El ministro en visita de causas de derechos humanos de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia Pinto, sometió a proceso a tres miembros en retiro del Ejército por el delito de secuestro con grave daño en perjuicio de Faruc Jimmy Aguad Pérez, Mario Alvarado Araya, Pedro Abel Araya Araya, José Armando Fierro Fierro, Artemio  Pizarro Aranda y Wilfredo  Ramón Sánchez Silva, ilícito cometido en San Felipe, entre el 8 y 10 de octubre de 1973.

El magistrado sometió a proceso en causa (Rol 14-2014) a Héctor Orozco Sepúlveda, ex oficial de Ejército; Raúl Navarro Quintana, médico y ex oficial de Ejército y Milton Núñez Hidalgo, ex suboficial de Ejército, como autores en delito de secuestro con grave daño.

En la etapa de investigación de la causa, el ministro en visita logró establecer los siguientes hechos: "que entre  los días 8 y 10 de octubre  de 1973 fueron detenidos por Carabineros de Cabildo, sin orden judicial  ni administrativa, las víctimas Faruc Jimmy Aguad Pérez, Mario Alvarado Araya, Pedro Abel Araya Araya, José Armando Fierro Fierro, Artemio  Pizarro Aranda, Wilfredo  Ramón Sánchez Silva, siendo llevados primero a la Comisaría de La Ligua y luego a la Comisaría de Carabineros de San Felipe, desde la cual fueron  sacados por orden superior el 11 de octubre  del mismo año, por una patrulla integrada por  personal  policial y efectivos  del Regimiento Yungay para ser llevadas -supuestamente- a la cárcel de Putaendo, en el camino y a la altura del sector Las  Coimas, los bajaron del vehículo en que eran trasladados y se les dio muerte, ejecutándolos con disparos de armas de fuego, configurándose de este modo el  delito de secuestro con grave daño, por cuanto a las víctimas se les privó de su libertad, sin  derecho,  por varios días, detención que ocasionó un grave daño para los afectados a quienes finalmente se les quitó su vida, figura  prevista y sancionada en artículo  141 inciso 3º del Código Penal de la época".

La resolución agrega: "Que si bien es cierto que los mencionados precedentemente ya fueron encausados por el delito de homicidio de las personas indicadas, en causa rol  nº 2182-98 de la l. Corte de Apelaciones  de Santiago, episodio Mario  Alvarado,  proceso en el cual se dictó  en  primera instancia una sentencia condenatoria y en segunda instancia una sentencia  absolutoria para todos ellos, no es menos cierto que el ilícito  por el cual se les sentenció fue homicidio calificado, no existiendo pronunciamiento  acerca del secuestro y otros  delitos  que concurrieron  en los mismos hechos, y sin perjuicio de estimarse que respecto de aquellos  operaría la cosa juzgada aparente o fraudulenta, por lo que aparece  sobradamente  justificado   perseguir  la responsabilidad de Milton  René Núñez Hidalgo, Héctor Manuel Rubén Orozco Sepúlveda y Raúl Orlando  Pascual Navarro Quintana  por el ilícito  a que se refiere esta resolución".

Encontrándose presos Héctor Orozco Sepúlveda en el Centro de Cumplimiento Penitenciario (CCP) Punta Peuco; y Milton Núñez Hidalgo y Raúl  Navarro en el  Centro de Cumplimiento Penitenciario  Colina 1, "exhórtese al  34º  Juzgado del  Crimen  de  Santiago  para  que  se  les  notifique esta resolución entregándoseles copia de ella y hecho se de orden para su ingreso como procesados en esta causa, facultándose  además para que el tribunal exhortado conceda la apelación en caso que ella fuere interpuesta".