Vistas de página en total

domingo, 28 de abril de 2019

Opinión


Autor Imagen

¿Chile respeta la Convención de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas?

por  28 abril, 2019
¿Chile respeta la Convención de Naciones Unidas sobre Desapariciones Forzadas?
Crédito: Pierre-Michel Virot

“En Chile no existe ni existirá impunidad”, afirma Lorena Recabarren, Subsecretaria de Derechos Humanos de ese país, en su informe presentando al respecto ante Naciones Unidas. Sin embargo, una de las preocupaciones más fuerte de la parte del Comité es la aplicación de figuras como la “atenuante de la conducta anterior irreprochable” (artículo 11, párrafo 6, del Código Penal) y la “media prescripción” (articulo 103 del Código Penal).
A través de dichas figuras, muchos condenados por delitos de desapariciones forzadas, han podido así beneficiar de libertad vigilada o libertad condicional. Eso, como anotado en el informe al respecto de las observaciones finales del Comité, ha provocado la imposición de condenas bajas o la interrupción de su ejecución.
Paradójicamente o hipócritamente, los condenados a delitos extremamente graves como los de desapariciones forzadas, salieron de sus procesos prácticamente impunes.
Estas figuras, tal vez embarazosa para el Estado chileno, fueron confirmadas por la Ministra de la Corte Suprema, Gloria Ana Chevesich. Ella agregó a la discusión el hecho de que la misma Ley comprende atenuantes como que exmilitares que hayan sido condenados por delitos de desaparición forzada o lesa humanidad, pagan su condena en “libertad vigilada”, sin ver un solo día de cárcel.
Esto sucede, nos explicó Alejandro Fernandez, de la Subsecretaría de Justicia, porque toda persona que confesó manifestó su arrepentimiento, entregó elementos sustanciales y facilitó de manera espontánea la investigación; puede obtener este tipo de “consideraciones”.
Chile vivió una dictadura entre la más sangrientas de América Latina: 28 259 las víctimas de secuestros y torturas contabilizadas hoy en día. De estas, 2 298 víctimas fueron asesinadas y 1209 desaparecidas. Aunque existan 834 causas en trámite, 355 casos de victimas aun no benefician de un proceso judicial. Al respecto de eso, preocupó mucho al Comité que las investigaciones se rigen por el antiguo Código Procesal Penal que establece que las actuaciones del sumario son secretas.
Los secretos, son una constante en el Código Penal del Estado. Durante el examen se denuncia que, a través del artículo 15 de la Ley 19.992 promulgada el 24 de diciembre del año 2004, permanecen secretos “los documentos, testimonios y antecedentes aportados por las víctimas ante la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura”, y eso por 50 años.
Eso significa que “mientras rija el secreto previsto en este artículo, ninguna persona, grupo de personas, autoridad o magistratura tendrá acceso a lo señalado en el inciso primero de este artículo”. Así, muchas informaciones permanecen aún invisibles al público.
Si la mayoría de los ciudadanos chilenos siguen esperando la justicia, la verdad y la reparación en respecto al tema de desapariciones forzadas ocurrida durante la dictatura, hoy nuevas desapariciones, ocurridas en democracia, se suman a la cuenta.
Hugo Arispe Carvajal fue desaparecido en 2001, José Huenante Huenante en 2005 y José Vergara Morales en 2015, por solo mencionar algunos casos de los que hay constancia en la ONU. Asimismo, el pueblo mapuche, el movimiento estudiantil y las organizaciones sociales son constantemente víctimas de torturas y represiones.
“Es que la transición entre la dictadura y la democracia todavía no ha terminado en Chile”, explica al respecto el Senador chileno Alejandro Navarro. “Primero, porque no hemos tenido ni verdad ni justicia en todos los casos. Y segundo, porque es la constitución de los años 1980 la que sigue vigente. Fue editada por la dictadura de Pinochet. Mientras no hay una nueva constitución que sea votada y preparada por la ciudadanía en una asamblea constituyente, seguiremos por ese proceso de transición”.
Mientras tanto, los exmilitares artífices de la cruenta dictadura reciben pensiones millonarias que paga el pueblo chileno en lo que espera a que el Estado cumpla con su función de garante de verdad y justicia; y los mapuches, los estudiantes y los lideres de las organizaciones sociales siguen sufriendo violentas represiones.
De toda forma, afirma Horacio Ravenna, uno de los relatores, “la garantía de no repetición no es un derecho de disfrute individual sino es un derecho colectivo que el Estado tiene que garantizar a través de la ejecución de políticas públicas”.
Ahora Chile tiene hasta el 18 de abril 2025 para informar el Comité acerca de la aplicación de todas sus recomendaciones.
  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Seguidores