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domingo, 29 de septiembre de 2019

La sentencia relata de manera cruda el procedimiento ilegal y despiadado e inhumano con quienes fueron masacrados.

Mi padre fue brutalmente asesinado el 29 de septiembre de 1973
La sentencia relata de manera cruda el procedimiento ilegal y despiadado e inhumano con quienes fueron masacrados. «Quienes acudían a los llamados efectuados mediante bandos militares o que eran detenidos en allanamientos eran trasladados hasta el cuartel general de la Sexta División del Ejército, desde donde eran derivados al Regimiento de Telecomunicaciones de la ciudad de Iquique, donde eran sometidos a interrogatorios bajo apremios físicos por orden impartidas por el comandante Forestier o el fiscal militar Acuña», se lee en la sentencia.
«Los detenidos desde el Regimiento de Telecomunicaciones eran llevados al Campamento de Prisioneros de Pisagua donde, nuevamente, eran sometidos a golpizas para «ablandarlos» y se les obligaba a firmar documentos en blanco que erar llevados al fiscal militar (Mario) Acuña (Riquelme)»con el sólo propósito de justificar acusaciones falaces ante Consejos de Guerra simulados y poder solicitar en éstos, condenas como la pena de muerte», que una vez impuesta se ejecutaba dentro de las 24 horas siguientes con fusilamientos», consigna en la sentencia.
«Dentro de este modo de operación el 19 de septiembre de 1973, en horas de las mañana, fueron sacados de sus celdas en el Campo de Prisioneros de Pisagua, Juan Calderón Villalón, Luis Alberto Lizardi Lizardi, Marcelo Omar Guzmán Fuentes, Juan Jiménez Vidal, Jesús Nolberto Cañas y Michel Nash Sáez, los que fueron ejecutados en las cercanías del campo de prisioneros bajo el pretexto de que habrían intentado fugarse mientras eran trasladados fuera del lugar. Los cuerpos fueron envueltos en arpilleras y luego inhumados en una fosa en el Desierto de Atacama», continúa el relato.
«En tanto, el 11 de octubre de 1973 fueron sacados de sus celdas los prisioneros Julio Cabezas Gacitúa, Juan Valencia Hinojosa, Mario Morris Barrios, José Córdova Croxato y José Humberto Lizardi Flores, quienes son ejecutados en un lugar cercano al cementerio con la vista vendada y las manos atadas al margen de toda legalidad, deceso que fue verificado por un médico y en el caso que sobrevivieran se les remató mediante tiro de gracia, luego de ello sus cuerpos fueron envueltos en arpillera y enterrados en una fosa común», establece la sentencia.
Desierto guardó cuerpos, como prueba del horror.
Leandra Guzmán Brunet

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