Dictadura YT
Dos ex carabineros, Francisco Fernando Contreras Torres y Pedro Alejandro Lorenzo Herrera Mossuto, fueron condenados a siete años de presidio en febrero de 2016, “por su participación de autores en el delito de secuestro calificado cometido en la persona de Héctor Manuel Humberto Vásquez Sepúlveda, a contar del 18 de octubre de 1973”, según consigna el fallo de la Corte Suprema publicado hoy.
La defensa de Pedro Herrera solicitó rebajar la pena por conducta anterior irreprochable, pero la Segunda Sala de la Corte desestimó la petición el pasado jueves 29 de diciembre.
En el documento final también se confirma la indemnización que debe pagar el Fisco de Chile a la familia de la víctima, $500 millones por daño moral.
El caso se remonta al 7 de octubre de 1973, cuando se desató una pelea futbolera en una cancha de la Población La Faena, que en la época correspondía a la comuna de Ñuñoa y actualmente a Peñalolén. Días después y sin orden judicial alguna, entre el 15 y 18 de ese mismo mes, miembros de la Comisión Civil – a cargo estaba Pedro Herrera Mossuto, acompañado de los subalternos Francisco Contreras Torres y Juan Manuel Veloso Ortiz- de dicha comisaría, detuvieron a jóvenes del sector que participaron en la riña.
Dos de ellos fueron ejecutados y lanzados al Canal San Carlos. Otro detenido fue Héctor Vásquez Sepúlveda, a quien miembros de la comisión llegaron a buscar a su domicilio vestidos de civil.
Según relató el juez Mario Carroza durante la etapa de investigación del caso, los visitantes se conocían con Vásquez ya que eran compañeros de pichangas en “Deportivo Cordillera”, y tras una conversación partieron juntos a la unidad policial, bajo el pretexto de que debía prestar una declaración.
Los carabineros caminaron a una de las esquinas de la casa del futuro desaparecido e hicieron parar una micro. Allí, se encontraron por azar con la madre y hermana de Héctor Vásquez, a quien explicaron que éste solo debía prestar una declaración por la riña de días atrás. Horas más tarde, al ver que no llegaba, la madre del detenido fue a la 13ª Comisaría, pero allí le dijeron que su hijo jamás había ingresado a la unidad: “Finalmente, pese a todos sus esfuerzos, nunca le encuentran y desde ese momento no se tienen más noticias de su persona, como tampoco registra salidas o entradas al país y menos consta su defunción en el registro civil”, dice el fallo pronunciado por los Ministros Milton Juica; Carlos Künsemüller; Haroldo Brito; Lamberto Cisternas y Jorge Dahm.