El 6 del presente finalizó la fase de selección e inscripción de candidatos a consejeros constitucionales en el nuevo proceso constituyente. Se abre, en consecuencia, una nueva fase dentro de la cual, tanto los partidos como los propios candidatos deberán esforzarse por conseguir la mayor cantidad de votos para las listas presentadas al SERVEL. Es la fase de propaganda y captación de incautos que ha de llevar a cabo la ‘élite política’ de la nación en este repugnante acto cívico que se inició con la firma del Acuerdo Por Chile, de 12 de diciembre de 2022 y que ha de extenderse hasta el 17 de diciembre del presente año; la referida fase culminará el día 07 de mayo del presente año con las elecciones de consejeros constitucionales. No tendrá mayor significación la instalación que realizarán, el 06 de marzo, tanto la Comisión de Expertos como el Comité de Asesores, para cumplir con las funciones que la propia ‘élite’ les ha encomendado en el texto legal correspondiente.
El 17 de diciembre, sin embargo, habrá otro hecho significativo: la votación para aprobar o rechazar el trabajo realizado por el Consejo Constitucional.
Hay, en consecuencia, dos grandes eventos a los que, ilegítimamente, la ‘élite política’ de la nación ha convocado a la ciudadanía: votar el día 7 de mayo por los candidatos elegidos por la partidocracia y, más tarde, el 17 de diciembre del presente año, votar aprobando o rechazando el texto propuesto por el Consejo Constitucional. Sobre estas convocatorias ha de pronunciarse la ciudadanía.
LEGITIMIDAD DE LA CONVOCATORIA
No podemos asegurar que la convocatoria hecha por el Parlamento a la ciudadanía sea legítima; por el contrario, estamos ciertos que no solamente es ilegítima sino, a la vez, ilegal.
Es ilegítima, porque el derecho a dictar una constitución radica única y exclusivamente en la ciudadanía que, para realizar aquello, puede autoconvocarse, o solicitar que lo hagan las autoridades que ella misma ha elegido y a las cuales les ha concedido expresa facultad para hacerlo.
Es ilegal la convocatoria, por otra parte, pues la constitución vigente no concede al Parlamento la facultad de hacerlo. Esa facultad no puede presumirse concedida a la ‘élite política’, debido al viejo aforismo jurídico según el cual en Derecho Público solamente puede hacerse aquello para lo que se está expresamente facultado. Pero algo más grave, aún, es que ese Congreso —que no tiene, en absoluto, facultades constituyentes—, se otorgue esa facultad a través de una ‘ley’ (Ley 21.533 de 17 de enero de 2023) para hacer su voluntad. Es más: la esencia de la constitución actual es la existencia de un presidencialismo exacerbado; ese presidencialismo, por el contrario, se ha visto bastante constreñido para ejercer sus funciones y ha debido ceder su espacio a un parlamentarismo de facto que opera en contra del espíritu mismo de la carta fundamental vigente.
No puede, en consecuencia, aceptarse el conformismo que propone un catedrático, doctor en múltiples dolencias, y candidato a consejero constitucional, cuando afirma:
“La legitimidad del nuevo texto se va a decidir en razón del contenido y de su elaboración”[1].
¿Qué significa eso? ¿Qué quiere decir, con ello, el catedrático? Porque eso no es efectivo. Por el contrario: es un sofisma. La legitimidad de un texto constitucional no depende de su contenido sino de la anuencia que el grupo social al que pertenece le da; de allí emana su autoridad. Y, en consecuencia, su legitimidad.
Entendemos, así, que la principal preocupación de algunos analistas sea, precisamente, el temor a que la deslegitimación del proceso constituyente se haga realidad, como lo expresa uno de ellos:
“En realidad, el mayor riesgo que enfrenta el proceso constitucional es perder su legitimidad. Es también el objetivo que empujan las fuerzas que —desde uno y otro extremo— desean su fracaso. Asimismo, es el efecto producido por los cuestionamientos referidos más arriba, sea esa su intención o no. Pues su mensaje latente, y a veces abierto, es siempre el mismo: el proceso carece de legitimidad”[2].
El problema es, aún, más grave: con esa resolución se ha puesto en entredicho la voluntad popular, reemplazándola por una velada forma de coadyuvar a imponer el autoritarismo y, en el caso de los chilenos, de añorar la necesidad de una dictadura. Como lo denuncia otro analista,
“La soberanía popular está siendo reemplazada por una soberanía elitaria. Siempre se han encontrado buenas razones para excluir. La exclusión de las mujeres de los derechos políticos hasta fechas recientes es muy clara al respecto. Algo así han consagrado los partidos políticos chilenos: se debe tener un título y experiencia, pero quien define el baremo de la experiencia son los propios partidos, por lo que aquello que importa realmente es tener su beneplácito, pertenecer y pensar como esa misma élite y estar dispuesto a ser pauteado por ella”[3].
LOS ESCENARIOS QUE PRESENTA EL NUEVO PROCESO CONSTITUYENTE
El primer escenario que presenta el nuevo proceso constituyente es la convocatoria hecha a la ciudadanía por el Parlamento para votar el 07 de mayo. El proceso se encuentra regulado por la Ley N° 21.533, de fecha 17 de enero de 2023, que
“[…] modifica la Constitución Política de la República con el objeto de establecer un procedimiento para la elaboración y aprobación de una nueva constitución política de la República”.
Frente a esa llamada, existirán opciones. Las más radicales deberían ser dos: los que acatarán la convocatoria y concurrirán a votar por las listas que han impuesto los partidos y quienes no lo harán y, sin embargo, deberán concurrir igualmente a las urnas.
Existe un hecho cierto: en principio, la concurrencia a votar será acatada por la gran mayoría de los chilenos, aun cuando estén en contra de la convocatoria, pues siendo obligatoria, se aplicará una multa a quienes no concurran, la que, de no pagarse, acarrearía como sanción la privación de la libertad. De manera que la estrategia de quienes no quieren acatar ese llamamiento no podrá ser, también en principio, la abstención.
Quienes la acatarán, de todas maneras, serán no sólo quienes suscribieron el Acuerdo Por Chile, sino todos los militantes de los partidos y organizaciones que lo hicieron; pero, en segundo lugar y, en principio (pues en esos partidos hay muchos díscolos), también concurrirán acatando ese llamado los militantes de los partidos que rechazaron el referido Acuerdo, es decir, el partido Republicano PR y el partido de la Gente PDG. Y, en tercer lugar, todas aquellas personas que simpatizan con los partidos y las personas inscritas; además, las que consideran el voto como una especie de ‘inversión’ y quienes estiman al sufragio no solamente como un ‘derecho’ sino, además, como una obligación que impone la circunstancia de vivir dentro del territorio nacional (‘patria’).
QUIENES FIRMARON EL ACUERDO POR CHILE
- Los partidos que firmaron el Acuerdo Por Chile fueron Renovación Nacional, Unión Demócrata Independiente, Evolución Política, Partido Demócrata Cristiano, Partido Radical de Chile, Partido Liberal de Chile, Partido por la Democracia, Partido Socialista de Chile, Partido Comunista de Chile, Partido Comunes, Federación Regionalista Verde Social, Convergencia Social, Revolución Democrática y la Acción Humanista, que suman un total de 359.356[4] militantes, tal cual lo señaláramos en otro de nuestros trabajos[5].
- Las organizaciones que también adhirieron al pacto y que no estaban organizadas como partido aún: ellas fueron Amarillos por Chile, Demócratas y Unir[6].
PARTIDOS QUE NO PARTICIPARON EN EL ACUERDO
No participaron en el Acuerdo tanto el partido Republicano PR como el Partido De la Gente PDG, lo que no quiere decir, en modo alguno, que no formen sus dirigentes parte de la llamada ‘élite política’ y hayan llegado al Parlamento solamente para hacer gala de sus virtudes ciudadanas. Los partidos son instituciones que se preparan para gobernar y, en consecuencia, representan intereses sociales que realizan en el ejercicio de su labor parlamentaria.
Puesto que la militancia de Republicanos y el partido de la Gente, ascienden a 20.475 y 45.908, respectivamente, según el SERVEL —ambas organizaciones suman en total 66.383—, la suma final de la militancia partidaria que concurriría a votar por sus candidatos, el 07 de mayo próximo, alcanzaría a un total de 425.739.
Recordemos que el total de los chilenos en edad de votar son 14.959.956.
RAZONES PARA ACTUAR DE MANERA AUTORITARIA
Llama, sin embargo, la atención que nadie haya querido explicitar las razones que tuvo a la vista la ‘élite política’ para resolver de manera tan autoritaria el tema de la nueva constitución, cuál ha sido la razón que ha hecho ponerse de acuerdo a todo un grupo de personas para actuar de esa manera o, lo que es igual, qué ha hecho posible todo ese anómalo comportamiento. En suma, qué hizo al Parlamento involucrarse en esa verdadera locura que lo pone a la cabeza de los escándalos legislativos internacionales, y que hace, a no pocos analistas, cavilar acerca de si acaso era cierto o no lo que escuchaban:
“Con estupor comenzamos a recibir noticias extraoficiales acerca de la supuesta estructura del nuevo órgano redactor, con incredulidad nos miramos y constatamos que las noticias que circulaban eran reales: Comisión de expertos, contenido predefinido, mecanismos preventivos y represivos de control de la soberanía popular, baja posibilidad de representación fuera de los partidos políticos”[7].
Pero eso era y es así.
POSIBLES RAZONES DEL VOTO OBLIGATORIO
Las razones que se han dado para hacer obligatoria la concurrencia a votar dicen relación con la necesidad de contar con la anuencia de la mayor cantidad de chilenos a la nueva constitución y dar así mayor respaldo al texto aprobado y, consecuentemente, mayor estabilidad jurídica a la nación. Entendemos que semejante razón puede justificarse en un régimen dictatorial como sucedió en 1980; pero no en un régimen ‘democrático’ que fue, precisamente, el que eliminó la obligatoriedad del voto.
Nuestra idea es que el tema de la nueva constitución guarda íntima relación con la existencia de una ‘élite política’ ambiciosa, inescrupulosa, que, persistentemente, ha tratado de mantenerse vigente a lo largo del Chile post dictatorial, a fin de no perder el poder que detenta y sus consiguientes privilegios. Una ‘élite’ patriarcal que, por lo mismo, ni siquiera entiende lo que la ‘democracia’ es:
“En una sociedad patriarcal las grandes decisiones son adoptadas por los “honorables” (expertos, poderosos, propietarios, muchas veces también hombres, blancos, formalmente instruidos). En una sociedad democrática la soberanía reside en el pueblo”[8].
No estimamos, en consecuencia, que haya razones altruistas o que digan relación con el destino de la nación tras tan sucia determinación sino la defensa irrestricta de intereses personales y corporativos, que son los que siempre han predominado en la escena política de la nación desde el término de la dictadura.
Una ‘élite’ de esa naturaleza es tremendamente narcisista. Por eso determina colocar expertos para vigilar el trabajo de los demás; jamás se le ocurriría hacerlo consigo misma. Incluso, a sabiendas de la ignorancia manifiesta de muchos de quienes la integran. No debe llamar la atención que una elite hedonista, como la nuestra, tienda a analizar los resultados del plebiscito de 4 de septiembre de 2022 como un respaldo a su desempeño. Y quiera sacar provecho de tal creencia. Entonces, lo lógico es repetir la experiencia anterior: la obligatoriedad del voto. Está convencida de su propia excelencia, encuentra placer en su propia corporeidad y se atribuye ‘autoridad’ para actuar: gracias a la obligatoriedad del voto se ganó anteriormente; entonces, a establecer el voto obligatorio.
ACTITUD FRENTE AL 7 DE MAYO
Es difícil pensar que, antes del 7 de mayo, surja intempestivamente un vasto movimiento social para exigir, en una nueva y gigantesca protesta social, el protagonismo de los sectores populares. Difícil, pero no imposible. Como nos lo enseña Francesco Alberoni, los movimientos están gobernados por lo que se conoce como ‘leyes del caos’. Puede suceder como puede también no hacerlo.
De lo que sí sabemos es que, al contrario de aquellas que fueron conducidas por Clotario Blest, las organizaciones sindicales, desde el advenimiento mismo de la democracia post dictatorial, jamás han jugado un rol determinante en los cambios que han ocurrido en el país. La Central Unitaria de Trabajadores CUT nunca estuvo presente como tal en las protestas de 2019; tampoco otras, como la Central Autónoma de Trabajadores CAT, la Unión Nacional de Trabajadores UNT, la Central de Trabajadores de Chile CTCH, ni la recién creada Central Clasista de Trabajadoras y Trabajadores CCTT (2018). No lo estuvo la Asociación Nacional de Trabajadores Fiscales ANEF, ni la Asociación de Funcionarios de la Tesorería, ni del Ministerio de Relaciones Exteriores, ninguna Federación (Minera, del Cuero y del Calzado, de la Construcción, bancaria, en fin) o sindicato de bancos, supermercados, telefónicas, tiendas. Tan sólo la Central General de Trabajadores CGT, cuyo presidente, Manuel Ahumada, estuvo ayudando a la organización de ollas solidarias para alimentar a quienes participaban en las marchas. La única bandera sindical que ondeó en las protestas fue la roja de un desconocido Movimiento Internacional de Trabajadores MIT, agitada por la abogada María Rivera, antes de ser elegida convencional constituyente.
Transformadas las centrales sindicales en organismos burocráticos, también pasaron a formar parte de la ‘élite política’ y sus objetivos no fueron más allá de defender sus rentas privadas, las ayudas estatales y los privilegios de ser dirigente[9].
No debe extrañar que hoy el pueblo se encuentre desoladoramente solo. Abandonado de todos y de todo.
En las actuales circunstancias difícil es sugerir posibles vías a experimentar. Lo lógico sería llamar a analizar una estrategia en la que participe entera la ciudadanía. Pero no se ve cómo.
Lo cierto es que, de no cambiar las condiciones, las alternativas se reducen ostensiblemente, por lo que, personalmente, no tendré otra alternativa sino aquella que me insta a acercarme a la urna, recibir el voto, marcar preferencia por todos los candidatos a fin de anularlo, y escribir sobre el mismo con grandes letras ‘A/C’. Con la realización de ese acto, manifestaré fehacientemente mi repudio a la convocatoria, desconoceré la autoridad moral del convocante para obligarme a concurrir a su llamado y señalaré en forma precisa ante el Servicio Electoral cuál es mi posición al respecto. Pero, a la vez, será mi postrer y único homenaje a ese gran luchador que fue Gustavo Ruz Zañartu, cuyo mérito mayor fue soñar con la creación de una Asamblea Constituyente que pudiese dar a Chile su carta fundamental. Porque, también, puede ser que haya llegado el momento de hacerlo.
Por Manuel Acuña Asenjo
Santiago, febrero de 2023
[1] Araneda, Fernanda: “Aldo Valle sobre proceso constituyente: ’La legitimidad del texto se va a decidir en razón del contenido’”, Radio Universidad de Chile, 08 de febrero de 2023. La negrita es del original.
[2] Brunner, José Joaquín: “La lucha por la legitimidad del proceso constitucional”, ‘El Líbero’, 15 de febrero de 2023.
[3] Galindo, Oscar y Vergara, Jorge Iván: “Una nueva constitución en once pasos o el laberinto constituyente”, ‘El Ciudadano’, 09 de febrero de 2023.
[4] Datos tomados del SERVEL, disponibles en INTERNET. La organización ‘Acción Humanista’ no tiene, igualmente, datos en el organismo público.
[5] Véase de Manuel Acuña: “Aspectos notables en la ‘escena política’ de la nación”, publicado en varios medios de INERNET.
[6] Dado que no son partidos, el SERVEL no tiene información acerca de la militancia de tales estructuras.
[7] Sanhueza, Juan Pablo y Espinoza, Felipe: “¿Y el pueblo dónde está?”, Radio Universidad de Chile RUCH, 03 de febrero de 2023.
[8] Correa Salinas, Juan Pablo:”Obediencia patriarcal o cooperación democrática?”, ‘El Desconcierto’, 12 de febrero de 2023.
[9] Esto no fue casual. Obedeció a una política de Estado. Era necesario terminar con las huelgas y protestas cooptando a la dirigencia tanto de sindicatos, federaciones, confederaciones y centrales como de asociaciones o corporaciones. Coincidió con el término del ‘servicio público’ y de la ‘carga pública’. La práctica de prestar servicios al Estado, sin exigir pago alguno por ello, se alteró. Las rentas de los directores de empresas, y servicios estatales se propagó como peste maligna; Incluso quienes servían en cargos directivos a organismos dedicados a la defensa de los derechos humanos comenzaron a recibir pagos. No parece necesario recordar a los ’regidores’ y la diferencia que hay entre ellos y los actuales ‘concejales’.
No hay comentarios:
Publicar un comentario