Vistas de página en total

martes, 13 de abril de 2021

De la sexta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago

 

Declaración pública por resolución sobre querella criminal contra espionaje policial en la U. de Chile

En noviembre de 2019, el medio Interferencia.cl publicó un informe de inteligencia de Carabineros que reveló el espionaje que la institución realizó durante la conmemoración del Día Internacional del Detenido Desaparecido, en el Salón de Honor de la Casa Central de la U. de Chile, a cuatro "blancos" identificados, entre ellas la vicerrectora de Extensión y Comunicaciones, Faride Zerán y la, en ese entonces presidenta de la Fech, Emilia Schneider. A los días, las afectadas interpusieron una querella criminal en contra del ministro del Interior, Gonzalo Blumel y el general Director de Carabineros, Mario Rozas para establecer responsabilidades institucionales por este espionaje policial. Aquí, reproducimos la declaración pública emitida hoy al respecto.

Lorena Pizarro, presidenta de la AFDD, Faride Zerán, vicerrectora de Extensión y Comunicaciones de la U. de Chile y Emilia Schneider, ex presidenta de la Fech, presentan querella criminal.

Lorena Pizarro, presidenta de la AFDD, Faride Zerán, vicerrectora de Extensión y Comunicaciones de la U. de Chile y Emilia Schneider, ex presidenta de la Fech, presentan querella criminal.

Las víctimas LORENA PIZARRO SIERRA, FARIDE ZERAN, EMILIA SCHNEIDER, JULIA URQUIETA OLIVARES, entre otras, del Espionaje por Carabineros al Acto del día nacional e internacional del Detenido y Detenida desaparecidos, que se realizó con fecha 30 de agosto de 2019, en la Casa Central de la Universidad de Chile, señalamos a la opinión pública lo siguiente:

1.- En el día de ayer 12 de abril de 2021, la sexta sala de la Corte de Apelaciones de Santiago, confirmó la resolución de la Jueza del 7° Juzgado de Garantía de Santiago que sobresyó definitivamente, a los imputados don GONZALO BLUMEL ex Ministro del Interior y don MARIO ROZAS, ex Director General de Carabineros, por considerar que no tenían responsabilidad en estos hechos.

2.- Como víctimas rechazamos este fallo y seguimos pensando que aquí hay una responsabilidad política y también penal de quienes tienen en el caso del Ministerio del Interior el mando de Carabineros y Carabineros tiene jerarquía respecto a las actividades de inteligencia de Carabineros.

3.- Nos parece inconcebible que se pretenda justificar y darle legalidad a este espionaje basado en la Ley 19.974 “Sobre el Sistema de Inteligencia del Estado y crea la Agencia Nacional de Inteligencia” y en especial del artículo 22 el cual señala” La inteligencia policial es una función que corresponde exclusivamente a Carabineros de Chile y a la Policía de Investigaciones de Chile, sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo 20. Comprende el procesamiento de la información relacionada con las actividades de personas, grupos y organizaciones que de cualquier manera afecten o puedan afectar las condiciones del orden público y de la seguridad pública interior. La conducción de los servicios de inteligencia policial corresponde al mando de las instituciones de las cuales dependen".

4.- En el proceso ninguna de estas circunstancias está acreditada y por tanto, a pesar que la resolución de la Jueza, cerró a su vez la investigación, solicitaremos su reapertura considerando el fallo de la Corte de Apelaciones que señaló “en esta investigación se decretó la falta de participación, pero no se ha dicho que el ilícito que se imputa no exista”.

5.- Para nosotros lo más significativo es establecer que aquí existió un delito que tiene que ser investigado y sancionado.


Santiago, 13 de abril de 2021.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Seguidores