Mesa Central”, de Canal 13.

Por supuesto, a los legos en derecho eso no les cuadró, después que el viernes recién pasado, en un fallo de 160 páginas, el Tribunal Oral en lo Penal de San Fernando declarara a Macaya Zentilli culpable de haber abusado sexualmente de dos menores de edad, ordenando su ingreso en la cárcel de Rancagua.

Como lo saben todos los abogados, cuando Macaya hijo hablaba de la “presunción de inocencia” que ampara a su padre, se refería al hecho de que esta solo se extingue definitivamente cuando existe una sentencia a firme, es decir, que no pueda ser apelada ante un tribunal superior, lo que no es el caso, pues la defensa de su padre aún tiene plazo para pedir ante la Corte de Apelaciones de Rancagua la nulidad del juicio y la realización de otro proceso.

Más de alguien podrá pensar que es un simple tecnicismo, pero el presidente del partido fundado por Jaime Guzmán sabía bien de qué hablaba el domingo, a tal punto que fue ese argumento (la presunción de inocencia) el que ayer a mediodía esgrimieron los integrantes de la Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, para permitir que el condenado dejara la prisión y fuera enviado a su casa bajo la medida cautelar de arresto domiciliario, algo que generó indignación en las redes sociales y protestas en las afueras de la sede de la UDI, especialmente después que ayer la Unidad de Investigación de El Mostrador diera a conocer los privilegios de los que el empresario de Placilla gozó durante su brevísima y última estancia en la cárcel rancagüina.

Siguiendo la misma línea argumental de Macaya hijo, los ministros Pedro Caro y Michel González, junto al fiscal judicial Álvaro Martínez, acogieron los argumentos presentados por la defensa de su padre, señalando que “dicha condena no se encuentra firme y ejecutoriada, por lo que la misma no ha provocado una variación de la situación procesal del imputado, quien de acuerdo con el artículo 4 del Código Procesal Penal, se presume inocente y debe ser tratado como tal hasta que no se dicte una sentencia condenatoria firme”.

Asimismo, argumentaron que “la sola circunstancia de haberse comunicado la sentencia condenatoria, no justifica imponer la prisión preventiva efectiva, por cuanto si bien se eleva la convicción respecto de los presupuestos materiales, ello no hace variar necesariamente la necesidad de cautela, desde que no da cuenta de un incremento en el peligro de fuga, por cuanto la pena impuesta por el tribunal se encuentra dentro de las penas probables que ya se tomaron en consideración al momento de sustituir la prisión preventiva por caución, la que por lo demás aún no se encuentra ejecutoriada”.

El perfil de los ministros

Pedro Caro Romero es el ministro “encargado de los asuntos de familia” de la jurisdicción de la Corte de Apelaciones de Rancagua. De hecho, en una nota de prensa del propio Poder Judicial se relata una reunión que sostuvo el año pasado con la directora regional del Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género, en la cual, entre otros temas –según explicó él mismo–, “se evaluó el seguimiento de las medidas cautelares que se decretan en estos casos respecto de las víctimas de violencia”.

Abogado de la Universidad Católica de la Santísima Concepción, Caro es además magíster en Derecho Constitucional de la Pontificia Universidad Católica, donde obtuvo el Premio “Alejandro Silva Bascuñán” al mejor alumno de su generación, y es también miembro del Consejo Directivo de la Academia Judicial, junto con el presidente de la Corte Suprema, Ricardo Blanco, y el ministro de Justicia, Luis Cordero, entre otras autoridades.

Según su Declaración de Patrimonio, es dueño de cuatro propiedades, en Concepción, Rancagua, Machalí y Viña del Mar, por un valor total de 317 millones de pesos. Al mismo tiempo, mantiene deudas cercanas a los 100 millones de pesos por créditos hipotecarios.

En 2019, de acuerdo con un reportaje de Ciper relativo a las denuncias efectuadas por funcionarias judiciales de O’Higgins en contra de un juez de Garantía de Rancagua, Luis Barría, se afirmó que Caro, en el marco de otro sumario administrativo, “fue advertido de las conductas de Barría”. El mismo texto advierte que “es evidente que Caro no informó de esta situación”, pues el proceso administrativo que se inició en contra de Barría fue abierto solo en virtud de la denuncia anónima que llegó a la Corte Suprema.

El reportaje afirma que también habría sido informado de los episodios de acoso sexual el ministro González, pero que en el sumario respectivo este aseveró que no tenía antecedentes sobre la denuncia y que solo supo de ella “cuando llegó al Pleno y la enviaron a la Fiscalía para la investigación”.

Michel González Carvajal egresó de la Universidad Central y, aunque fue investigado durante el escándalo de corrupción detectado a fines de la década pasada en la Corte de Rancagua, fue absuelto en el sumario efectuado por la ministra Rosa María Maggi. Posee dos propiedades, en Las Condes y Rancagua, cuyo valor fiscal es cercano a los 200 millones de pesos y debe poco más de 100 millones en créditos hipotecarios.

Hace poco más de un año, los dos mismos ministros (Caro y González) opinaron de un modo diametralmente opuesto respecto de la libertad de Macaya Zentilli, pues luego de que este fuera enviado a prisión preventiva por primera vez, por parte del Juzgado de Garantía de San Fernando, ambos estimaron que debía mantenerse dicha medida cautelar, argumentando que, al estar formalizado por la Ley 21.523 (la llamada “Ley Antonia”, que justamente busca proteger a las víctimas de ataques sexuales), este no podría ser objeto de penas sustitutivas.

Una semana más tarde, sin embargo, la Corte de Rancagua lo dejó bajo arresto domiciliario, previo pago de una caución (fianza) de 150 millones de pesos.

El fiscal judicial, Álvaro Javier Martínez Alarcón, también estudió Derecho en la Universidad Central.

Según su Declaración de Patrimonio, es dueño de ocho propiedades, en Rancagua, Las Condes y Licantén, por un valor cercano al millón de dólares: 816 millones de pesos. Sus deudas son de 32 millones de pesos.

En entrevista con Radio ADN, el abogado querellante Hernán Fernández calificó como “aberrantes” los dichos de Javier Macaya y agregó que “la sociedad consciente debe entender que estamos hablando de delitos registrados y probados. No es cuestión de querer negar lo que ha ocurrido porque es doloroso, es cuestión de enfrentar la verdad y proteger a las víctimas”. Asimismo, pidió que “no juzguen a las víctimas. Aquí estamos para proteger su dignidad y su bienestar. Las declaraciones del senador, en lugar de ayudar, solo generan más dolor y confusión”, recalcó.

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