Un golpe a las políticas de expulsión de migrantes irregulares emprendida por el Gobierno dio la Corte de Apelaciones de Iquique al acoger una serie de recursos de amparo interpuestos a favor de unos 52 ciudadanos venezolanos deportados del país.
El tribunal de alzada acogió los recursos interpuestos por organizaciones como el Servicio Jesuita a Migrantes, el Instituto de Derechos Humanos, la Clínica Jurídica de Atención a Migrantes de la Universidad Alberto Hurtado y abogados particulares, estableciendo que las resoluciones administrativas de expulsión adoptadas por la Intendencia Regional de Tarapacá, “carecen de fundamento legal”.
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"Este recurso lo interpusimos porque estamos seguros de que se han cometido infracciones muy graves a los derechos fundamentales de los migrantes que fueron expulsados", dijo Macarena Rodríguez, quien agregó que "hay una satisfacción con la decisión adoptada".
Para Rodríguez, si bien esta resolución de la Corte no sienta un precedente, sostuvo que "me parece que es un llamado de atención muy importante, porque en este caso la autoridad realizó la expulsión con una gran cobertura mediática, y eso a nuestro juicio agrava aún más la situación", señaló aludiendo a la puesta en escena de los deportados -en su mayoría venezolanos, pero también colombianos- que fueron embarcados vistiendo “overoles blancos”.
"Las personas en el ámbito de una expulsión tienen derecho a ser oídas, a señalar cuál es la situación particular en la que se encuentran, a presentar pruebas, a contar con asesoría jurídica especializada. Nada de eso ocurrió", agregó.
En su resolución, la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Iquique –integrada por los ministros Pedro Güiza Gutiérrez, Marilyn Fredes Araya y Moisés Pino Pino– estableció que "la medida reclamada no estuvo antecedida de un procedimiento en que los amparados hubieren podido controvertir el ingreso atribuido, ejercer su derecho de defensa ni exponer los antecedentes que estimare procedentes ante la pretensión de expulsión, transgrediéndose con ello su garantía relativa a la existencia de un procedimiento legalmente tramitado, racional y justo que anteceda a la dictación de la medida reclamada, toda vez que la Intendencia Regional de Tarapacá dispuso la expulsión de los amparados, sin que haya sido concluida alguna investigación en su contra y mucho menos se hubiera dictado alguna sentencia con relación al ingreso clandestino al país, sino valiéndose tan solo de sus actuaciones administrativas carentes de fundamento y vulneratorias del derecho a la defensa constitucionalmente protegida".
Plan de protección
Por otra parte, la presidenta del directorio del SJM aclaró que si bien "no existe ningún impedimento para que las personas puedan ingresar al país, el tema es que a partir del año 2019, se le exige a la población venezolana un visto consular previo o la Visa de Responsabilidad Democrática".
Complementó diciendo que "creemos que lo que correspondería es que exista un canal a través del cual se pueda restablecer el imperio del derecho respecto de estas personas que se encontraban en el territorio nacional, y que podían haber sido solicitantes, por ejemplo, de refugio".
Para Macarena Rodríguez, la mirada de las autoridades ante la migración debería estar enmarcada en un plan de protección y no en una postura de persecución y condena. "Nosotros creemos que frente a la migración, más que una postura de persecución y de condena, creemos que debe haber es un plan de protección de estas personas".
En esta línea, citó el caso de Colombia, país que "acaba de establecer una residencia temporaria para toda la población venezolana, que es muchísimo mayor que la que existe en nuestro país". También mencionó lo sucedido en Brasil, donde se reconoce "la calidad de refugiados en decisiones colectivas".
"Creemos que la situación que vive hoy día Venezuela es tan particular y peligrosa para la vida y seguridad de las personas, que nos parece que la mirada que debiera ser es más de protección", cerró.
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