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viernes, 5 de diciembre de 2014

Otro enclave militar vigente permite que delitos sexuales en Fuerzas Armadas no sean investigados por la justicia civil


Por Verónica Romero
Este tipo de delitos tienen dos maneras de ser tratados, ya que puede hacerse la denuncia en la justicia militar o podrían ser llevadas a la justicia civil. Como se trata de actos que no son necesariamente atribuibles al trabajo militar se pueden denunciar en la justicia ordinaria.
Los delitos sexuales dentro de las Fuerzas Armadas y de Orden llegan a 130 desde 2010. De estas 101 son del Ejército, luego hay 15 en Carabineros, en la PDI se registraron 13 casos y uno en la Armada.

Lo que llama la atención no es solo la cantidad de denuncias que se han hecho, sino que un número reducido de ellos terminan en sanciones, seis, para los acusados, lo que tiene como respuesta que "no todos los casos son procedentes de investigar", según comentaron desde el la principal rama armada del país.

Los delitos que son considerados en estas denuncias, de distinta índole, son por Acoso Sexual, Abuso Sexual y Violación. El primero es la manifestación de una serie de conductas compulsivas de favores sexuales dirigida contra una persona sin tener su consentimiento, el segundo consta de una actividad sexual entre dos personas sin el consentimiento de una de ellas y el tercero es una agresión sexual que se produce cuando una persona tiene acceso sexual hacia otra, mediante el empleo de violencia que anula el consentimiento de la persona afectada.

Los delitos de tipo sexual pueden producirse en distintas áreas de la vida, tanto en la cotidianeidad como en el ámbito laboral y es en este caso de las Fuerzas Armadas donde queda la duda respecto de quién es el ente al que le corresponde llevar a delante una investigación y posterior juicio sobre estas transgresiones a los derechos de las personas.

Consultado sobre esto, el diputado Guillermo Ceroni (PPD), integrante de la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia, en entrevista con Cambio21 expresó "yo pienso que una materia de esa naturaleza debiera verse por la justicia civil. No veo yo que sea un delito que está siendo cometido en actos propios de la función militar, entonces, en un primer análisis debe ser la justicia ordinaria, la justicia civil la que tiene que ver y poder aplicar las sanciones correspondientes, además que la justicia civil es la más adecuada para ver ese tipo de materias por la mayor conciencia que se tiene cada vez sobre la necesidad de ser bien drásticos en las sanciones para este tipo de abusos. Se han visto otros hechos, que no hay duda que para la población, han sido bastante indignantes".

"Lo que sí pueden haber agravantes en la medida que cuando se comete un tipo de delito así se abusa de la autoridad que se pueda tener, es decir, cuando una persona que tiene cierto grado de autoridad comete ese abuso en alguna medida, quien sea el agraviado permite esos abusos por lo mismo y la comisión del delito es más fácil. En mi opinión eso constituye un agravante en el hecho y las circunstancias en que ello haya ocurrido" comentó el parlamentario.

Respecto de lo mismo se manifestó el abogado Miguel Fredes, quien en conversación con Cambio21 dijo que "ese tipo de delitos sin duda que pueden ser perseguidos por la justicia civil, no hay ningún problema, ya que no están dentro del ámbito de la justicia militar".

A esto el abogado agregó "si bien los implicados son funcionarios de las Fuerzas Armadas, no necesariamente debe ser esto visto por la justicia militar. Para llevar el caso a la justicia civil solo se debe hacer la denuncia en esa instancia".

En cuanto a las penas a las que se enfrentan quienes son llevados a la justicia civil por estos hechos, el abogado explicó "son las mismas que para cualquier persona que presente una denuncia de este tipo y eso está señalado en el Código Penal".

Consultado sobre dónde termina la justicia militar entonces, Ceroni respondió que "en realidad el tema de la justicia militar es uno que hace tiempo nosotros hemos estudiado. Siento que sí hay materias que en el fondo son propias de la justicia militar en la medida en que son actos propios del ejercicio del cargo y dentro de lo que son las facultades que tiene este, pero hemos tratado de hacer cambios que  todavía no se han concluido para efectos de no tener una justicia que pudiera ser hasta cierto punto blanda en la aplicación de las sanciones. Ese es un tema que hay que estudiar con mayor atención".

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