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domingo, 21 de diciembre de 2014

Fin a la impunidad: Gobierno anuncia el término de la Ley de Amnistía. ¿Pero realmente termina?

Por Mario López Moya
Mientras se conmemoraba el día internacional de los Derechos Humanos y en el Congreso la UDI pedía un minuto de silencio en homenaje a Pinochet, el ministro de Interior, Rodrigo Peñailillo, informó del envío de dos proyectos de ley que declaran imprescriptibles e inadmistiables los delitos de lesa humanidad.
En el marco de una sobria ceremonia en el Instituto Nacional de los Derechos Humanos, el gobierno informó sobre su propuesta de reforma constitucional para declarar imprescriptibles e inadmistiables los crímenes y delitos de guerra, lesa humanidad y genocidio.

No era lo único, también fue enviado al Congreso un proyecto de ley que adecua la legislación penal chilena a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, para hacer inaplicable específicamente la amnistía, el indulto y la prescripción al genocidio y cualquier otro beneficio que favorezca a los agentes del Estado y militares entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, período de la dictadura de Pinochet.


¿Nulidad o derogación?


Quizás para el grueso de las personas se trata solo de tecnicismos, lo importante es que ya no exista esa ley de impunidad, dictada como consecuencia del descubrimiento en 1978 del horroroso crimen de Lonquén y que buscaba eximir de responsabilidades penales a los violadores de DDHH. Desgraciadamente, no se trata solo de un tecnicismo, pues las consecuencias jurídicas entre una (la nulidad) y otra (la derogación), son muy distintas.


De hecho, la Corte Suprema ya había dejado de aplicar la Ley de Amnistía desde el encarcelamiento del exdictador en Inglaterra, aproximadamente, aunque algunos cifran ello en el 2004, en que se habrían acogido por fin por los tribunales los convenios internacionales suscritos antes de la dictadura de Pinochet. Pero no sucedía lo mismo con la prescripción, la que hasta este momento se ha seguido aplicando, sea total o como media prescripción. En la práctica, contrariando la legislación internacional incorporada en nuestra legislación, se rebajaba las penas a los violadores de DDHH.


Si se tratara de nulidad, implicaría que la ley nunca existió y que por lo mismo, cualquier sentencia que se hubiera amparado en una ley nula, es también nula. Verbo, se podrían reabrir todas las causas en que la amnistía se hubiera aplicado. Si fuera solo la derogación, significa que en adelante nadie podría acogerse a esa ley y que los condenados no podrían beneficiarse de prescripciones para rebajar condenas, como hasta hoy. Pero además implicaría que las sentencias ya dictadas, continuarían a firme. Conocidos los anuncios, se multiplicaron las dudas... Cambio21 buscó conocer reacciones que aclararan de qué se tratan estas iniciativas.


La palabra de los legisladores


El senador Juan Pablo Letelier (PS) manifestó sentir "una tremenda satisfacción (...) la reforma constitucional enviada por el Gobierno busca garantizar que por siempre sean inadmistiables, imprescriptibles, no objeto de ningún tipo de beneficio, los crímenes de lesa humanidad, de guerra y de genocidio que tanto daño han hecho al mundo", manifestó. En el mismo sentido valoró el envío de una norma "interpretativa de la ley de amnistía que cubre todos los delitos desde septiembre de 1973 hasta marzo del año 90, para asegurar que en ningún acaso los delitos de lesa humanidad y de guerra que se hayan cometido en nuestro país durante la dictadura queden impunes".


El senador Guido Girardi (PPD) recordó que "presentamos años atrás una iniciativa para anular la Ley de Amnistía, una de las instituciones abominables y cuestionadas por todas las organizaciones de derechos humanos y por quienes creen que estos son relevantes para la sociedad. La ley de Amnistía lo que genera es impunidad, aquellos que mataron, torturaron lanzaron al mar seres humanos vivos hoy pueden caminar libremente por las calles si esos delitos los cometieron antes de 1978. Además no sólo es antidemocrática e ilegal, sino que es un traje a la medida que Pinochet se hizo para defenderse el mismo", indicó el legislador.


Por su parte el diputado de la UDI, José Antonio Kast, manifestó que el anuncio de gobierno de discutir en el parlamento la anulación de la Ley de Amnistía, "es antojadizo, porque los tribunales ya no la aplican". Para el parlamentario, "eliminar la Ley de Amnistía es claramente para tapar cosas que hoy son importantes para los chilenos", aseguró.


Roberto Garretón: "La nulidad de ley sería inédita en Chile"


Para el destacado abogado de DDHH., "Hay un hecho que es indiscutible, en algunos casos en que se había aplicado la Ley de Amnistía, se reabrieron los procesos. Ahora, haciendo ficción jurídica, porque no se conoce aún el proyecto, solo el anuncio del señor ministro, la sentencia que se hubiera dictado basada en una ley declarada nula, dejaría sin efecto la mencionada sentencia. En todo caso, sería la primera vez en la historia de Chile que se anularía una ley, por lo tanto no hay jurisprudencia, pero aclaremos, en Chile tampoco había habido genocidios, las atrocidades que cometieron los pinochetistas".


"Lo razonable es que si la voluntad popular dispone tal medida, las sentencias tendrían que quedar sin efecto pues se habrían dictado en virtud de una ley nula. Y esa nulidad no puede ser a partir desde mañana o desde antes de ayer, es genérica y permanente, afectaría a todas las sentencias. Aquí el bien jurídico que se está protegiendo es la Justicia, sea que estemos frente a un caso de nulidad -inédito- o derogación de una ley como la de amnistía. Y en esto hay que ser claros, se está protegiendo la Justicia, porque no entiendo eso de que se abriría una herida al dejar sin efecto esa ley, pues las heridas se abrieron el 11 de septiembre de 1973, no se van a abrir ahora".


Para responder al diputado Kast, pedagógicamente Garretón se vale de un ejemplo: "Cuando Hitler quiso invadir Polonia, algunos de sus subalternos se preocuparon qué sucedería con ellos en caso de que fallara la invasión. Hitler les preguntó, con la sabiduría propia de un criminal, "¿alguien se acuerda de los armenios?" en referencia al genocidio ocurrido con ese pueblo en 1915 y nadie se acordaba porque no existían comisiones de verdad, no existían normas acerca de los crímenes de lesa humanidad. Entonces -señala Garretón-, esa es la influencia brutal de Adolfo Hitler en el señor Kast".


"Aquí se dijo, vamos a ir con un cuchillo, degollamos a una persona y después decimos... para qué seguimos mirando el pasado. Los crímenes en nuestro país se cometieron con esa decisión, se hicieron bajo esa visión y eso el señor Kast lo sabe y lo apoya. Pareciera que los pinochetistas creen que tienen el derecho humano de asesinar y lo ejercen", señaló a Cambio21.


Luis Toro: "Lo valorable es que obligará a los tribunales"


Para el jurista y quien integrara la Vicaría de la Solidaridad, "Internacionalmente se entienden, en relación al antiguo artículo 5° de la Constitución, incorporados a nuestra legislación los tratados internacionales sobre esta materia y esa legislación internacional en DDHH, establece que son imprescriptibles e inadmistiables los delitos de lesa humanidad. Luego, habrá que ver si el proyecto que presentará el gobierno será una ley interpretativa de la Ley de Amnistía o una que la deroga, eso habrá que verlo, pues si la figura -hipotéticamente hablando-, fuera la nulidad de la ley, las sentencias dictadas que la consideraron, serían nulas".


"Ahora, si se tratara de una nueva legislación, no sería más que una reiteración, porque se supone que están incorporados a nuestra legislación todos los tratados que ha suscrito Chile y que dicen relación con que son imprescriptibles e inadmistiables los delitos de lesa humanidad y tampoco pueden ser los autores de ellos, sujetos de beneficios de ningún tipo. Si tales normas se han aplicado o no por los tribunales, ese es otro tema. Es valorable en todo caso que se aclare de manera definitiva esta materia en Chile".


"Habría que ver si la ley anunciada por el ministro Peñailillo, lo que busca es que los tribunales se sometan a una ley interna, porque no se ciñeron, como correspondía a la norma internacional, entonces estaríamos frente a una norma interpretativa. Habrá que esperar el proyecto, porque el anuncio da para una tremenda gama de opiniones", manifestó a Cambio21.


Carmen Hertz: "Se cumple una obligación del Estado chileno"


La abogada (en la foto) y quien viviera en carne propia el dolor de trasgresiones a los DDHH., reconoce a Cambio21 que "Cuesta hacer un análisis jurídico a partir de los pocos antecedentes de que se cuenta, pero si dictaran la nulidad, significaría que la señalada ley no provoca ningún efecto y que por cierto no los provocará nunca, lo que implicaría que aquellas causas que fueron sobreseídas aplicándosela, podrían ser potencialmente reabiertas, sin embargo son pocas las causas que, aunque otrora se hubiera aplicado la señalada ley, no hayan sido reabiertas o estén actualmente cerradas".


"No es posible mantener una ley latente, que penda de la voluntad de un juez o tribunal el aplicarla, por eso es necesario legislar sobre el tema, aunque si lo hicieran, se recurriría a la Corte, pues estamos hablando de un crimen de lesa humanidad en que se aplica el derecho internacional. Sin embargo esta es una obligación del Estado chileno, a quien la Comisión Interamericana de DDHH se lo ha representado una y otra vez , que es necesario sacar de la institucionalidad de Chile este decreto ley aberrante".


"Lo que se ha entendido siempre por la comunidad internacional, es que el genocidio, los crímenes en contra de la humanidad, atentan no solo en contra de la vida o los derechos fundamentales de las personas que resultan víctimas ni siquiera en contra del Estado en que se cometieron, sino que se ha entendido que atentan en contra la seguridad mundial, porque lo que realmente se está afectando es la condición humana, tal como lo planteara después del holocausto el jurista francés René Cassin".


"Lo valorable es que la institución de la prescripción, que sí han seguido aplicando los tribunales nacionales -sea completa o como media prescripción-, para establecer penas menores, se termine, pues esta es una materia que está regulada por el derecho internacional, aunque aquí no haya funcionado mucho, lo que es otro cuento. Además, el Consejo de Defensa del estado, se ha opuesto de manera majadera a cualquier vía de reparación judicial, la que es otro derecho que está incluido, pues detrás de la ejecución de crímenes de lesa humanidad, no solo está la búsqueda de la verdad y la justicia, sino que también está el derecho de reparación".


"Éste es un derecho que forma parte del entramado que reconoce el derecho internacional, lo que el CDE desconoce de manera inconcebible, pues siempre rechaza la indemnización de esos crímenes. De hecho, incluso alega la prescripción, lo que atenta en contra de nuestra propia constitución. Lo que Chile debe hacer es incorporar a la legislación nacional aquellos tratados internacionales que ha suscrito, pero además, debe respetarlos".


Hernán Briones: "Se trata de un gesto más bien simbólico"


Así lo aseguró el destacado abogado a Cambio21, "No hay antecedentes acerca de nulidad de una ley en Chile, sí de la derogación, pues ese tipo de nulidad no existe ni en la Constitución. Ahora, si se creara el instituto de anular una ley, ello implicaría que nunca hubiera existido y en este caso esa ley existió y se aplicó no solamente a los militares sino que también a los civiles, incluso a gente del MIR y otros a quienes se les imputó, en su tiempo, delitos terroristas".


"De hecho, si se "anulara" la ley, ya los efectos se habrían producido y no podrían ser tocados porque lo impide la Constitución, entonces esta norma anunciada por el ministro Peñailillo, hay que tomarla como un gesto más bien simbólico en que el estado da una señal de que la Ley de Amnistía es una norma que pierde su valor, que se saca del ordenamiento jurídico y que de aquí en adelante los tribunales no la podrán aplicar en los juicios pendientes".


"Ahora, si bien la amnistía no se ha estado aplicando, el problema ha sido la prescripción y la media prescripción, así que este es un tema que es susceptible de interpretación que puede hacer la ley, respecto del Código Penal y los Tratados Internacionales, con el objeto de armonizarlos, en el sentido que los delitos de lesa humanidad no prescriben, luego, es perfectamente lícito que se dicte una ley sobre esa materia".


"Así que las normas anunciadas por Peñailillo no son sino un gesto republicano, que reconoce por un lado que hubo una norma completamente inmoral que debe excluirse de nuestra orden jurídico y por el otro lado que se está aplicando el derecho internacional incorporado en el nuestro mediante la suscripción de los tratados sobre materia de DDHH que inhibe la prescripción de los delitos de lesa humanidad, así como su indulto o amnistía e incluso el otorgamiento de beneficios a los autores de esos ilícitos".


"Un tema especial es qué sucederá con los aspectos civiles de esta materia, pues si estos delitos penales no prescriben, tampoco debieran prescribir las acciones civiles de reparación. Es una inmoralidad del Estado, que pretenda que no prescriban las acciones penales y al mismo tiempo pretende que prescriban los derechos de las personas al solicitar ser indemnizadas de acuerdo con la lesión que han recibido en su patrimonio o en su honor o en su patrimonio moral".

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