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miércoles, 12 de septiembre de 2018

Reglas claras: violadores de DDHH deberán arrepentirse para acceder a la libertad condicional

por  12 septiembre, 2018
Reglas claras: violadores de DDHH deberán arrepentirse para acceder a la libertad condicional
Oposición impuso su mayoría en la Comisión Mixta y logró aprobar una propuesta que fija estándares como el arrepentimiento y la colaboración eficaz para que los condenados por delitos de lesa humanidad puedan acceder a la libertad condicional, un tema que fue reactivado a propósito de las libertades otorgadas por la Sala Penal de la Corte Suprema a represores recluidos en Punta Peuco. A juicio de los parlamentarios, con esto se garantiza que “no habrá espacio para la impunidad” ni para la ambigüedad. [ACTUALIZADA]

Pese a toda la argumentación desplegada por el Gobierno, finalmente la Comisión Mixta decidió aprobar por 6 votos a favor y 4 la propuesta que establece el arrepentimiento y la colaboración eficaz como requisitos obligatorios para acceder a ese beneficio en el caso de condenados por violaciones de derechos humanos.
La propuesta se ajusta a un acuerdo presentado por los parlamentarios de la oposición, desde la DC al Frente Amplio- buscando “asegurar la aplicación de los estándares internacionales, ratificados por Chile y garantizar que “no habrá espacio para la impunidad”.
En el Gobierno expresaron sus inmediatos reparos. A juicio del ministro de Justicia, Hernán Larraín, la propuesta de la oposición “establece exigencias imposibles de cumplir”.
Larraín insistió en que no se puede exigir el arrepentimiento a personas que en su fuero interno no se consideran culpables y puso el caso del exsenador Jaime Orpis, formalizado por cohecho por el caso Corpesca. “A él se le acusa de cohecho y él jura que hizo muchas leseras, pero cohecho no. Prefiere pasar en la cárcel que arrepentirse de algo que sostiene que no ha hecho”, consigna La Tercera.
Si bien el Gobierno descartó que vaya a recurrir a un veto, en el oficialismo advirtieron que podrían impugnar la norma. “Nosotros en la Sala vamos a hacer la respectiva reserva de constitucionalidad, porque aquí se vulneran, específicamente con la obligatoriedad de pedir arrepentimiento, los derechos de la persona a no autoincriminarse", advirtió el diputado Juan Antonio Coloma (UDI).
En la oposición, en tanto, destacaron la votación. “Se está tomando una decisión histórica”, destacó el diputado socialista Leonardo Soto, mientras el jefe de la bancada DC, diputado Matías Walker, señaló que con este acuerdo “no habrá ningún espacio para la ambigüedad, no habrá espacio para impunidad alguna. Lo más importante y quiero recalcarlo, y el Gobierno está de acuerdo, es que esta solución se va a aplicar al momento de la postulación, esta ley va a empezar a regir de inmediato, ya tenemos al respecto el antecedente de la agenda corta”.
Por su parte, el senador DC Francisco Huenchumilla también valoró la aprobación de la exigencia de colaboración sustancial en causas de delitos de lesa humanidad. “Esperamos que sea pronto Ley de la República”, indicó.
“Siempre he señalado que es un tema muy complejo porque la historia nos persigue. Por tanto, buscamos los acuerdos durante esta semana, pero todos sabemos que es un tema que divide a los chilenos en general.  Y a 45 años del golpe la noche nos sigue persiguiendo, pero actuamos democráticamente y tuvimos un muy buen debate con el Ejecutivo y el ministro”, explicó el representante DC.
El parlamentario añadió que espera despachar el informe de la comisión mixta la próxima sesión, tomando en cuenta que el punto más complejo ya fue zanjado.
Cabe recordar que la comisión mixta fue reactivada luego de la polémica suscitada con las decisiones de la Sala Penal de la Corte Suprema que otorgó libertades condicionales a represores recluidos en Punta Peuco, y que gatilló una acusación constitucional contra tres ministros del máximo tribunal que debe votarse este viernes en la Cámara de Diputados.

El acuerdo

Lo aprobado en la Comisión Mixta establece que, en los casos de condenados  por delitos de lesa humanidad, los requisitos para postular a la libertad serán:
Haber cumplido dos tercios de la pena o, en caso de presidio perpetuo, los años de privación de libertad efectiva establecidos en los incisos primero y segundo del art. 3º, según corresponda.
Además de lo anterior, al momento de postular, el condenado deberá acreditar las siguientes circunstancias:
a) Haber colaborado sustancialmente al esclarecimiento del delito o confesado su participación en el mismo; o aportado antecedentes serios y efectivos de los que tenga conocimiento, en otras causas criminales de similar naturaleza. Lo anterior se acreditará, con la sentencia, en el caso que se hubiere considerado alguna de las atenuantes de los números 8° y 9° del artículo 11 del Código Penal, o con un certificado que así lo reconozca expedido por el tribunal competente.
b) Haber manifestado su arrepentimiento, mediante una declaración pública que signifique una condena inequívoca a los hechos y conductas por las cuales fue condenado y por el mal causado a las víctimas y sus familiares.

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