Por: Yerko Ljubetic | Publicado: 19.08.2022
El Reglamento Sobre Control de Consumo de Drogas de Diputadas y Diputados, que acaba de entrar en vigencia, no reúne ninguna de tales condiciones de legitimidad. No se trata de una ley y, más grave aún, es totalmente desproporcionada. Lo es, por cuanto no es idónea en la medida que parece absurdo presumir que alguien que consume drogas o alcohol es necesariamente cooptado por quienes los distribuyen.
Como se sabe, en general los derechos humanos no tienen un carácter absoluto, en el sentido de que en la realidad pueden darse situaciones en que el ejercicio de alguno de ellos no es totalmente compatible con el legítimo ejercicio de otros, por lo que es razonable que existan regulaciones que permiten resolver estas eventuales colisiones. Sin embargo, esas regulaciones, en cuanto suponen la restricción de derechos, deben reunir ciertas condiciones que las hagan legítimas. Existe un amplio consenso en que esas condiciones son la reserva legal, es decir que estén contenidos en normas aprobadas democráticamente y la proporcionalidad, estimación que encierra a la vez un juicio sobre la idoneidad, necesidad y proporcionalidad en su sentido estricto.
El Reglamento Sobre Control de Consumo de Drogas de Diputadas y Diputados, que acaba de entrar en vigencia, no reúne, a mi juicio, ninguna de tales condiciones de legitimidad. No se trata de una ley, como es obvio y, más grave aún, es totalmente desproporcionada. Lo es, por cuanto no es idónea en la medida que parece absurdo presumir que alguien que consume drogas o alcohol es necesariamente cooptado por quienes los distribuyen –equivale a pensar que un fumador empedernido favorecerá de algún modo a las tabacaleras–; no es necesaria, pues la conducta reprochable puede ser indagada de formas mucho más pertinentes y eficaces –como el seguimiento de los incrementos patrimoniales injustificados, por ejemplo– y es desproporcionada en sus efectos sobre los derechos a la privacidad y a la honra de las personas involucradas.
Lo grave de esta situación, más que la afectación de los derechos de diputadas y diputados, es que el Reglamento en cuestión incurre en el proverbial sesgo conservador que impide debatir en serio sobre este asunto y sus reales causas y efectos. Y, peor aún, su aceptación genera peligrosos precedentes para la suerte de las personas sin fuero que pueden ver, en medidas que repliquen la que aceptó la Cámara, amenazado su derecho a la libertad y privacidad de sus acciones, las que, no afectando los derechos de los demás, son de su exclusiva decisión y autonomía.
Dicho sea de paso: se cuenta que Pablo Escobar tenía por norma no consumir la droga que traficaba.
Abogado. Miembro del Consejo del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH). Ex presidente de la FECH y ex ministro del Trabajo.
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