Vistas de página en total

martes, 11 de julio de 2017

SANCIÓN DE CINCO AÑOS DE PRESIDIO

A firme condena a carabinero por crimen de poblador

Corte de Talca rechazó dos recursos de nulidad que presentó la fiscalía y la defensa particular de Juan Marcelo Morales Cortés, de dotación de la Tercera Comisaría de Parral
Periodista: Diario El Centro - Fecha de Edición: 11 de Julio 2017
TALCA.- Sin votos disidentes, la tercera sala de la Corte de Apelaciones de Talca decidió confirmar la sentencia condenatoria de cinco años de presidio menor, en su grado máximo, en contra de Juan Marcelo Morales Cortés, de dotación de la Tercera Comisaría de Carabineros de Parral, como autor del delito de homicidio.
Los hechos se remontan al 9 de noviembre del año 2014, cuando una patrulla de dicha unidad policial concurrió hasta la calle Estadio con Sargento Arias, por un supuesto delito de daños. El denunciante sindicó como responsables a los hermanos, Luciano y Leonel Villaroel Carrasco, ambos con domicilio en dicho lugar.
Pero cuando los carabineros procedieron a la detención, ambos jóvenes se opusieron. Luego de pedir ayuda a unidades policiales, el carabinero Morales terminó disparando contra la puerta de una pieza de la casa de los hermanos Villanueva, impactando a Luciano que se encontraba al otro lado, bloqueando el acceso.
 ATENUANTE Y EXIMENTE
La sentencia de primera instancia fue decretada en el Tribunal Oral de Cauquenes, cuyos jueces otorgaron al imputado el beneficio de la libertad vigilada. Dicha decisión fue cuestionada por el fiscal jefe de San Javier, Óscar Salgado, quien pidió anular el juicio por haber acogido la atenuante de colaboración con la investigación.
Por su parte, la abogada, Blanca Rebolledo, defensora particular del condenado, solicitó también anular el juicio, porque los jueces rechazaron la eximente total de legítima defensa y, por lo tanto, absolver al imputado. Para ello, sostuvo que antes del disparo, el carabinero fue atacado con un machete por Luciano Villanueva.
Al rechazar ambas peticiones, el fallo sostiene que reconocer una atenuante o una eximente es de “carácter facultativo para los sentenciadores”, es decir, los jueces de Cauquenes. “Lo decidido resulta plenamente concordante con los hechos que el tribunal oral tuvo por acreditados y que resultan inamovibles para esta Corte”, concluye.
Hernán Espinoza
 Apelación pendiente
 Junto con el recurso de nulidad, el fiscal jefe de San Javier, Óscar Salgado, entabló un recurso de apelación, cuyo objetivo apunta a que el imputado cumpla la condena de cinco años de presidio sin beneficios, es decir, de manera efectiva. Dicha acción legal quedó pendiente de tramitación en el tribunal oral de Cauquenes.
Por ello, luego del pronunciamiento de la Corte de Talca, ahora el expediente virtual retornará a Cauquenes, donde se dará curso a la tramitación de la apelación. En términos prácticos, ello significa que la causa criminal volverá al máximo tribunal regional, pero con un objetivo distinto a la nulidad de la sentencia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Seguidores