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jueves, 17 de septiembre de 2020

OPINIÓN

 

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La Constitución del 80 y el escándalo de la chilenidad

por  17 septiembre, 2020

La Constitución del 80 y el escándalo de la chilenidad
Pese a las numerosas reformas que se han hecho a la Constitución del 80, es escandaloso que siga estando vigente el artículo 22, que dice que los chilenos tienen el deber fundamental de contribuir a preservar “los valores esenciales de la tradición chilena”. Esta formulación que no es en absoluto ingenua. Se trata de un resabio odioso de un discurso de seguridad nacional y antimarxista que pretendía identificar al Estado con “los valores esenciales de la tradición chilena”. Este intento de amalgamar nación, Estado y Gobierno no solo buscaba forzar un marco excluyente de cohesión social, sino que fundamentalmente también hacer que quienes se opongan a “dicha forma de vida” aparezcan como oponiéndose, no a un Gobierno, ni siquiera al Estado, sino que al propio ser de la nación chilena.

En el artículo 22 de la versión actual de la Constitución del 80 se lee que los chilenos tienen el deber fundamental de contribuir a preservar “los valores esenciales de la tradición chilena”. Esta formulación es un resabio intacto de la versión original de dicha Constitución, no solo preparada y escrita de espaldas a los ciudadanos sino además aprobada en un plebiscito amañado.

Se trata de una formulación que no es en absoluto ingenua. El análisis de cuya génesis muestra, sin lugar a dudas, lo escandaloso que es que siga vigente. De cara a un nuevo cumpleaños de la Independencia y a un proceso plebiscitario constitucional es algo que cabe tomar muy en cuenta.

La génesis está obviamente en las Actas Oficiales de Comisión de Estudio de la Nueva Constitución, o Comisión Ortúzar, instaurada en 1973 por la Junta Militar y cuya finalidad era el anteproyecto de la Constitución de 1980. Las miles de páginas que constituyen esas actas están plagadas de alusiones a la “tradición nacional”, la “tradición chilena”, la “idiosincrasia”, “la chilenidad”, la “identidad histórico-cultural” de Chile y el “ser nacional”.

Estas alusiones se realizan, es cierto, en varios contextos, alguno de los cuales son relativamente poco problemáticos.

Es el caso cuando se refiere a la “tradición chilena” para recordar la herencia constitucional y organizativa de los poderes del Estado, el presidencialismo –cuya mantención es abogada por todos los comisionados–, los sistemas de elección de autoridades, la firma de tratados, las divisiones administrativas, etc. Se trata básicamente de cuestiones que podemos llamar jurídico-organizativas e instrumentales.

Hay, sin embargo, otro contexto de estas alusiones de orden más simbólico, cuya intención hace que sea simplemente sorprendente que se mantenga la redacción actual del artículo 22 de la Constitución. El deber expresado ahí de preservar “los valores esenciales de la tradición chilena” es, no cabe duda, un resabio odioso de un discurso de seguridad nacional y antimarxista que pretendía identificar al Estado, el Gobierno y la “forma de vida” que transmitía y defendía la nueva Constitución, de una parte, con la “nación chilena”, su “ser nacional”, con “los valores esenciales de la tradición chilena”, de la otra.

Este intento de amalgamar nación, Estado y Gobierno no solo buscaba forzar un marco excluyente de cohesión social, sino que fundamentalmente hacer también que quienes se opongan a “dicha forma de vida” aparezcan como oponiéndose, no a un Gobierno, ni siquiera al Estado, sino que al propio ser de la nación chilena. Quien se oponga a ideas y valores tales como que hay derechos naturales o prepolíticos de la persona, de modo que los individuos y sus derechos privados son anteriores al Estado; que la familia (tradicional) es el núcleo básico de la sociedad; que se debe reconocimiento incondicional a la iniciativa creadora de los particulares como fuente tanto del desarrollo de la personalidad como del progreso espiritual y material de la nación, entre otros; quienes se opongan a esas ideas y valores (además catalogados como cristiano-occidentales), pasan, bajo esta fórmula, a ser antinacionales y sus ideas necesariamente foráneas y alienantes del ser nacional.

La fórmula fue propuesta con la mayor de las claridades por Juan de Dios Carmona –exministro de Defensa de Frei Montalva, quien fue expulsado de la DC en 1976 por su temprano apoyo al régimen militar–, pero logró consenso en los comisionados, sobre todo en Jaime Guzmán, cuya retórica nacionalista cristiana es tal vez la más aguda y persistente en dichas Actas.

La referencia a la chilenidad era transformada así en un discurso bélico, con consecuencias prácticas enormes, que, de una parte, justificaba la dictadura y, de otra, pretendía prolongar y estabilizar en Chile un discurso de seguridad nacional antiestatista y antidemocrático.

Es escandaloso que esa referencia a “los valores esenciales de la tradición chilena” persista en una Constitución veinte veces reformada, que algunos conciben como moderna y pluralista, pero que pronto debiese ser historia.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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