- 19 diciembre 2020
Un duro cuestionamiento hizo el Centro de Estudios de Justicia de las Américas (Ceja) de la Organización de Estados Americanos (OEA) a Carabineros, afirmando que esta institución demora la entrega de información pedida por la Fiscalía en los procesos tras el estallido social, obstruye las investigaciones y hace uso indebido de procedimientos disciplinarios con objetivos dilatorios o amedrentamiento de testigos, lo cual a juicio del organismo internacional “atenta contra la efectividad de las investigaciones” que lleva el Ministerio Público.
Así lo establece el informe que también critica el incumplimiento de estándares internacionales en las indagatorias por violaciones de derechos humanos, cuestionando principalmente la forma en la que actuó el Ministerio Público.
El documento señala que hay un incumplimiento del principio de exhaustividad ante “el débil rol del Ministerio Público garantizando una adecuada recolección de la evidencia en la escena del crimen; la inobservancia de la obligación de analizar el contexto en que concurren las violaciones con el fin de identificar patrones de sistematicidad; las dificultades para garantizar la veracidad de la prueba documental y la celeridad en la obtención de pruebas testimoniales y la inobservancia de la obligación de que la investigación esté destinada a sancionar a todas las personas responsables, ya que hasta el momento la acción penal se ha dirigido casi exclusivamente hacia los autores materiales, principalmente escalafones inferiores de Carabineros de Chile”.
Sobre la policía uniformada, el informe señala que uno de los elementos más críticos en el funcionamiento del sistema judicial penal es el rol que ha tenido Carabineros, “organismo al cual pertenece una gran mayoría de los agentes investigados por violaciones graves de derechos humanos (92,8% del total de denuncias registradas por la Fiscalía)”.
En ese sentido, se indica que en los análisis “se han identificado demoras en la entrega de información solicitada por la Fiscalía, obstrucciones a las investigaciones, uso indebido de procedimientos disciplinarios con fines dilatorios o amedrentamiento de testigos, algo que atenta contra la efectividad de las investigaciones que dirige el Ministerio Público”.
Como recomendación al respecto, el Ceja pide “acelerar el proceso de reforma o refundación de Carabineros de Chile y generar una intervención civil urgente de la institución para respetar la garantía de no repetición de las víctimas de violaciones de derechos humanos”.
“Que la Comisión Nacional de Coordinación del Sistema de Justicia Penal preste especial consideración a la agilización de las investigaciones y a la obstrucción de las investigaciones por parte de Carabineros de Chile, con el objetivo de evitar la impunidad en casos de violaciones graves de derechos humanos”, añade.
Además, el estudio –que se prolongó por seis meses- detectó el “incumplimiento generalizado de los principios de oficiosidad, oportunidad y exhaustividad en las investigaciones de graves violaciones de derechos humanos”.
También plantea el incumplimiento del principio de oficiosidad, el cual “es evidente tras comprobar que solo 178 de las 8.827 investigaciones en la materia han sido iniciadas de oficio por la Fiscalía. Los factores determinantes para que la Fiscalía inicie de oficio las investigaciones han sido la presión mediática o a través de redes sociales por parte de la ciudadanía. A pesar de ello, existen buenas prácticas detectadas como el establecimiento de mecanismos extraordinarios para la recepción de denuncias por las víctimas o la interlocución con organizaciones de la sociedad civiles, a través de la unidad especializada en derechos humanos del Ministerio Público”.
Otro principio detectado que falta en el sistema judicial chileno es el de oportunidad, que se justifica por varios elementos como “la inobservancia de la obligación de iniciar la investigación de manera inmediata prestando especial atención a la preservación de la escena del crimen; el incumplimiento de la obligación de realizar la investigación en un plazo razonable (tras 14 meses, sólo existen imputados formalizados en menos del 1% de las causas) y el incumplimiento de la obligación de realizar la investigación de manera propositiva, ya que, en su mayoría, los casos que han tenido un mayor nivel de avance ha sido gracias al impulso de víctimas y querellantes”.
Entre las recomendaciones que se hace está la de crear un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); instaurar una Fiscalía Especializada en Derechos Humanos con competencia en todo el país para investigar este tipo de delitos e implementar un Programa de Reparación Integral que atienda a todas las víctimas de violaciones a los DDHH en democracia para que se garantice un derecho a reparación integral y efectiva.
Así lo establece el informe que también critica el incumplimiento de estándares internacionales en las indagatorias por violaciones de derechos humanos, cuestionando principalmente la forma en la que actuó el Ministerio Público.
El documento señala que hay un incumplimiento del principio de exhaustividad ante “el débil rol del Ministerio Público garantizando una adecuada recolección de la evidencia en la escena del crimen; la inobservancia de la obligación de analizar el contexto en que concurren las violaciones con el fin de identificar patrones de sistematicidad; las dificultades para garantizar la veracidad de la prueba documental y la celeridad en la obtención de pruebas testimoniales y la inobservancia de la obligación de que la investigación esté destinada a sancionar a todas las personas responsables, ya que hasta el momento la acción penal se ha dirigido casi exclusivamente hacia los autores materiales, principalmente escalafones inferiores de Carabineros de Chile”.
Sobre la policía uniformada, el informe señala que uno de los elementos más críticos en el funcionamiento del sistema judicial penal es el rol que ha tenido Carabineros, “organismo al cual pertenece una gran mayoría de los agentes investigados por violaciones graves de derechos humanos (92,8% del total de denuncias registradas por la Fiscalía)”.
En ese sentido, se indica que en los análisis “se han identificado demoras en la entrega de información solicitada por la Fiscalía, obstrucciones a las investigaciones, uso indebido de procedimientos disciplinarios con fines dilatorios o amedrentamiento de testigos, algo que atenta contra la efectividad de las investigaciones que dirige el Ministerio Público”.
Como recomendación al respecto, el Ceja pide “acelerar el proceso de reforma o refundación de Carabineros de Chile y generar una intervención civil urgente de la institución para respetar la garantía de no repetición de las víctimas de violaciones de derechos humanos”.
“Que la Comisión Nacional de Coordinación del Sistema de Justicia Penal preste especial consideración a la agilización de las investigaciones y a la obstrucción de las investigaciones por parte de Carabineros de Chile, con el objetivo de evitar la impunidad en casos de violaciones graves de derechos humanos”, añade.
Además, el estudio –que se prolongó por seis meses- detectó el “incumplimiento generalizado de los principios de oficiosidad, oportunidad y exhaustividad en las investigaciones de graves violaciones de derechos humanos”.
También plantea el incumplimiento del principio de oficiosidad, el cual “es evidente tras comprobar que solo 178 de las 8.827 investigaciones en la materia han sido iniciadas de oficio por la Fiscalía. Los factores determinantes para que la Fiscalía inicie de oficio las investigaciones han sido la presión mediática o a través de redes sociales por parte de la ciudadanía. A pesar de ello, existen buenas prácticas detectadas como el establecimiento de mecanismos extraordinarios para la recepción de denuncias por las víctimas o la interlocución con organizaciones de la sociedad civiles, a través de la unidad especializada en derechos humanos del Ministerio Público”.
Otro principio detectado que falta en el sistema judicial chileno es el de oportunidad, que se justifica por varios elementos como “la inobservancia de la obligación de iniciar la investigación de manera inmediata prestando especial atención a la preservación de la escena del crimen; el incumplimiento de la obligación de realizar la investigación en un plazo razonable (tras 14 meses, sólo existen imputados formalizados en menos del 1% de las causas) y el incumplimiento de la obligación de realizar la investigación de manera propositiva, ya que, en su mayoría, los casos que han tenido un mayor nivel de avance ha sido gracias al impulso de víctimas y querellantes”.
Entre las recomendaciones que se hace está la de crear un Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) por parte de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH); instaurar una Fiscalía Especializada en Derechos Humanos con competencia en todo el país para investigar este tipo de delitos e implementar un Programa de Reparación Integral que atienda a todas las víctimas de violaciones a los DDHH en democracia para que se garantice un derecho a reparación integral y efectiva.
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