Lastesis /
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en conjunto con su Relatoría Especial para la Libertad de Expresión, subrayaron la necesidad de garantizar el derecho de las mujeres a la libertad de expresión y acceso a la información como herramienta para combatir la violencia basada en su género. "Las expresiones de protesta contra la violencia de género por parte de defensoras de derechos humanos, artistas y colectivos de mujeres, que se han expandido gracias al rol que juega la protesta en línea, han sido de gran valor para concientizar sobre la persistencia de un problema que impide el derecho de las mujeres a disfrutar de una vida libre de violencia", detallaron al respecto.
La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la CIDH expresó su preocupación por el proceso penal iniciado en Chile, presentado por Carabineros, contra el grupo artístico LasTesis, el cual “podría conducir a la criminalización de expresiones artísticas y de protesta amparadas por el derecho a la libertad de expresión”, según comentaron a través de un comunicado de prensa.
La Relatoría Especial recuerda, respecto al contexto en el que se desarrolla esta denuncia, que bajo el artículo 13 de la Convención Americana los discursos sobre asuntos de interés público tienen una protección reforzada, en especial aquellos que expresan elementos esenciales de la identidad o denuncian situaciones de violencia y discriminación estructural.
En particular, la CIDH y su Relatoría Especial subrayaron la necesidad de garantizar el derecho de las mujeres a la libertad de expresión y acceso a la información como herramienta para combatir la violencia basada en su género. “En ese sentido, las expresiones de protesta contra la violencia de género por parte de defensoras de derechos humanos, artistas y colectivos de mujeres, que se han expandido gracias al rol que juega la protesta en línea, han sido de gran valor para concientizar sobre la persistencia de un problema que impide el derecho de las mujeres a disfrutar de una vida libre de violencia”, detallaron.
Adicionalmente, insistieron en la necesidad de no utilizar figuras penales en blanco, vagas o ambiguas para “criminalizar expresiones que, si bien pueden ser ofensivas, chocantes o irritan a funcionarios o a parte de la población, configuran expresiones de interés público que no deberían ser criminalizadas en una sociedad democrática“.
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Por otra parte, la Relatoría subraya que los discursos que incitan a la violencia contra cualquier persona o funcionarios del Estado no son objeto de protección por parte de la libertad de expresión; no obstante, las expresiones artísticas o de protesta deben ser analizadas en su contexto y requieren que el discurso en cuestión sea un llamado verosimil, real e inminente a producir hechos de violencia.
En su reciente informe sobre Mujeres periodistas, la Relatoría Especial recuerda que “el derecho a la libertad de expresión también es fundamental para asistir a los grupos vulnerables a restablecer el equilibrio de poder entre los componentes de la sociedad. Además, este derecho es útil para promover la comprensión y la tolerancia entre las culturas, favorecer la deconstrucción de estereotipos, facilitar el libre intercambio de ideas y ofrecer opiniones alternativas y puntos de vista”.
Así, llama la atención respecto a que la tramitación de esta clase de investigaciones debe ofrecer garantías de imparcialidad, debido proceso y contar con personal capacitado en las connotaciones y estereotipos discriminatorios arraigados en la sociedad, en este caso las mujeres.
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