Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó sentencia en caso del profesor Luis Almonacid (en la foto). Corte Interamericana condenó al estado chileno en 2006 por la aplicación de la Ley de Amnistía.
por Nacion.cl - foto: Memoria Viva
La Corte de Apelaciones de Rancagua confirmó la condena en contra del responsable por el homicidio calificado de Luis Almonacid Arellano, hecho el 17 de septiembre de 1973, caso en que el Estado fue condenado por la Corte Interamericana por haber aplicado la Ley de Amnistía.El tribunal de alzada de la Región de O'Higgins ratificó la sentencia en contra del capitán de Carabineros (R) Raúl Neveu Cortesi, a quien se le impuso la pena de 5 años, con el beneficio de la libertad vigilada, por el asesinato del profesor y dirigente comunista del magisterio de Rancagua.
En fallo unánime, los ministros Raúl Mera, Ricardo Pairacán y Marcelo Vásquez abordaron la aplicación de la Ley de Amnistía, la prescripción y la cosa juzgada, al analizar los efectos del fallo de la Corte Interamericana en el año 2006.
Los jueces advirtieron que "el Estado de Chile no podía ignorar que la Corte Interamericana ya había asentado desde hace tiempo la doctrina jurisprudencial de la cosa juzgada aparente o fraudulenta”.
Según esta doctrina, las decisiones judiciales que vayan en contra de los convenios internacionales, “aunque estén firmes conformes a las normas del derecho interno, no producen realmente cosa juzgada".
En la sentencia, los jueces concluyeron que "la supremacía del derecho internacional, aceptado por Chile y por ende también derecho nacional, ha sido ya latamente asentada por la doctrina, y también por fallos de nuestra Corte Suprema".
En 1998, la Corte Suprema dictó sobreseimiento definitivo por lo cual la familia recurrió a la Corte Interamericana que en 2006 condenó al estado chileno por denegación de justicia. El fallo permitió reabrir el caso.
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