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miércoles, 22 de marzo de 2017

Corte Suprema condena a 33 agentes de la dictadura por desaparición y arrojo al mar de frentistas en 1987

Álvaro Corbalán Castilla y Hugo Salas Wenzel fueron condenados a penas de 15 años de presidio, en calidad de autores del crimen.
Por @eldesconcierto
La Corte Suprema condenó a 33 exagentes de la Central Nacional de Inteligencia (CNI), del Batallón de Inteligencia del Ejército (BIE) y del Comando de Aviación del Ejército, por su responsabilidad en los secuestros y desapariciones de Julián Peña Maltés, Alejandro Pinochet Arenas, Manuel Sepúlveda Sánchez, Gonzalo Fuenzalida Navarrete y Julio Muñoz Otárola, perpetrados a partir de septiembre de 1987.
En fallo dividido, la Segunda Sala del máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, y dictó una sentencia de reemplazo que condena a los agentes: Álvaro Corbalán Castilla y Hugo Salas Wenzel a penas de 15 años de presidio, en calidad de autores en los secuestros calificados.
En tanto, Iván Quiroz Ruiz, Gonzalo Maas del Valle, Raúl Durán Martínez, Luis Santibáñez Aguilera, Víctor Ruiz Godoy, Juan Jorquera Abarzúa, Hernán Vásquez Villegas, Sergio Mateluna Pino, José Fuentes Pastenes, Juan Carlos Orellana Morales, Roberto Rodríguez Manquel, Alejandro Astudillo Adonis, José Salas Fuentes, Heraldo Velozo Gallegos, Marco Antonio Pincheira Ubilla, Jorge Ahumada Molina, José Morales Morales, Ema Ceballos Núñez, Patricio González Cortés, César Acuña Luengo y René Valdovinos Morales, deberán purgar 10 años y un día de presidio por su responsabilidad como autores de los cinco delitos.
Además, los ex agentes Luis Arturo Sanhueza Ross, Manuel Morales Acevedo y Manuel Ramírez Montoya deberán cumplir pena de 5 años y un día de presidio, como autores de los secuestros calificados, mientras quelos agentes Aquiles Navarrete Izarnótegui, Fernando Rojas Tapia, Julio Cerda Carrasco, Marco Antonio Bustos Carrasco, Hugo Prado Contreras y Rodrigo Pérez Martínez deberán cumplir la misma pena, en calidad de cómplices de los delitos. En tanto, Mario Campos Valladares debe purgar 3 años y un día de presidio, con el beneficio de la libertad vigilada. El agente Hugo Barría Rogers fue absuelto de los cargos.

Arrojados al mar

Entre el 9 y 10 de septiembre de 1987 los agentes de la CNI, el Batallón de Inteligencia del Ejército (BIE) y el Comando de Aviación del Ejército recibieron instrucciones de detener, sin orden judicial, a cinco miembros del Frente Patriótico Manuel Rodríguez (FPMR), en represalia por el secuestro del coronel de Ejército Carlos Carreño, ocurrido el 1 de septiembre de 1987.
Las personas retenidas fueron interrogadas y mantenidas ocultas bajo custodia en el cuartel Borgoño de Quintay, sin intención alguna de ponerlas a disposición de la judicatura respectiva.
Antes de la liberación del Coronel Carreño en Brasil y no siendo posible efectuar un canje, los organismos de seguridad decidieron eliminar los detenidos y, para ello, organizaron un operativo para arrojar sus restos en las costa de Quintay.

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