El hecho en cuestión se produjo el día lunes 21 de octubre, a eso de las 22 horas según los testigos, cuando los uniformados del Regimiento de Infantería N°1 de Buin, pasaron por la calle Santos Dumont en la comuna de Recoleta, disparando varios proyectiles contra el edificio de los recurrentes sin motivo alguno, según declararon dos vecinos del lugar, que interpusieron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones.
“Los cartuchos que portaban dichos proyectiles tienen aspecto de bala de fusil de metal, que habría contenido municiones que son de uso exclusivo de guerra, las cuales no cumplen las características de balas de salva; es decir, no se trata de armamento que esté autorizado para disuadir”, reza la solicitud judicial que fue interpuesta contra el ex ministro de Interior Andrés Chadwick, el jefe de Defensa Nacional Javier Iturriaga y el Regimiento en cuestión. Esta venía acompañada con fotos de los cartuchos que encontraron los residentes del edificio.
Ante estos hechos denunciados, la Corte de Apelaciones de Santiago resolvió solicitar un informe de lo ocurrido al Regimiento de Infantería N°1 de Buin. Este fue entregado el 30 de octubre de 2019, y El Desconcierto tuvo acceso a su contenido.
“Al ingresar para transitar por avenida Perú en la comuna de Recoleta, se detectaron tres barricadas, hechas a base de las barreras de contención utilizadas para los jardines, las cuales habían sido puestas de forma tal que impedían el paso de unidades en vehículos, por lo cual dispuso descendiera una Escuadra para retirar dichos elementos”, indica el reporte del comandante del Regimiento, el coronel Rodrigo Candia Manríquez.
“Al llegar a la intersección de avenida Perú con calle Santos Dumont, se encontraban en el lugar un número significativo de personas, sin poder especificar una cantidad exacta, quienes se manifestaban en forma desafiante hacia los funcionarios militares”, dice el documento.
Fue cuando descendieron las escuadras de militares para dispersar a la gente hacia sus casas, según la versión oficial que entrega la institución castrense, que “desde los departamentos ubicados en el sector comenzaron a lanzarle, al personal militar, elementos contundentes como botellas de vidrio o bebidas en lata, con la posibilidad cierta de poder resultar lesionados los integrantes de esa patrulla”.
Ante esto la orden del capitán Sergio Lizana Soto – que se encontraba a cargo en ese momento – habría sido el “uso de escopetas antidisturbios, disparando únicamente munición a fogueo, con fines claramente disuasivos y sin apuntar a los manifestantes”.
“De conformidad a las acciones previamente descritas, la patrulla se cercioró y percató que ninguno de los civiles apostados en el lugar resultara con afecciones físicas de ningún tipo como consecuencia de este procedimiento”, afirmó también el comandante Candia.
Luego, este alega que, debido a que se encontraban bajo el toque de queda, las medidas utilizadas están justificadas por la legislación, que autorizaría a los militares al “uso de la fuerza ante un intento hostil”. También reitera que “en ningún caso fueron utilizadas municiones de guerra” – afirmación que no concuerda con las pruebas presentadas por los vecinos denunciantes antes mencionados.
Y, por último, finaliza estableciendo que “conforme a lo dispuesto en el decreto supremo N°533, de fecha 27 de octubre de 2019, se dio término al Estado de Emergencia en la Región Metropolitana, razón por la cual, la autoridad militar, denominada jefe de la Defensa de la región Metropolitana dejó de prestar apoyo a la ciudad a las 00:00 hrs. (…) lo anterior, genera que la presente acción de protección no sea actual, ni menos grave, en cuanto a los hechos que la constituyen, ya que se ha perdido la temporaneidad de la misma, en otras palabras no existe causa en la actualidad que justifique su tramitación o que disponga las medidas de urgencia solicitadas por los recurrentes”.