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viernes, 6 de septiembre de 2024

La Ley Karin en la balanza del Poder Judicial: un doble desafío

 

La Ley Karin en la balanza del Poder Judicial: un doble desafíoOPINIÓN


Parte importante de sus miembros percibe laborar en un clima organizacional no exento de violencia e inserto en una cultura organizacional vertical y autoritaria, que genera condiciones para que se sigan enmascarando episodios de violencia.


La reciente entrada en vigencia de la llamada Ley Karin y de la Ley 21.675 que promueve la erradicación de la violencia contra las mujeres, plantea múltiples retos al interior de la cultura organizacional de las empresas y órganos del Estado, generando interés en la ciudadanía y lógicas expectativas en torno a las mejoras que deberá promover en los ambientes de trabajo.

En el caso del Poder Judicial chileno, el desafío plantea razonables interrogantes, porque los tribunales (muy especialmente los del Trabajo) son los llamados a ejecutarla, presumiéndose que se incrementará el número de denuncias por violencia a raíz de la nueva configuración del acoso laboral, tradicionalmente configurado como una reiteración de actos hostiles, que esta ley concibe como posible, incluso, en un acto singular.

En otra perspectiva, desde la visión del Poder Judicial como organización, es posible plantearse interrogantes legítimas que pueden impactar sobre su deber constitucional de protector de los derechos de todas las personas.

Lo anterior, debido a que su centenaria estructuración jerárquica de carrera ha modelado una forma de controles internos verticales e intrusivos, que coexiste con un régimen disciplinario que se percibe como amenaza permanente, muy lejos del estándar propio de un sistema de responsabilidad eficaz y garante de la conducta de los jueces.

Como consecuencia de ello, se ha desarrollado una cultura paralela que suele dar lugar a controles personales, intensos y abusivos, especialmente debido a la organización vertical existente entre ministros y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones y los juzgados de primer grado, que desencadena por sí solo, como nota general, una forma de relacionamiento coercitivo y autoritario en que la sumisión y el temor jerárquico tienen preponderancia.

Valga como ejemplo, la figura de la arcaica “visita” que realizan los ministros a los tribunales (un mecanismo de control jerárquico, heredado del medioevo), la cual quedó palmariamente evidenciada en el fallo Atala Riffo vs. Estado de Chile,  llamando la atención de los jueces interamericanos, como una figura anómala para una organización de la magistratura, incompatible con un Estado democrático.

No es extraño entonces que intramuros de los tribunales del país se sucedan múltiples denuncias de maltrato laboral y que, hoy por hoy, existan procedimientos de investigación abiertos y otros ya con sanciones, en el marco de severos problemas de clima laboral en la relación de poder entre titulares de Cortes de Apelaciones y jueces de tribunales de primera instancia. Estas denuncias se verifican también en la relación jerárquica entre jueces y funcionarios, motivos por los cuales las diversas asociaciones gremiales regularmente están formulando quejas por esta realidad.

En situaciones de violencia por acoso laboral y/o de género, afloran también casos que, la mayoría de las veces, quedan en la impunidad o en la condonación de conductas gravísimas, amparadas en sanciones ínfimas o impropias (como el simple traslado del agresor a otro tribunal); sumado a procedimientos disciplinarios internos que se extienden más allá de todo plazo razonable y que encuentran, en buena parte, explicación en las redes de protección internas, propias de la “cultura de carrera”.

Solo por excepción algunos de estos casos salen a la luz pública, tomándose noticia que juezas y jueces denunciantes (sí, los mismos encargados de preservar los derechos de las personas agredidas por violencia laboral y/o de género), venciendo toda inhibición y miedo, denuncian a ministros y ministras de corte. En un caso de reciente conocimiento que ha trascendido mediante información de prensa, se denunció malos tratos en que jueces de un tribunal reclamaron ser víctimas de conductas concretas, que incluían gritos, acoso, abusos y presiones indebidas de sus superiores.

Como consecuencia lógica se advierte la afectación progresiva de la salud mental al interior del Poder Judicial y el aumento de denuncias e investigaciones por enfermedades profesionales, en datos y estadísticas siempre de difícil acceso.

Hay también otras manifestaciones de violencia que, sin duda, quedan soterradas sin siquiera ver la luz. Algo de ello quedó expresado en un estudio sobre cultura organizacional del Poder Judicial del año 2019, en donde fueron pesquisadas conductas adoptadas por los funcionarios judiciales, como “guardar silencio ante situaciones injustas”, lo que fue estimado como un comportamiento necesario para evitar represalias en su contra, o como respuesta a una “percepción compartida de desesperanza aprendida” frente a posibles cambios. Fue por ello que el estudio de cultura organizacional 2023 planteó como objetivo principal indagar y determinar si la discriminación, maltrato y/o acoso constituían problemas socioculturales en el Poder judicial de Chile.

Así las cosas, cabe plantearse legítimamente y con preocupación la tensión existente entre la realidad interna en muchas unidades judiciales de trabajo y el mandato de enfrentar el conocimiento y resolución de casos de maltrato y acoso laboral de la ciudadanía; así como también proyectar el impacto de tan delicada tarea, cuando una parte importante de sus miembros percibe laborar en un clima organizacional no exento de violencia e inserto en una cultura organizacional vertical y autoritaria, que genera condiciones para que se sigan enmascarando episodios de violencia.

La invisibilización de estos deficientes estándares de trabajo de los propios jueces y funcionarios plantea la pregunta crucial: ¿podrá el Poder Judicial abordar eficazmente el maltrato laboral que denuncien los ciudadanos, si tiene internamente problemas de larga data no resueltos o con aplicación de sanciones irrisorias, de la misma naturaleza?

La falta de medidas efectivas para abordarlos desafía la integridad y bienestar de quienes sirven en la administración de justicia, lo que, a su vez, creemos que impacta en el servicio que debe prestar el Poder Judicial a la ciudadanía, para la ejecución de la ley en cuestión.

La paradoja que plantean estas leyes y la cultura organizacional del Poder Judicial chileno impone desafíos éticos y prácticos que demandan una reflexión profunda y acciones decisivas.

Abordar el maltrato laboral en la judicatura implica un compromiso genuino con la justicia, la transparencia y el respeto a los derechos fundamentales, tanto dentro como fuera de sus muros.

Creemos que, sin perjuicio de necesarias transformaciones de la organización del Poder Judicial (hoy atravesado por una profunda crisis, que incluye una baja histórica en los niveles de credibilidad), existe un imperativo urgente en orden a garantizar un ambiente de trabajo seguro y respetuoso, lo que excede la mera promoción de buenas intenciones y mera retórica en su política de clima laboral. Tal es condición y garantía, a su vez, del cumplimiento de su misión de servir a la ciudadanía, con integridad y coherencia.

 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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