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miércoles, 2 de octubre de 2019

Septiembre 2019 - RESUMEN DERECHOS HUMANOS EN CHILE


Carroza determina cumplimiento de penas para Mauricio Hernández
 
02 de septiembre: El ministro Mario Carroza determinó condenar a Mauricio Hernández Norambuena -ex comandante del FPMR- a 15 años de presidio por  la muerte del senador Jaime Guzmán y a 15 años por el secuestro de Cristián Edwards del Río, y de esta forma dar cumplimiento al acuerdo de extradición entre Chile y Brasil.
 
Asimismo, Carroza reconoció al condenado los 12 días en los que estuvo detenido en Brasil apto para ser extraditado a Chile, esto es entre el 8 y el 19 de agosto recién pasado.
 
Corte de Apelaciones de Santiago condena a 28 ex agentes de la DINA
 
02 de septiembre: En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada condenó a 28 ex agentes de la DINA en calidad de autores del secuestro calificado de Teobaldo Tello Garrido; entre otros, a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a 13 años de presidio. En tanto, Manuel Carevic Cubillos, Ricardo Lawrence Mires, Ciro Torré Sáez, Gerardo Godoy García, fueron condenados a cumplir 10 años de presidio. Ilícito perpetrado a partir del 22 de agosto de 1974, en el marco de la denominada Operación Colombo
 
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar 80 millones de pesos a familiares de la víctima.
 
Corte Suprema condena al fisco a pagar indemnización a víctima de tortura
 
03 de septiembre: En fallo dividido, la Segunda Sala anuló la resolución impugnada y dictó, sin nueva vista, sentencia de reemplazo condenando al Fisco a pagar una indemnización de 60 millones de pesos a Agneo Osses que fue detenido ilegalmente y sometido a torturas en centros de detención clandestinos de Punta Arenas entre 1973 y 1974.
 
“Que, en suma, pesando sobre el Estado la obligación de reparar a la víctima y sus familiares consagrado por la normativa internacional sobre DDHH, el derecho interno no deviene en un argumento sostenible para eximirlo de su cumplimiento. No sólo por lo ya expresado sino porque este deber del Estado también encuentra su consagración en el derecho interno”.
 
Rechazan sobreseimiento de carabinero imputado por homicidio de comuneros mapuches
 
04 de septiembre: La Corte de Apelaciones de  Temuco rechazó la solicitud de sobreseimiento definitivo presentado por el Ministerio Público y la defensa del capitán de Carabineros ® Ignacio Gallegos Pereira, imputado por el delito de homicidio de los comuneros mapuches Luis Marileo Cariqueo y Patricio González Guajardo. Ilícitos perpetrados en el fundo El Encino, comuna de Los Sauces, el 10 de junio de 2017.
 
Corte Suprema condena al fisco a pagar indemnización a conviviente de detenido desaparecido
 
04 de septiembre: En fallo dividido, la Segunda Sala revocó la sentencia impugnada condenando al Fisco a pagar una indemnización de 30 millones de pesos, por concepto de daño moral, a la conviviente de Juan Vargas Contreras, miembro de la guardia del Presidente Salvador Allende (GAP) detenido el 13 de septiembre de 1973, y de quien se ignora su paradero; tras establecer que se encuentra probada la relación de convivencia de la víctima con la demandante, quien tuvo una hija días antes del 11 de septiembre de 1973.
 
Corte de Apelaciones de Santiago condena al fisco a pagar indemnización a víctima de torturas y a su hijo
 
05 de septiembre: En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia del 21° Juzgado Civil de Santiago, con declaración de que se aumenta la indemnización por daño moral que deberá pagar el Estado a Gabriela Rosas Iracabal a la suma de 50 millones de pesos; y a su hijo Marcial Arredondo Rosas, quien fue separado de ella a la edad de tres años, siendo entregado a su abuelo, a 20 millones de pesos. Ella fue víctima de detenciones ilegales y torturas.
 
Condenan a carabineros por homicidio en población Gómez Carreño
 
06 de septiembre: El ministro de la Corte de Apelaciones de Valparaíso, Jaime Arancibia, condenó a dos suboficiales ® de Carabineros, a Carlos Araya Tobar a 12 años de presidio como autor del homicidio de Juan Ramírez Peña, y a Etiel Romero Ramírez a 4 años de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada, por el delito de encubridor. Ilícito ocurrido el 1 de enero de 1974 en la población Gómez Carreño de Viña del Mar.
 
En la investigación se determinó que el día 1 de enero de 1974, en horas de la madrugada, cuando la víctima transitaba en la vía pública, cercano a su domicilio, junto a dos amigos, recibió un balazo por la espalda, en su cuello, lo que le produce su muerte casi de inmediato, no mediando provocación ni amenaza alguna de parte de la víctima o de sus amigos en contra del carabinero que disparó.
 
En el aspecto civil, se condenó al Fisco a pagar una indemnización de 90 millones de pesos a los familiares de la víctima.
 
Anulan dos nuevas sentencias dictadas por Consejo de Guerra de Ñuble
 
09 de septiembre: La Corte Suprema acogió recursos de revisión y anuló dos sentencias dictadas por el Consejo de Guerra del Ñuble en 1974 y 1975, respectivamente, por graves infracciones en la tramitación de los procesos en la justicia militar.
 
Las resoluciones señalan que: “Sobre ese asunto, la CIDH concluyó que las presuntas víctimas no contaron con la posibilidad de que se revisaran las condenas dictadas contra ellos, por lo que el Estado de Chile es responsable por haber violado el derecho a la protección judicial contenido en el artículo 25.1 de la Convención”.
 
Ordenan al fisco indemnizar a hija de ex director de INDAP de Chillán
 
10 de septiembre: El Duodécimo Juzgado Civil de Santiago condenó en costas al fisco a pagar una indemnización de 35 millones de pesos a la hija del ex director del Instituto de Desarrollo Agropecuario de Chillán, Reinaldo Poseck Pedreros, quien fue detenido ilegalmente en octubre de 1973 y trasladado al Regimiento de Chillán, desde donde se pierde su rastro.
 
Doctora Paz Rojas recibe Premio Derechos Humanos
 
11 de septiembre: La doctora Paz Rojas recibe Premio Derechos Humanos 2019 el que le fue otorgado por el Colegio Médico Regional Santiago, por su destacada labor en la defensa de los derechos humanos.
 
Recordemos que tras el golpe de estado, Paz Rojas se incorporó al Comité Pro Paz para prestar atención especializada a víctimas y familiares. Posteriormente, fue parte del Comité de Defensa de los Derechos del Pueblo, CODEPU, en 1982, constituyendo un equipo multidisciplinario que presta atención médica especializada a las víctimas de la represión dictatorial e impulsa incansablemente la denuncia contra la Tortura.
 
“Después del 9.11.73 recibí a personas que habían sufrido la tortura, la desaparición o ejecución de un familiar.  Esta situación me hizo sentir por primera vez en mi vida el dolor y un desgarramiento interior profundo. En esta ocasión no podría dejar de referirme a la impunidad, que es una segunda agresión a las víctimas”, aseguró la Dra. Rojas durante la ceremonia.
 
Condena a oficial de ejército por secuestro en La Calera
 
11 de septiembre: El ministro Jaime Arancibia, condenó al capitán ® Aníbal Schaffhauser Camposano a la pena de 5 años y un día de presidio efectivo en calidad de autor del delito de secuestro con grave daño de Nelson Mondaca Catalán. Ilícito cometido a partir del 14 de septiembre de 1973, en la comuna de La Calera.
 
En la resolución, el ministro dio por establecido: “Que, en la mañana del día 14 de septiembre de 1973, la víctima es detenida en su domicilio, ubicado en la comuna de La Calera, por funcionarios de Carabineros, quienes llevaban una lista de personas que debían ser requeridas, siendo trasladado a la Subcomisaria de Carabineros de esa ciudad y una vez ingresado en ella, es llevado a una oficina en la que es interrogado y sometido a diversos tormentos que son inferidos por un funcionario de Carabineros y otro del Ejército. Estos interrogatorios y aplicación de tormentos, tienen su origen en la militancia política del detenido, se mantienen durante cinco días, sumándose a ello la privación de sueño y de su alimentación. Estos hechos le generan a la víctima un grave daño en lo emocional, el que se mantiene hasta la actualidad”.
 
En el aspecto civil, se condenó al Fisco a pagar la suma de 55 millones de pesos por concepto de daño moral a la víctima.
 
Aumentan monto de indemnización para hijas de detenido desaparecido
 
12 de septiembre: En fallo unánime, la Quinta Sala del tribunal de alzada incrementó el pago de la indemnización de perjuicios, a 210 millones de pesos, que el Fisco deberá pagar a las tres hijas de Horacio Neftalí Carabantes Olivares, quien fue detenido ilegalmente el 21 de enero de 1975, en Valparaíso, por agentes de la DINA, debido a la gravedad de los hechos y las consecuencias afectivas padecidas por las demandantes, las que perdieron a su padre a muy corta edad.
 
Corte de Apelaciones de Santiago condena al fisco a pagar indemnización a hermanos de detenido desaparecido
 
13 de septiembre: En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia impugnada y ordenó al fisco indemnizar con 140 millones de pesos a los hermanos de Julio Muñoz Otárola, detenido ilegalmente por agentes de la CNI en septiembre de 1987 por el daño moral provocado por actuar de agentes del Estado.
 
 “Fluye de lo anterior, que pretender aplicar las normas del Código Civil a la responsabilidad derivada de crímenes de lesa humanidad posibles de cometer con la activa colaboración del Estado, como derecho común supletorio a todo el ordenamiento jurídico, hoy resulta improcedente”, plantea el fallo.
 
FASIC acoge a la diversidad sexual refugiada y migrante
 
15 de septiembre: FASIC realiza un encuentro y acoge a la diversidad sexual refugiada y migrante en nuestro país. La jornada se realizó el 14 de septiembre y contó con las participación de la OTD (Organización Trans Diversa), Rompiendo el Silencio (Agrupación Lésbica), MUMS, ABOFEM (Abogadas Feministas), Acción Gay, Chile Positivo y José Simons, activista de nacionalidad venezolana, miembro de “Venezuela Igualitaria” y en Chile de “La Maricartonera".
 
Desde Acción Gay dijeron que, “es interesante tocar este tema porque no se habla de esto en las diversas mesas de trabajo donde hemos asistido. Me parece bien darle comienzo en una institución (como FASIC) que tiene una experiencia considerable en temáticas de refugio desde la dictadura”.
 
Corte Suprema anula sentencia dictada por Consejo de Guerra en 1975
 
16 de septiembre: En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió el recurso de revisión y anuló la condena que fue dictada por el Consejo de Guerra de Concepción en 1975, sobre la base de declaraciones obtenidas bajo tortura, y decretó la absolución de los condenados, tras establecer infracciones al debido proceso.
 
Ordenan al fisco indemnizar a víctima de detención ilegal y torturas en Rancagua
 
17 de septiembre: El Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago condenó al Fisco a pagar una indemnización de 10 millones de pesos a Luis Bernal Catalán, detenido ilegalmente por agentes de la CNI en 1987, y sometido a torturas en Rancagua y Santiago.
 
Condenan a miembros de la Armada por secuestro con grave daño a abogado
 
17 de septiembre: En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada condenó a dos miembros ® de la Armada: a Alejandro Carrasco Flores y José Pezo Lagos a 5 años y un día de presidio, como autores del secuestro del asesor del Presidente Salvador Allende y miembro del Comité Central del Partido Socialista, abogado Arnaldo Camú Veloso. Ilícito perpetrado el 24 de septiembre de 1974.
 
Resolución que redujo la condena de los ex marinos al recalificar el delito de homicidio calificado a secuestro con grave daño.
 
En el aspecto civil, se condenó a Carrasco Flores, Pezo Lagos y al Estado de Chile a pagar solidariamente a la cónyuge de la víctima Celsa Parrau Tejos 1.476 UF, y a los hijos Álvaro León y Bárbara Camú Parrau la suma de 1.348 UF, por concepto de daño moral.
 
Corte Suprema condena a ex agentes de la DINA por secuestro de matrimonio
 
17 de septiembre: En fallo unánime, la Segunda Sala confirmó la sentencia que condenó a Miguel Krassnoff Martchenko, Nelson Paz Bustamante y César Manríquez Bravo a 10 años y un día de presidio, como autores de secuestro del matrimonio de Bárbara Uribe Tamblay y Edwin van Yurick Altamirano. En tanto, Ricardo Lawrence Mires deberá cumplir una pena de 5 años y un día de presidio. Ilícito cometido a partir del 10 de julio de 1974, en Santiago.
 
En el aspecto civil, se confirmó la sentencia que condenó al Fisco pagar una indemnización total de 100 millones de pesos a familiares de las víctimas.
 
Carroza condena a oficial del ejército por homicidio de locutor radial
 
23 de septiembre: El ministro Mario Carroza, condenó al brigadier ® de Ejército Eduardo Arriagada Rehren a la pena de 7 años por el homicidio del locutor radial Archibaldo Morales Villanueva  que fue detenido en Santiago en septiembre de ese año, días después del golpe militar, y luego de ser sometido a torturas en el regimiento “Colchagua” de San Fernando. 
 
En el aspecto civil, se sentenció al condenado y al Fisco a pagar una indemnización total 192 millones de pesos a los familiares de las víctimas.
 
Acogen recurso de protección y ordenan a diario rectificar noticia de ejecutados políticos en 1973
 
24 de septiembre: La Corte Suprema acogió un recurso de protección y ordenó al Diario La Tercera rectificar la publicación de una noticia del año 1973 en la que se vinculó a dos ejecutados políticos a un hecho delictual.
 
En fallo unánime, la Tercera Sala del máximo tribunal estableció actuar arbitrario del medio de comunicación al no rectificar la noticia, luego de que una sentencia estableciera que los dos ejecutados, Jorge Oyarzún Escobar y Juan Escobar Camus, fueron víctimas de un crimen de lesa humanidad y no muertos al realizar un ataque armado a una población militar.
 
Corte de Apelaciones de Temuco confirma condena a autores de homicídio
 
25 de septiembre: La Segunda Sala del tribunal de alzada rechazó la aplicación de la media prescripción solicitada por la defensa y confirmó la sentencia que condenó a René Villarroel Sobarzo y a Carlos Tapia Galleguillos, como autores del homicidio calificado de Luis Espinoza Villalobos y Abraham Oliva Espinoza, y rebajó las penas a 15 años y un día, y 10 años y un día de presidio, respectivamente. Ilícitos perpetrados el 2 de diciembre de 1973, al norte de Frutillar.
 
En el aspecto civil, condenó al Fisco a pagar una indemnización, que se detalla en el fallo, a familiares de las víctimas.
 
Corte de Apelaciones de Santiago condena al Fisco a pagar indemnización a prisionero político de Villa Grimaldi
 
25 de septiembre: En fallo unánime, confirmó la sentencia del 4º Juzgado Civil de Santiago y condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 90 millones de pesos a dos prisioneros políticos sometido a torturas en Villa Grimaldi por parte de la DINA y estableció la responsabilidad del Estado por el daño moral provocado por la acción de sus agentes.
 
“Conforme a los hechos establecidos, el tribunal a quo ha establecido la responsabilidad del Estado en la detención ilegal y los apremios ilegítimos sufridos por los actores, quienes debieron salir del país en calidad de refugiados políticos, luego de ser dejados en libertad”, indica el fallo.
 
Ministro Carroza condena a suboficial del ejército
 
25 de septiembre: El ministro Mario Carroza, condenó a un suboficial ® del Ejército Juan Pardo Villarroel a la pena de 3 años y 1 día de presidio menor en su grado máximo en su calidad de cómplice de homicidio simple consumado de Ángel Carmona Parada, y a la pena de 541 días de presidio menor en su grado medio por el delito de homicidio simple frustrado en perjuicio de Jorge Carmona Parada, ocurrido el 1 de mayo de 1974, en Santiago, luego de un incidente entre las víctimas antes indicadas y miembros del Ejército.
 
En cuanto a la acción civil, se condenó al Fisco de Chile a pagar la suma de 40 millones de pesos a Jorge Carmona Parada.
 
Corte Suprema condena a oficial de carabineros por 7 casos de secuestros y homicidios calificados en Paine
 
27 de septiembre: La Corte Suprema dictó condenas en contra del oficial de carabineros ® Nelson Bravo Espinoza por los secuestros y homicidio calificados de 7 vecinos de la comuna de Paine detenidos entre septiembre de 1973 y octubre de 1973 y ejecutados en el Cerro Chena de San Bernardo.
 
En el primer caso, la Segunda Sala del máximo tribunal sentenció al oficial a la pena de 5 años y un día de presidio como cómplice en el homicidio calificado de Gustavo Martínez Vera, ocurrido el 6 de octubre de 1973 en el Cerro Chena de San Bernardo. En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 200 millones de pesos a los familiares de la víctima.
 
En el segundo caso, lo condenó a 5 años y un día de presidio como cómplice del homicidio calificado de José González Sepúlveda, ocurrido entre el 11 y 15 de octubre de 1973 en el Cerro Chena de San Bernardo. En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización de 50 millones de pesos a la hermana de la víctima.
 
En el tercer caso, lo condenó a 5 años y un día de presidio como cómplice del homicidio calificado de Luis Díaz Manríquez, ocurrido entre septiembre y octubre de 1973 en el Cerro Chena de San Bernardo. En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización de 430 millones de pesos a los familiares de la víctima.
 
En el cuarto caso, condenó a Nelson Bravo Espinoza a 10 años y un día de presidio como autor de los secuestros calificados de los hermanos Hernán Fernando y Juan Humberto Albornoz Prado, ocurrido a partir de 15 de septiembre de 1973 en Paine. En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización de 520 millones de pesos a los familiares de la víctima.
 
En el quinto caso, lo condenó a 6 años de presidio como autor del secuestro calificado de Pedro Vargas Barrientos, ocurrido a partir el 13 de septiembre de 1973 en Paine. En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización de 150 millones de pesos a los familiares de la víctima.
 
En el sexto caso y final, se sentenció a Nelson Bravo Espinoza a 6 años de presidio como autor del secuestro calificado de Jorge Valenzuela Valenzuela, ocurrido a partir del 8 de octubre de 1973. En el aspecto civil se condenó al Fisco a pagar una indemnización de 180 millones de pesos a los familiares de la víctima.
 
Carroza condena a oficial de carabinero por falso enfrentamiento en Pelarco
 
27 de septiembre: El ministro, Mario Carroza, condenó a 10 años y un día de presidio al oficial ® de Carabineros Mario Silva Letelier, por el homicidio calificado del militante del MIR Jaime Alvear Espinoza, ocurrido el 20 de octubre de 1973 en el sector pre cordillerano de Pelarco, región del Maule. En la época de los hechos se informó como una muerte en enfrentamiento con Carabineros.
 
En el aspecto civil, se condenó al Fisco a pagar una indemnización total de 5.400 Unidades de Fomento a los familiares de la víctima.
 
Fallece el sacerdote José Aldunate Lyon
 
28 de septiembre: Fallece el sacerdote jesuita José Aldunate Lyon a los 102 años. Durante la dictadura, fue un férreo defensor de los DDHH, denunciando las atrocidades del régimen y creando distintos medios impresos que eran difundidos entre las organizaciones sociales. Asimismo, en 1983, creó el Movimiento Contra la Tortura Sebastián Acevedo y fue uno de los impulsores de la recuperación de Villa Grimaldi. El 2016 fue homenajeado con el Premio Nacional de los Derechos Humanos entregado por el INDH.
 
Corte Suprema: condena a oficial de ejército por aplicación de tormentos
 
30 de septiembre: La Corte Suprema condenó a un oficial ® del Ejército Luis Medina Aldea a 200 días de presidio por la aplicación de tormentos a Guillermo Torrealba Pasten, ocurridos en septiembre de 1973, en la entonces Fiscalía Militar de Rancagua.
 
De acuerdo a la investigación, Guillermo Torrealba Pasten fue detenido el 15 de septiembre de 1973, por personal de Carabineros de Chile, siendo torturado por el Teniente Luis Medina en la Fiscalía Militar de la ciudad, propinándole golpes constantes en distintas partes de su cuerpo con puños y patadas, utilizando además una barra de metal para tal fin, junto con amenazarlo de muerte y de ser ingresado a una sala para aplicarle descargas eléctricas.
 
En el aspecto civil se acogió el recurso de casación y se condenó al Fisco a pagar una indemnización de 50 millones de pesos a la víctima al establecer que es un crimen de lesa humanidad imprescriptible desde el punto de vista civil y penal.
 
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