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miércoles, 2 de agosto de 2023

Condena a carabineros por delitos de apremios ilegítimos y torturas en comisaría de Peñalolén

   

 El Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago emitió una condena ejemplar contra tres carabineros involucrados en casos de apremios ilegítimos perpetrados en octubre de 2019, en la comuna de Peñalolén.

El veredicto y las condenas

En una decisión unánime, el tribunal condenó al cabo segundo de Carabineros, Juan Pablo Leiva Puga, a cumplir cinco años y un día de presidio efectivo, además de las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, así como la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena. Leiva Puga fue encontrado culpable de cuatro delitos consumados de apremios ilegítimos.

Otro carabinero involucrado, el efectivo Carlos Andrés Fuenzalida Gajardo, fue condenado a cinco años de reclusión, con el beneficio de la libertad vigilada intensiva por igual lapso, junto con las mismas accesorias legales que su compañero Leiva Puga, por su participación en tres delitos consumados de apremios ilegítimos.

Por último, el ex carabinero Sebastián Antonio González Faúndez, también fue hallado culpable de un delito consumado de apremios ilegítimos y condenado a 800 días de presidio, con el beneficio de la remisión condicional de la pena, más la accesoria de suspensión de cargo u oficio público durante el tiempo de la condena.

La cronología de los hechos

El tribunal encontró acreditados diversos episodios de abuso de poder por parte de los carabineros en octubre de 2019. El primero involucra al cabo segundo Juan Pablo Leiva Puga, quien propinó golpes a mano abierta en el rostro de un detenido esposado en una comisaría de Peñalolén. Horas después, regresó y lo tomó del cuello, azotándolo contra una pared.

El segundo caso afectó a cuatro menores de edad que estaban detenidos en la misma comisaría. Leiva Puga agredió violentamente a dos de ellos con golpes en el rostro y cuerpo, mientras que el carabinero Fuenzalida Gajardo aplicó una sustancia irritante en el rostro de otro menor, causándole dolor y ardor.

El tercer hecho condenado ocurrió cuando el carabinero Fuenzalida Gajardo roció con una sustancia lacrimógena en el rostro de un detenido, causándole irritación y dolor.

El último caso se refiere a dos detenidos que fueron agredidos por Fuenzalida Gajardo con golpes de puño y pie, y luego les frotó una sustancia lacrimógena en la cara.

Una sentencia que marca un precedente

Este fallo judicial representa un hito en la búsqueda de justicia y en la lucha contra los abusos de poder en el ámbito policial. La condena a carabineros por delitos de apremios ilegítimos demuestra que ningún agente del orden está por encima de la ley y que los derechos fundamentales de los ciudadanos deben ser respetados en todo momento.

Confiamos en que este veredicto histórico motive a las autoridades a seguir trabajando en la implementación de mecanismos que aseguren la transparencia y la rendición de cuentas en las fuerzas de seguridad, y que permitan prevenir futuros abusos y garantizar el pleno respeto de los derechos de todos los ciudadanos.

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